- Glosario
- Introducción
- Qué se
entiende por créditos - Qué
son créditos navales o
marítimos - Extinción
de los créditos marítimos - Prueba del
crédito marítimo - Privilegios
marítimos y créditos marítimos
privilegiados - Accesoriedad
de los privilegios marítimos - Extinción
de los privilegios marítimos - Excepción
al término de extinción de los privilegios
marítimos - Prelación
de los créditos marítimos
privilegiados - Excepción
a la prelación de los privilegios
marítimos - Prelación
de los privilegios marítimos y el supuesto de
remoción - Derecho de
retención y privilegios e hipotecas
navales - Medidas
cautelares - Cancelación
de garantías en embargo naval - Multiembargo
de buques - Del derecho
de reembargo naviero - De los
principios de aplicación normativa prevalente y directa
y del efecto directo - La
interpretación prejudicial - Del
conocimiento en el medio de la temática en
estudio - Breve
historia de la Comunidad Andina de Naciones - Conclusión
- Recomendaciones
- Bibliografía
- Anexos
Glosario
ABORDAJE: acción
y efecto de chocarse dos naves, colisión entre
ellas.
AUTORIDAD JUDICIAL: todo funcionario del poder judicial,
juez o magistrado.
ARQUEO: forma o medida de la capacidad de un buque.
Cabida de la nave.
BUQUE: barco, nave, embarcación.
CAN: comunidad
andina de naciones, organismo supranacional y subregional
suramericano.
CAUCIÓN: fianza o garantía que da una
persona
respecto del cumplimiento de una obligación.
COMPETENCIA: es la especie en materia de
jurisdicción (que es el género)
que se ejerce por un funcionario judicial o administrativo sobre
un asunto y/o territorio determinados.
CRÉDITO: personal que da
lugar a una parte acreedora a exigir o reclamar de otra deudora
el cumplimiento de una obligación.
CRÉDITO MARÍTIMO: crédito
que nace de las causas, hechos, sucesos, actos y contratos que se
dan con ocasión de las actividades
marítimas.
DECISIONES: normas de
carácter vinculante para los paises
miembros de la CAN, que son proferidas por el Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores o la Comisión
Andina.
EMBARGO: medida cautelar dictada por funcionario
judicial sobre uno o varios bienes de una
persona, de forma preventiva a las resultas del proceso o para
garantizar el pago de una obligación reclamada
también en sede judicial.
ESLORA: dimensión o longitud de un barco desde la
proa hasta la popa.
JURISDICCIÓN: es la facultad que tiene un
Estado de
administrar justicia a sus
asociados a través de los órganos
competentes.
PRIVILEGIO: derecho que se reconoce a un acreedor en
cuanto a la calidad de su
crédito de ser preferido en su pago por o con los bienes
del deudor, o alguno de ellos, frente a otros créditos.
PRUEBA: todo aquello que demuestra los hechos que se
alegan en una demanda o acto
procesal administrativo o judicial.
REIPERSECUTORIEDAD: facultad que tiene el acreedor de
ciertos créditos de perseguir la cosa u objeto causa de la
obligación para su ejecución donde quiera que
esté indistintamente de quien sea su titular.
SALVAMENTO o SALVAMENTO MARÍTIMO: supuestos
jurídicos que implican bien la ayuda, auxilio o socorro
que prestan personas a un buque a fin de evitar daños y
perjuicios: a las personas pasajeras o miembros de la
tripulación, a la carga y al buque mismo; o bien la ayuda
que se presta posteriormente al siniestro naval con el animo de
paliar sus efectos, llevar la nave a tierra firme y
salvar la carga y las personas principalmente.
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