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La eutanasia en el Perú (página 2)



Partes: 1, 2, 3

El debate sobre
la licitud moral de la
eutanasia ha
llegado a exacerbarse tanto que incluso se crearon asociaciones
que claman por el reconocimiento de un legítimo derecho a
morir con dignidad. El
movimiento
para la legalización de estas prácticas
comenzó en Inglaterra en
1935, con la creación de la Asociación por la
Legislación de la Eutanasia
Voluntaria, que después se denominaría
Asociación para la Eutanasia. Años después
se fundó otra asociación con el mismo objeto en
Estados
Unidos. En España ha
cobrado pujanza la Asociación Pro Derecho a Morir
Dignamente, presidida por el filósofo Salvador
Pániker..

La escasez
económica en tiempos de la primera guerra
mundial sustenta la matanza de lisiados y enfermos mentales.
El término eutanasia ha sido muchas veces separado de su
sentido real. Por ejemplo, los nazis hablaban de eutanasia para
referirse a la eliminación de los minusválidos y
débiles (Aktion T-4). En los Juicios de Nuremberg (1946
– 1947) se juzgó como ilegal e inmoral toda forma de
eutanasia activa sin aclaración y consentimiento o en
contra de la voluntad de los afectados.

En el presente, se sustentan diferentes opiniones sobre
la eutanasia y son variadas las prácticas médicas y
las legalidades en los distintos países del mundo. Muchas
prácticas de los hospicios u hogares, la medicina
paliativa y los grupos de
autoayuda, trabajan por la humanización en el trato con
los moribundos y quieren contribuir a superar la distancia entre
la vida, la muerte y
las prácticas médicas.

En el estado de
Oregón (EEUU) los ciudadanos aprobaron por
referéndum en 1994 el suicidio asistido
por médicos para enfermos
terminales. Hubo iniciativas similares en otros lugares,
algunas de las cuales fueron revocadas poco tiempo
después. El cambio
más importante tuvo lugar en abril de 2002, cuando los
Países Bajos legalizaron la eutanasia, con una serie de
garantías, convirtiéndose así en el primer
Estado del
mundo que daba este paso. Bélgica, en septiembre del mismo
año, fue el segundo.

Estos son hitos históricos producidos en el
espacio público. Poco investigadas y mucho menos conocidas
son las diferentes prácticas reales de las personas frente
al acto de morir. Se sabe que hasta fines del siglo XIX en
América
del Sur existía la persona del
"despenador" o "despenadora" encargada de hacer morir a los
moribundos desahuciados a petición de los
parientes.

I.1.4.-Clasificaciones de
eutanasia

Existe mucha confusión en cuanto a la forma de
calificar la eutanasia actualmente. En el medio hispanohablante
se han introducido conceptos provenientes de la evaluación
ética
de la eutanasia y se la califica de directa o indirecta en cuanto
existe o no la intención de provocar primariamente la
muerte en las
acciones que
se realizan sobre el enfermo terminal. En el contexto
anglosajón, se distingue entre la eutanasia como acción
y la eutanasia como omisión (dejar morir). Su
equivalente sería eutanasia activa y eutanasia pasiva,
respectivamente. También se utilizan, en forma casi
sinónima, las calificaciones de positiva y negativa
respectivamente.

I.1.4.1.-Eutanasia directa:
Adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad
incurable, esta a su vez posee dos formas:

I.1.4.1.1.-Activa: Consiste en provocar una
muerte indolora a petición del afectado cuando se es
víctima de enfermedades incurables muy
penosas o progresivas y gravemente invalidantes; el caso
más frecuentemente mostrado es el cáncer,
pero pueden ser también enfermedades incurables como, la
migraña, la obesidad o la
depresión crónica. Se recurre, como
se comprende, a substancias especiales mortíferas o a
sobredosis de morfina.

I.1.4.1.2.-Pasiva: Se deja de tratar una
complicación, por ejemplo una bronconeumonía, o de
alimentar por vía parenteral u otra al enfermo, con lo
cual se precipita el término de la vida; es una muerte por
omisión. De acuerdo con Pérez Varela "la eutanasia
pasiva puede revestir dos formas: la abstención
terapéutica y la suspensión terapéutica. En
el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se
suspende el ya iniciado ya que se considera que más que
prolongar el vivir, prolonga el morir" Debe resaltarse que en
este tipo de eutanasia no se abandona en ningún momento al
enfermo.

I.1.4.2.-Eutanasia indirecta : Consiste en
efectuar procedimientos
terapéuticos que tienen como efecto secundario la muerte,
por ejemplo la sobredosis de analgésicos, como es el caso
de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como
se sabe, es la disminución de la conciencia y casi
siempre una abreviación de la vida. Aquí la
intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el
sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada.

CAPÍTULO II:

La eutanasia
vista desde diversos aspectos

II.1.- La eutanasia vista desde la
medicina

El juramento hipocrático dice:

"(…) estableceré el régimen de los
enfermos, de manera que les sea más provechoso,
según mis facultades y mi entender, absteniéndome
de cometer todo mal e injusticia. A nadie daré veneno y si
alguno me propone semejante cosa no tomaré en cuenta la
iniciativa de tal sugestión; igualmente me
abstendré de aplicar a las mujeres pesarios abortivos.
Pasaré mi vida y ejerceré mi profesión con
inocencia y pureza (…)"

Este juramento todavía esta vigente en nuestros
días, siendo entonces que lo práctica de la
eutanasia se considerará, contradictoria con los principios de la
ética
médica.

