Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

La extradición: institución del Derecho internacional



Partes: 1, 2

    1. La
      extradición

    2. Tendencias actuales de los Tratados de extradición y
      dificultades para la aceptación de esas
      tendencias

    3. Tipos de extradición

    4. La extradición en Venezuela

    5. Jurisprudencia

    6. Conclusiones

    7. Referencias bibliográficas

    Introducción

    A continuación se presenta una investigación detallada y exhaustiva con
    respecto a La Extradición, siendo ésta una
    institución del Derecho
    Internacional, a través de las autoridades judiciales
    de un Estado que
    solicitan la entrega de un acusado, procesado, imputado o
    sospechoso a las autoridades de otro Estado quien a su vez
    disponen los medios
    necesarios para entregar a dicho acusado.

    Por tanto, para solicitar la extradición es
    necesario que exista o bien condena firme o bien auto de
    prisión contra la persona cuya
    extradición se solicita.

    Se puede decir que la extradición halla su basa
    en su propia necesidad. La territorialidad de las leyes penales y
    la regla general de la no ejecutoriedad de las sentencias
    extranjeras, por un lado, y, por otro, las posibilidades de que
    gozan hoy los delincuentes de traspasar en breve tiempo el
    espacio de la soberanía estatal, justifican la existencia
    de esta institución. Sin ella muchos delitos
    quedarían impunes y la lucha contra la criminalidad, en la
    que debe estar interesada toda la comunidad
    internacional, se vería notoriamente
    disminuida.

    Pero, no sólo razones de utilidad, sino
    también de justicia,
    apoyan a favor de la extradición, pues precisamente lo que
    trata de evitar es que la acción
    judicial se frustre y permanezca impune quien merece ser
    sancionado.

    Cabe resaltar de antemano, en atención a lo precedente, que dentro del
    procedimiento
    de extradición deben ser respetados los derechos del hombre, es
    decir, los derechos fundamentales. La persona solicitada debe
    tener la posibilidad de defender sus derechos ante cualquier
    Estado interesado, además, tiene el derecho en los Estados
    interesados de apelar a un Tribunal independiente cuando estime
    que en relación con ella no se han respetado los derechos
    inherentes a los seres humanos.

    Para la protección de estos derechos es esperado
    que se prevea la constitución de un Juez internacional, el
    cual deberá decidir si los derechos humanos
    del imputado se han vulnerado.

    Además del respeto a los
    derechos humanos que merece la persona reclamada, debe
    reconocérsele a ésta el derecho a no ser entregada
    fuera de los casos previstos en los Tratados y leyes
    internas y por procedimientos
    que no sean los convenidos o legalmente establecidos, puesto que
    se desvirtuaría el objeto fundamental de la
    institución denominada anteriormente como La
    Extradición.

    CAPÍTULO I

    La
    extradición

    1.1.- Concepto:

    Acto por el cual un Estado entrega por imperio de una
    ley expresa
    (tratado o ley) un individuo a
    otro Estado por la comisión de un hecho tipificado en su
    ley como ilícito, que lo reclama con el objeto de
    someterlo a un proceso penal
    o al cumplimiento de una pena. Los tratadistas distinguen entre
    la extradición activa, que tiene lugar cuando un Estado
    requiere la entrega de un delincuente a otro Estado donde reside;
    y pasiva, aquella en que el Estado
    requerido que lo tiene en su poder lo
    entrega para su juzgamiento o el cumplimiento de una
    condena.

    Etimológicamente Ex: fuera, Traditio:
    entrega.

    Jurídicamente la extradición es el acto
    por el cual un Estado entrega a una persona a otro Estado que la
    reclama para juzgara penalmente o para ejecutar una pena ya
    impuesta. Así se puede de esta definición dos
    posibles fines para un proceso de extradición: el primero
    para perseguir un delito y otro
    para ejecutar una pena o sentencia condenatoria.

    Como norma general, puede decirse que para que proceda
    la extradición, es indispensable: que el hecho calificado
    como delito se encuentre previsto en la ley o en el tratado, que
    el hecho constituya un delito común, quedando asi
    excluidos los delitos políticos y los comunes conexos. El
    problema esta en determinar que se entiende por delitos
    políticos, tema sobre el cual los autores han discrepado
    fundamentalmente y sin que en los Congresos Internacionales se
    haya podido llegar a un acuerdo sobre esta materia.

    Para la procedencia de la extradición, es
    también necesario que la acción o la pena no
    estén prescritas según la ley del país
    requirente. Precisa, además, que no se trate de reos ya
    penados por el país requerido o que en él hayan
    sido juzgados. Asimismo no procede la extradición respecto
    a delitos amnistiados o indultados. Según algunas
    legislaciones se requiere que la sanción aplicable sea una
    pena, y no una medida de seguridad.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter