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El Derecho a la libertad personal



Partes: 1, 2

    1. El
      derecho a la libertad personal
    2. La
      detención arbitraria e ilegal.
    3. Toda persona
      detenida debe ser informada de las razones de su
      detención
    4. La
      legalidad de la detención y el plazo razonable de su
      duración
    5. La
      detención por deudas

    Análisis de las normas
    consagradas en los Convenios Internacionales y su relación
    con la Constitución ecuatoriana del 2008

    "Sólo hay una estación, la
    estación del dolor. Es como si hasta el sol y la luna
    nos hubieran quitado. Afuera el día podrá ser azul
    y oro, pero la
    luz que se
    filtra por el grueso vidrio del
    ventanuco enrejado que tenemos encima es gris y miserable. En la
    celda siempre es atardecer, como en el corazón es
    siempre medianoche. Y en la esfera del pensamiento,
    no menos que en la esfera del tiempo, ya no
    hay movimiento".

    Oscar Wilde

    "De profundis"

    Escrito desde su celda en la
    cárcel de Reading

    Brevis
    Introductio

    Derecho y arte, al di
    lá, de lo que los utilitaristas sostengan, mantienen,
    desde tiempos inmemoriales, una relación
    simbiótica. De allí, que los profesores de las
    diversas Facultades de Jurisprudencia, harían bien en advertir a
    sus estudiantes que es muy poco probable convertirse en jurista
    de consulta, sin haber caído en uno de los más
    adictivos placeres humanos: La lectura,
    base indispensable para cualquier tipo de investigación y descubrimiento del conocimiento.

    Aquel que no haya leído por ejemplo el Ulises de James
    Joyce, o ignore a Stendhal, Mussil, Marcel Proust, Albert Camus,
    Ernesto
    Sábato o Franz Kafka,
    tendrá dificultades andragógicas serias en el
    descubrimiento mismo de la complejidad de la ciencia del
    Derecho. Precisamente por ello, antes de entrar a analizar el
    tema central de este estudio, considero pertinente referirme a
    una obra de arte, pues la literatura es una de sus
    más puras expresiones, que retrata lo que significa la
    violación de uno de los principales derechos humanos:
    mantenerse libre en tanto no sea responsable de una acción
    punible.

    En "El Proceso",
    Franz Kafka, con el magistral puntillismo descriptivo que lo hizo
    célebre, nos cuenta el drama de "Josef K", un empleado de
    un banco que es
    detenido y procesado, intempestivamente, sin que se le expliquen
    las razones que justifiquen su aprehensión. El
    protagonista buscó un abogado, intentó informarse
    acerca del estado de su
    proceso y se encontró con las jerarquías
    vergonzosas tan propias de la Función
    Judicial. Jueces prepotentes, que se autodivinizan, leyes
    contradictorias y la dignidad
    humana por los suelos. Es que la
    dignidad humana, generalmente, dentro de los juzgados y
    tribunales constituye la menos importante de las gradas que a
    diario pisan, ciertos funcionarios, sin advertir el daño
    que causan. Finalmente, la sentencia se cumple sin que el
    acusado, ni el lector, se enteren jamás por qué se
    lo condena. Kafka describe la situación límite: un
    hombre es
    acusado sin que se le comunique el por qué y ello
    desencadena un problema enorme que acaba por obviar el hecho en
    sí y sumergirse en su propia dinámica. Lo esencial de esta obra, que
    debería ser, reitero, ineludiblemente analizada, por
    aquellos que prometen luchar contra la injusticia desde las
    academias, es que el autor se limita a exponer lo que le va
    ocurriendo al protagonista pero jamás se detiene a exponer
    cómo se siente y la angustia que experimenta.

    Esta novela,
    lamentablemente no es el resultado de la genialidad de un
    artista. Las personas privadas de su libertad
    siguen cumpliendo penas sin saber qué delito han
    cometido. Deben esperar meses y hasta años para que sus
    juzgamientos se inicien apenas. Su encierro en condiciones de
    hacinamiento, insalubridad, denuncias de explotación
    sexual y otras contrarias a las exigencias mínimas de la
    dignidad humana constituyen una burla a los derechos humanos. Y si esto
    sucede en Ecuador,
    Perú, El Salvador o
    Haití, los países del primer mundo no se quedan
    atrás. Guantánamo y Abu Graib constituyen campos de
    concentración mucho más caligulescos que San Juan
    de Lurigancho, Canto Grande o el García Moreno.

    Es que el status judicial del ser humano que se encuentra
    detenido en forma preventiva se agrava no sólo por el
    hecho de tener que demostrar en la praxis su no
    culpabilidad
    (la presunción de inocencia es un principio rector del
    debido proceso que se viola palmariamente por parte de jueces y
    fiscales) sino por el desprestigio que de ésta se deriva,
    por la grave tensión e intranquilidad familiar que causa
    no sólo al detenido sino a sus familiares y por el
    inevitable impacto psicológico que produce a la
    víctima de tal aberración. El extraordinario juez
    de la Corte Interamericana Antônio
    Augusto Cançado Trindade, nos remonta a un ejemplo claro
    al respecto cuando nos dice que pocos testimonios de los
    padecimientos resultantes de la detención arbitraria han
    sido tan elocuentemente narrados como las célebres
    Cartas de la
    Cárcel (1926-1936) de Antonio
    Gramsci:

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