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Aspectos educativos y culturales del municipio Benítez, Estado Sucre (página 5)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6

ARTÍCULO 97: Una vez presentado l escrito de
descargo y evacuadas las pruebas que
fuesen necesarias, el Jefe de la Unidad deberá decidir
dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a
la presentación de los descargos. Este lapso podrá
ser prorrogado por igual término por el Jefe de la Unidad,
mediante Auto motivado.

La decisión que imponga la sanción o declare
terminada la averiguación por haber méritos
suficientes para sancionar, deberá hacerse mediante
resolución motivada por el Jefe de la Unidad de Turismo, llenando los
extremos consagrados en el Artículo 18 de la Ley
Orgánica de Procedimientos
Administrativos.

De esta resolución deberá notificarse a los
interesados, quienes podrán interponer recurso de
reconsideración por ante el Jefe de la Unidad de Turismo,
dentro de los cinco (5) días a su notificación.

ARTÍCULO 98: Contra las decisiones del Jefe de
la Unidad de Turismo podrán intentarse el Recurso
Jerárquico ante el Alcalde, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a que los interesados
tengan conocimiento
de la decisión. La decisión del Alcalde,
deberá producirse dentro de los cuarenta (40) días
hábiles siguientes, y ésta agota la vía
administrativa.

ARTÍCULO 99: Cuando alguna falta sea sancionada
con la medida de arresto, siempre que no exceda de cuarenta y
ocho (48) horas, se aplicada inmediatamente por los funcionarios
en servicios de
Patrulleros de Caroní, bien por que tengan conocimiento
directo de la infracción o a solicitud del Jefe de la
Unidad de Turismo. La Unidad de Patrulleros de Caroní y de
cualquier otro cuerpo de seguridad del
Estado, debe
remitir inmediatamente las actuaciones a la Unidad de Turismo, a
los fines de dar ésta, inicio al procedimiento
administrativo establecido en esta Ordenanza. Cuando se hubiere
practicado el arresto, esto no exime al Jefe de la Unidad de
Turismo de apertura e oficio el procedimiento correspondiente,
cuando tuviere noticia de alguna infracción a la presente
Ordenanza.

TITULO VIII

CAPITULO I

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTÍCULO 100: La presente
ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicación
en la Gaceta Municipal.

ARTÍCULO 101: Hasta Tanto sea dictado el
Reglamento respectivo, la brigada turística se
regirá por las normas previstas
en esta ordenanza y por las que en cada caso señalen de
oficio las autoridades municipales.-

ARTICULO 102: Se fija un plazo de 30 días
continuos a partir e la entrada en vigencia de esta ordenanza,
parra que las empresas
turísticas se inscriban en el registro
correspondiente llevado por la Dirección Municipal de Turismo.-

ARTICULO 103: Las empresas turísticas que para
el momento de entrada en vigencia de esta ordenanza se encuentran
en situación de mora con El Municipio, podrán ser
objeto de tratamiento especial mediante convenios de pago,
extensión de los plazos o condonación parcial no
mayor del cincuenta por ciento (50%) con la previa
aprobación por las dos terceras (2/3) partes de los
miembros de la Cámara. A estos beneficios podrá
accederse previa petición del interesado en un plazo no
mayor de treinta (30) días continuos contados a partir de
la entrada en vigencia de esta ordenanza.

10.2. Acción
Cultural

10.2.1. ORDENANZA SOBRE PROTECCIÓN Y
DEFENSA DEL PATRIMONIO
CULTURAL DEL MUNICIPIO BENÍTEZ, ESTADO SUCRE

TÍTULO I

Del Patrimonio
Cultural

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. La presente Ordenanza tiene por objeto
establecer los principios que
han de regir la protección y defensa del Patrimonio
Cultural del Municipio Benítez y sus unidades
básicas (Parroquias), en concordancia con la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela,
Capítulo VI, Artículos 98, 99, 100, 101 y 102 (De
los Derechos
Culturales y Educativos), la Ley de Protección y Defensa
del Patrimonio Cultural y la Ley del Poder
Público Municipal.

Parágrafo Único: Se entiende por
protección y defensa del Patrimonio Cultural su investigación y rescate, difusión,
preservación, conservación, restauración,
revitalización, revalorización, mantenimiento,
incremento, exhibición, custodia, vigilancia,
identificación y todo cuanto requiera su protección
socio-cultural, material y espiritual.

Artículo 2: La Protección y Defensa del
Patrimonio Cultural del Municipio Benítez y sus parroquias
es obligación prioritaria del gobierno
municipal y de los ciudadanos.

Parágrafo Único: Se declara de utilidad e
interés
socio-cultural la protección y defensa del patrimonio
cultural tangible e intangible, por el significado que otorga
fisonomía e identidad
particulares al Municipio Benítez.

Artículo 3: Se considera Patrimonio Cultural Municipal
de Benítez a todos sus creadores (Patrimonio Cultural
Viviente) y obras; todos los bienes
materiales y
no materiales tangibles e intangibles, históricos,
tradicionales, monumentales, populares, residenciales urbanos,
rurales, indígenas, académicos y experimentales que
se encuentren dentro del ámbito del Municipio
Benítez, y que expresen y definan la cosmovisión de
vida, signifiquen diversidad cultural y den fisonomía
socio-cultural a este ente local, conforme a lo señalado
seguidamente:

1º. Los bienes muebles e inmuebles tangibles e
intangibles que se declaren patrimonio histórico
Monumental, y en general que se declaren Patrimonio Cultural del
Municipio.

2º. Los bienes inmuebles de cualquier época que
sean de interés conservar su valor
monumental.

3º. Los cultores populares y sus obras de identidad con
el Municipio Benítez.

Artículo 4: El Concejo Municipal podrá, previa
consulta y asesoría de la Dirección Municipal
Cultural, declarar Patrimonio Cultural del Municipio aquellos
bienes y Cultores Populares que deban ser protegidos y
definidos

Artículo 5: El Patrimonio Cultural del Municipio
Benítez es inalienable e imprescriptible en los
términos que establezca esta Ordenanza.

Artículo 6: Los bienes muebles e inmuebles declarados
Patrimonio Cultural del Municipio Benítez no podrán
ser restaurados, demolidos, destruidos, enajenados o motivados
hasta tanto el Concejo Municipal decida sobre ellos.

Artículo 7: Cuando el Concejo Municipal del Municipio
Benítez declare de utilidad pública y patrimonio
cultural un bien o semoviente, el gobierno municipal
procederá de conformidad con la base jurídica que
rige la materia.

Artículo 8: Cuando la protección y defensa de
los bienes que integran el Patrimonio Cultural del Municipio
Benítez impliquen una limitación que desmaterialice
los atributos del derecho de
propiedad, su titular podrá reclamar al Concejo
Municipal la indemnización correspondiente. En estos
casos, a los efectos de determinar la indemnización, se
regirán por los criterios establecidos en la Ley de
Expropiación o cualquiera otra ley promulgada a la
presente ordenanza, por causa de utilidad pública e
interés social.

Artículo 9: El Concejo Municipal de Benítez
legislará en materia de protección y defensa de las
instituciones
culturales y los cultores populares del Municipio Benítez,
a fin de garantizarles ayuda económica y mejoras de
salud.

TITULO II

Del Organismo Competente

Capítulo I

Del Nombre y Objeto del Organismo
Competente

Artículo 10: Se crea la Dirección Municipal de
Cultura para
la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del
Municipio Benítez. El Reglamento de esta Ordenanza
determinará la estructura
orgánica y las modalidades operativas correspondientes,
así como todo lo de su competencia.

Artículo 11: La Dirección Municipal Cultural
tendrá como funciones dictar
los lineamientos y ejecutar las políticas
para la protección y defensa del Patrimonio Cultural de
Benítez e instrumentar el Artículo 1 de esta
Ordenanza.

Capítulo II

De la
organización y Funcionamiento del Organismo
Competente

Artículo 12: La Dirección Municipal Cultural del
Municipio Benítez estará constituida por siete (07)
miembros:

  • a) Un Director o Directora Cultural Municipal,
    designado (a) por el Alcalde.

  • b) Seis Miembros Principales, con sus respectivos
    suplentes, en representación de cada una de las seis
    parroquias del Municipio Benítez. Los mismos
    serán designados por la Dirección Municipal
    Cultural, previa autorización del Alcalde.

Artículo 13: El Director o Directora Cultural
Municipal, los Miembros Principales y los Miembros Suplentes
deberán ser de reconocida y efectiva trayectoria cultural
en el Municipio Benítez; sean artistas, investigadores y/o
Promotores culturales.

Artículo 14: Los Miembros Suplentes serán
designados por decisión mayoritaria de la Dirección
para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del
Municipio Benítez, previa consulta a los representantes
culturales de las respectivas parroquias.

Artículo 15: El gobierno municipal convocará a
la Dirección Municipal de Cultura para la
Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio
Benítez, por primera vez para su juramentación e
instalación.

Artículo 16: El Presidente de la Comisión de
Educación,
Cultura y Deportes de la
Cámara Municipal fungirá de enlace entre la
Dirección Municipal de Cultura y el ente legislativo.

Articulo 17: El Director o Directora Cultural Municipal
durará en sus funciones por el período que estipule
el Alcalde; salvo que se produzca la desincorporación
antes del tiempo
establecido por voluntad propia, responsabilidades ante la Ley,
causa de fuerza mayor,
incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza y
violación de la Ley de Protección y Defensa del
Patrimonio Cultural y del Reglamento Interno de la
Dirección Municipal de Cultura.

Artículo 18: Cuando un Miembro Principal se
desincorpore antes del lapso o período establecido, el
Director o Directora y el resto de los Miembros
deliberarán y procederán a nombrar el sustituto
respectivo de entre los Miembros Suplentes. Se levantará
un Informe sobre el
caso y se consignará ante el Alcalde para su conocimiento
y fines respectivos. Realizado este acto, se procederá en
consecuencia con lo establecido en el Artículo 12, literal
b) de la presente Ordenanza.

Artículo 19: Al culminar el período establecido,
los Miembros Principales podrán ser designados nuevamente,
si se cumplen los siguientes requisitos:

  • a) Informe conjunto de su actuación en el
    período culminado, elaborado y firmado por el Director
    o Directora Cultural Municipal y el Presidente de la
    Comisión de Educación, Cultura y Deportes. El
    Informe será presentado ante la Cámara
    Municipal para su respectivo análisis.

  • b) Cumplir interpelación con resultados
    convincentes y positivos ante la Cámara Municipal.

  • c) Solicitar por escrito ante la Cámara
    Municipal sus aspiraciones y razones para ser Miembro
    nuevamente de la Dirección para Protección y
    Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio
    Benítez.

Artículo 20: Cuando la solicitud de un Miembro
Principal saliente para un nuevo período sea rechazada por
incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en el
Artículo anterior, se procederá en los mismos
términos establecidos en el Artículo 12 de la
presente Ordenanza.

Artículo 21: La Dirección Municipal Cultural
para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del
Municipio Benítez presentará ante el Alcalde un
Informe quincenal de su actuación, a través de la
Comisión de Educación, Cultura y Deportes.

Artículo 22: Los Concejales y los Directores de
Servicios de la Alcaldía del Municipio Benítez no
podrán ser Miembros Principales ni Suplentes de la
Dirección para la Protección y Defensa del
Patrimonio Cultural.

Artículo 23: Los gastos de
funcionamiento y honorarios de los miembros de la
Dirección para la Protección y Defensa del
Patrimonio Cultural del Municipio Benítez serán
cubiertos por los recursos de la
Alcaldía. La Cámara Municipal legislará a
este respecto.

CAPÍTULO III

De las Atribuciones del Organismo
Competente

Artículo 24: La Dirección Municipal Cultural
para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del
Municipio Benítez gozará de autonomía de
planificación, gestión
de recursos y obras y ejecución de actividades, en
función
de concretar lo establecido en los Artículos 1 y 2 de la
presente Ordenanza.

Artículo 25: Son atribuciones de la Dirección
Municipal Cultural:

  • a) Rendir Informe de gestión ante el Alcalde y
    la Cámara Municipal.

  • b) Gestionar recursos materiales y monetarios ante
    organismos públicos y privados a fin de alcanzar los
    objetivos estipulados en la presente Ordenanza.

  • c) Redactar y Cumplir con su Reglamento Interno, la
    presente Ordenanza y todas las Leyes, Decretos y Resoluciones
    nacionales, regionales y locales atenientes a la
    Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.

Artículo 26: La Dirección para la
Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio
Benítez podrá realizar contratos por
razones de funcionamiento administrativo, de servicios y de
actividades sociales, culturales y educativas propias de la
Institución, previa autorización del Alcalde.

Artículo 27: La Dirección para la
Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio
Benítez operará en interrelación con las
instituciones culturales, educativas y sociales locales,
regionales y nacionales, a fin de alcanzar lo establecido en la
presente Ordenanza.

10.2.2. CENTRO CULTURAL DEL MUNICIPIO
BENÍTEZ (CECUMBE)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

1. El Centro se denominará: "CENTRO CULTURAL DEL
MUNICIPIO BENÍTEZ" (CECUMBE)

2. El domicilio del Centro (CECUMBE) será la ciudad de
El Pilar, jurisdicción del Municipio Benítez del
Estado Sucre y podrá ejercer sus actividades en todo el
territorio nacional.

3. El Centro tendrá por objeto:

  • a) Planificar y ejecutar actividades de
    formación cultural y educativa en el Municipio
    Benítez.

  • b) Coordinar y asesorar actividades
    interinstitucionales de investigación, rescate,
    promoción y difusión del acervo cultural
    municipal.

  • c) Gestionar recursos económicos ante
    instituciones públicas y privadas para cubrir gastos
    de investigación, promoción, difusión
    del acervo cultural y sus autores; formación y
    actualización cultural y educativa; y
    publicación de obras culturales y educativas del
    Municipio Benítez.

  • d) Diseñar programas y estrategias para la
    investigación, rescate, promoción y
    difusión del acervo cultural municipal.

  • e) Promover la participación local, regional y
    nacional de los cultores populares en las instituciones
    educativas, culturales y sociales.

  • f) Organizar estrategias de investigación,
    promoción y difusión cultural a través
    de festivales, encuentros, jornadas, coloquios, seminarios,
    charlas conferencias, foros, visitas, entrevistas,
    exposiciones, ferias, talleres y otros.

  • g) Actuar mancomunadamente con la Dirección
    para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural
    del Municipio Benítez, contemplada en la Ordenanza
    Cultural Municipal.

10.2.3. ASOCIACIÓN DE CULTORES POPULARES
DEL MUNICIPIO BENÍTEZ (ACUPMUBE)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

1. La asociación se denominará:
"ASOCIACIÓN DE CULTORES POPULARES DEL MUNICIPIO
BENÍTEZ" (ACUPMUBE).

2. El domicilio de la asociación (ACUPMUBE) será
la ciudad de El Pilar, jurisdicción del Municipio
Benítez del Estado Sucre y podrá ejercer sus
actividades en todo el territorio nacional.

3. La Asociación tendrá por objeto:

  • a) Organizar y afiliar a todos los cultores populares
    del Municipio Benítez y aquéllos que por
    diversas razones han mantenido su sitio de morada en esta
    jurisdicción.

  • b) Desempeñar funciones de carácter
    investigacional, cultural y educativa.

  • c) Gestionar reivindicaciones para la
    protección y ayuda socioeconómica para los
    cultores populares vivientes.

  • d) Reconocer públicamente la trayectoria y
    obras de los cultores populares.

  • e)  Investigar la historia y estado actual de las
    manifestaciones folklóricas y populares del Municipio
    Benítez (indígena, rural y urbana).

  • f)  Rescatar, conservar y promocionar las creaciones
    culturales indígenas, rurales y urbanas del Municipio
    Benítez.

  • g) Promover la participación local, regional y
    nacional de los cultores populares en las instituciones
    educativas, culturales y sociales.

  • h) Organizar estrategias de investigación,
    promoción y difusión cultural a través
    de festivales, encuentros, jornadas, coloquios, seminarios,
    charlas conferencias, foros, visitas, entrevistas,
    exposiciones, ferias, talleres y otros a considerar.

  • i) Promover la participación cultural en las
    actividades escolares del Municipio Benítez.

10.2.4. ASOCIACIÓN DE ARTESANOS DEL
MUNICIPIO BENÍTEZ (ASAMUBE)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

Art. 1. La asociación se denominará:
ASOCIACIÓN DE ARTESANOS DEL MUNICIPIO BENÍTEZ
(ASAMUBE).

Art. 2. El domicilio de la Asociación será la
ciudad de El Pilar, jurisdicción del Municipio
Benítez del Estado Sucre, y podrá ejercer sus
funciones en todo el territorio nacional.

Art. 3. La Asociación será una
institución civil, sin fines de lucro, con patrimonio
propio y alcances de utilidad social, ambiental, educativa y
cultural.

Art. 4. La Asociación tendrá por objeto:

4.1. ORGANIZACIÓN: Asociar, orientar y asesorar a los
artesanos del Municipio Benítez sobre la producción artesanal y su
interrelación con las actividades sociales,
económicas, ambientales, educativas y culturales.

4.2. EDUCACIÓN: Realizar talleres, charlas, jornadas y
encuentros entre sus asociados sobre el impacto económico,
social, educativo, ambiental y cultural de las manifestaciones
artesanales y su relación con el desarrollo
integral del Municipio Benítez.

4.3. PROMOCIÓN: Promover, organizar y ejecutar
exposiciones, cursos, talleres y jornadas en las instituciones
educativas y culturales del Municipio Benítez.

4.5. DIFUSIÓN: Promover, organizar y ejecutar
actividades de interrelaciones e intercambios culturales con
instituciones educativas y culturales regionales y
nacionales.

Art. 5. La fundamentación legal de la Asociación
de Artesanos del Municipio Benítez (ASAMUBE) se define en
concordancia con la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela; Ley Orgánica de Descentralización; Código
Civil; Ley del Poder Público Municipal; los
demás decretos y resoluciones nacionales, regionales y
locales atenientes a los fines de la Asociación.

10.2.5. ASOCIACIÓN DE GALERONISTAS DEL
MUNICIPIO BENÍTEZ (AGABEN)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

Art. 1. La Asociación se denominará:
ASOCIACIÓN DE GALERONISTAS DEL MUNICIPIO BENÍTEZ
(AGABEN).

Art. 2. El domicilio de la Asociación será la
ciudad de El Pilar, jurisdicción del Municipio
Benítez del Estado Sucre, y podrá ejercer sus
funciones en todo el territorio nacional.

