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Compendio médico para neurofisiología clínica, sintetizado y alfabetizado. Letra N-O (Versión 2015) (página 11)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20

Síndrome del
túnel tarsiano:
no es
frecuente (un caso cada 4
años según
experiencia propia) en
comparación con otros
síndromes canaliculares.
Todos los casos vistos
personalmente eran secundarios a
algo, por ejemplo, a edema
maleolar, o a un lazo venoso
engrosado que comprimía el
nervio, o a un callo óseo,
etc por lo que parece dudoso que
exista el atrapamiento primario
de este nervio, o incluso que sea
un síndrome compresivo y
no un síndrome de
atrapamiento. Cursa con
hipoestesia en la yema del dedo
gordo que personalmente se
considera crucial para el
diagnóstico cuando
aparece, dado que en algunos
pacientes no se observa. Si hay
afectación motora es
característica la
existencia de actividad
denervativa en abductor
hallucis
, así como el
trazado simplificado, y la
caída de amplitud del
potencial motor. En cambio, en
los casos vistos hasta ahora, no
se ha encontrado alargamiento de
la latencia motora distal (el
alargamiento de la latencia
motora distal ha sido
señalado como criterio
diagnóstico de este
síndrome por algunos
autores), siendo por tanto lo
más señalable para
el diagnóstico de este
síndrome, según la
experiencia propia, la
caída de amplitud del
potencial motor, además de
la clínica compatible,
aunque en algunos casos no se
consigue demostrar dicha
caída de amplitud y los
únicos hallazgos
compatibles con la clínica
son la actividad denervativa en
abductor hallucis y el
trazado de máxima
contracción simplificado.
A Pardal también le ha
llamado la atención la
caída de la amplitud del
potencial motor más que el
alargamiento de la latencia
motora distal (Pardal JM.
Síndrome del túnel
tarsiano bilateral por sinovitis.
Aportación
diagnóstica combinada de
ecografía y
electrofisiología. Rev
Neurol 2013; 56- 124-125).

Como ocurre en otros casos
similares, ante un trazado
neurógeno en abductor
hallucis
con caída de
la amplitud del CMAP, a
pesar de la sospecha de
síndrome del túnel
tarsiano, en ocasiones hay que
ser cautos y asegurarse de que no
se trata de una
polineuropatía, por
ejemplo, de una enfermedad de
Charcot-Marie- Tooth.

NERVIO
TORÁCICO LARGO:

véase músculo
serrato.

NERVIO
TRIGÉMINO:

véase neuralgia del
trigémino. Véase
síndrome de
Sturge-Weber-Dimitiri.
Véase dolor. Véase
nervio cigomático facial.
Véase neuralgia
facial.

NEURALGIA
AMIOTRÓFICA:

síndrome de
Parsonage-Turner. Personalmente
se ve un caso al año,
más o menos. Dolor agudo
en hombro, brazo, cuello,
espalda, durante horas o menos de
una semana, seguido de paresia de
predominio proximal y atrofia,
con más frecuencia
unilateral. Diagnóstico
diferencial con hernia discal,
pues clínicamente pueden
ser indistinguibles (en una
ocasión un individuo visto
personalmente debutó con
un cuadro de dolor agudo e
intenso de pocos días
seguido de escápula alada
con parálisis sólo
del serrato, y que resultó
ser una voluminosa hernia discal
cervical, no un síndrome
de Parsonage-Turner).
Músculos más
afectados: deltoides, serrato
anterior, supraespinoso e
infraespinoso, tríceps,
etc. Puede aparecer por
stress y asociarse a
otros cuadros paréticos de
miembro superior previos o
concomitantes.

Plexitis braquial tipo
neuralgia amiotrófica; en
neoplasia de sigma y quizá
otras neoplasias, como la de
próstata.

Neuralgia
amiotrófica hereditaria:
neuropatía hereditaria del
plexo braquial. AD; en algunas
familias se ha encontrado talla
corta, hipertelorismo, paladar
hendido, epicanto,
asimetría facial,
sindactilia parcial
(también aparece
hipertelorismo en el
síndrome de Moynaham y en
el síndrome
LEOPARD,
etc.).

Plexitis braquial
autoinmune, cruzada o no
cruzada.