La deontología médica impone, los deberes
de aliviar el sufrimiento físico y moral del moribundo, de
mantener en lo posible la calidad
de la vida que declina de ser guardián del respeto a la
dignidad de todo ser humano.

Hay varias razones por las cuales la eutanasia no puede
ser aceptada:

Primero porque se minaría la confianza paciente
– médico, si el profesional de la medicina
que se ocupan de su salud pueden
decidir si su caso es digno de curación o susceptible de
eutanasia.

Segundo, el diagnostico y el llamado pronóstico
hecho por los médicos nos ofrece garantías. En
definitiva en la ciencia
médica no habría una certeza. Siendo aceptable el
aforismo. "mientras hay vida hay esperanza".

Así es que el término incurabilidad no es
sino un concepto
relativo. Pues la naturaleza de

cuerpo humano es a veces sorprendente, pudiendo salir muchas
veces las personas que se encuentran en coma irreversible de
estos.

Esta posición médica al igual que la
posición de la religión
estaría de acuerdo con la ortotanasia, al estar a favor de
utilizar medicinas paliativas y medios
proporcionados, solamente, para prolongar la vida.

Actualmente, se ha delimitado bien, que son medios
proporcionados para la prolongación de la vida por parte
de los médicos. Así es que se entiende como medios
ordinarios o proporcionados los "que están a la mano y no
imponen esfuerzos, sufrimientos o gastos
mayores de los que las personas consideran prudentes", para la
conservación de la vida.

A diferencia de los medios desproporcionados o que
usando medios artificiales, se haga seguir viviendo a una
persona, no siendo esta una ayuda de la naturaleza (como pasa en
los medios ordinarios por los cuales se utilizará
también medios artificiales pero como ayuda a la
naturaleza para que el enfermo se recupere o no sufra) siendo
artificial, considerando esta clase de
conservación de la vida antinatural.

II.1.1.-La cuestión de la
eutanasia, ¿Es un problema médico?
La
eutanasia, tal y como la plantean los defensores de su
legalización, afecta de lleno al mundo de la Medicina,
puesto que las propuestas de sus patrocinadores siempre hacen
intervenir al médico o al personal
sanitario. Pero la cuestión de la eutanasia no es,
propiamente hablando, un problema médico, o no
tendría que serlo.

La eutanasia merece la misma
calificación ética si la practica un médico
o una enfermera en el técnico ambiente de un
hospital que si la practica, por otro medio cualquiera, un
familiar o un amigo de la víctima. En ambos casos se trata
de un hombre que da
muerte a otro.

La eutanasia no es una forma de Medicina,
sino una forma de homicidio; y si
la practica un médico, éste estará negando
la Medicina.

II.1.2.-¿Por qué la
eutanasia es la negación de la Medicina?
Porque la
razón de ser de la Medicina es la curación del
enfermo en cualquier fase de su dolencia, la mitigación de
sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance supremo de la
muerte cuando la curación no es posible. La eutanasia, por
el contrario, no sólo es la renuncia a esa razón de
ser, sino que consiste en la deliberada decisión de
practicar justamente lo opuesto a la Medicina, ya que es dar
muerte a otro, aunque sea en virtud de una presunta
compasión. Cualquiera es perfectamente capaz de advertir
la diferencia sustancial que existe entre ayudar a un enfermo a
morir dignamente y provocarle la muerte. La eutanasia no es una
técnica, un recurso de la Medicina: la eutanasia expulsa a
la Medicina, la sustituye. La eutanasia, además,
precisamente por ser la negación de la Medicina, se vuelve
contra el médico que la practique. II.2.- La eutanasia
vista desde la dignidad humana.

La dignidad humana se invoca tanto para
defender la eutanasia como para rechazarla.

Para sus defensores, la dignidad humana del
enfermo consistiría en el derecho a elegir libremente el
momento de la propia muerte. Para sus detractores, la dignidad
humana sería oponerse a este derecho, por considerarlo una
arbitrariedad humana frente a un asunto exclusivamente
divino.

Evidentemente, tras este uso
equívoco del término dignidad subyacen distintas
concepciones del ser humano, de la libertad, de
la ciencia
médica y del conjunto de los derechos
humanos.

II.2.1.-Concepto de Dignidad Humana

Inviolabilidad de cada persona, reconocimiento de que no
puede ser utilizada o sacrificada por los demás como un
mero instrumento para la realización de fines generales.
Es además el reconocimiento de la autonomía de cada
cual para trazar sus propios planes en la vida y sus propios
baremos de excelencia sin otro límite que el derecho
semejante de los otros a la misma autonomía y el
reconocimiento de que cada cual debe ser tratado socialmente con
su conducta,
mérito o demérito personales, y no según
aquellos factores aleatorios que no son esenciales a su
humanidad: raza, etnia,
sexo, clase
social, etc.