Art. 3. La Asociación será una
institución civil, sin fines de lucro, con patrimonio
propio y alcances de utilidad cultural, social y educativa.

Art. 4. La Asociación tendrá por objeto:

4.1. ORGANIZACIÓN: Asociar y asesorar a todos los
galeronistas y decimistas del Municipio Benítez y velar
por la defensa y preservación de sus obras.

4.2. INVESTIGACIÓN: realizar visitar, entrevistas,
grabaciones, transcripciones, encuestas,
recopilaciones, compilaciones e historias de vida sobre los
autores y sus obras.

4.3. PROMOCIÓN: promover, organizar y ejecutar
actividades para la difusión de los galeronistas,
decimistas y sus obras.

4.4. EDUCACIÓN: realizar talleres de formación
galeronística infantil, juvenil y adulta y capacitación en la ejecución de
instrumentos afines a esta actividad (Cuatro, Mandolina y
Guitarra); tanto en la comunidad como en
las instituciones culturales y educativas del Municipio
Benítez.

4.5. DIFUSIÓN: a) Organizar y ejecutar actividades
culturales: encuentros, jornadas, festivales e intercambios en
las distintas parroquias del Municipio Benítez. b)
Participar en eventos
culturales regionales, nacionales e internacionales.

10.2.6. FUNDACIÓN PARA LA
FORMACIÓN DE CORALES Y ESTUDIANTINAS DEL MUNICIPIO
BENÍTEZ (FUNDA-COREBEN)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

La Fundación para la Formación de Estudiantinas
y Corales del Municipio Benítez (FUNDA-COREBEN) es una
institución civil, sin fines de lucro, con personalidad
jurídica, patrimonio propio y alcances de utilidad
educativa, cultural, investigacional, promocional, divulgativa,
promotora, productora y editora. Tiene por finalidad:

  • 1. Rescatar, promover, proyectar y difundir el acervo
    cultural, artístico y educativo del Municipio
    Benítez, en función del desarrollo e identidad
    local, regional y nacional.

  • 2. Investigación cultural y educativa.

3. Formación cultural y educativa: teoría
y solfeo, Cuatro, Guitarra, Mandolina, Flauta, Bandola,
Violín, Arpa, Teclado y
Percusión. Corales. Estudiantinas. Grupos
artísticos. Promoción socio-cultural.
Legislación cultural. Folklore.
Dirección coral.

4. Promoción y Difusión: obras poéticas,
musicales, artesanales. Talleres. Cursos. Charlas. Seminarios.
Jornadas. Conferencias. Intercambios. Exposiciones.
Presentaciones. Conciertos. Festivales. Giras. Congresos.
Encuentros. Foros.

5. Planificación: elaboración de programas, planes
y proyectos de
cultura popular para la Educación
Preescolar, Básica y Media Diversificada y
Profesional.

6. Interrelación institucional: co-producción y co-edición
de eventos y publicaciones con instituciones públicas y
privadas locales, regionales y nacionales.

7. Arreglos: obras poéticas y musicales locales,
regionales, nacionales y latino Americanas.

8. Asesorías: planificación, programación, proyectos culturales y
educativos, investigación, monografías, tesis.

  • 9. Ayudantías: para estudiantes pertenecientes
    a la Fundación: textos, material didáctico.
    Becas. Cursos. Talleres. Asesorías.
    Tutorías.

10.2.7. FUNDACIÓN EDITORIAL "CHICAUNTAR"
DE BENÍTEZ (FECHIBEN)

CAPÌTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

1. La Fundación se denominará: FUNDACIÓN
EDITORIAL "CHICAUNTAR" DE BENÍTEZ (FECHIBEN).

2. El domicilio de la Fundación será la ciudad
de El Pilar, jurisdicción del Municipio Benítez del
Estado Sucre, y podrá ejercer sus actividades en todo el
territorio nacional.

3. La Fundación será una institución
civil-educativa, sin fines de lucro, con patrimonio propio y
alcances de utilidad investigacional, cultural y educativa.

4. La Fundación FECHIBEN tendrá por objeto:

4.1. Investigación: educación, cultura y
literatura.

4.2. Publicación: recopilaciones, compilaciones,
folletos, trípticos, libros,
revistas, ensayos,
tesis, monografía, proyectos, propuestas, atlas,
biografías, autobiografías.

4.3. Contribución con las instituciones educativas,
culturales y sociales con dotación de recursos
bibliográficos y publicaciones propias de la
Fundación.

4.4. Contribución con el desarrollo educativo, cultural
y literario del Municipio Benítez.

5. La fundamentación legal de la Fundación
Editorial "Chicauntar" de Benítez (FECHIBEN) se define en
concordancia con la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela; Código
Civil; Ley Orgánica de Descentralización; Ley del
Poder Público Municipal; Ley Orgánica de
Educación; los demás Decretos y Resoluciones
nacionales, regionales y locales atenientes a los fines de la
Fundación.

10.2.8. ASOCIACIÓN DE ESCRITORES Y
COMPOSITORES DEL MUNICIPIO BENÍTEZ (ASECOMBE)

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

  • 1. La Asociación se denominará:
    ASOCIACIÓN DE ESCRITORES DEL MUNICIPIO BENÍTEZ,
    (ASECOMBE).

  • 2. El domicilio de la Asociación será
    la ciudad de El Pilar, jurisdicción del Municipio
    Benítez, Estado Sucre, y podrá ejercer sus
    actividades en todo el territorio nacional.

  • 3. La Asociación será una
    institución civil-educativa, sin fines de lucro, con
    patrimonio propio y alcances de utilidad investigacional,
    cultural, educativa y editora.

  • 4. La Asociación tendrá por objeto:

  •  Investigación: recopilación,
    trascripción, compilación, archivo,
    clasificación, redacción y corrección de
    obras literarias (cuentos, novelas, poesías, teatro,
    ensayos, propuestas, proyectos, tesis), musicales,
    científicas, humanísticas, culturales,
    educativas, turísticas, ambientales, religiosas,
    sociales, filosóficas, históricas y
    geográficas, de carácter inédito sobre
    el Municipio Benítez

  •  Publicación: libros, revistas,
    dípticos, trípticos, folletos, atlas, tomos,
    enciclopedias y otros de carácter informativo y
    educativo.

  •  Contribución con el desarrollo educativo,
    cultural, ambiental, literario y turístico del
    Municipio Benítez.

  •  Donación de publicaciones propias a las
    instituciones educativas, sociales, culturales, ambientales,
    turísticas y religiosas de la localidad.

  • 5. La fundamentación legal de la
    Asociación de Escritores del Municipio Benítez
    (ASECOMBE) se define en concordancia con la
    Constitución de la República Bolivariana de
    Venezuela; Código Civil; Ley Orgánica de
    Descentralización; Ley del Poder Público
    Municipal; Ley Orgánica de Educación; los
    demás Decretos y Resoluciones nacionales, regionales y
    locales atenientes a los fines de la Asociación.

  • 6. Podrán ser miembros de la Asociación
    todas las personas que realicen actividades directas y/o
    relacionadas con las enunciadas en el artículo 4º
    de estos estatutos.

  • 7. Podrán ser Miembros Honorarios los que a
    bien designare la Junta Directiva de la Asociación,
    previos análisis y consulta a la Asamblea de los
    Miembros Ordinarios de la misma.

10.2.9. FUNDACIÓN CULTURAL "GUATAMARE"
(FUCUGUA)

CAPÍTULO I

DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

Artículo 1º. La asociación se
denominará: FUNDACIÓN CULTURAL "GUATAMARE"
(FUCUGUA)

Artículo 2o. El domicilio de la Fundación
(FUCUGUA) será el pueblo de Guatamare, jurisdicción
del Municipio Benítez del Estado Sucre y podrá
ejercer sus actividades en todo el territorio nacional.

Artículo 3º. La Fundación tendrá por
objeto:

  • a) Rescatar, promover y difundir las actividades y
    valores culturales locales, regionales y nacionales.

  • b) Formar niños, jóvenes y adultos de
    la comunidad de Guatamare en actividades, tendientes al
    rescate, preservación y difusión de los valores
    culturales locales, regionales y nacionales, tales como
    bailes, cantos, diversiones, declamaciones ejecución
    de instrumentos musicales y elaboración de
    artesanía, dulcería y bebidas criollas.

  • c) Desarrollar actividades sobre las creaciones
    culturales indígenas, rurales y urbanas del Municipio
    Benítez.

  • d) Desempeñar funciones de carácter
    investigacional, cultural y educativa.

  • e) Promover la relación interinstitucional
    cultural y educativa del Municipio Benítez.

  • f) Organizar y ejecutar estrategias de
    investigación, rescate, promoción y
    difusión cultural a través de festivales,
    presentaciones, encuentros, jornadas, coloquios,
    intercambios, seminarios, charlas conferencias, foros,
    visitas, entrevistas, exposiciones, ferias, talleres y otros
    a considerar en reunión y decisión
    directiva.

  • g) Gestionar recursos para el desarrollo de las
    actividades culturales.