NEURALGIA DEL
GLOSOFARÍNGEO:

síndrome de
Wilfred-Harris. Dolor en faringe
y oído. Signo de la
cortina de Vemet: al pronunciar
la letra "a" hay
desviación al lado sano.
Idiopática,
tumoral.

NEURALGIA DEL
TRIGÉMINO:
neuralgia
facial. Idiopática,
tumoral, inflamatoria, trombosis
venosa, esclerodermia. Anestesia
dolorosa: iatrogénica,
zóster oftálmico.
Tras numerosos intentos,
personalmente no se le ha
encontrado por ahora utilidad
diagnóstica al blink
reflex
en la neuralgia del
trigémino y otros tipos de
dolor facial, a pesar de
referencias al respecto
según las cuales sí
sería útil
(Jääskeläinen et
al. 1999). Truini et al. (2007)
refieren alteración
habitual en R1 en neuralgia del
trigémino con causa
subyacente, y normalidad en el
blink reflex en la forma
idiopática, extremo que
hasta ahora no se ha conseguido
confirmar
personalmente.

NEURALGIA FACIAL,
TIPOS:
neuralgia del
trigémino. Véase
enfermedad de Horton.
Véase neuralgia del
trigémino.

Anestesia dolorosa:
iatrogénica, zóster
oftálmico.

Síndrome de
Raeder: síndrome de
Horner+paresia
oculomotora.

Fosa media. Primera rama
del quinto par.

Síndrome de
Gradenigo: primera y segunda
ramas del quinto par.
Disminución de
sensibilidad. Paresia
abducción ocular. Tumoral,
inflamatoria,
mastoidopatía.

Neuralgia del
glosofaríngeo.
Véase neuralgia del
glosofaríngeo.

Neuralgia del nervio
laríngeo superior: este
nervio se ocupa de la
deglución, el bostezo, el
habla, etc. Su disfunción
conlleva tos, ronquera, etc.
Causa infecciosa,
tumoral.

Neuralgia del nervio
nasociliar: dolor en
ángulo ocular interno,
causa idiopática o
infecciosa.

Neuralgia del ganglio
pterigopalatino o de Sluder:
dolor en órbita y maxilar,
con lagrimeo y rinorrea. Causa
idiopática. Predominio en
mujeres.

Neuralgia de nervio
auriculotemporal: por
parotiditis.

Neuralgia vidiana o del
nervio petroso mayor:
ángulo interno del ojo.
Idiopática o
inflamatoria.

Síndrome de
Tolosa-Hunt: dolor
retroorbitario.
Idiopático. Neuralgia del
ganglio geniculado.

Síndrome de la
apófisis
estiloides.

Síndrome de
Costen: dolor preauricular y en
lengua, con mareos y
tinnitus. Origen en
articulación
temporomandibular.

Neuropatía
mentoniana (descartar
neoplasia).

Neuralgia occipital:
dolor en cualquiera de los tres
nervios occipitales.
Estrictamente no es una neuralgia
facial, lógicamente, pero
interesa en el diagnóstico
diferencial. La causa más
frecuente es cualquier tipo de
irritación o traumatismo
de los nervios. Puede estar
desencadenada por una vasculitis
de la arteria occipital, entre
otras causas, como parte de una
arteritis de Horton (signo del
halo en la ecografía).
Garcia J et al. Neuralgia
occipital secundaria a vasculitis
de la arteria occipital.
Diagnóstico mediante
dúplex color. Rev Neurol
2014; 58: 430-432.

NEURITIS ÓPTICA:
véase nervio
óptico.

NEUROACANTOCITOSIS:
sídrome de McLeod.
Afección
multisistémica de origen
genético. Anemia,
acantocitosis, atrofia muscular
progresiva, afectación del
sistema nervioso central y
periférico
(neuropatía hereditaria),
hígado, corazón,
etc.

NEUROFIBROMATOSIS:
véase enfermedad de Von
Recklinghausen.