La dignidad propia del hombre es un
valor singular
que fácilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en
nosotros o podemos verlo en los demás. Pero ni podemos
otorgarlo ni está en nuestra mano retirárselo a
alguien. Es algo que nos viene dado. Es anterior a nuestra
voluntad y reclama de nosotros una actitud
proporcionada, adecuada: reconocerlo y aceptarlo como un valor
supremo (actitud de respeto) o bien ignorarlo o rechazarlo. Este
valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una
llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que,
como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a
todos los seres humanos. Por eso mismo, aún en el caso de
que toda la sociedad
decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana,
ésta seguiría siendo una realidad presente en cada
ciudadano. Aún cuando algunos fueran relegados a un trato
indigno, perseguidos, encerrados en campos de
concentración o eliminados, este desprecio no cambiaria en
nada su valor inconmensurable en tanto que seres
humanos.

Por su misma naturaleza, por la misma
fuerza de
pertenecer a la especie humana, por su particular potencial
genético – que la enfermedad sólo es capaz de
esconder pero que resurgirá de nuevo si el individuo
recibe la terapéutica oportuna -, todo ser humano es en
sí mismo digno y merecedor de respeto.

La preocupación por la dignidad de
la persona humana es hoy universal: las declaraciones de los
Derechos Humanos
la reconocen, y tratan de protegerla e implantar el respeto que
merece a lo largo y ancho del mundo. Los errores que pueda haber
en la formulación de esos derechos no invalidan la
aspiración fundamental que contienen: el reconocimiento de
una verdad palmaria, la de que todo ser humano es digno por
sí mismo, y debe ser reconocido como tal. El ordenamiento
jurídico y la
organización económica, política y social
deben garantizar ese reconocimiento. Cuanto más fijamos la
mirada en la singular dignidad de la persona, más
descubrimos el carácter irrepetible, incomunicable y
subsistente de ese ser personal, un ser con nombre propio,
dueño de una intimidad que sólo él conoce,
capaz de crear, soñar y vivir una vida propia, un ser
dotado del bien precioso de la libertad, de inteligencia,
de capacidad de amar, de reír, de perdonar, de
soñar y de crear una infinidad sorprendente de ciencias,
artes, técnicas,
símbolos y narraciones.

Por eso, dignidad, en general y en el caso
del hombre, es una palabra que significa valor intrínseco,
no dependiente de factores externos. Algo es digno cuando es
valioso de por sí, y no sólo ni principalmente por
su utilidad para
esto o para lo otro. Esa utilidad es algo que se le añade
a lo que ya es. Lo digno, porque tiene valor, debe ser siempre
respetado y bien tratado. En el caso del hombre su dignidad
reside en el hecho de que es, no un qué, sino un
quién, un ser único, insustituible, dotado de
intimidad, de inteligencia, voluntad, libertad, capacidad de amar
y de abrirse a los demás. De esta dignidad se derivan
varios principios:

Principio de respeto. La primera
actitud que sugiere la consideración de la dignidad de
todo ser humano es la de respeto y rechazo de toda
manipulación: frente a él no podemos comportarnos
como nos conducimos ante un objeto, como si se tratara de una
"cosa", como un medio para lograr nuestros fines
personales.

Principios de no-maleficencia y de
beneficencia.
«En todas y en cada una de tus acciones,
evita dañar a los otros y procura siempre el bienestar de
los demás».

Principio de doble efecto:
«Busca primero el efecto beneficioso. Dando por supuesto
que tanto en tu actuación como en tu intención
tratas a la gente con respeto, asegúrate de que no son
previsibles efectos secundarios malos desproporcionados respecto
al bien que se sigue del efecto
principal». 

Principio de Integridad.
«Compórtate en todo momento con la honestidad de un
auténtico profesional, tomando todas tus decisiones con el
respeto que te debes a ti mismo, de tal modo que te hagas
así merecedor de vivir con plenitud tu
profesión». Ser profesional no es únicamente
ejercer una profesión sino que implica realizarlo con
profesionalidad, es decir: con conocimiento
profundo del arte, con
absoluta lealtad a las normas
deontológicas y buscando el servicio a las
personas y a la sociedad por encima de los intereses
egoístas.

Principio de Justicia.
«Trata a los otros tal como les corresponde como seres
humanos; sé justo, tratando a la gente de forma igual. Es
decir: tratando a cada uno de forma similar en circunstancias
similares».

Principio de Utilidad. «Dando
por supuesto que tanto en tu actuación como en tu
intención tratas a la gente con respeto, elige siempre
aquella actuación que produzca el mayor beneficio para el
mayor número de personas».

II.2.2.- Dignidad y derechos
fundamentales

La dignidad está estrechamente vinculada a los
derechos fundamentales, en tanto, razón de ser, fin y
limite de los mismos. Comparte con ellos el doble carácter
de los derechos fundamentales: como derechos de la persona y como
un orden constitucional; de modo que, "los derechos individuales
son la vez instituciones
jurídicas objetivas y derechos subjetivos". En este
sentido, la dignidad opera no sólo como un derecho
individual, sino también como un limite de los derechos;
lo cual se traduce en un deber general de respetar los derechos
ajenos y propios.

Para que se configure el carácter de derecho
objetivo,
requiere de la actuación del Estado para la
protección y el desarrollo del
mismo. A partir de esta concepción de dignidad se
desarrolla la categoría de los limites del legislador en
relación a la dignidad, subordinando la vieja tesis de la
reserva de ley por la nueva
tesis central de contenido esencial (Wesensgehaltgarantie" de la
dignidad, como fórmula sintética que encierra el
concepto de valor que se encuentra en la dignidad
humana.

