Indice
1.
Introducción
2. Aspectos de la
nacionalización.
3. Reprivatización De La Banca
Mexicana (1990- a la fecha)
4.
Hemerografía
5.
Bibliografía
En las sociedades
humanas modernas, es imposible conceder el supuesto de la
ausencia del sistema bancario
sea cual fuere su tendencia política, y
así mismo la evolución tanto de las sociedades
como de los sistemas
bancarios van de la mano (o al menos en el supuesto más
sano así debería de ser), dependiendo de las
necesidades reales, se propone una solución que puede
conllevar a una evolución o a una regresión, como se
ha dado a lo largo de la historia en diversos
aspectos, pero en este momento trataremos el tópico del
Sistema Bancario
Mexicano, que como se verá en esta investigación, no ha sido de los pocos
puntos que se han salvado de la regresión.
Resulta importante la definición de a quien le
corresponde la operación de los bancos, si al
Estado
directamente como resulta en los países socialistas
(República Democrática Popular de China,
República Democrática Popular de Cuba,
República Democrática Popular de Corea), o si los
bancos deben
ser operados por personas físicas o jurídicas
colectivas privadas (Inglaterra,
Estado Unidos,
Alemania y
otros capitalistas).
También se da el fenómeno de lo que se
puede llamar participación privada y pública en la
operación de los bancos, como sucedió en México de
1930 a 1982, y otra vez a partir de 1991. Lo que llama la
doctrina nacionalización de la banca, puede
significar políticamente la decisión de los
gobernantes de:
1. Que los bancos sean operados exclusivamente por ciudadanos
nacionales de un determinado país, con exclusión de
la participación de extranjeros, o,
2. Que los bancos sean operados exclusivamente por el Estado, ya
sean en administración directa, o bien, a
través de personas jurídicas colectivas, creadas
ex-profeso para ese efecto.1
2. Aspectos de la
nacionalización.
Desde una perspectiva más amplia, puede suponerse
que se inició con la
organización de los bancos centrales como instrumento
de los Estados.
La nacionalización general de los bancos es más
reciente y posiblemente los ejemplos podrían ser la
nacionalización de la banca de Francia en
1946 y 1981 y la mexicana en 1982.
La nacionalización de la Banca no se ha establecido
solamente en los países socialistas, sino también
en los capitalistas ha sido llevada a cabo en los últimos
años con intensidad diversa. En unos casos sólo ha
comprendido al banco central
(mayoría de los países), en otros a los bancos
comerciales, en su totalidad.
A) Nacionalización O
Expropiación De La Banca Privada (1982-1990)
La expropiación de la Banca privada, llevada a cabo con
fecha 1º de Septiembre de 1982, por parte del Gobierno Federal
Mexicano, en lo político y en lo jurídico trajo una
serie de reformas constitucionales y legales.
En 1982, el proceso
evolutivo de las instituciones
de crédito
experimentó cambios estructurales, pues el principio
tradicional de la legislación mexicana, que consideraba a
la Banca como una actividad concesionada por el Estado a
los particulares, se sustituyó por la decisión
política
fundamental de la nacionalización del servicio
público de Banca y Crédito
Como consecuencia de lo anterior, se cambió el esquema del
Sistema Bancario Mexicano, que se integraba con instituciones
privadas, mixtas y públicas, y dió lugar a un
sistema bancario plenamente en manos del Estado. También
la estructura del
Banco de
México se
modificó, pues en lugar de adoptar la forma de sociedad
anónima, en 1982, quedó definido en su ley
orgánica como un organismo público
descentralizado.
A partir de ese momento operarían dos clases de
instituciones de crédito, las sociedades nacionales de
crédito y las instituciones nacionales de crédito,
las primeras regidas por la Ley Reglamentaria
del Servicio
Público de Banca y Crédito y, en lo que se opusiera
a sus disposiciones, por la Ley General de Instituciones de
Crédito y Organizaciones
Auxiliares; y las segundas reguladas en su caso, por sus leyes
orgánicas y por la Ley General de Instituciones de
Crédito y Organizaciones
Auxiliares vigente desde 1941, estas son algunas de las reformas
legislativas que se tuvieron que originar.
Es un hecho que el decreto expropiatorio trajo una serie de
cambios estructurales y una abundante legislación sobre la
materia, de
1982 a enero de 1985.Problemas de
interpretación de la expropiación. El decreto de
expropiación de los bancos privados y las reformas legales
posteriores, trajeron problemas de
interpretación en su origen y que sólo
después de pasado tiempo y nuevas
reformas, procedimientos y
nueva legislación se han ido aclarando.