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, ADMISIÓN Y
PERMANENCIA DEL PÚBLICO EN
LA UNIDAD ASISTENCIAL (SERVICIO,
SECCIÓN,

ETC.): la
permanencia del público en
las instalaciones de la unidad
debe estar justificada, de modo
que no se debe autorizar la
presencia en la sección de
personas ajenas a la misma sin
causa justificada, o sin
autorización expresa, al
tratarse de un bien común,
no para uso particular. Los
familiares y acompañantes
podrán permanecer en las
salas de espera, habilitadas a
tal efecto. Dadas las
características del tipo
de exploraciones realizadas, que
por su precisión, riesgo
de pinchazos y dificultad no
admiten interrupciones o
distracciones, amén de la
limitación de espacio
disponible para tal fin, los
acompañantes no deben
pasar a las salas de
exploración, salvo
autorización expresa del
facultativo en tal sentido
motivada por alguna causa de
fuerza mayor o una
justificación razonable
(normalmente y en general para
acompañar a niños o
personas con discapacidad). Las
instalaciones, por su importancia
y coste, deben ser conservadas en
el mejor estado posible,
evitándose el deterioro
gratuito e injustificado de las
mismas, tanto del inmueble como
de los bienes muebles, con tal
motivo, y en función de la
experiencia previa al respecto,
las puertas de acceso a la unidad
deben quedar cerradas bajo llave
al final de cada jornada y hasta
el comienzo de la siguiente, y
estar incluidas en la ronda del
vigilante de
seguridad.

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, CONOCIMIENTOS
NECESARIOS PARA EL
DESEMPEÑO DE LA LABOR
FACULTATIVA:
el

facultativo especialista
de área (FEA) de
neurofisiología
clínica debe ser
licenciado en medicina, y
especialista en
neurofisiología
clínica vía MIR (en
España). Además
debe poseer empatía, don
de gentes, habilidad manual y
capacidad diagnóstica.
Debe poseer conocimientos y
habilidades acerca de las
técnicas
neurofisiológicas
existentes en la actualidad con
utilidad clínica
demostrada científicamente
de manera objetiva y fehaciente,
y también conocimientos de
informática, idiomas,
biofísica y de la
patología clínica
específicamente
relacionada con la especialidad.
Su formación debe ser
suficiente como para atender en
persona, en su campo, de forma
correcta y completa, según
arte, a todo el que lo requiera,
y suficiente como para emitir un
informe médico
válido, con interés
diagnóstico,
pronóstico y con
orientación
terapéutica. El FEA se ve
obligado a una continua puesta al
día, y al deber
ético de presentar
proyectos de mejora
científica, técnica
y humana, con el fin de lograr la
óptima asistencia al
enfermo.

Las técnicas
neurofisiológicas con
más interés
clínico en la
práctica en la actualidad,
que el FEA debe dominar, son
básicamente las
siguientes:
electroencefalografía
(EEG), electromiografía
(EMG) y potenciales evocados
(PPEE).

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, CONSENTIMIENTO
INFORMADO:

rara vez los pacientes
no dan su consentimiento para
llevar a cabo una EMG
convencional. Según
experiencia propia la cifra ha
ido disminuyendo progresivamente
durante los últimos
años, siendo en la
actualidad de aproximadamente 1
de cada 4000, y bajando. El 50%
de los pacientes que rechazan el
EMG convencional lo hacen antes
de empezar la exploración.
El fenómeno es conocido en
otros centros; Shook et al hacen
referencia a un abandono de la
exploración del EMG
convencional por parte de 194
pacientes de un total de 5031
investigados en su
institución (Shook SJ,
Shields R. Patients who quit
their electrodiagnostic
examination: Characteristics and
implications. Clínical
Neurophysiology 2008; 119:
63).
El consentimiento
informado está definido en
la Ley General de Sanidad
(España). La Ley de
Galicia 3/2001, de 28 de mayo,
define el consentimiento
informado como la conformidad
expresa del paciente, manifestada
por escrito, previa
obtención de la
información adecuada, para
la realización de un
procedimiento diagnóstico
o terapéutico que afecte a
su persona y que comporte riesgos
importantes, notorios o
considerables. Éste no es
el caso de las exploraciones
neurofisiológicas. El que
se exija una manifestación
por escrito del consentimiento
informado en el caso de una
actividad médica de riesgo
es un requisito sólo a
efectos de esta ley, y no tiene
utilidad diagnóstica, ni
terapéutica, ni como
prognosis. El paciente debe
consentir la exploración
neurofisiológica antes de
llevarla a cabo, de modo que debe
existir, como en todo acto
médico, un consentimiento
informado como parte del contrato
verbal entre médico y
paciente. De este modo se
cumplirá uno de los
requisitos para que sea efectivo
el contrato tácito entre
médico y
paciente.