La dignidad incide, pues, directa o indirectamente en
las funciones de los
derechos fundamentales establecidos y no sólo en la
abstracta norma constitucional. En ese sentido, "el dominio y los
límites
de los derechos fundamentales deben determinarse partiendo de la
totalidad del sistema
constitucional de los valores al
que hace en su esencia, referencia a todo derecho
fundamental".

La dignidad también puede ser analizada desde una
perspectiva. Esta busca superar la unilateralidad de una teoría
sobre la dignidad humana – valorativa, liberal, social,
procesal, etc. -, dada la pluralidad de fines de intereses
sociales que abarca el Estado Constitucional. Así las
demandas para democratizar la sociedad sobre la base de la
participación ciudadana, así como para cumplir con
los objetivos del
Estado social de derecho, delimitando la libertad con las
fronteras de la igualdad, son
factibles de realizar mediante una articulación
práctica de las distintas funciones de los derechos
fundamentales.

Así diremos que la diversidad de funciones
constitucionales de la dignidad está en relación
directa con las funciones de la propia Constitución que, las doctrinas
constitucionales alemanas y suizas han aportado al desarrollo
constitucional. En ese sentido se puede señalar no
sólo la Constitución, sino también la
dignidad participa de las funciones: racionalizadota, ordenadora,
estabilizadora, unificadora, controladora del poder,
así como, del aseguramiento de la libertad, la
autodeterminación y la protección jurídica
de la persona, el establecimiento de la estructura
organizativa básica del Estado y del desarrollo de los
contenidos materiales
básicos del Estado.

II.3 .- La eutanasia vista desde la
religión.

Juan Pablo II, en su encíclica "El Evangelio
de la Vida"
define la Eutanasia como: "Adueñarse de la
muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo
así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y
se considera esto como una "cultura de la
muerte" que se ve en las sociedades del
bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va
en contra de los ancianos y los más débiles,
caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por
la familia y
la sociedad, según lo cual una vida inhábil no
tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la Eutanasia como una
"acción o una omisión que por su naturaleza y en la
intención causa la muerte, con el fin de eliminar
cualquier dolor "situada en la intención y los métodos
usados".

Posición
de la
Iglesia Católica

Apéndice II

SAGRADA CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA
FE

DECLARACION SOBRE LA EUTANASIA

INTRODUCCION

Los derechos y valores
inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la
problemática contemporánea. A este respecto, el
Concilio Ecuménico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente
la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular
su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes
contra la vida, como «h/font>

dios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia
y el mismo suicidio
deliberado» (Cons. Past. Gaudium et spes, n.
27).

La S. Congregación para la Doctrina de la
Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica
acerca del aborto procurado juzga oportuno proponer ahora la
enseñanza de la Iglesia sobre
el problema de la eutanasia.

En efecto, aunque continúen siendo siempre
válidos los principios enunciados en este terreno por los
últimos Pontífices, los progresos de la medicina
han hecho aparecer, en los recientes años, nuevos aspectos
M problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente
en su contenido ético.

En la sociedad actual, en la que no raramente son
cuestionados 1os mismos valores fundamentales de la vida humana,
la modificación de cultura influye en el modo de
considerar el sufrimiento y la muerte; medicina ha aumentado su
capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas
condiciones que a veces ponen problemas de
carácter moral. Por ello los hombres que viven en tal
ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de la
ancianidad prolongada y de muerte, preguntándose
consiguientemente si tienen el derecho de procurarse a sí
mismos o a sus semejantes la «muerte dulce», que
serviría para abreviar el dolor y sería,
según ellos, más conforme con la dignidad
humana.

Diversas Conferencias Episcopales han preguntando
al respecto esta S. Congregación para la Doctrina de la
Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de personas expertas
acerca de los varios aspectos de eutanasia, quiere responder con
esta Declaración a las peticiones de k obispos, para
ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles
elementos de reflexión que puedan presentar a las
autoridades civiles propósito de este gravísimo
problema.

La materia
propuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen su
fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte
resurrección ha dado un nuevo significado a la existencia
y sobre todo la muerte del cristiano, según las palabras
de San Pablo: «pues si vivimos para el Señor
vivimos; y si morimos, morimos para el Señor. En fin, se
que vivamos, sea que muramos, del Señor somos» (Rom.
14, 8; Fil 1, 20).

Por lo que se refiere a quienes profesan otras
religiones, mucho
admitirán con nosotros que la fe – si la condividen – en
un Dios creador Providente y Señor de la vida confiere un
valor eminente a toda persona humana y garantiza su
respeto.

Confiamos, sin embargo, en que esta
Declaración recogerá el consenso de tantos hombres
de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias
filosóficas o ideológicas, tienen una viva
conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos,
por lo demás, han sido proclamados frecuentemente en el
curso de los últimos años en declaraciones de
Congresos Internacionales (a); y tratándose de
derechos fundamentales de cada persona humana, es evidente que no
se puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo
político o de la libertad religiosa para negarles valor
universal.

. (a)Recuérdese en particular la
recomendación 779 (1976). referentes a los derechos de los
enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria del
Consejo de Europa en su
XXVII sesión ordinaria. CL SIPECA. 1977, pp.
14-.