Imprecisión terminológica en el decreto de
expropiación. En cuanto a los problemas planteados por el
decreto de expropiación, estos comenzaron desde el
empleo de la
terminología, así se habló de
nacionalización, estatización, expropiación,
etc.; técnicamente, fue una expropiación, ya
que:
Expropiación.- Jurídicamente es un acto de derecho
público, por medio del cual el Estado impone al
particular la transferencia de la propiedad de
determinados bienes, cuando
los mismos son necesarios para la realización de la
actividad del Estado y existe una causa de utilidad
pública que así lo requiera, siempre que se cubra
al particular una indemnización.1
Nacionalización.- Como concepto
jurídico será un procedimiento
administrativo para adquirir bienes por el
Estado, únicamente por lo que hace a los de la Iglesia, pero
tratándose de todos lo demás susceptibles de
apropiación por el soberano, se estará a los
dispuesto por el procedimiento
administrativo expropiatorio.
Estatización.- Jurídicamente no es contemplada por
la ley, ni por la doctrina, como modo de adquirir bienes, por lo
que se puede sostener que dicho término corresponde al
campo político exclusivamente, refiriéndose en
concreto a un
sistema político que tiende a exaltar la plenitud del
poder y la
preeminencia del Estado sobre los demás órdenes y
entidades.
B) Conclusiones.
De lo dicho se puede concluir que se expropiaron las acciones de
las sociedades de crédito privadas que prestaban el
servicio público de banca y crédito; y se
nacionalizó la actividad respectiva, según las
reformas del artículo 28 constitucional.2
C) Problemas Y Consecuencias De
La Nacionalización
Al parecer la expropiación o nacionalización de la
Banca privada como una medida política general, no estaba
dentro de los programas de
gobierno de los
diferentes titulares que ocuparon el Poder
Ejecutivo Federal desde 1917 hasta septiembre de 1982. La
decisión de la expropiación tal como parece, fue
tomada en forma súbita y como consecuencia del estado de
crisis que
vivió el país es esas fechas. Existen opiniones en
el sentido de considerarla como un acto personalísimo y coyuntural, una
decisión que fue tomada no como parte de un programa de
gobierno, sino más bien obligada por las
circunstancias.
La decisión política de expropiar los bancos
privados en 1982 trajo muchas consecuencias, pero entre las
más importantes fue una serie de actos por medio de los
cuales se trató de dar la impresión de que era
irreversible, de compararla con la expropiación petrolera
del 18 de marzo de 1938, de equipararla con los dos jefes de
Estado en las decisiones trascendentales, en hacer un esfuerzo
enorme en todos los medios de
comunicación para justificar la medida, en reformar
con prisa al artículo 28 de la Constitución Federal, para agregarle el
párrafo
quinto, así como la fracción XIII bis al
artículo 123 (incidentalmente el referido párrafo
quinto del artículo 28 de la Constitución fue derogado en el mes de mayo
de 1990).
También se descontó a la mayoría de los
trabajadores mexicanos, en forma compulsiva, el importe de tres
días de salario para
formar lo que se llamó Fondo Nacional de Solidaridad que
según sus promotores serviría para pagar parte de
la indemnización por la expropiación de las
acciones de
los bancos, pero al que se dió un destino diferente, se
legisló en exceso y se habló en un tono
dogmático de que era una decisión irreversible.
Pero además hubo otras dos acciones que causaron un grave
daño a la sociedad mexicana
porque infundió una gran desconfianza en el sistema
bancario y en la credibilidad de las acciones de los responsables
al conducir la causa pública. Esas dos medidas fueron:
primero el control
generalizado de cambios; y segundo, la congelación de las
cuentas que hasta
el 1º de septiembre de 1982 mantenían los mexicanos,
en los bancos, en moneda extranjera.
D) Opinión De La
Nacionalización De La Banca
La referencia al proceso de
expropiación de 1982, ya no tiene más que un
valor
histórico pues ya se revirtió con las reformas a la
Constitución que fueron aprobadas en el mes de mayo de
1990 y con la publicación de la nueva Ley de Instituciones
de Crédito en julio del propio año, así como
la iniciación del proceso de desincorporación, pero
aún por razones históricas es conveniente dejarlo
asentado porque durante ocho años dio vigencia a la
llamada Banca Estatizada.
En algún sentido creció el número de
empleados de los bancos y los fraudes cometidos a los mismos
parece ser que también se incrementaron; los bancos
crecieron, figuraron dentro de la lista de los 100 bancos
más grandes de América
Latina, aumentó el número de sucursales tanto
en el país como en el extranjero, aumentó el
número de cuentas maestras
y el auge en el empleo de las
tarjetas de
crédito también es evidente.
3. Reprivatización De La Banca Mexicana
(1990- a la fecha)
Hasta 1990, el sistema de la banca mexicana, fue formado
por el gobierno poseyendo instituciones de crédito
nacional, más tarde a través de la
rectificación constitución y la promulgación
de la Ley de Crédito e Instituciones a mezclado la banca y
el crédito (y su sistema ) fue estabilizado.