Los requisitos de este
contrato son el consentimiento y
la conformidad de voluntades
entre contrarios, es decir, la
oferta y aceptación de la
relación contractual en
función de la existencia
de un objeto y una causa para el
establecimiento de tal contrato.
Los profesionales sanitarios
tienen el deber ético de
evitar el mal y no dañar,
actuar con justicia y sin
discriminación, buscar el
bien de los pacientes y respetar
su autonomía, su voluntad
y sus decisiones. El
consentimiento informado se basa
en estos preceptos. Por tanto, la
información que se otorgue
al paciente debe incluir datos
acerca de la relación
entre el riesgo y el beneficio de
la exploración, así
como sobre alternativas a la
exploración, incluida la
posibilidad de la
denegación voluntaria de
la asistencia médica por
el paciente (con la
excepción de que conlleve
riesgo para la salud
pública, porque,
según las leyes vigentes
en España, el derecho a la
vida suele prevalecer sobre el
derecho a la libertad). En el
caso de la exploración
neurofisiológica es
suficiente con un consentimiento
informado verbal, dada la poca
peligrosidad de las exploraciones
llevadas a cabo.

Por norma el documento
del consentimiento debe incluir
las siguientes partes: un
preámbulo que incluya el
nombre del paciente; un cuerpo
con la información
técnica sobre la
relación entre el riesgo y
el beneficio de la
exploración y las
alternativas, y un apartado donde
conste la aceptación. De
acuerdo con la ley debe contar
además con la
identificación del centro,
del procedimiento médico,
del paciente o representante y
del médico que informa del
consentimiento; debe contar con
una declaración de
revocabilidad del consentimiento,
con el lugar y fecha del
consentimiento, y con la firma de
las partes. Además debe
constar una declaración
según la cual el paciente
comprende el documento y que
conserva una copia del
mismo.

A continuación se
presenta un modelo de
consentimiento informado por
escrito para el caso del EMG de
fibra simple, como
ejemplo:

Sección de
Neurofisiología
Clínica del Complejo
Hospitalario de
Pontevedra.

Documento para el
consentimiento informado (ley de
Galicia 3/2001, de 28 de
mayo)
Paciente:
……………………………………………………………………………………….

Información: usted
va a someterse a una prueba de
electromiografía de fibra
simple, solicitada por su
médico, que ayudará
a diagnosticar su enfermedad. Se
explorará el
funcionamiento de sus
músculos, para lo que
será necesaria la
inserción de un electrodo
de aguja estéril,
normalmente en la zona de la
frente, para detectar las
señales eléctricas
de sus

músculos y
así conocer su estado. La
inserción de la aguja
puede resultar molesta e incluso
dolorosa, y la zona puede quedar
dolorida unos días y con
un pequeño hematoma. La
prueba está contraindicada
en trastornos importantes de la
coagulación, como la
hemofilia. En esta
exploración no se inyectan
sustancias ni se extraen muestras
orgánicas. Debe informar
al personal sanitario si puede
transmitir alguna enfermedad
contagiosa (hepatitis, VIH,
etc.).

La
exploración puede ser
cancelada por el paciente en
cualquier fase de la misma,
aunque, en caso de no completarse
hasta el final, la
información obtenida hasta
entonces puede ser insuficiente.
Existe otra prueba médica
que puede sustituir a ésta
para obtener un resultado
similar, que es la
medición del "jitter" con
electrodo concéntrico,
también disponible en esta
sección.

Consentimiento: manifiesto
que he sido informado/a por el
dr./dra…………………………….
de la sección de
neurofisiología
clínica y que he
comprendido la información
proporcionada, tanto de los
beneficios como de los riesgos de
la prueba, y de las alternativas,
que mis dudas han sido
contestadas y que conservo copia
de este documento, y, por tanto,
doy mi consentimiento a los
facultativos de la sección
de neurofisiología
clínica para que me
practiquen la técnica
electromiográfica indicada
para el diagnóstico de mi
enfermedad, sabiendo que en
cualquier momento puedo revocar
mi consentimiento.