VALOR DE LA VIDA HUMANA

La vida humana es el fundamento de todos los
bienes, la
fuente y condición necesaria de toda actividad humana y de
toda convivencia social. Si la mayor parte de los hombres creen
que la vida tiene un carácter sacro y que nadie puede
disponer de ella a capricho, los creyentes ven a la vez en ella
un don del amor de Dios,
que son llamados a conservar y hacer fructificar. De esta
última consideración brotan las siguientes
consecuencias:

1. Nadie puede atentar contra la vida de un hombre
inocente sin oponerse al amor de Dios hacia él, sin violar
un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable, sin cometer,
por ello, un crimen de extrema
gravedad.(b)

2. Todo hombre tiene el deber de conformar su vida
con el designio de Dios. Esta le ha sido encomendada como un bien
que debe dar sus frutos ya aquí en la tierra,
pero que encuentra su plena perfección solamente en la
vida eterna.

3. La muerte voluntaria o sea el suicidio es, por
consiguiente, tan inaceptable como el homicidio; semejante
acción constituye en efecto, por parte del hombre, el
rechazo de la soberanía de Dios y de su designio de amor.
Además, el suicidio es a menudo un rechazo del amor hacia
sí mismo, una negación de la natural
aspiración a la vida, una renuncia frente a los deberes de
justicia y caridad hacia el prójimo, hacia las diversas
comunidades y hacia la sociedad entera, aunque a veces
intervengan, como se sabe, factores psicológicos que,
pueden atenuar o incluso quitar la responsabilidad.

Se deberá, sin embargo, distinguir bien del
suicidio aquel sacrificio con el que, por una causa superior
-como la gloria de Dios, la salvación de las almas o el
servicio a los hermanos – se ofrece o se pone en peligro la
propia vida.

LA EUTANASIA

Para tratar de manera adecuada el problema de la
eutanasia, conviene ante todo precisar el
vocabulario.

.(b). Se dejan completamente de lado las
cuestiones de la pena de muerte y de la guerra que
exigirían consideraciones especificas, ajenas al tema de
esta Declaración.

Etimológicamente la palabra
eutanasia significaba en la antigüedad una muerte
dulce sin sufrimientos atroces. Hoy no nos referimos tanto al
significado original de¡ término, cuanto más
bien a la intervención de la medicina encaminada a atenuar
los dolores de la enfermedad y de la agonía, a veces
incluso con el riesgo de
suprimir prematuramente la vida.

Además el término es usado, en
sentido más estricto, con el significado de «causar
la muerte por piedad», con el fin de eliminar radicalmente
los últimos sufrimientos o de evitar a los niños
subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables i la
prolongación de una vida desdichada,
quizás por muchos años que podría
imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la
sociedad.

Es pues necesario decir claramente en qué
sentido se toma el término en este
documento.

Por eutanasia se entiende una acción o una
omisión que por su naturaleza, o en la intención,
causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. La
eutanasia se sitúa pues en el nivel de las intenciones o
de los métodos usados.

Ahora bien, es necesario reafirmar con toda
firmeza que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser
humano inocente, sea feto o
embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable
o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida
para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad,
ni puede consentirlo explícita o implícitamente.
Ninguna autoridad
puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en
efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa a
la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de
un atentado contra la humanidad.

Podría también verificarse que el
dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u otros
motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede
legítimamente pedir la muerte o procurarla k otros. Aunque
en casos de ese género la
responsabilidad personal pueda estar disminuida o incluso no
existir, sin embargo el error de juicio de la conciencia -aunque
fuera incluso de buena fe – no modifica la naturaleza de¡
acto homicida, que en sí sigue siendo siempre inadmisible.
Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez
invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión
de una verdadera voluntad de eutanasia; estas en efecto son casi
siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto.
Además de los cuidados médicos, lo que necesita el
enfermo es
el amor, el
calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben
rodearlo todos aquellos que están cercanos, padres e
hijos, médicos y enfermeros.

El
cristiano ante el sufrimiento y el uso de los
analgésicos

La muerte no sobreviene siempre en condiciones
dramáticas, al final de sufrimientos insoportables. No
debe pensarse únicamente en los casos extremos. Numerosos
testimonios concordes hacen pensar que la misma naturaleza
facilita en el momento de la muerte una separación que
sería terriblemente dolorosa para un hombre en plena
salud. Por lo
cual una enfermedad prolongada, una ancianidad avanzada, una
situación de soledad y de abandono, pueden determinar
tales condiciones psicológicas que faciliten la
aceptación de la muerte.

Sin embargo se debe reconocer que la muerte
precedida o acompañada a menudo de sufrimientos atroces y
prolongados es un acontecimiento que naturalmente angustia el
corazón
del hombre.

El dolor físico es ciertamente un elemento
inevitable de la condición humana; a nivel
biológico, constituye un signo cuya utilidad es innegable;
pero puesto que atañe a la vida psicológica
de¡ hombre, a menudo supera su utilidad biológica y
por ello puede asumir una dimensión tal que suscite el
deseo de eliminarlo a cualquier precio.