10.2.10. FUNDACIÓN CULTURAL "NUEVO
HORIZONTE" (FUCUNHOR)

CAPÍTULO I

DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

Artículo 1º. La asociación se
denominará: FUNDACIÓN CULTURAL "NUEVO HORIZONTE"
(FUCUNHOR)

Artículo 2º. El domicilio de la Fundación
(FUCUNHOR) será el pueblo de Sabaneta de El Pilar,
jurisdicción del Municipio Benítez del Estado Sucre
y podrá ejercer sus actividades en todo el territorio
nacional.

Artículo 3º. La Fundación tendrá por
objeto:

  • h) Rescatar, promover y difundir las actividades y
    valores culturales locales, regionales y nacionales.

  • i) Formar niños, jóvenes y adultos de
    la comunidad de Sabaneta en actividades, tendientes al
    rescate, preservación y difusión de los valores
    culturales locales, regionales y nacionales, tales como
    bailes, cantos, diversiones, declamaciones ejecución
    de instrumentos musicales y elaboración de
    artesanía, dulcería y bebidas criollas.

  • j) Desarrollar actividades sobre las creaciones
    culturales indígenas, rurales y urbanas del Municipio
    Benítez.

  • k) Desempeñar funciones de carácter
    investigacional, cultural y educativa.

  • l) Promover la relación interinstitucional
    cultural y educativa del Municipio Benítez.

  • m) Organizar y ejecutar estrategias de
    investigación, rescate, promoción y
    difusión cultural a través de festivales,
    presentaciones, encuentros, jornadas, coloquios,
    intercambios, seminarios, charlas conferencias, foros,
    visitas, entrevistas, exposiciones, ferias, talleres y otros
    a considerar en reunión y decisión
    directiva.

  • h) Gestionar recursos para el desarrollo de las
    actividades culturales.

10.2.11. FUNDACIÓN CULTURAL "COICUAL"
(FUDACOI)

CAPÍTULO I

DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO

Artículo 1º. La asociación se
denominará: FUNDACIÓN CULTURAL "COICUAL"
(FUNDACOI)

Artículo 2o. El domicilio de la Fundación
(FUDACOI) será el pueblo de Coicual, jurisdicción
del Municipio Benítez del Estado Sucre, y podrá
ejercer sus actividades en todo el territorio nacional.

Artículo 3º. La Fundación tendrá por
objeto:

  • n) Rescatar, promover y difundir las actividades y
    valores culturales locales, regionales y nacionales.

  • o) Formar niños, jóvenes y adultos de
    la comunidad de Coicual en actividades, tendientes al
    rescate, preservación y difusión de los valores
    culturales locales, regionales y nacionales, tales como
    bailes, cantos, diversiones, declamaciones ejecución
    de instrumentos musicales y elaboración de
    artesanía, dulcería y bebidas criollas.

  • p) Desarrollar actividades sobre las creaciones
    culturales indígenas, rurales y urbanas del Municipio
    Benítez.

  • q) Desempeñar funciones de carácter
    investigacional, cultural y educativa.

  • r) Promover la relación interinstitucional
    cultural y educativa del Municipio Benítez.

  • s) Organizar y ejecutar estrategias de
    investigación, rescate, promoción y
    difusión cultural a través de festivales,
    presentaciones, encuentros, jornadas, coloquios,
    intercambios, seminarios, charlas conferencias, foros,
    visitas, entrevistas, exposiciones, ferias, talleres y otros
    a considerar en reunión y decisión
    directiva.

  • i) Gestionar recursos para el desarrollo de las
    actividades culturales.

10.2.12. PLAN GENERAL DE
EDUCACIÓN MUSICAL

  • 1. Objetivos: Se pretende alcanzar los
    siguientes:

  •  Objetivos generales:

-Desarrollar en el educando:

  • a)  Habilidades, destrezas y conocimientos en el
    canto, lenguaje musical, timbre y forma; ejecución,
    elaboración y reconstrucción de instrumentos
    musicales; sensibilidad estética y creación
    artística.

  • b)  El sentido de identidad local, regional y
    nacional y latinoamericano.

  • c)  Actitud positiva hacia el rescate, defensa,
    protección y conservación del patrimonio
    cultural local, regional y nacional.

  • d) Cambio de actitud a través de
    estímulos que contribuyan con el desarrollo integral
    de su personalidad.

-Despertar en el educando el disfrute de la música de acuerdo con
sus intereses, necesidades, vivencias y la realidad
socio-cultural local, regional y nacional.

-Involucrar a los docentes,
comunidad
educativa e instituciones públicas y privadas en el
rescate, promoción y desarrollo cultural del Municipio
Benítez.

  •  Objetivos específicos:

-Despertar y estimular el interés por la
música.

-Familiarizar al educando y al docente con los conceptos,
técnicas y símbolos propios de la música.

Ayudar en la adquisición de las destrezas
necesarias para participar en conjuntos,
grupos, estudiantinas y corales.

-Orientar al alumno hacia la apreciación estética de la música.

-Afirmar el sentimiento de identidad y patriotismo.

Descubrir y orientar talentos especialmente
dotados.

-Proporcionar los medios para el
buen uso del tiempo libre.

-Interrelacionar la música con otros
aspectos culturales (pintura,
artesanía, escultura, poesía,
teatro,
narraciones) locales, regionales y nacionales como valores de
identidad y producción espiritual.

-Orientar a los padres, representantes y comunidad educativa
sobre la importancia de la asignatura y de su colaboración
y participación en el proceso.

  • 2. Contenidos:

-Humano: Cultores (poetas, músicos, artesanos,
cantores, actores, curanderos, promotores, galeronistas,
declamadores, escultores, pintores, investigadores, narradores,
compositores, otros).

-Ergológico y espiritual: tradiciones, poesía,
artesanía, música, canciones, himnos, esculturas,
pinturas, bailes, costumbres, actos religiosos, diversiones,
juegos
infantiles, parrandas, conjuntos, corales, estudiantinas,
improvisadores, gastronomía, teatro popular, cultura
indígena, otros.

-Objetivos de
correlación (Áreas y Asignaturas): Ciencias
Sociales (historia, geografía, folklore,
educación
ambiental, educación familiar), Educación
Física y Recreación, Lengua y
Literatura, Biología, Estudio de
la Naturaleza,
Matemáticas y Educación para
el
Trabajo.

3. Actividades:

-Actividad previa de la Institución Educativa:
orientación, estimulación, organización, ambientación y
sugerencias al personal y a la
Sociedad de
Padres y Representantes.

-Actividad previa del Docente: Talleres y cursos:

a) Actualización y reciclaje de
educación Preescolar y
Básica: planificación, didáctica y evaluación.

b) Previos y simultáneos: elaboración y
reconstrucción de instrumentos
musicales; rescate, protección, conservación y
defensa del patrimonio cultural; solución de problemas de
la institución educativa y de la comunidad.

-Visitas, paseos, entrevistas, invitaciones de carácter educativo-cultural.

Audiciones radiales y televisivas: recuento y
opinión.

Asistencia a actos: presentaciones, celebraciones,
conciertos, conmemoraciones, festivales: recuento y
opinión.

-Debates, carteleras, dramatizaciones, actuaciones.

-Investigación local: bibliotecas,
instituciones culturales y educativas, medio social, otros.

Estrategia:
Adecuación con el nivel, objetivos, contenidos, recursos y
entorno socio-cultural.

-Métodos:
inductivo, deductivo, analítico, analógico,
sintético, activo, heurístico (no
dogmático), comunicación directa, interacción docente-alumno,
comunicación grupal, proyectos, solución de
problemas, globalización, especificación.

-Técnicas: Exposición, demostración, pregunta,
debate
dirigido, discusión en pequeños grupos,
dramatización, juegos didácticos, torbellino de
ideas, estudio dirigido (individual), otros: paseos, visitas,
entrevistas, observaciones, audiciones.

5. Recursos:

  • Institucionales:

-Nacionales: Ministerio de Educación, Cultura y
Deportes, CONAC, fundaciones.

-Regionales: Zona educativa, Gobernación,
Dirección de Educación, Instituciones culturales,
Consejo Regional Legislativo, Distrito Escolar No. 9, otros.

-Locales: Concejo Municipal, Alcaldía, Instituciones
Culturales y Educativas, Asociaciones de Vecinos, Juntas
Parroquiales, Clubes, Museos, Iglesias, Bibliotecas, otros.

 

  • Materiales:

-Acervo cultural local, regional y nacional (ver
contenidos).

-Didácticos: Cassettes, Discos compactos, libros de
artes, pizarras, láminas, grabadoras, reproductores,
radios, revistas, material multigrafiado y fotocopiado, dibujos,
recortes, partituras, instrumentos musicales, otros.

-De exposición: artesanía, pintura, escultura,
gastronomía, otros.

-De realización: salas, auditorios, otros (espacios
naturales).

 

5.3. Humanos:

-Docentes: maestros, profesores, auxiliares,
instructores.

-Directivos, administrativos, obreros.

-Supervisores, Jefes de Departamentos, Coordinadores,
Orientadores, Psicopedagogos, Trabajadores Sociales, Docente
Guía.

-Padres, Representantes, Promotores, Cultores, Personal de
instituciones públicas y privadas.

6. Evaluación

-Formas y Tipos: integral, continua, formativa, sumativa y
cualitativa. Auto evaluación, Coevaluación,
Heteroevaluación.

-Aspectos a evaluar: dominio,
ejecución, participación, iniciativa, creatividad,
puntualidad, diferencias individuales, originalidad, dominio,
expresión, fluidez, investigación.