Firmo ejemplar y copia en
Pontevedra,
a………
de……………,
de 201……

Firma del paciente o
representante, Firma del
Facultativo por incapacidad o
minoría de edad
(DNI)
En la actualidad
en las revistas médicas
suelen exigir por sistema que en
las investigaciones
clínicas con pacientes
estos hayan manifestado de
antemano y por escrito su
consentimiento para participar en
dicha investigación, que
es un motivo para disponer en
esta sección de estos
modelos para el consentimiento
informado.

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, DEFINICIÓN
DE LA

ESPECIALIDAD: la
neurofisiología
clínica es una
especialidad médica, que
se ocupa de la exploración
funcional del sistema nervioso
central y periférico
mediante el registro y
procesamiento de señales
bioeléctricas. Sus
aplicaciones son clínicas,
con fines diagnósticos,
pronósticos y con
orientación
terapéutica. La
especialidad en la actualidad
incluye tres grupos fundamentales
de técnicas para la
exploración funcional del
sistema nervioso:
electroencefalografía,
electromiografía
(electromiografía+electroneurografía)
y potenciales evocados (visuales,
auditivos, somatosensoriales,
etc.).

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, DEFINICIÓN
Y CARACTERÍSTICAS DE LA
UNIDAD ASISTENCIAL:
en
España

la unidad asistencial
hospitalaria de
neurofisiología
clínica, o servicio o
sección de
neurofisiología
clínica, es un servicio
médico central, es decir,
independiente
jerárquicamente de
ningún otro departamento
ni servicio médico,
dependiente, en todo caso, de la
dirección asistencial del
centro hospitalario, algo
lógico, debido a la
especialización
(complejidad) de la
neurofisiología
clínica, que la
independiza desde el punto de
vista metodológico y
técnico del resto de las
especialidades. No obstante, en
centros médicos de
diversos países las
unidades de
neurofisiología
clínica todavía
dependen de otras unidades o
departamentos. Englobar a esta
unidad en otro departamento o
servicio es innecesario, ya que
la neurofisiología
clínica es una
especialidad independiente, y que
además presta su servicio
a casi todos los demás
servicios médicos:
traumatología,
pediatría,
reumatología,
rehabilitación,
neurología,
otorrinolaringología, UCI,
medicina interna,
oftalmología,
atención primaria, etc. y
así hasta recibir, antes o
después, enfermos
provenientes de cualquier
servicio médico en la
práctica, por lo que no
tendría sentido
descentralizar la
neurofisiología
clínica para englobarla en
un departamento con algún
otro servicio. El servicio o
sección de
neurofisiología
clínica depende
jerárquicamente de la
dirección médica
del centro hospitalario, que a su
vez depende de la
dirección asistencial y
ésta de la gerencia
hospitalaria. En este servicio se
lleva a cabo la labor propia de
la especialidad médica de
neurofisiología
clínica y en él se
atiende a pacientes remitidos
desde cualquier servicio
médico.

NEUROFISIOLOGÍA
CLÍNICA, ESTATUS DEL
PERSONAL DE LA

UNIDAD: por la
especialización del
trabajo en esta unidad, el
personal sanitario debe
permanecer adscrito a la misma de
manera fija, con su plaza en
dicha sección.

El personal sanitario no
facultativo debe realizar toda su
labor profesional y cumplir el
horario en la sección de
neurofisiología
clínica, durante su
horario laboral correspondiente,
y además, cuando
corresponda, en la UCI, en
neonatología, etc. Durante
la jornada, con frecuencia,
surgen necesidades asistenciales
imprevistas en la agenda de
trabajo diario (pacientes
procedentes de urgencias, de la
UCI, de Reanimación, de la
unidad de corta estancia, del
equipo de transplante de
órganos, pacientes no
citados que acuden a la
sección para ser atendidos
por motivos diversos, etc.) que
implican la necesidad ineludible
de la presencia en la
sección del personal
adscrito al mismo.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20
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