Sin embargo, según la doctrina cristiana,
el dolor, sobre todo el de los últimos momentos de la
vida, asume un significado particular en el plan
salvífico de Dios; en efecto, es una participación
en la Pasión de Cristo y una unión con el
sacrificio redentor que El ha ofrecido en obediencia a la
voluntad del Padre. No debe pues maravillar si algunos cristianos
desean moderar el uso de los analgésicos, para aceptar
voluntariamente al menos una parte de sus sufrimientos y
asociarse así de modo consciente a los sufrimientos de
Cristo crucificado (ef Mi 27, 34). No sería sin embargo
prudente imponer como norma general un comportamiento
heroico determinado. Al contrario, la prudencia humana y
cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de
las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el
dolor, aunque de ello se deriven, como efectos secundarios,
entorpecimiento o menor lucidez. En cuanto a las personas que no
están en condiciones de expresarse, se podrá
razonablemente presumir que desean tomar tales calmantes y
suministrárseles según los consejos del
médico.

Pero el uso intensivo de analgésicos no
está exento de dificultades, ya que el fenómeno de
acostumbrarse a ellos obliga generalmente a aumentar la dosis
para mantener su eficacia. Es
conveniente recordar una declaración de Pío XII que
conserva aún toda su validez. Un grupo de
médicos le había planteado esta pregunta: «
¿La supresión de¡ dolor y de la conciencia
por medio de narcóticos— está permitida al
médico y al paciente por la religión y la moral
(incluso cuando la muerte se aproxima o cuando se prevé
que el uso de narcóticos abreviará la
vida)?». El Papa respondió: «Si no hay otros
medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el
cumplimiento de otros deberes religiosos y morales:
Sí». En este caso, en efecto, está claro que
la muerte no es querida o buscada de ningún modo, por
más que se corra el riesgo por una causa razonable:
simplemente se intenta mitigar el dolor de manera eficaz, usando
a tal fin los analgésicos a disposición de la
medicina.

Los analgésicos que producen la
pérdida de la conciencia en los enfermos, merecen en
cambio una consideración particular. Es sumamente
importante, en efecto, que los hombres no sólo puedan
satisfacer sus deberes morales y sus obligaciones
familiares, sino también y sobre todo que puedan
prepararse con plena conciencia al encuentro con Cristo. Por
esto, Pío XII advierte que «no es lícito
privar al moribundo de la conciencia propia sin grave
motivo».

El uso
proporcionado de los medios
terapéuticos

Es muy importante hoy día proteger, en el
momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la
concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que
corre el riesgo de hacerse abusivo. De hecho algunos hablan de
«derecho a morir expresión que no designa el derecho
de procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiere, sino
el derecho de morir con toda serenidad, con dignidad humana y
cristiana. Desde este punto de vista, el uso de los medios
terapéuticos puede plantear a veces algunos
problemas.

En muchos casos, la complejidad de las situaciones
puede ser tal que haga surgir dudas sobre el modo de aplicar los
principios de la moral. Tomar decisiones corresponderá en
último análisis a la conciencia M enfermo o de las
personas cualificadas para hablar en su nombre, o incluso de los
médicos, a la luz de las
obligaciones morales y de los distintos aspectos M
caso.

Cada uno tiene el deber de curarse y de hacerse
curar. Los que tienen a su cuidado los enfermos deben prestarles
su servicio con toda diligencia y suministrarles los remedios que
consideren necesarios o útiles.

¿Pero se deberá recurrir, en todas
las circunstancias, a toda clase de remedios
posibles?

Hasta ahora los moralistas respondían que
no se está obligado nunca al uso de los medios
«extraordinarios». Hoy en cambio, tal respuesta,
siempre válida en principio, puede parecer tal vez menos
clara tanto por la imprecisión M término como por
los rápidos progresos de la terapia. Debido a esto,
algunos prefieren hablar de medios «proporcionados» y
«desproporcionados». En cada caso, se podrán
valorar bien los medios poniendo en comparación el tipo de
terapia, el grado de dificultad y de riesgo que comporta, los
gastos necesarios
y las posibilidades de aplicación con el resultado que se
puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones
del enfermo y sus fuerzas físicas y
morales.

Para facilitar la aplicación de estos
principios generales se pueden añadir las siguientes
puntualizaciones:

– A falta de otros remedios, es lícito
recurrir, con el consentimiento de¡ enfermo, a los medios
puestos a disposición por la medicina más avanzada,
aunque estén todavía en fase experimenta¡ y
no estén libres de todo riesgo. Aceptándolos, el
enfermo podrá dar así ejemplo de generosidad para
el bien de la humanidad.

– Es también lícito interrumpir la
aplicación de tales medios, cuando les resultados
defraudan las esperanzas puestas en ellos. Pero, al tomar una tal
decisión, deberá tenerse en cuenta el justo deseo M
enfermo y de sus familiares, así como el parecer de
médicos verdaderamente competentes; estos podrán
sin duda juzgar mejor que otra persona si el empleo de
instrumentos y personal es desproporcionado a los resultados
previsibles, y si las técnicas empleadas imponen al
paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que
se pueden obtener de los mismos.

Es siempre lícito contentarse con los
medios normales que la medicina puede ofrecer. No se puede, por
lo tanto, imponer a nadie la obligación de recurrir a un
tipo de cura que, aunque ya esté en uso, todavía no
está libre de peligro o es demasiado costosa. Su rechazo
no equivale al suicidio: significa más bien o simple
aceptación de la condición humana, o deseo de
evitar la puesta en práctica de un dispositivo
médico desproporcionado a los resultados que se
podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos
excesivamente pesados a la familia o la
colectividad.

  • Ante la inminencia de una muerte inevitable, a
    pesar de los medios empleados, es lícito en conciencia
    tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que
    procurarían únicamente una prolongación
    precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir sin
    embargo las curas normales debidas al enfermo en casos
    similares. Por esto, el médico no tiene motivo de
    angustia, como si no hubiera prestado asistencia a una
    persona en peligro.

  • Aspectos morales y religiosos de la
    eutanasia

Desde la perspectiva religiosa se considera que la
propiedad de
la vida humana le corresponde a un ser superior y el individuo es
un mero usufructuario, incapacitado por definición para
disponer de su vida de acuerdo con su voluntad.

Quienes creemos en un Dios personal, en especial
los católicos, tenemos un motivo más para rechazar
la eutanasia. Pues lo que así pensamos, estamos
convencidos que la eutanasia implica matar a un ser querido por
Dios, quien vela por su vida y su muerte. Por ello, la iglesia
católica la ha considerado un grave
crimen.

Para la Iglesia Católica y su doctrina
dicen sobre la eutanasia que no es lícito matar a un
paciente, ni siquiera para no verlo o hacerle sufrir, así
se lo hayan pedido al médico el enfermo, sus familiares o
terceros, pues no está en sus manos, solo en las de Dios,
las vidas de las seres personas. Comprendiendo ello, el no hacer
acciones que produzcan intencionalmente la muerte del paciente y
como es lógico tampoco es permisible omitir una
prestación debida al paciente con la cual salvaría
su vida.

Para la iglesia no es lícito que se deje u
omita los tratamientos disponibles para la posible
recuperación del paciente, con el límite que no
tenga una muerte cerebral, lo cual ocasiona dejar de aplicar los
tratamientos siendo esto lo más adecuado, actitud
concordante con la recta razón. La cual trata de evitar
las medidas desproporcionadas que no sería una medida
razonable, sino no más bien prácticas
distanásicas.

La iglesia esta de acuerdo con la ortotanasia,
entendida como la entiende Romero y NIño, llamada
eutanasia solutiva, por la cual, se le suministra
narcóticos y analgésicos que aliviarán el
dolor, aunque atenúen la conciencia y provoquen de modo
secundario un acortamiento de la vida del
paciente.

Este acto no se considera ilícito, pues en
este sentido se expresaba Pablo VI cuando decía
que:

"El deber del médico consistía
más bien en intentar calmar los sufrimientos, en vez de
prolongar todo lo que pueda con cualquier medio y a cualquier
condición una vida que no es ya plenamente humana y que va
naturalmente hacia la conclusión"

En la conferencia
episcopal española se hablo también que en el
momento de la muerte se tenía que tomar en cuenta la
dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de
la vida. Pues a nadie se le puede imponer la obligación de
recurrir a cualquier tipo de cura.

Podemos concluir por ello que la religión y
la iglesia católica no están de acuerdo con la
eutanasia, pero tampoco con la distanasia que se presenta en los
medios desproporcionados que se utilizan para que el paciente
siga vivo sea esta una vida con aparatos con los cuales no
podría vivir. Pero aceptan la ortotanasia, la cual se
utilizaran paliativos para el dolor los cuales permitirá a
las personas que no quieran recibir un tratamiento morir
progresivamente y naturalmente sin sufrimientos ayudado por
drogas.
Niño llama a esto "Eutanasia solutiva", claro que la
iglesia no la llama así, esta clase de eutanasia no
sólo carece de relevancia atípica sino que encarna
un deber moral y jurídico.

OPINION DE LA IGLESIA

La eutanasia es una consecuencia de una mentalidad
materialista y utilitarista sobre la existencia humana. Existe
una pérdida del sentido de la existencia humana debido a
una crisis moral y
religiosa.

El respeto de la vida humana presupone admitir la
existencia de Dios, de un Dios amoroso autor de la vida. Nadie
puede atentar contra la vida de un ser humano sin apoyarse al
amor de Dios hacia él, sin violar un derecho fundamental y
sin cometer un crimen.

La eutanasia es una grave ofensa a Dios, autor de
la vida, en cuanto viola su ley. No es lícito matar a un
paciente para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque
aquél lo pida. Ni el paciente, ni los médicos, ni
los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte
de una persona. No tiene derecho a la elección del lugar y
del momento de la muerte, porque el hombre no
tiene el poder absoluto sobre su persona y su vivir, con mayor
razón, sobre su muerte.

Es necesario reafirmar que nadie ni nada puede
autorizar la muerte de un ser humano, sea feto o embrión,
niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante.
Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo o
permitirlo.

No se puede decir que una vida es mas o menos
plena dependiendo del estado de la salud o si es útil o
no. Toda vida merece ser vivida.

Etimológicamente, eutanasia, viene del
griego y significa principalmente buena muerte, muerte apacible,
sin sufrimiento. Según la tradición cristiana, a la
buena muerte se llega cuando se prepara espiritualmente al
encuentro con Dios. Sólo dentro de la perspectiva
cristiana de la redención, el sufrimiento alcanza su valor
pleno. El dolor puede ser un instrumento de salvación ,
cuando es vivido cristianamente e iluminado por la Palabra de
Dios.

Todo hombre tiene el deber de vivir su vida
conforme al designio de Dios. Esta le ha sido dada para dar
frutos en la tierra, y no
para ser destruida a su antojo.

Juan Pablo II ha hecho grandes labores para evitar
que se siga permitiendo la eutanasia y se proclama sobre el tema
en la encíclica Evangelium Vitae (
Carta sobre el
valor y el carácter inviolable de la vida humana). En esta
carta declara también la opinión de la Iglesia
Católica sobre el tema de la eutanasia:

"Amenazas no menos graves afectan también a
los enfermos incurables y a los terminales, en un contexto social
y cultural que, haciendo mas difícil afrontar y soportar
el sufrimiento, agudiza la tentación de resolver el
problema del sufrimiento eliminándolo en su raíz,
anticipando la muerte al momento considerado mas
oportuno.

En una decisión así, confluyen con
frecuencia elementos diversos, lamentablemente convergentes en
este terrible final.

II.4.- La eutanasia vista desde la doctrina
penal.

Muchos países buscan el reconocimiento
legal de esta práctica. Son diversos los argumentos que
defienden los partidarios de la eutanasia para que pueda ser
legalizada, algunos de esos argumentos son: si una persona tiene
"sufrimientos intolerables" y pide la muerte, las demás
personas obedecen debido a la compasión que les
embarga.

Otros manifiestan que si un paciente se encuentra
en fase terminal de una enfermedad incurable, sucede lo mismo que
el caso anterior, configurando el llamado homicidio por
compasión.

Para otros es un argumento sólido la falta
de control sobre los
excesos y abusos que pueden producirse al practicarse la
eutanasia de manera clandestina. En muchos casos señalan
que la práctica de la eutanasia es un asunto privado, es
decir, entre el paciente y su médico (este argumento es
muy utilizado).

Los dos primeros argumentos mencionados se
refieren a casos dramáticos pero a mi parecer no son
argumentos razonables para legalizar la eutanasia, pues las
personas deben comprender que el dolor puede disminuir con
determinados medicamentos pudiendo mejorar en cierta forma
nuestra vida, además no podemos disponer de nuestra vida,
pues es una falta de respeto hacia uno mismo, y mucho menos
podemos disponer de la vida de los
demás.

Cuando los partidarios de la eutanasia quieren
evitar "excesos o abusos" dan a entender que en determinadas
circunstancias, la práctica de la eutanasia no es un
exceso o un abuso, pero lo que realmente solicitan es una
legislación permisiva y no restrictiva.

Algunos países están a favor de la
eutanasia, países como Holanda, Bélgica, ya han
legalizado la eutanasia, de igual forma lo realizó el
Estado de Oregon en E.E.U.U.

Suiza y Colombia tienen
legislado que la eutanasia no es un delito, pues
ayuda a las personas en fase terminal a morir, siempre que se
haya realizado una autorización clara y
precisa.

Para ser precisos la legislación suiza
acepta la eutanasia pero no todos sus tipos, pues esta prohibida
la eutanasia activa. Y en Colombia la Corte Constitucional de ese
país resolvió que el reconocimiento del respeto a
la dignidad humana, y la autonomía en su
Constitución, obliga a interpretar que el Código
Penal Colombiano no castiga la eutanasia realizada con el
consentimiento del paciente; limitando la aplicación del
artículo 236, que pena el homicidio por piedad con
prisión menor al homicidio simple ( de seis meses a tres
años), a los casos donde no exista voluntad de la
victima.

Holanda es el primer país donde la
eutanasia se practica abiertamente, la ley holandesa permite
terminar con la vida de otra persona, ya sea por un doctor o por
el deseo expreso de un paciente teniendo en cuenta que "la
demanda al
doctor debe ser voluntaria, explícita y cuidadosamente
considerada y se debe de haber hecho
repetidamente."

Para la realización de la eutanasia activa
deben realizarse las siguientes condiciones: debe existir
solicitudes del paciente, y estas deben ser repetidas y bien
informadas. La enfermedad debe ser mental o física incurable. Se
debe haber agotado todas las demás opciones asistenciales.
Debe existir la aprobación de otro médico a
demás del que va a realizar la eutanasia. Y debe existir
documentación de los
hechos.

No se considera como condición para la
aplicación de la eutanasia activa a la evaluación
de un psiquiatra o psicólogo, lo cual dificulta determinar
si existe un cuadro depresivo.

La legislación holandesa considera que la
eutanasia no es considerado un delito si el médico respeta
una serie de códigos estrictos, es decir: el enfermo debe
estar sometido a un sufrimiento insoportable, no debe existir
ninguna perspectiva de mejora, debe expresar repetidamente su
voluntad de morir, el médico debe consultar por lo menos a
otro colega antes de tomar la decisión, el médico
está obligado a informar inmediatamente a un juez, un
especialista en ética y a otra autoridad
medica.

En Bélgica la mayoría esta de
acuerdo con la aprobación legal de la eutanasia,
así podemos ver en diversos informes que
el 72% de los belgas están a favor de la eutanasia; y por
ello existe una norma aprobada subdividida en 16
artículos, entre ello destacan:

El médico deberá asegurarse de que
el paciente sea mayor de edad y se encuentre en plenas facultades
mentales. El médico debe verificar que la enfermedad sea
incurable y provoque un sufrimiento físico o
psíquico constante e insoportable.

Partes: 1, 2, 3
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