Estas medidas permiten la privatización de los bancos comerciales y
la opción de una estructura
legal para servicios
múltiples bancarios y su inclusión en grupos
financieros privados.
La privatización de los bancos comerciales, resultó
de la necesidad de modernizar y hacer el sistema
financiero más competitivo con respecto a ambos
financiamientos, el crecimiento
económico y su proceso así como la
canalización de red y recursos para
producir y estructurar proyectos de una
manera óptima.
El presidente de México en ese entonces, Carlos Salinas de
Gortari, dentro de su Programa de
Modernización del Estado consideró conveniente
promover los cambios, primero a la Constitución
después mediante la iniciativa de una nueva Ley de
Instituciones de Crédito a fin de restablecer el
régimen mixto en la prestación de servicios de
banca y crédito.
La propuesta para un cambio
constitucional consistió fundamentalmente en derogar el
párrafo quinto del artículo 28 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (que había sido reformado en octubre-noviembre
de 1982)
Esta iniciativa mereció un consenso mayoritario de la
opinión
pública y fue aprobada en el constituyente permanente
con la participación de la mayoría de los partidos
de oposición representados en la Cámara de
Diputados.La nueva Ley de Instituciones de Crédito, cuya
iniciativa envió también al Congreso el Presidente
de la República, fue aprobada por el mismo Congreso, con
el voto participativo de partidos de la oposición.
Este trascendental cambio en la
política del Estado, estimo como lo señaló
la iniciativa fue un paso para modernizar al Estado Mexicano y
como lo señaló el Presidente Salinas de Gortari fue
conveniente revisar y cambiar los mitos del
pasado.
La nueva Ley de Instituciones de Crédito fue publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de
1990.
A) proceso de
reprivatización.
El proceso de privatización o desincorporación de
los 18 bancos múltiples implica la transformación
de las Sociedades
Anónimas a Sociedades Nacionales de Crédito, ya
que éstas son sociedades
mercantiles que realizan actos de comercio.
Lo anterior conforme lo dispone el artículo séptimo
transitorio, en el que da 360 días para que el Ejecutivo
Federal expida los decretos de transformación.; lo que
implicó que el procedimiento de privatización
aunque no se expresó cuanto podría tardar, se
llevó uno o dos años; sin olvidar los distintos
conflictos que
se suscitaron respecto de la falta de personalidad
de los bancos al momento de cobrar las deudas contraídas
por los clientes frente a
loas instituciones bancarias.
Otro efecto de la desincorporación de los bancos fue que
sus trabajadores, sin perjuicio de sus derechos, ahora se van a se
regir por el apartado A del artículo 123 de la
Constitución y la Ley Federal del
Trabajo cuando se convirtieron en bancos privados.
B) Opinión De La
Reprivatización De La Banca Mexicana
Diversas circunstancias a las que se tiene que enfrentar la Banca
mexicana como la
globalización del comercio entre
las naciones, las consecuencias de un tratado de libre
comercio con Estados Unidos de
América
y Canadá, la apertura de la actividad bancaria a la
competencia
extranjera operaciones del
mercado interno y
el convertirse en un factor importante del desarrollo
económico de la última década de este
siglo e inicio del siguiente.
De acuerdo con los factores de riesgo como los
altos gastos de
operación, la dimensión menor de los bancos
mexicanos frente a los extranjeros con base en los
estándares internacionales y el bajo nivel de inversión en desarrollo
informático de comunicaciones, los Bancos mexicanos
tendrán que mejorar más sus sistemas de
capacitación, sus niveles de
captación, de eficiencia, su
infraestructura informática y también ponerse al
nivel de los bancos extranjeros para de este modo realizar una
competencia digna
y sobre todo sana, aún cuando el proceso de reacomodo se
inició a partir de 1991 y que la competencia fue y sigue
siendo difícil; y que esto se pensó
repercutiría positivamente en la economía del
país, buscando mayores índices de eficiencia y un
menor costo de dinero1,
pues no ha sido así de positivo como se esperaba.
No se duda que en un largo plazo se logren alcanzar todas las
metas y supuestos propuestos, pero aún la Banca mexicana
sigue luchando con obstáculos, que si bien no son
resultado de la reprivatización, sí son más
de fondo, como el surgimiento de problemas, que si se hubiera
realizado la desincorporación de manera adecuada pensando
en los futuros inconvenientes no se hubieran suscitado litigios
como la falta de personalidad
de las instituciones de crédito.
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Autor:
Lic. Erika Zavala Salas
Universidad nacional autónoma de México,
facultad de derecho
Materia:
derecho bancario bursátil mexicano