Retroalimentación: Análisis de resultados parciales;
revisión, orientaciones, readaptación, reciclaje.
Continuación del proceso.

-Evaluación final: Análisis de los resultados
del proceso. Informe al personal de Jefatura de
Evaluación, al Personal directivo y de Orientación
y a la Zona Educativa.

  • 7. Consideración final:

-Sugerencias de la Zona Educativa a las instituciones
educativas.

-Sugerencias del personal directivo, de evaluación y de
orientación.

-Reorientación del proceso.

-Reciclaje.

-Renovación, reimplementación y
desarrollo del proceso.

10.2.13. ADQUISICIÓN DEL CINE
"CAPIJUBER"

Se exige la urgente colaboración oficial,
pública, privada y no gubernamental en la toma de
decisiones que redunden directamente en beneficio de toda la
colectividad beniteña. Por lo tanto, es una necesidad
imperiosa la adquisición del antiguo cine "CAPIJUBER",
ubicado en la Calle "Bolívar"
de El Pilar, cuya finalidad será la realización de
actividades educativas y culturales. Además, su
ubicación estratégica, gran capacidad y
simbología histórico-cultural son razones de alta
relevancia para su rescate, valorización,
conservación y uso para la música, teatro,
educación, artesanía, danzas y otras de
carácter formativo y cultural. En todo caso, podrá
servir de centro piloto donde converjan las inquietudes y
actividades de todas las instituciones culturales y educativas
del Municipio Benítez e intercambios y encuentros con
otras instituciones regionales y nacionales. En este sentido, se
podrán alcanzar los siguientes objetivos:

1. Objetivos Generales:

-Promover y realizar actividades que contribuyan con el
desarrollo educativo y cultural del Municipio Benítez.

-Incentivar la
investigación, rescate, promoción,
publicación y difusión de la cultura popular del
Municipio Benítez.

2. Objetivos Específicos:

-Promover la interrelación y participación de
las distintas instituciones educativas y culturales del Municipio
Benítez.

-Investigar sobre las diversas manifestaciones culturales
urbanas, rurales e indígenas.

-Contribuir con el rescate, promoción y difusión
de las producciones artísticas folklóricas y
populares locales y regionales y de sus creadores.

-Realizar encuentros, jornadas festivales, talleres y cursos
sobre educación y cultura de carácter local,
regional y nacional.

-Publicar folletos, revistas, libros y material
didáctico sobre investigación educativa y cultura popular
local, regional y nacional.

-Desarrollar planes y programas para incorporar la cultura
popular local, regional y nacional a los niveles de Preescolar,
Educación Básica, Media Diversificada y
Profesional.

-Diseñar Talleres de Estrategias
Metodológicas y Evaluación para la enseñanza de la Cultura Popular.

-Contribuir con la actualización,
dotación y mejoras de las Bibliotecas Públicas y
Escolares del Municipio Benítez.

-Incentivar la participación de la
comunidad, estudiantes y docentes en la promoción y
desarrollo de actividades educativas y culturales.

-Promover las siguientes actividades:
Creación de Estudiantinas, Grupos Corales y Escuela de
Galerón Infantil; formación y capacitación
de investigadores, promotores, instructores y animadores
socio-culturales; participación de docentes jubilados,
pensionados e incapacitados; exposición y venta de obras y
artesanía de la cultura popular.

10.2.14. ORDENANZA QUE CREA LA
CONDECORACIÓN "RESISTENCIA
INDÍGENA".

LA CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO
BENÍTEZ DEL ESTADO SUCRE

En uso de sus atribuciones legales, y en nombre
y representación del pueblo del Municipio
Benítez

CONSIDERANDO

Que el día 12 de Octubre de cada año se celebra
en El Pilar, Capital del
Municipio Benítez, el Día de la Raza y la Feria
religiosa-cultural en honor a su Santa Patrona, la Virgen del
Pilar.

CONSIDERANDO

Que el nombre Día de la Raza, por decisión de la
Asamblea Nacional, ha sido abolido y sustituido a nivel nacional
por el de Resistencia Indígena.

CONSIDERANDO

Que el nombre Resistencia Indígena alude al valor y
resistencia de nuestra raza aborigen por defender su soberanía, territorio, cultura e identidad
ante las fuerzas imperialistas y coloniales europeas en el
continente americano a partir del 12 de octubre de 1492.

CONSIDERANDO

Que los nativos de las áreas urbanas, rurales e
indígenas del Municipio Benítez, y personas
provenientes de otros estados y países, desarrollan
acciones y
luchas por la defensa, custodia, preservación y
difusión de los valores
territoriales, históricos, culturales, sociales,
ambientales, educativos, de salud, deportivos y religiosos.

CONSIDERANDO

Que en virtud de estimular, hacer justicia y
reconocer la labor de las personas que laboran arduamente en
función del desarrollo integral del territorio y los
habitantes del Municipio Benítez.

SANCIONA LA

ORDENANZA QUE CREA LA CONDECORACIÓN
"RESISTENCIA INDÍGENA" EN SUS TRES CLASES

Artículo 1º.

Se crea la Condecoración "Resistencia Indígena",
en sus TRES CLASES, destinada a premiar y recompensar
méritos distinguidos por labores destacadas y reconocidas
en función del desarrollo integral del territorio y los
habitantes del Municipio Benítez.

Parágrafo Único:

Las labores destacadas implican acciones y luchas por la
defensa, custodia, preservación y difusión de los
valores territoriales, históricos, culturales, sociales,
ambientales, educativos, de salud, deportivos, militares,
religiosos, Turísticos, literarios, científicos y
humanistas. A este efecto, se reconocerán los
méritos de las personas activas, inactivas y
fallecidas.

Artículo 2º.

Se exceptúan de esta Condecoración los
reconocimientos exclusivos por méritos o trayectoria
político-partidista.

Artículo 3º.

Corresponde a la Cámara Municipal conceder la
Condecoración "Resistencia Indígena" en su Primera,
Segunda y Tercera Clase, previo
estudio de Informe favorable que sobre los méritos del
postulado o postulada presente la Comisión Calificadora
designada para tal fin por la Cámara Municipal, con el
aval de las firmas de las instituciones referidas en el
Parágrafo Único, Artículo 1; según
sea el caso del área de trayectoria del postulado.

Artículo 4º.

La Comisión Calificadora tendrá carácter
eventual, según sea el caso, y estará integrada por
cinco personas de reconocida trayectoria y vocación de
servicio.

Artículo 5º.

Serán funciones de la Comisión Calificadora:

  • a) Promover e informar sobre las normas que
    regirán el proceso de preselección de posibles
    merecedores de la Condecoración

  • b) Recibir los Informes de Méritos, de
    conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la
    presente Ordenanza.

  • c) Preseleccionar una terna de posibles merecedores
    de la condecoración.

  • d) Presentar ante la Cámara Municipal la terna
    de los preseleccionados para su estudio y decisión
    definitiva.

  • e) Informar sobre la decisión definitiva de la
    Cámara Municipal para otorgar la
    Condecoración.

Artículo 6º.

La Cámara Municipal se reunirá en Sesión
Extraordinaria para estudiar los Informes que
sobre los Postulados emitan las Juntas Parroquiales. Una vez
seleccionados, se designarán oficialmente, en
Reunión Ordinaria, las personas merecedoras de la
Condecoración "Resistencia Indígena".

Artículo 7º.

Los Informes de mérito sobre los postulados
serán consignados ante la Secretaría de la
Cámara Municipal, al menos con tres meses de
antelación a la fecha correspondiente al otorgamiento de
la Condecoración. Los mismos deberán incluir
originales y copias de los documentos
probatorios de la trayectoria de los postulados.

Artículo 8º.

Los Informes de Méritos de preselección se los
postulados serán consignados por la Comisión
Calificadora ante la Cámara Municipal al menos con un mes
de antelación a la fecha correspondiente al otorgamiento
de la condecoración en cualquiera de sus clases. Los
Informes deberán ir acompañados de originales y
copias de los documentos probatorios de la trayectoria de los
postulados.

Artículo 9º.

La Cámara Municipal se reunirá en Sesión
Extraordinaria para estudiar los Informes que sobre los
Preseleccionados emita la Comisión Calificadora. Una vez
seleccionados los definitivos merecedores, se designarán
por Decreto y será publicada la decisión en Gaceta
Oficial.

Artículo 10º.

La Condecoración "Resistencia Indígena"
será otorgada en sus Tres Clases en atención a los siguientes
parámetros:

1º) PRIMERA CLASE:

  • a) Oradores de Orden designados por la Cámara
    Municipal de Benítez.

  • b) Profesionales y no Profesionales, que por su
    meritorio y trascendente desempeño a nivel nacional
    y/o regional contribuyan con el desarrollo integral del
    Municipio Benítez.

  • c) Hijos Ilustres Adoptivos, cuya permanencia en el
    Municipio Benítez sea de 16 o más
    años.

2º) SEGUNDA CLASE:

  • a) Visitantes Ilustres: personas de reconocida
    trayectoria que en ocasión de actividad o fechas
    especiales visiten el Municipio Benítez.

  • b) Hijos Ilustres Beniteños: nativos del
    Municipio cuyo desempeño fuera del mismo sea
    reconocido por su eficiencia y trascendencia.

