Indice
1.
Introducción
2. Qué es la flexibilidad
laboral
3. Bases ideológicas de la
flexibilidad
4. Los instrumentos de la flexibilidad.
El caso Argentino
5. El futuro de la reforma en
curso
6. Artículos de
diarios
El proceso de
reformas estructurales de los mercados de
trabajo que han acometido con éxito
los países avanzados para reforzar la competitividad
de sus empresas, elevar
la productividad
del trabajo, reformular sobre bases más equitativas los
principios
operativos de la seguridad
social y conjurar el desempleo, se ha
conocido bajo el nombre de "flexibilidad laboral".
En ninguno de aquellos países esta expresión ha
suscitado, como en la Argentina, un
ambiente de
crispación con posiciones tan encontradas y debates tan
apasionados. Partidarios y opositores de la flexibilidad ocultan
detrás de esta antítesis
aparentemente irreductible un preocupante desconocimiento, no
solamente de los contornos conceptuales de aquella
expresión, sino también -y esto es más
grave- de las reglas y principios que
gobiernan el funcionamiento de nuestro mercado de
trabajo.
La pérdida de la neutralidad política del concepto de
flexibilidad del trabajo y la utilización
eufemística por el Gobierno de la
expresión modernización del mercado laboral
para referirse al mismo fenómeno, aconsejan un retorno
reflexivo a sus fuentes
teóricas -sistemáticamente olvidadas al calor de la
liza política y social- y una crítica
sosegada pero profunda de los aciertos y fracasos de nuestro
sistema laboral
histórico.
2. Qué es la
flexibilidad laboral
El verdadero objetivo de la
flexibilidad del trabajo no es otro que la sustitución,
progresiva y controlada, de las regulaciones laborales
homogéneas -sea que provengan de la Ley o de los
convenios colectivos- por otras regulaciones, más
particulares y específicas (de fuente estatal o
provenientes de la autonomía colectiva), que permitan a
las unidades productivas adaptarse, con mayor velocidad y
eficacia, a
los cambios de mercado, de la tecnología o de
la
organización del trabajo.
No son pues ni la casualidad, ni el esnobismo, el ánimo de
revancha social, o las tentaciones antiobreras de los gobiernos,
como así tampoco el apetito de mayores beneficios
empresariales, los que explican la emergencia de este
fenómeno; se trata más bien de que el mundo del
trabajo ha certificado el cambio radical
e irreversible del contexto económico y productivo, y
asumido al mismo tiempo que el
entramado normativo/institucional hasta ahora vigente -basado en
regulaciones homogéneas, uniformes e indefectiblemente
meliorativas- resulta ya notoriamente disfuncional respecto del
nuevo escenario, caracterizado por la apertura de la economía, la
recurrencia de los períodos recesivos, la creciente
internacionalización de los intercambios, la caída
de la inflación y el aumento del desempleo.
En los países avanzados, aquellas regulaciones laborales
-cuya sustitución progresiva se debate hoy en
la Argentina-
cimentaron su fama en la eficacia con que
-durante al menos tres décadas- acompañaron un
período de crecimiento
económico continuo, con baja inflación y pleno
empleo, al
amparo de una
marcada estabilidad de los mercados y la
tecnología. Es comprensible por tanto el
que este modelo -que
permitió a las clases trabajadoras alcanzar cotas de
bienestar nunca antes conocidas- haya sido defendido tenazmente
por los sindicatos y
partidos
políticos afines.
Pero la profundidad de la crisis
disuadirá pronto a las fuerzas progresistas de la defensa
numantina de aquel sistema; no
solamente a causa del dramático cambio del
contexto económico, sino además porque se
irá cayendo en cuenta de que el rechazo de la flexibilidad
es potencialmente capaz de poner en cuestión las
principales fuentes de
bienestar de los trabajadores y sus verdaderas conquistas: el
empleo y la
seguridad
social.
3. Bases
ideológicas de la flexibilidad
Desde los intentos liberales por devolver a la
autonomía individual un protagonismo regulatorio
excluyente, hasta los más moderados que reclaman el
control sindical
de los procesos de
reforma laboral y la reformulación de los instrumentos y
las estrategias de
intervención del Estado, la
flexibilidad admite un abanico ideológico relativamente
amplio.
Para algunos, la flexibilidad laboral se identifica
primordialmente con la búsqueda por las empresas de los
mecanismos institucionales más eficaces y de menor coste
para ajustar sus plantillas de trabajadores (al alza, a la baja o
por medio de la movilidad interna) en función de
la fase del ciclo económico que atraviesan, con el objeto
de asegurar su pervivencia en el mundo de los negocios y el
mantenimiento
de los niveles de empleo.
