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Definición y clases de créditos (página 2)



Partes: 1, 2, 3

Este tema no sólo es materia de
estudio por parte del derecho, sino también por otras
ramas del conocimiento
humano, dentro de la cual podemos citar a la economía, y dentro del derecho una rama
importante a tener en cuenta es el derecho
constitucional y en algunos casos el derecho bursátil,
lo que necesariamente generará mayores estudios por parte
de los tratadistas jurídicos en sus diferentes
ramas.

Si un abogado considera que este tema resulta
irrelevante es claro que no se encuentra al día con las
últimas novedades del derecho mundial, como son por cierto
los empréstitos internacionales y de esta forma podemos
concluir que el derecho es muy amplio, lo que debe generar
estudios por parte de los tratadistas y en todo caso se debe
tener en cuenta los mercados de este
tipo, es decir, nos estamos refiriendo a los mercados
internacionales.

En los mercados internacionales es claro que la oferta y la
demanda no son
ambas de un solo país, sino que son de diferentes
países, lo cual ha sido poco trabajado en el derecho
peruano y extranjero y en este orden de ideas es claro que estos
temas son recientes en el derecho y en el
economía.

Los empréstitos extranjeros son por ejemplo los
que se realizan en otro país, pero tanto la oferta como la
demanda en un solo país, lo que debe ser materia de
estudio en una sede mas amplia y de esta forma es claro que debe
ser considerado como un tema mas amplio a efecto de tener mayor
dominio del
derecho extranjero, a efecto de que en algunos se pueda hacer
derecho
comparado, el cual en algunos casos se refiere a
comparaciones jurídicas, sin embargo, el mismo no se
limita a las indicadas, sino que va mas allá, por ejemplo,
se puede estudiar recepciones y transplantes, entre otras tantas
figuras jurídicas, lo que debe motivar estudios por parte
de los tratadistas y en este sentido es claro que debe predominar
el
conocimiento sobre la fuerza o dicho
de otra forma debe predominar la razón sobre la
razón, lo que generará mayor desarrollo y
justicia, pero
esto no sólo en el derecho peruano, sino también en
el derecho extranjero.

Es decir, los empréstitos extranjeros no se
llevan a cabo en mercados internacionales, sino en mercados
extranjeros, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas
amplia a efecto de poder
distinguirlos y de esta forma o manera poder dominar el tema
materia de estudio.

Si consideramos que los empréstitos
internacionales son iguales que los empréstitos
extranjeros es claro que no tenemos conocimientos claros sobre el
tema materia de estudio, en tal sentido, en algunos casos se debe
dejar de lado el método
dogmático, para poder crear derecho, por que el
método citado es claro que se toma en cuenta la doctrina,
mientras que cuando se crea derecho resulta evidente que no sigue
lo manifestado por la doctrina y en este sentido es claro que
amerita los estudios por parte de los estudiosos del derecho a
efecto de tener conocimiento sobre estos importantes temas
jurídicos.

Es decir, los empréstitos internacionales y
extranjeros no son ni constituyen exactamente lo mismo, lo que
debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas del
derecho constitucional, la cual es una disciplina
jurídica o rama del derecho
público que estudia y regula los derechos humanos
y las principales instituciones
jurídicas, por ejemplo en el primer caso el derecho a la
vida y en el segundo caso por ejemplo los poderes del estado, que
según la constitución peruana vigente son tres,
mientras que según la doctrina mas reciente se puede
hablar de otros poderes, por ejemplo del poder constituido por el
tribunal constitucional y del poder constituido por la empresa, al
igual que existen otros poderes por ejemplo los colegios
profesionales y los colegios de notarios, lo cual debe ser
materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de profundizar
nuestros conocimientos en un tema tan importante que amerita las
publicaciones del caso.