  • c) Hijos Ilustres Adoptivos: nativos de otras
    jurisdicciones nacionales y estadales que se hayan destacado
    en el ejercicio de sus labores, en función del
    desarrollo y bienestar local, con una permanencia continua en
    el Municipio Benítez entre 11 y 15 años.

3º) TERCERA CLASE:

  • a) Estudiantes de los distintos niveles educativos,
    destacados por su alto índice académico.

  • b) Hijos Ilustres Adoptivos: nativos de otras
    jurisdicciones nacionales y estadales que se hayan destacado
    en el ejercicio de sus labores, en función del
    desarrollo y bienestar local, con una permanencia
    contínua en el Municipio Benítez entre 5 y 10
    años.

  • c) Personas y agrupaciones nativas, destacadas en las
    diferentes áreas señaladas en el
    Parágrafo Único, Artículo 1º. de la
    presente ordenanza.

Artículo 11º.

La Condecoración "Resistencia Indígena"
también se impondrá en Honor al Mérito
Post-mortem. El estudio e imposición respectivos se
harán en los mismos términos establecidos en los
artículos 6º, 7º y 8º de la presente
Ordenanza.

Artículo 12º.

La Condecoración "Resistencia Indígena" se
otorgará en sus Tres Clases el día 12 de octubre de
cada año, con motivo de la celebración del
"Día de la Resistencia Indígena".

Artículo 13º.

En ocasión de la conmemoración de
Efemérides, consideradas por la Cámara Municipal,
se otorgará la Condecoración "Resistencia
Indígena" en su Primera Clase, en correspondencia con lo
señalado en el Artículo 8º. , numeral 1º.
, literal a) de la presente Ordenanza.

Artículo 14º.

La imposición de la Condecoración "Resistencia
Indígena" se hará en acto público, en la
cualquier Parroquia del Municipio Benítez, ante la
presencia de los integrantes de la Cámara Municipal, el
Alcalde y representantes de instituciones públicas y
privadas nacionales, regionales y locales que a bien hayan sido
invitadas para tal fin.

Artículo 15º.

La Condecoración "Resistencia Indígena"
estará distinguida con la efigie del indígena Warao
en alto relieve, cuyo
fondo será el Mapa del Municipio Benítez. En los
bordes llevará la siguiente inscripción:
Condecoración "Resistencia Indígena". En el anverso
llevará el Escudo del Municipio Benítez y la
siguiente inscripción: Alcaldía y Concejo
Municipal, en la parte superior; y Municipio Benítez, en
la parte inferior. La Condecoración irá
acompañada de un Diploma de Honor en el cual se especifica
el motivo de su otorgamiento.

Artículo 16º.

La Condecoración "Resistencia Indígena" se
elaborará y otorgará en relación con sus
clases:

  • a) Una Medalla en su Tercera Clase.

  • b) Una Medalla con un lazo formado por el tricolor de
    la Bandera Oficial del Municipio Benítez.

  • c) Una Banda elaborada con el tricolor de la Bandera
    Oficial del Municipio Benítez. La misma llevará
    incrustada una Medalla.

Parágrafo Único:

Las Medallas en sus Tres Clases tendrán las
características descritas en el Artículo 15º
de la presente Ordenanza.

Artículo 17º

La Condecoración "Resistencia Indígena" se
pierde por:

  • 1. Traición al Municipio Benítez.

  • 2. Sentencia condenatoria en juicio penal por delitos
    de asesinato, dolo, robo, atraco, narcotráfico,
    contrabando, especulación, secuestro, intento o
    acción consumada de homicidio y violación.

  • 3. Acto deshonroso y/o difamante contra el Municipio
    Benítez y sus valores históricos y
    culturales.

  • 4. Fraude comprobado post-facto en el
    expediente o en los datos e informes de la solicitud para
    obtener la Condecoración "Resistencia
    Indígena".

10.2.15. CAMBIO DE
NOMBRE DE LA FUNDACIÓN "FERIA ORIENTAL DE LA RAZA".

En virtud de los argumentos de los Considerandos de la
Ordenanza citada anteriormente, fue planteada en la Cámara
Municipal (agosto de 2005) la necesidad de cambiar el nombre de
la Fundación "Feria Oriental de la Raza". Sobre este
particular, se propusieron varias alternativas, pero no se
llegó a ningún acuerdo oficial; por lo tanto, la
discusión de este aspecto fue diferida. Posteriormente, el
Antropólogo Miguel Ángel González Eurresta,
presentó una propuesta (septiembre de 2005) la cual se
trascribe a continuación:

Considerando

  • Que el día 12 de octubre fue declarado Día
    de la Resistencia Indígena, en acuerdo de la Asamblea
    Nacional, aprobado el 9 de agosto de 2003, publicado en
    Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5615, el 10/10/2003,
    "en atención a nuestra autoafirmación
    americanista por la unidad y diversidad cultural y humana
    dentro del Proyecto Histórico Bolivariano de la
    integración intercultural de América Latina y
    el Caribe
    ".

Considerando

  • Que en Acuerdo del 12 de octubre de 2004, la Asamblea
    Nacional hizo reconocimiento constitucional "de los
    derechos originarios, históricos y específicos
    de los pueblos y comunidades indígenas a partir de los
    cuales Venezuela se define como un Estado multiétnico,
    pluricultural, democrático, de derecho y justicia,
    participativo y protagónico en procura de un nuevo
    equilibrio del universo
    ".

Considerando

  • Que en el mismo Acuerdo del 12/12/2004, la Asamblea
    Nacional reconoce que "la resistencia de los pueblos
    indígenas de Venezuela y América encuentra
    continuidad en la resistencia y protagonismo de todos
    nuestros pueblos afroamericanos, criollos, mestizos
    múltiples y el pensamiento crítico europeo
    contra todas las formas de discriminación y
    exclusión humana, social, cultural y de género,
    reafirmando los derechos de las nuevas generaciones al
    ambiente total como centro de vida, para construir con los
    propios pueblos el perfil intelectual del proceso de
    integración de América Latina y el Caribe con
    espíritu bolivariano, la unidad nacional y continental
    y la diversidad cultural y humana
    ".

Considerando

  • Que el término "RAZA" en el argot académico
    socio-antropológico no se utiliza ya. En su defecto se
    introduce el término ETNIA, para connotar la
    diferencialidad genética y cultural de los pueblos del
    mundo.

Acuerdos:

1º. Rebautizar con el nombre de FERIA ORIENTAL DE EL
PILAR: ENCUENTRO DE LA RESISTENCIA ÉTNICA Y CULTURAL
,
a las festividades hasta hoy referidas como "Feria Oriental de la
Raza"

2º. A los fines de la realización de la
máxima actividad de celebración cultural en el
Municipio, con la finalidad de organizar, dirigir, realizar y
gerenciar la Feria Oriental de El Pilar: Encuentro de la
Resistencia Étnica y Cultural, se sugiere la
creación de la Fundación Feria Oriental de El
Pilar: Encuentro de la Resistencia Étnica y Cultural
,
con personalidad jurídica, patrimonio propio, sin fines de
lucro, con potestad para implementar todos los actos necesarios
para la consecución de sus fines. La misma
funcionará bajo la organización, atribuciones y
competencias
contenidas en la Ordenanza que se promulgue para tal fin.

3º. Nombrar una Junta Auxiliar denominada Junta
Intercultural de Feria
, integrada por representantes de las
etnias del municipio y otras personalidades, encargadas de
programar y dar vida al conjunto de actividades que garanticen la
participación protagónica y manifestación de
los elementos culturales propios que conforman el gentilicio
beniteño y otros pueblos invitados, permitiendo que se
expresen y dignifiquen los valores de la convergencia y la
diferencialidad étnica y cultural.

4º. Realizar en el marco de la "Feria Oriental de El
Pilar: Encuentro de la Resistencia Étnica y Cultural"
jornadas de reflexión sobre la Etnicidad y la
Multiculturalidad del país, con presencia de
representantes de los pueblos indígenas del país,
pueblos afrodescendientes, criollos y mestizos múltiples,
entre otros. Así mismo, contar con la presencia de
personalidades, académicos y otros aliados reconocidos de
la resistencia étnica y cultural en Venezuela.

5º. Enmarcar todas las actividades de la "Feria Oriental
de El Pilar: Encuentro de la Resistencia Étnica y
Cultural" dentro de los preparatorios con miras a una
participación más efectiva del Municipio
Benítez y el Estado
Sucre en el FORO SOCIAL DE
AMÉRICA, a realizarse en Caracas en el 2006. En lo
sucesivo, garantizar la participación en otros eventos de
interés nacional e internacional.

Para su presentación, esta propuesta fue firmada por:
Antropóloga Omaira Gutiérrez (Sub-Directora de
Cultura, Cumaná); Antropólogo Alfredo Bello
(FundaPatrimonio, Cumaná); Antropólogo Luis Adonis
Romero (Cumaná); Licda. Gregoria Urbano (Carúpano);
Antropólogo Ricardo Mata (Carúpano);
Antropólogo Miguel Ángel González,
Presidente Fundación de Asuntos Indígenas de
Sucre). Posteriormente, se decidió realizar en el mes de
octubre de 2005 la XXXII Feria con el nombre de "Feria Oriental
de la Resistencia Indígena", en Homenaje al Cultor Popular
Diógenes Zerpa. La misma implicó la
eliminación de las minitecas y mayor ejecución de
actividades culturales y expo-venta de artesanía y
productos
elaborados en el Municipio Benítez. La Reina fue elegida
el 12 de octubre.

