Justicia pronta, expedita y para todos, a través de la ciberjusticia
Justicia que no es pronta y expedita no
es justicia.
El artículo 17 de la Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos, respecto a la forma en que se debe impartir justicia
en México,
dispone: "Toda persona tiene
derecho a que se le administre justicia por tribunales que
estarán expeditos para impartirla en los plazos y
términos que fijen las leyes, emitiendo
sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.",
sin embargo este postulado en la práctica, en la vida
real, ha sido, es y será tal vez por mucho tiempo una
utopía.
El sentir generalizado de la ciudadanía, es que no existe una justicia
pronta (rápida) y expedita (libre de todo estorbo), y que
sea accesible a todos, lo que se ha constituido en un factor que
obstaculiza el desarrollo del
país; para nadie es un secreto que la lentitud de la
impartición y procuración de justicia, con su
resultante rezago, es un mal presente y constante, al que se le
debe encontrar una solución.
La administración de justicia en sus dos
aspectos, procuración e impartición, es un servicio
público que el Estado
está obligado a prestar en beneficio de todos y cada uno
de los integrantes de la sociedad,
servicio que debe ser de calidad, eficaz y
eficiente.
A pesar de este deber constitucional, no se cuenta con
datos
estadísticos reales y completos que evidencien la
situación de la
administración de justicia, sin embargo con la escaza
información disponible en la red electrónica y con la experiencia en esta
materia, se
puede afirmar que este servicio público es deficiente e
incapaz de convertir en derecho positivo
la encomienda constitucional de una justicia pronta, expedita y
para todos.
Por tal motivo el Estado debe
realizar una serie de cambios para alcanzar los axiomas antes
señalados, no basta la creación de más
tribunales y juzgados, tal y como el Poder Judicial de
la Federación lo ha venido haciendo desde hace ya algunos
años, lo que sin duda ha permitido una distribución más eficiente de la
carga de trabajo, a
pesar de esto, la congestión existente es evidente,
así tenemos por ejemplo, que un juicio de amparo,
sigue tardando más de seis meses en ser resuelto, o bien
un juicio civil del fuero común en primera instancia puede
durar más de dos o tres años en ver dictada la
sentencia, en perjuicio de la celeridad procesal que es
garantía de seguridad
jurídica, por lo que también es imprescindible
simplificar y concentrar los procedimientos a
través de la oralidad y la cibernética, esto es, la
organización judicial requiere también
funcionar de manera eficiente, utilizando los métodos y
las tecnologías más recientes (informática).
La implantación de las redes de comunicación ligadas a la potencialidad de
los instrumentos para almacenar, gestionar y transmitir
información está originando una rápida
transformación de los tradicionales modos de organización social y económica, lo
que tiene su impacto en los estilos de vida y los patrones de
convivencia. Las administraciones públicas no quedan al
margen de estas transformaciones. La administración de justicia, en tanto
servicio público, tampoco.
Los sectores que comprendieron primero la potencialidad
de este proceso fueron
los sectores financieros privados y, paulatinamente, ello ha
impactado en todo el sistema
económico –productivo y de servicios–
hasta llegar al ámbito de lo público: la
administración y los servicios
públicos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación,
ha realizado diversos foros proponiendo una reforma judicial,
como es el caso de la Consulta Nacional sobre una Reforma
Integral y Coherente del Sistema de Impartición de
Justicia en el Estado Mexicano, consultable en:
—————————————————————-http://www.scjn.gob.mx/PortalSCJN/RecJur/ReformaJudicial1/LibroBlancoReformaJudicial/33Acciones.htm,
sin embargo, de la lectura de
los resultados obtenidos con dicha consulta, no se observa una
propuesta decidida hacia la ciberjusticia, solo encontramos una
ligera insinuación para la utilización de las
nuevas
tecnologías, así tenemos que de los aspectos
conclusivos y relevantes de la consulta de mérito, se
observan tres ejes rectores que son:
La reforma del amparo como
una condición previa y necesaria, pero no suficiente, para
mejorar sustantivamente la impartición de justicia del
país, pues ésta es la institución que
articula y da congruencia al conjunto del sistema. El
fortalecimiento de los poderes judiciales de las entidades
federativas, pues ellos son los responsables de dar respuesta
a la mayor parte de la demanda de
impartición de justicia del país.
La reforma de la justicia penal que
atraviesa por una crisis
profunda y que requiere de una revisión integral orientada
por una aplicación efectiva de los principios de
presunción de inocencia, contradicción,
concentración, inmediación, y un equilibrio
procesal adecuado entre defensa, acusación y
víctimas. De los tres ejes se desprenden 33 acciones, de
las cuales solo se mencionan aquellas que pudieran servir de
sustento al uso de las nuevas tecnologías de la
información.
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