Resumen
Desde antes de 1914 la construcción de un ferrocarril entre los
puertos de Nuevitas y Caibarién, era objeto de interés de
más de un empresario,
pero José Miguel Tarafa, supo combinar determinados
intereses, y aprovechar la coyuntura favorable de un momento, en
aras de una empresa que
le representaría grandes ventajas personales y se
encargó de su creación.
Cuando este estaba asociado al magnate R. Truffin, en una
firma exportadora de mieles a Cienfuegos. Ambos socios, Truffin y
Tarafa unidos más estrechamente desde 1911 bajo la
razón social Cuban Distilling Company asumieron
también de manera conjunta la creación de una firma
ferroviaria, Ferrocarriles de la Costa Norte y Sur, el 13 de mayo
de 1912. El principal propósito de esta sociedad era
el de hacerse cargo de el arriendo del Ferrocarril de
Jùcaro a San Fernando que desde 1906 disfrutaba la
Jùcaro San Fernando Railroard Transportation Company.
Además de este objetivo
principal e inmediato, la escritura de
construcción del ferrocarril de la Costa Norte y Sur
establecía muy claramente como propósitos
inmediatos de la empresa, la
construcción de una vía férrea entre los
puertos de Nuevitas y Caibarien, cruzando por Morón y otra
entre Nuevitas y Santa Cruz del Sur, cruzando por Camagüey,
con la que se conformaría una red capaz de suplir las
deficiencias, que ofrecían, para la explotación de
las posibilidades azucareras de la provincia, el escueto trazado
de las paralelas de la Cuban Railroad Company en esa
región.
Los primeros pasos dados por Tarafa desde la
construcción del Ferrocarril de la Costa Norte y Sur se
orientaron en dos sentidos: el primero era lograr su control personal sobre la
propia compañía y el segundo, tratar de obtener del
Estado cubano
una concesión que se ajustara a sus planes. La primera
cuestión fue resuelta en un plazo menor a un año,
mediante la concesión de su control, otorgado el 31 de
mayo de 1912.
A la compañía Jùcaro Morón
Railways Company se transfirió el arriendo del Ferrocarril
de la Trocha, que corría por Ciego de Ávila. Del
paquete de acciones de la
misma ascendente a 1.000.000 de pesos, Tarafa recibió una
parte, en calidad de
accionista importante del Ferrocarril de la Costa Norte y el
resto fue adquirido con los fondos que llegó, de la
liquidación de los intereses que poseía la Matanzas
Railways Company (Ferrocarril de Dubrocg(, al ser transferida
esta en julio de 1911.
De manera coincidente con el proceso de
reorganización que se efectuaba en la arrendataria del
Ferrocarril de Jùcaro a Morón, Tarafa se
encaminó a la solución de la segunda
cuestión, es decir, la relacionada con la concesión
y subvención que requería para iniciar la
construcción del Ferrocarril de Caibarien a Nuevitas.
Éste tomó forma durante los primeros meses de 1912
cuando se presentó al gobierno de
la
República una proposición para ser efectiva la
Ley de
Subvenciones de 1906, en la cual se establecía el pago de
una subvención al Ferrocarril de Nuevitas a Caibarien.
El asunto provocó polémicas en el Senado y la
Cámara, al considerar algunos legisladores que ello
representaría una erogación de 1.800.000 pesos para
el fisco nacional, en beneficios de entidades particulares que
podría ser para los Ferrocarriles de la Costa Norte y Sur,
o la inglesa Cuban Central.
El proyecto fue
aprobado por el Senado de los Estados Unidos y
el gobierno de la República de Cuba en julio
de 1912 y en septiembre del mismo año se celebró la
subasta. A ella asistieron en calidad de licitadores el coronel
José Miguel Tarafa en representación de la empresa del
Ferrocarril de la Costa Norte y Sur y la Jùcaro –
Morón Railways Company, así como la
compañía inglesa Cuban Central representada por
Harry Usher.
El presidente de la República por Decreto ( 912 de
fecha 5 de octubre de 1912 concedió a la
Compañía del Ferrocarril del Norte de Cuba la
subvención de 6.000 pesos por Km. autorizada por la Ley de
Cènico de julio de 1912 para la construcción de un
ferrocarril de Nuevitas – Caibarien y la de 6.000 pesos
también por cada Km. para la construcción de un
ferrocarril Camagüey – Santa Cruz de Sur autorizada
por la Ley del 5 de julio de 1906, bajo las condiciones que se
consignaban en el Decreto y dentro de los plazos ordinarios que
fijaba la legislación de ferrocarriles para la
construcción de los servicios
públicos.
Por otra cláusula consignada en el citado Decreto de
concesión quedaba comprometida la Compañía a
exigir o hacer que exigieran la creación por otra
Compañía, dentro de cuatro años en cualquier
punto del trayecto de Nuevitas – Caibarien de ingenios de
azúcar;
establecer en las ciudades de La Habana, Caibarien, Nuevitas,
Morón, Camagüey y Santa Cruz del Sur en cualquiera de
ellas, dentro de cinco años, agencias sucursales de un
Departamento de Fomento Territorial de la misma
compañía o de un sindicato que
se organizara por separado, con el fin de suministrar recursos y toda
clase de
elementos con las personas o compañías que se
dediquen en las zonas que atravesarían los ferrocarriles
mencionados y a organizar por último un régimen de
fomento por igual y protección recíproca entre
todas sus respectivas zonas.
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