10.2.16. PLAN CULTURAL ESCOLAR

  • Charlas alusivas a la cultura popular y folklórica
    nacional, regional y local.

  • Charlas sobre los aspectos culturales del Municipio
    Benítez

  • Conversaciones con cultores populares de la localidad.

  • Presentaciones y actuaciones de cultores populares
    locales.

  • Exposiciones de las obras de los cultores populares.

  • Investigación de historia de vida de los cultores
    populares locales.

  • Exposición de fotografías e historia de vida
    de los cultores populares locales.

  • Foros de expertos e investigadores sobre la cultura
    popular, folklore e identidad.

  • Encuentro cultural con cultores populares de la
    localidad.

  • Presentación de danzas y teatro de las
    instituciones culturales del Municipio Benítez

  • Visitas a las instituciones educativas y culturales del
    Municipio Benítez.

  • Encuentro cultural escolar.

Evaluación:

Participación

-Cooperación

-Responsabilidad

-Autogestión

Propósito:

-Contribuir con el rescate, promoción y difusión
de las actividades y valores culturales del Municipio
Benítez.

-Insertar a la escuela en el movimiento
pro-rescate y valorización de los cultores populares
locales y sus obras.

-Contribuir con la relación interescolar,
escuela-comunidad y escuela-instituciones culturales locales.

-Difundir la cultura local y la vida y obras de los cultores
populares locales.

Objetivos:

-Efectuar charlas sobre identidad, folklore y cultura popular
nacional, regional y local.

-Realizar Foros de expertos e investigadores sobre la cultura
popular e identidad
nacional, regional y local.

-Incorporar a los cultores populares locales a las actividades
educativas y culturales escolares.

-Promover exposiciones y publicaciones sobre la cultura
popular del Municipio Benítez.

-Realizar encuentros y actividades culturales
interescolares.

-Promover la interrelación educativa y cultural
escolar.

-Activar las acciones escuela-comunidad.

Actividades Alumnos-Docentes-Coordinación:

-Investigación sobre la cultura popular local y sus
autores.

-Entrevistas con los cultores populares locales.

-Elaboración y exposición de carteleras a sobre
la cultura popular local.

-Elaboración de un plan y cronograma de actividades
culturales en la escuela.

-Visitas a las escuelas e instituciones culturales
locales.

-Planificación de charlas y foros sobre identidad y
cultura popular.

-Organización de encuentros culturales escolares e
instituciones culturales locales.

-Facilitación de charlas al personal obrero, Padres y
Representantes de los alumnos sobre la importancia de su
participación directa en las actividades culturales
escolares.

-Exposición y difusión de las actividades
culturales realizadas.

Publicidad
cultural en las emisoras de radio y televisión
regionales y locales.

-Elaboración y distribución de folletos sobre la
programación y actividades realizadas.

-Publicación de la historia de vida de los cultores
populares y sus obras.

-Evaluación de los resultados de las actividades
programadas y ejecutadas.

10.2.17. RECOMENDACIONES: Se plantean las siguientes:

  • 1. Gobernación del Estado Sucre:

-Asignar los recursos necesarios para la adquisición,
ambientación y dotación del Cine "CAPIJUBER".

-Dirigir instrucciones a la Dirección de Cultura del
Estado Sucre para su orientación y trámites de
recursos económicos en función de proyectos
educativos y culturales del Municipio Benítez.

-Girar instrucciones a la Dirección de Cultura del
Estado Sucre para desarrollar políticas de
formación de investigadores, instructores y promotores
socio-culturales en el Municipio Benítez.

  • 2. Cámara Municipal de Benítez:

-Declarar el cine "CAPIJUBER" como patrimonio
histórico-cultural del Municipio Benítez.

-Legislar sobre materia educativa y cultural para el Municipio
Benítez.

-Contribuir con recursos materiales y económicos para
el desarrollo de las actividades culturales del municipio.

-Contribuir con la dotación y mejoras de las
bibliotecas públicas y escolares del Municipio
Benítez.

-Aplicar las Ordenanzas: "Protección y Defensa del
Patrimonio Cultural del Municipio Benítez" y
"Protección del Patrimonio Histórico del Municipio
Benítez".

  • 3. Instituciones Educativas y Culturales del
    Municipio Benítez:

-Participar activamente en la promoción y desarrollo de
actividades educativas y culturales en el Municipio
Benítez.

-Planificar actividades que permitan la participación
de toda la comunidad beniteña.

-Promover la interrelación con instituciones educativas
y culturales regionales y nacionales.

-Como estímulo a las acciones, trabajos, investigaciones y
gestiones positivas a favor del Municipio Benítez, se debe
aplicar la Ordenanza sobre la Condecoración "Resistencia
Indígena".

11. Investigaciones y
Publicaciones en el campo cultural y educativo

Se presenta a continuación una pequeña
referencia bibliográfica relacionada con investigaciones y
publicaciones realizadas en el campo cultural y educativo del
Municipio Benítez. Las mismas fueron llevadas a feliz
término por estudiantes de Bachillerato, Técnicos
Superiores, Licenciados, Participantes de Postgrado, Poetas,
Investigadores e Instituciones educativas y culturales locales,
regionales y nacionales.

11.1. Campo Cultural.

La mayoría de los trabajos de este tipo, realizados por
estudiantes de la U.E."Jacinto Gutiérrez", y
posteriormente alumnos de la U.E "Agustín García
Padilla", han desaparecido, o simplemente no se encuentran en las
instituciones referidas. Los que han sido posibles ubicar se
refieren a continuación:

-Acosta, Efrén y otros (1991). La Artesanía como
Medio de Subsistencia para la Comunidad de Chuparipal, Parroquia
El Rincón, Municipio Autónomo Benítez,
Estado Sucre. Estudio Diagnóstico. El Pilar: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Aguilera, Bladimir (1996). Alternativas para Activar la Educación Musical
en los Niveles de Preescolar y Educación Básica del
Sector Urbano del Municipio Benítez del Estado Sucre.
Tesis. Barcelona: U. G. M. A.

_______________ (2005). Homenaje Musical y Poético al
Municipio Benítez. Volumen 1. El
Pilar: Centro de Investigación, Difusión y
Educación de Benítez (CINDIEB). Alcaldía del
Municipio Benítez. Verbo, S.A.

______________ (2003). Club "Las Muchachonas":
Expresión Socio-familiar y Cultural del Municipio
Benítez. Folleto. El Pilar: Centro de
Investigación, Difusión y Educación de
Benítez (CINDIEB).

______________ (2004). "Club "Las Muchachonas":
Expresión Socio-familiar y Cultural del Municipio
Benítez". En: Revista de
Arqueología e Historia Regional No. 7.
Boletín del Museo Histórico de Carúpano.
Octubre-noviembre 2004. Caracas: Tropykos, C.A.
FMHC-CONAC-Gobernación del Estado Sucre. Pp. 123-134.

_____________ (2005). El Aguinaldo del Municipio
Benítez, Estado Sucre, en el Contexto nacional y Regional.
El Pilar: Centro de Investigación, Difusión y
Educación de Benítez (CINDIEB).

_____________ (2004). Mi Inspiración: Obra Musical y
Poética Personal. El Pilar: Centro de
Investigación, Difusión y Educación de
Benítez (CINDIEB).

_____________ (2005). Versos Edilicios. Folleto. El Pilar:
Centro de Investigación, Difusión y
Educación de Benítez (CINDIEB).

-Aguilera, Lorena y Otros (1998). Propuesta para la
Enseñanza Obligatoria del Cuatro, como Instrumento Musical
Tradicional, en la E.B. "Pablo María Fuentes" de El
Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre. Diseño
de Investigación. Programa PRODO.
El Pilar: I.U.T."Isaac Newton".
Centro Local El Pilar.

-Belisario, Darwin (2000).
Biografía
de Sabino Rausseo (Morocho Globo). Historias de Vidas. El Pilar,
Estado Sucre: U.E. "Pablo María Fuentes".

-Díaz, Raúl y Otros (1995). Expresiones
Plásticas y Artesanal de El Pilar, Municipio
Benítez, Estado Sucre. Tesis. El Pilar: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Echeverría, Neudys y Otros (1995). Aproximación
a la Investigación de las Manifestaciones Culturales
Populares Residenciales del Municipio Benítez, Estado
Sucre. Tesis. El Pilar: U.E. "Jacinto Gutiérrez".

______________________ (1996). La Cultura Popular en el
Municipio Benítez, Estado Sucre. Tesis. El Pilar: U.E.
"Jacinto Gutiérrez".

-Galloni, Salvador (1983). Valor, Constancia, Fe. Obra
Autobiográfica. Carúpano: Editor.

-Galloni, Salvador (s/f). Voces del Ego.
Poemario. Cumaná: Dirección de Cultura del Estado
Sucre.

-Hernández A., Jesús (1996). Las Manifestaciones
Culturales de El Pilar, Municipio Benítez, Estado Sucre.
Tesis. El Pilar: U.E. "Jacinto Gutiérrez".

-Hernández H., Isauro y Miledys Bravo (1975).
Benítez y su poesía. Poemario
(Recopilación). Cumaná: Editorial Provincia.

