Principales características, similitudes y diferencias entre las marcas colectivas y de certificación
Tratamiento en la doctrina y legislaciones
de algunos países.
Para abordar este tema, es necesario puntualizar algunos
aspectos relativos a la naturaleza
jurídica del titular de las marcas como los
que siguen:
– Las marcas se clasifican en individuales, pluripersonales,
colectivas y de garantía o certificación.
-Las marcas individuales son aquellas cuyo titular es una sola
persona quien
tiene plenos derechos de exclusividad
sobre la marca.
-Las marcas pluripersonales son propiedad de
varios titulares.
-Las marcas colectivas son aquellas cuya titularidad es de una
asociación, de la que son miembros esas empresas o
cualquier otra entidad, ya sea una institución
pública o una cooperativa;
en ellas no hay copropiedad, el titular es una persona
jurídica nueva. Son signos que
permiten distinguir el origen geográfico, el material, el
modo de fabricación u otras características comunes
de los bienes y
servicios de
las distintas empresas que la utilizan. En muchos países
exigen que cualquier solicitud de marca colectiva venga
acompañada de una copia del reglamento que rige el uso de
dicha marca.
-Las marcas de garantía o certificación tiene
por titular a un grupo de
personas que pueden certificar y controlar la calidad de sus
productos o
servicios y no por ello se convierten en usuarios de dicha marca.
Se dan a productos que cumplen con requisitos definidos, sin ser
necesaria la pertenencia a ninguna agrupación o entidad.
Pueden ser utilizadas por todo el que certifique que los
productos en cuestión cumplen ciertas normas.
Entre las marcas colectivas y las de garantía o
certificación hay similitudes, por ejemplo, en ambos casos
el titular es un grupo de personas, o sea, una asociación,
son empleadas por una pluralidad de personas, son una
garantía para el producto o
servicio y
ambas poseen un reglamento interno, además las dos pueden
contener indicaciones geográficas.
A pesar de lo expresado anteriormente incluso en esta
semejanzas hay presente diferencias.
La principal diferencia entre marca colectiva y marca de
certificación es que la primera sólo puede
utilizarla un grupo específico de empresas, por ejemplo,
los miembros de una asociación, mientras que la marca de
certificación puede ser utilizada por todo aquel que
cumpla con los requisitos establecidos por el propietario de la
misma.
El titular de la marca de certificación no la usa, sino
que certifica la calidad de los productos o servicios que
están protegidos por ella, tampoco es necesario un
vínculo entre los usuarios que la emplean, solo basta con
cumplir los requisitos y controles que el titular ha
previsto.
En el caso de la marca colectiva el titular hace uso de su
marca, pero no certifica calidad, aquí hay menos rigor
técnico, esencialmente indican origen empresarial.
A pesar de que en ambas se exige un reglamento, estos difieren
en su contenido, el de las marcas colectivas contiene normas,
procedimientos, usos de la marca, condiciones
medio-ambientales en que se debe cultivar el producto, controles
ecológicos, etc.; pero el titular no certifica tales
requisitos. Debemos aclarar que en la mayoría de estas
marcas se dispone de requisitos de control de
calidad a favor del prestigio de la marca. Por otra parte, en
el reglamento de las de certificación su contenido va
encaminado a la certificación de la calidad, esa es su
razón de ser.
Queremos destacar que aunque ambas marcas tienen entre sus
objetivos la
calidad de los productos o servicios, no lo enfocan de la misma
manera, para las marcas de certificación esto es vital
pues es la razón de ser de su titular.
MARCAS
| COLECTIVAS | CERTIFICACIÓN |
SEMEJANZAS | -Titular una asociación -Existe un reglamento interno – Uso por una pluralidad de personas – Son una garantía para el producto o servicio – Pueden contener una indicación
| Idem. |
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