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La Tercería




Enviado por Sonimar De la Cruz



Partes: 1, 2

    1. La
      definición
    2. Condiciones de la
      Tercería
    3. El procedimiento de
      la Tercería
    4. Los efectos de la
      tercería
    5. Base Legal del
      Proceso de Tercería en el Nuevo Ante-Proyecto del
      código de Procedimiento Civil
    6. Base Legal del
      Proceso de Tercería en el Código de Procedimiento
      Civil

    La
    definición

    La doctrina lo define como un recurso extraordinario de la
    siguiente manera: es una vía abierta a todos los terceros
    cuando son lesionados o están amenazados de un perjuicio
    por el efecto de una sentencia en la cual ello no han sido
    parte.

    Es cierto que cuando una persona no ha
    sido parte ni ha sido representada en justicia, ella
    esta protegida por una autoridad
    relativa de la cosa juzgada. Es bien sabido que la sentencia se
    opone contra aquellos o a favor de aquellos que han sido parte de
    la instancia, sea como parte principal o interviniente. Por ello
    parece razonable que esta protección sea suficiente y el
    recurso de tercería innecesario.

    Condiciones de la
    Tercería:

    Una parte perjudicada en sus derechos por una sentencia,
    en la que ni ella, ni la persona que ella representa ha sido
    citada, para deducir tercería contra dicha sentencia.

     

    Para poder deducir
    la sentencia según el lenguaje
    del código
    se necesita las condiciones siguientes:

    • Experimentar un perjuicio o estar amenazado de uno

    • No haber sido parte de la instancia, pues cuando ha sido
      parte la vía de tercería esta cerrada.

    • No Heber sido representado en la instancia, salvo el caso
      de fraude, basta justificar el interés, para
      interponer la tercería, cuando no se ha sido parte ni
      tampoco se ha estado representado.

    Lo que se debe de entender por
    representación
    :

    Cuando una persona es representada por un mandamiento legal o
    convencional, ha sido debidamente representada. La misma
    solución se admite cuando se habla de causahabiente
    universal o a titulo universal.

    Decisiones en las cuales la
    tercería procede
    :

    Toda sentencia es oponible a todos, las decisiones
    consecutivas son consecuencia de un ordenamiento jurídico,
    el cual debe de ser representado por todos, pero en verdad la
    tercería es tan necesaria como el medio de inadmisicon
    sacado de la autoridad relativa de la cosa juzgada.

    Plazos para interponer la
    Tercería:

    La ley no ha fijado
    ningún caso dentro del cual se debe de interponer la
    tercería, por lo tanto el recurso se puede interponer
    dentro del plazo de la más larga prescripción, que
    ha sido reducido a veinte años en nuestro país.

    El procedimiento
    de la Tercería:

    Forma y Competencia: desde el punto de vista de la
    forma la tercería puede ser principal o incidental.

    Es principal cuando se lleva fuera de todo proceso y es
    incidental cuando es incoada en el curso de un proceso ya
    establecido entre las partes y en ocasión de una sentencia
    opuesta por una parte u otra.

    Tercería Principal:

    Cuando la tercería es principal ella es una vía
    de retractación por que de ella conocerá el mismo
    tribunal que el rendido la sentencia impugnada por la
    tercería.

    Tercería Incidental:

    Cuando la tercería es incidental esta puede ser tanto
    como vía de retractación como vía de
    deformación.

    Es una vía de retractación por que el tribunal
    que esta apoderado del proceso aun en curso es inferior es
    inferior a la jurisdicción que ha rendido al
    decisión atacada.

    Al contrario es una vía de deformación cuando la
    jurisdicción que conoce del proceso aun en el curso es
    igual o superior a aquella que ha rendido la decisión
    atacada y siendo de igual grado, ninguna regla de competencia de
    orden público se opone a ella.

    Explicación del procedimiento:

    Es iniciado por una acto de citación o emplazamiento,
    sin distinguir entre tercería principal o incidental.

    Cuando la tercería se conoce por ante el tribunal que
    conoce del proceso ya en curso, el procedimiento es incoado por
    acto de abogado de la misma manera que se incoa una demanda
    incidental.

    Una vez incoada la tercería la misma es suspensiva de
    la ejecución de la sentencia, pero cuando desemboca en la
    anulación de la sentencia impugnada, por lo que la
    prudencia sobresee a la ejecución.

    Los efectos de la
    tercería:

    Partes: 1, 2

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