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Derecho comparado



Partes: 1, 2

    1. Antecedentes
    2. Definición
    3. Importancia
    4. Clases
      de comparación
    5. Recepción
    6. Influencia
      e inspiración
    7. Fusión
      de derechos
    8. Escisión
      de derechos

    Generalidades

    El derecho comparado no sólo
    es útil para hacer comparaciones jurídicas, por lo cual
    es claro que debe ser materia de estudio por parte
    de los tratadistas comparatistas para que de esta manera puedan
    dar a conocer sus conocimientos en un mundo que es cada vez mas
    competitivo, lo cual merece los estudios por parte de los
    tratadistas. Y en todo caso se hacen necesarios los estudios
    necesarios a efecto de determinar la importancia del derecho
    comparado, para lo cual deben los autores dar a conocer sus
    opiniones, en un medio en el cual todo es cada vez mas necesario
    y urgente, por ello, esperamos que en el derecho peruano se
    realicen mayor número de publicaciones sobre el derecho
    comparado, no sólo externo e internacional, sino
    también interno, lo que debe ser materia de estudio a efecto
    de poder realizar aportes al
    derecho.

    El derecho comparado debe ser estudiado por todos los
    abogados, ya que si no es estudiado como disciplina principal, puede
    ser estudiado como complemento, lo cual debe motivar los
    correspondientes estudios de investigación.

    Cuando uno hace comparaciones o propone recepciones, en
    doctrina se conoce este hecho como hacer derecho comparado, lo
    cual debe motivar los estudios correspondientes.

    Si un jurista no conoce el derecho comparado es claro
    que no podrá dominar a cabalidad la rama del derecho o
    disciplina jurídica materia de estudio, por ejemplo si se
    dedica al derecho civil, no podrá
    dominar ésta si no conoce o domina el derecho comparado, por
    lo tanto, sugerimos o dicho de otra forma proponemos su estudio,
    a efecto de poder dominar mas o conocer mejor el derecho, todo
    esto a través del estudio del derecho comparado. Y esto no
    sólo ocurre en el derecho civil, sino en todas las ramas del
    derecho y disciplinas jurídicas, por ello, este tema debe
    ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

    Si un jurista conoce el derecho comparado es claro que
    puede conocer mejor o dominar mejor el derecho nacional, por lo
    cual es claro que conviene estudiar derecho comparado, para que
    se pueda conocer las diferencias y similitudes con otros sistemas jurídicos o
    diferencias dentro del mismo, porque el derecho comparado no
    sólo puede ser externo o internacional, sino que
    también puede ser interno.

    Antecedentes

    En toda sede conviene estudiar los antecedentes del tema
    estudiado a efecto de poder comprender el mismo en la historia del derecho, siendo
    ésta última una disciplina jurídica, la cual es
    materia de estudio por parte de algunos tratadistas a los cuales
    se les conoce o denomina como historiadores del derecho o
    historiadores jurídicos, los cuales buscan o estudian o
    dicho de otra forma investigan los antecedentes del tema
    estudiado, como es por cierto el derecho comparado, al menos en
    esta sede.

    El derecho comparado tiene pocos antecedentes, sin
    embargo, algunos se retrotraen a las doce tablas, sin embargo,
    esto es muy discutible en la doctrina, lo cual debe merecer los
    correspondientes estudios por parte de la indicada, y en este
    sentido es claro que debe merecer los estudios de los
    tratadistas. Es decir, en la doctrina muchos temas son debatidos
    o discutidos, lo cual motiva la publicación de trabajos
    explicando o citando las diversas opiniones y en este sentido es
    claro que ha merecido muchas publicaciones por parte de los
    tratadistas.

    El derecho comparado tiene ciertos antecedentes, dentro
    de los cuales podemos citar el primer congreso internacional de
    París de 1900, entre otros.

    Otros antecedentes son los libros de derecho comparado,
    dentro de los cuales destaca el trabajo de CONSTANTINESCO,
    el cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas
    del derecho comparado, los cuales son conocidos como
    comparatistas o comparativistas.

    En el derecho peruano podemos citar como antecedente el
    libro de esta disciplina
    jurídica de Julio AYASTA GONZALES, el cual constituye un
    gran aporte en toda la historia del derecho comparado peruano, por
    lo cual esperamos que los lectores e investigadores del presente
    tengan acceso a dicha fuente de información.

    Existen algunos otros antecedentes sobre o a cerca del
    derecho comparado, lo cual debe merecer los estudios por parte de
    los comparatistas que se dedican al estudio de su historia o
    antecedentes, el cual no es un tema igual que los antecedentes
    legislativos, sino que se trata de otro tema como es por cierto
    los antecedentes del derecho comparado.

    En la parte final del libro de René DAVID se ha
    citado algunas fuentes de información
    sobre derecho comparado, sin embargo, esto no ha rendido los
    frutos correspondientes, por ello, esperamos que los
    comparatistas aprovechen este apoyo para poder publicar libros de
    derecho comparado, de tal forma que el mismo progrese en un medio
    en el cual existen pocas publicaciones sobre esta disciplina
    jurídica.

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