Para quienes gustan de poner el acento sobre aspectos
macroeconómicos, la flexibilidad del trabajo aparece como
la respuesta de los sistemas de
empleo y de relaciones
laborales a la turbulencia, incertidumbre y variabilidad de
los mercados, y -fundamentalmente- al vertiginoso cambio
tecnológico, características de las economías
capitalistas de las dos últimas décadas. Es, desde
esta óptica,
un proceso que
tiende a asegurar, bajo premisas más realistas y
equitativas, el mantenimiento
de los canales institucionales de redistribución de la
renta nacional que, en definitiva, sustentan la actividad
económica.
En el plano político, la flexibilidad expresa la idea de
reformulación de los principios de solidaridad y
universalidad que vertebraron al primitivo Estado del
Bienestar, al hilo de la crisis que hoy
parece cuestionar la viabilidad de esta forma de Estado. Un
proceso que coincide -quizá no casualmente- con el
retroceso de los partidos de la izquierda democrática, la
crisis ideológica y estratégica de los sindicatos y
demás organizaciones
progresistas, y un cierto reflujo de los principios
neoliberales.
En el plano social, en definitiva, la flexibilidad laboral toma
buena nota de la emergencia de nuevos movimientos sociales, de la
diversificación de las demandas de bienestar y de la
pérdida de homogeneidad de las clases trabajadoras, y, en
esta dirección, apunta a desarrollar nuevos
mecanismos de solidaridad y
redistribución que superen los esquemas clásicos de
intervención estatal y de fijación centralizada de
las condiciones de trabajo.
4. Los instrumentos de la
flexibilidad. El caso Argentino
Pero cuales sean los instrumentos para alcanzar los
objetivos de
la flexibilidad, dependerá no solamente de la
orientación ideológica de la operación de
reforma sino también del grado de intervención del
Estado en las relaciones
laborales y el empleo, de los niveles de autonomía de
los agentes sociales y del desarrollo de
la negociación colectiva.
En el caso argentino, cualquier reforma debería partir
admitiendo el envejecimiento de algunos rasgos estructurales de
nuestro sistema laboral – especialmente de nuestro Derecho del
Trabajo- tales como el sacrificio de las potestades
reguladoras individuales, la permanente imposición de una
voluntad externa a la libertad
contractual del empresario y del trabajador, la correlativa
inderogabilidad de las normas
convencionales por las partes individuales, y la indisponibilidad
de las normas legales
por los convenios colectivos.
El necesario proceso de renovación normativa antes aludido
se encuentra fuertemente desalentado en la Argentina no tanto por
estas rigideces jurídicas sino también por el
despliegue de prácticas y comportamientos conservadores
que han ahondado la desprotección efectiva de los
trabajadores, como hoy expresan, preocupantemente, las altas
tasas de trabajo clandestino, el desempleo, la caída de
los salarios reales y
la modificación unilateral de las condiciones de trabajo
en algunos sectores de actividad.
Cualquier intento flexibilizador con base en la
reformulación del complejo cuadro de fuentes del
Derecho del Trabajo -que supondría la
atribución de un poder
normativo mayor y más selectivo a la autonomía
colectiva- estará condenado al fracaso si no se acomete
inmediatamente por los interesados una reforma profunda de la
estructura
sindical argentina y del sistema de negociación colectiva. Dicho en otros
términos, la flexibilidad negociada -a la que aspira el
Gobierno no
alcanzará sus metas en la medida que no se asegure la
vigencia irrestricta de los derechos de libertad
sindical -seriamente amenazados por la ley vigente- se
desarrolle una cultura de
negociación colectiva libre, abierta, no intervenida,
descentralizada y democrática, y se garantice,
simultáneamente, el libre ejercicio del derecho de
huelga.
5. El futuro de la
reforma en curso
No es seguro que las
medidas anunciadas recientemente por el Gobierno argentino
apunten en esta dirección, conocido como es que la
intangibilidad del modelo
sindical histórico ha sido la concesión
política más evidente, inexplicable y costosa del
proceso de reformas iniciado en 1991. Tampoco parece probable que
la mano invisible que el Gobierno confía que sacará
a la negociación colectiva de su atraso y mediocridad
opere el prodigio de abrir nuevos ámbitos, ampliar la
legitimación a otros sujetos sindicales y descentralizar
territorialmente la negociación, como la economía
argentina reclama.
Finalmente, es incierto el futuro de una reforma que nace al
amparo de las
prisas impuestas por el crecimiento del desempleo. Quienes la
impulsan debieran reconocer más abiertamente que, al lado
de este problema, el sistema laboral argentino adeuda a la
economía
la superación de la baja productividad del
factor trabajo, al sistema político la
democratización de las organizaciones de
intereses y de sus relaciones recíprocas, y al sistema
social una contribución decisiva a la eliminación
de la pobreza y la
marginación, fenómenos que arraigan en la inequidad
social intrínseca del modelo de desarrollo
económico.
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