Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

La reforma procesal penal peruana. Una vision panoramica a dos años de su aplicacion



Partes: 1, 2

    1. El primer
      distrito judicial con el ncpp-huaura
    2. El ncpp en
      la libertad
    3. El ncpp en
      lambayeque
    4. Medidas para
      aplicar el ncpp en tacna y moquegua
    5. Aplicación
      del ncpp en arequipa
    6. Implementación.
      Logros y experiencia del ncpp en marcha.
    7. El modelo
      del ncpp es acusatorio, garantista y adversarial.
    8. El modelo
      procesal inquisitivo
    9. Modelo
      adversarial
    10. Funcion de
      investigar y funcion de decidir
    11. Resistencia
      a la reforma procesal
    12. Desprestigio
      del sistema mixto o inquisitivo
    13. Sistemas
      procesales actuales en america latina
    14. Bibliografia

    "La reforma del proceso penal
    es, sin duda alguna, uno de los aspectos importantes del
    álgido periodo de democratización del Estado y de la
    sociedad que
    vive nuestro país".

    JOSE HURTADO POZO Y CESAR SAN MARTIN

    Fribourg / Lima, enero 2004

    I. – VIGENCIA DEL
    NCPP

    El 29 de Julio del 2004, el Poder
    Ejecutivo promulga el Código
    Procesal Penal, (Dec. Leg. 957). (1). Esta reforma ha estado
    pendiente en la agenda política desde hace
    más de una década. Supone, sustituir el actual
    modelo mixto,
    predominantemente escrito y reservado por uno acusatorio
    adversativo, oral y público.

    En 1990 estos esfuerzos por modificar la legislación
    procesal se vieron reflejados en el Proyecto
    Alternativo de Código de Procedimientos
    Penales elaborado por un Comité Consultivo del Ministerio
    de Justicia. Este
    proyecto fue revisado por una Comisión designada por
    mandato de la Ley 25281 (1990),
    la misma que elaboró un texto,
    convertido luego en el código procesal penal de
    1991(Decreto Legislativo Nº 638 del 25 de abril de
    1991).

    El código de 1991 debió entrar en vigencia en
    mayo de 1992, pero ello no fue así por la
    interrupción del régimen democrático en
    abril de 1992. Entre 1995 y 1997, se produjeron dos intentos de
    reformas.

    El texto de 1997, aprobado en el Congreso, fue observado por
    el Ejecutivo argumentando problemas
    presupuestales y de capacitación de los operadores. (2)

    De conformidad con los Numerales 1 y 2 de la Primera
    Disposición Complementaria – Disposición Final del
    Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29-07-2004, el
    presente Código Proceso Penal entro en vigencia
    progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales
    según un Calendario Oficial, aprobado por Decreto Supremo,
    dictado de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
    que establecerá las normas
    complementarias y de implementación del Código
    Procesal Penal.

    II.-EL PRIMER
    DISTRITO JUDICIAL CON EL NCPP-HUAURA

    Así, el 1ro. de Julio de 2006 se puso en vigencia este
    Código en el Distrito Judicial de HUAURA (3), designado
    por la Comisión Especial de Implementación creada
    por el Decreto Legislativo Nº 958, de conformidad con la
    modificación introducida por el Artículo 1 de la
    Ley Nº 28671, publicada el 31 enero 2006.

    El Distrito Judicial de Lima será el Distrito Judicial
    que culminará la aplicación progresiva de este
    Código. De otro lado, no obstante lo dispuesto en el
    citado numeral 2, a los noventa días de la
    publicación de este código entro en vigencia en
    todo el país los artículos 205-210.

    El día 1 de febrero de 2006, asimismo, entro en
    vigencia en todo el país los artículos 468 – 471, y
    el libro Libro
    Séptimo "La Cooperación Judicial Internacional" (4)
    y las disposiciones modificatorias contenidas en este
    Código, y las contenidas en los numerales 5, 6 y 7 de la
    Segunda Disposición Modificatoria, vigentes desde el 1ro.
    de julio de 2006, según lo dispuesto el Numeral 4 de la
    Primera Disposición Complementaria – Disposición
    Final del mencionado Decreto Legislativo Nº 957, modificado
    sucesivamente por el Artículo único de la Ley
    Nº 28460, publicada el 11-01-2005 (5), y el Artículo
    Primero de la Ley Nº 28671, publicada el 31 enero 2006.

    De conformidad con el Artículo Único de la Ley
    Nº 28366, publicada el 26-10-2004, se suspende hasta el 1 de
    enero de 2005, la entrada en vigencia de los artículos 205
    al 210 del presente Código Procesal Penal.

    De conformidad con la Segunda Disposición Final del
    Decreto Legislativo Nº 961, publicado el 11 enero 2006, en
    todo lo que no esté previsto en el Libro III Parte
    Procesal del Código de Justicia Militar Policial, los
    Jueces, Tribunales y Fiscales Militares Policiales,
    aplicarán las disposiciones del Código Procesal
    Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957. (7)

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter