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Capacidad patrimonial de la mujer casada en sociedad conyugal



Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Introducción
    3. En cuanto
      al régimen de sociedad conyugal
    4. Protección
      jurídica de la mujer
    5. Conclusiones
    6. Bibliografía

    Abreviaturas

    C.C. : Código
    Civil.

    Art(s). ó art(s). :
    Artículo(s).

    Nº ó nº : Número.

    Inc. ó inc. : Inciso.

    Resumen

    En el presente trabajo, se
    dialoga acerca de la capacidad que la mujer tiene en
    Chile respecto de la
    administración de sus bienes
    propios, de manera de poder influir
    en el receptor de que aún faltan grandes avances en la
    materia y, a
    la vez, darle a conocer más prácticamente de
    qué se trata el régimen de sociedad
    conyugal que rige en el matrimonio, esto
    se hará desarrollando los distintos matices que se dan en
    el estudio de esta materia, como lo son las distintas normas que hablan
    tanto del matrimonio como del régimen de sociedad conyugal
    en particular vigente en nuestra época actual, tratando de
    darle un orden entendible a cada análisis importante que se haga de ella,
    pero de una forma más precisa, de manera de no divagar en
    distintos temas, sino que tratando objetivamente el tema en
    cuestión, así, se clarificará, en primer
    lugar, qué se entiende por régimen matrimonial y en
    específico la sociedad conyugal, para finalmente, ver que,
    a pesar de que aún no se ha desarrollado bien la materia
    en estudio, de todas formas se le ha entregado un recurso del que
    se puede valer la mujer para
    defender sus derechos en casos de verlos
    vulnerados, que los podrá hacer ejercer, de todas maneras,
    hasta que se le reconozca su plena capacidad de administración.

    Introducción

    Dentro de las razones que motivaron la
    elección del tema en estudio cabe mencionar los avances
    sociales que ha tenido la mujer en nuestro país, tanto en
    el ámbito laboral,
    político y social, pero en el cual, aún no se
    reconoce en forma total esta capacidad, que más que
    adquirir la mujer, la ha tenido toda su vida y nunca había
    sido explotada de una buena forma; esto lo podemos apreciar a
    simple vista, ya viendo que en los lugares de trabajo la
    presencia de la mujer se ve más activa que antes, en las
    universidades ya no solo estudian los hombres, sino que
    también las mujeres y si lo analizamos bien, lo hacen
    porque sienten que pueden participar activamente en el mundo del
    mañana como un agente más del sistema social
    ejerciendo cualquier función a
    la que sientan la vocación de realizarla.

    Los objetivos
    específicos del informe son,
    más que nada, dar a conocer a las personas en qué
    consiste el régimen de sociedad conyugal, de manera tal,
    de ya no concebirlas en ideas ambiguas adquiridas de la vivencia
    de la misma, sino que darle un conocimiento
    un poco más técnico, pero de todas maneras
    comprensible para una persona que no
    estudia derecho, y además, dar a conocer de qué
    manera se pueden proteger los derechos que la mujer tiene para
    administrar sus bienes propios, explicando el procedimiento
    judicial y recursos
    aplicables en estos casos y como objetivo
    general se trata de buscar nuevos caminos a recurrir para que
    definitivamente la mujer pueda ejecutar actos o contratos con
    plena capacidad. Se tratará de comprobar la hipótesis planteada que motivó la
    realización del presente trabajo, en la cual pende la
    siguiente afirmación, "aún no se reconoce
    plenamente la capacidad jurídica de la mujer casada en
    sociedad conyugal, porque existe una técnica legislativa
    descuidada por parte de los legisladores", surgiendo así,
    la pregunta de ¿cómo se ampara a la mujer en caso
    de ver vulnerados sus derechos?, buscando una forma de dar a
    conocer cómo se debe actuar en estos casos; así,
    para realizar finalmente el estudio, se han utilizado diversos
    métodos,
    dentro de los cuales podemos mencionar, el método
    analítico, el método histórico y un
    análisis exegético, dentro de los tipos de
    investigación, sólo se usará el
    documental y en el nivel investigativo, se abarcará el
    nivel exploratorio.

    CAPÍTULO I

    En cuanto al
    régimen de sociedad conyugal

    I). De la sociedad conyugal.

    La ley no
    señala un concepto, pero
    conforme a los arts. 135 y 1718 del C.C. se pueden definir como
    "una sociedad de bienes que se forma entre los cónyuges
    por el hecho de contraer matrimonio y a falta de pacto en
    contrario."[1]. De esta definición cabe
    señalar que la elección de este régimen es
    voluntario, pero en caso de silencio de los esposos la ley los
    entrega a regirse por este; también es necesario saber que
    se puede sustituir por el régimen de participación
    en los gananciales[2]pero si se optó por
    otro régimen, no se podrá, luego, sustituir por el
    de sociedad conyugal.

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