-Jiménez, Luis y otros (1999). Diagnóstico
Actual del Proyecto de
Participación Comunitaria (Murales Cromáticos)
Realizado por el Artista Plástico
Juvenal Ravelo, en la Comunidad de El
Rincón-Benítez. Estudio Diagnóstico. El
Rincón, Estado Sucre: U.E. "Agustín García
Padilla".

– Medina, Juan (1999). Una Carta, un Poema
de Amor.
Poemario. Carúpano: Editor.

-Medina, Juan (s/f). Canto de Amor, Canto de Esperanza.
Poemario. Carúpano: Editor.

-Medina, Juan (s/f). Humor, Poesía y Canción.
Poesía y Chistes.
Carúpano: Editor.

-Pacheco, Mario (1987). Gente de Benítez. Diario de
Sucre. Carúpano, 12 de diciembre de 1987.

-Rausseo, Zamantha y otros (2004). Obras de Cultores Populares
Destacados en la Música, Letras, Artesanía, Pintura
y Escultura de la Parroquia El Pilar, Municipio Benítez
del Estado Sucre. Estudio Diagnóstico. El Pilar, Sucre: U.
E. "Jacinto Gutiérrez".

-Rivera, José (1988). Prof. Bladimir Aguilera, baluarte
de la cultura popular beniteña. Diario de Sucre.
Carúpano, martes 5 de julio de 1988. p. 3.

-Rivera, José (1989). La Cultura Popular y el Rotary
Club de Cumaná. Diario de Sucre. Carúpano, 02 de
febrero de 1989.

-Orozco M. Pilar y Otros (1995). Alternativas para el Rescate
y Desarrollo de la Artesanía en el Municipio
Benítez, Estado Sucre. Tesis. El Pilar: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Zapata de A., Rosa (2003). Poemas y
Reflexiones. Poemario. El Pilar, Sucre: Ediciones
Chicauntar-CINDIEB

11.2. Campo Educativo.

También innumerables trabajos de investigación
han sido realizados en el campo educativo; entre ellos hemos
podido ubicar y mencionar:

-Acosta, María y otros (2000). Creación de un
Pasillo Botánico en la U.E. "Jacinto Gutiérrez",
Ubicado en El Pilar, Estado Sucre. Proyecto Factible. El Pilar,
Sucre: U.E. "Jacinto Gutiérrez".

-Acosta, Yésica y otros (2002). Construcción de un Techado al Final del
Primer Pasillo de la U.E. "Agustín García Padilla".
El Rincón, Municipio Benítez, Estado Sucre.
Proyecto Factible. El Rincón, Sucre: U.E. "Agustín
García Padilla".

-Aguilar, José M. (2003). Dotación de Pizarras
Acrílicas en las Aulas de la U.E. "Agustín
García Padilla". El Rincón, Municipio
Benítez, Estado Sucre. Proyecto Factible. El
Rincón, Sucre: U.E. "Agustín García
Padilla".

-Aguilera, Bladimir (1989). Desde el Liceo: Visión
Jacintiana. Diario de Sucre. Carúpano, sábado 11 de
abril de 1989.

-Aguilera, Bladimir (1993). Estudio de
Factibilidad para la Creación de una Unidad del
Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) en El
Pilar, Municipio Benítez, Estado Sucre. Proyecto.
Barcelona: U. G. M. A.

-Aguilera, Bladimir y Otros (1991). Estudio Comparativo del
Rendimiento de los Alumnos de 9no. Grado de la U.E. "Jacinto
Gutiérrez" de El Pilar, en Relación con el Lugar de
Procedencia y el Nivel Socio-económico. Estudio
Diagnóstico. Barcelona: U. G. M. A.

-Aguilera, Bladimir y Otros (1991). Diagnóstico de la
Aplicación de los Principios Didácticos en el Nivel
de Preescolar "Luis Daniel Beauperthuy" de El Pilar, Municipio
Benítez, Estado Sucre. Estudio Diagnóstico.
Barcelona: U. G. M. A.

-Aguilera, Bladimir y Otros (1992). Factores Determinantes de
la Evaluación y Medición Aplicadas en el 7mo. Grado,
Sección "C" de la U.E. "Jacinto Gutiérrez" de El
Pilar, Estado Sucre. Estudio Diagnóstico. Barcelona:
U.G.M.A.

-Aguilera, Bladimir y Otros (1992). Modelo
Tecnológico para la Enseñanza de la Asignatura
Ciencias
Biológicas del 8vo. Grado de la U.E. "Jacinto
Gutiérrez" de El Pilar, Estado Sucre. Propuesta.
Barcelona: U. G. M. A.

-Aguilera, Bladimir y Otros (1992). Principios
Andragógicos Aplicados en la U.E.A "Jacinto
Gutiérrez" de El Pilar, Municipio Benítez, Estado
Sucre. Estudio Diagnóstico. Barcelona: U.G.M.A.

-Aguilera, José y otros (2003). Dotar de un Gabinete al
Laboratorio de
Biología No. 2 de la U.E. "Jacinto Gutiérrez",
Ubicada en la Calle "Miranda", El Pilar, Municipio
Benítez, Estado Sucre (2002-2003). Proyecto Factible. El
Pilar, Estado Sucre: U.E. "Jacinto Gutiérrez".

Aguilera, Lorena y Otros (1998). Lineamientos Curriculares
para la U.E. "Jacinto Gutiérrez" de El Pilar, Municipio
Benítez, Estado Sucre. Propuesta. El Pilar: I.U.T. "Isaac
Newton".

-Aguilera, Lorena y Otros (2001). Limpieza,
Arborización y Ornamentación de la Entrada
Principal de la Escuela Bolivariana "Luis Daniel Beauperthuy" de
El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre. Proyecto
Factible. El Pilar: I.U.T. "Dr. Delfín Mendoza".

-Aguilera, Yolisbeth y Otros (2003). Dotación de
Material Bibliográfico a la Biblioteca de la
U.E. Creación "Los Arroyos". Junio 2003. Proyecto
Factible. Los Arroyos, Estado Sucre: U.E. Creación "Los
Arroyos".

-Albino, Ronald y Otros (2001). Develación del Busto en
Honor al Maestro Agustín García Padilla. El
Rincón. Estado Sucre. Proyecto Factible. El Rincón:
U.E. "Agustín García P."

-Albino, Víctor y Petra Silva (2001). Dotación
de Mobiliario para dos Bibliotecas de Aula en la E.B. Combinada
"El Algarrobito", NER 385, Municipio Benítez, Estado
Sucre. Proyecto Factible. El Pilar, Sucre: I.U.T."Delfín
Mendoza".

-Albornoz, Hendairys y Otros (2002). Remodelación y
acondicionamiento del Sanitario Masculino de la
U.E."Agustín García Padilla". El Rincón,
Municipio Benítez, Estado Sucre. Proyecto Factible. El
Rincón: U.E. "Agustín García Padilla".

-Aliendres, Carlos y Otros (2003). Acondicionamiento y
Dotación de Materiales de Laboratorio de la U.E.
Creación "Los Arroyos". Junio 2003. Proyecto Factible. Los
Arroyos, Estado Sucre: U.E. Creación "Los Arroyos".

-Alvino, Evelyn y otros (2001). Dotación de Material
Didáctico al Aula de Biología de la U.E-
"Agustín García Padilla", Parroquia El
Rincón, Estafo Sucre. Proyecto Factible. El Rincón:
U.E. "Agustín García Padilla".

-Amarista, Liliana y otros (2003). Ambientación del
Aula 14 de la U.E. "Jacinto Gutiérrez". El Pilar,
Municipio Benítez, Estado Sucre. Año 2002-2003.
Proyecto Factible. El Pilar, Estado Sucre: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Amarista, Mary y otros (1995). Aspiraciones de Estudios de
los Alumnos del Ciclo Diversificado de la U.E "Jacinto
Gutiérrez" de El Pilar, Municipio Benítez, Estado
Sucre. Estudio Diagnóstico. El Pilar: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Amarista, Omar y Otros (1998). Nivel de Información Sexual que poseen los Alumnos
de la U.E. "Jacinto Gutiérrez" de El Pilar, Estado Sucre
(Año Escolar 1997-1998). Estudio Diagnóstico. El
Pilar: U.E. "Jacinto Gutiérrez".

-Arcia, Emir y Otros (2003). Dotación de Libros (3ra.
Etapa y Ciclo Diversificado) para la Biblioteca de la U.E.
"Agustín García Padilla" de El Rincón,
Municipio Benítez, Estado Sucre. Proyecto Factible. El
Rincón: U.E. "Agustín García Padilla".

-Ávila, Luis y Otros (2003). Dotación de la Cruz
Roja en la U.E. "Jacinto Gutiérrez" de El Pilar, Estado
Sucre. Proyecto Factible. El Pilar: U.E. "Jacinto
Gutiérrez".

-Bastardo, Danny y otros (2004). Dotación de un
Mesón de Madera a la
Biblioteca del a U.E. "Jacinto Gutiérrez". El Pilar,
Estado Sucre. Año 2003-2004. Proyecto Factible. El Pilar:
U.E. "Jacinto Gutiérrez".

-Bello de B., Norelys (2001). Incorporación del
Área de Biblioteca como Estrategia Eficaz para Facilitar
el Desarrollo Integral del Niño en el Jardín de
Infancia
"Pablo María Fuentes" de El Pilar, Municipio
Benítez, Estado Sucre. Proyecto Factible. El Pilar: I.U.T.
"Dr. Delfín Mendoza".

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6
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