Todo abogado debe conocer el derecho constitucional, por
tanto, todo abogado debe conocer y dominar el tema de los
empréstitos internacionales, lo que debe ser materia de
estudio por parte de los tratadistas y en este sentido es claro
que amerita las publicaciones a que haya lugar a efecto de que el
derecho desarrolle, pero no sólo aplicando el
método dogmático sino también creando
derecho, es decir, siguiendo la escuela libre del
derecho o escuela del derecho libre, la cual tiene muchos
beneficios, sobre todo en estos tiempos en los cuales existe
mucho desarrollo y de esta forma es claro que debe ser materia de
estudio por parte de los tratadistas, por lo cual, sin un abogado
investiga estos temas es claro que podrá tener
conocimientos actuales sobre hechos recientes, lo cual causa
mucho beneficio al derecho.

Es decir, lo que queremos demostrar es que este tema es
muy importante en el derecho y que los empréstitos
internacionales son confundidos con los empréstitos
extranjeros, lo que debe ser materia de estudio por parte de los
tratadistas y en este sentido es claro que si no tenemos la
convicción que se refieren a temas distintos es claro que
no conocemos un tema importante en el derecho constitucional, lo
que debe motivar publicaciones jurídicas, pero no
sólo en el derecho peruano, sino también en el
derecho extranjero, internacional y comparado, por ejemplo puede
hacerse derecho comparado entre los términos materia de
estudio como son los empréstitos internacionales y los
empréstitos extranjeros, a efecto de poder conocer mejor
el tema materia de estudio. Un estudio de derecho comparado
podría ser la importación y la exportación en el mundo de los
empréstitos internacionales y extranjeros en los
últimos cien años, a efecto de poder tener acceso a
información actual sobre temas
importantes.

Mutuo

Ahora desarrollaremos el mutuo, el cual es un tema
importante, por ello, resulta muy importante este tema no
sólo en el estado
peruano, sino también en otros estados, lo que debe
motivar estudios mas amplios en otras sedes y de esta forma o
manera incrementar nuestros conocimientos sobre el tema materia
de estudio.

El mutuo es un tema importante que debe ser desarrollado
junto con el crédito, por lo cual en esta
desarrollaremos el primero para lo cual citaremos importante
información que aparece en Internet.

El mutuo no es igual que el crédito, sin embargo,
son muy confundidos por parte de los legos en derecho.

El mutuo es cuando se obliga a otorgar un
crédito, lo que merece mayores estudios y éstos
exceden el presente trabajo de
investigación.

Si un autor desea investigar este tema es claro debe
hacer una revisión del derecho nacional, extranjero,
internacional y comparado, a efecto de poder comprender el mismo,
lo que debe ser tenido en cuenta por parte de los investigadores,
los cuales no sólo se ubican en el derecho civil,
sino también en otras disciplinas jurídicas, dentro
de las cuales podemos citar el derecho
empresarial o derecho de los negocios o
derecho de la empresa, derecho
corporativo y derecho bancario, entre otras tantas, por ejemplo
podemos citar el caso del derecho
procesal, o mas específicamente en el caso de la
contracautela o en el caso que se pretenda cobrar un mutuo,
cuando lo correcto es cobrar un crédito , y en este
sentido es claro que resulta ser un tema de vital importancia en
el estudio del derecho, por ello es que lo estudiamos a efecto de
poder tener mayores elementos de juicio en nuestras actividades
diarias.

Otro caso en el cual se debe tener en cuenta este tema
es el caso del derecho societario y las personas jurídicas
cuando solicitan un mutuo o un crédito, ya que no
constituyen exactamente lo mismo, lo que debe ser materia de
mayores comentarios en otra sede mas amplia y en todo caso
existen muchos abogados que no conocen el tema, y lo mismo ocurre
en el caso de la compra venta y la
transferencia, las cuales tampoco son lo mismo, lo que debe
motivar estudios y publicaciones por parte de los jurisconsultos
mas connotados del estado peruano, y del extranjero, que por
cierto no son sólo civilistas, sino también
especialistas de otras áreas del derecho.

El derecho es uno solo y se divide sólo para
efectos de estudio, lo cual debemos tener en cuenta no
sólo cuando lo estudiamos sino también cuando lo
aplicamos a efecto de conocer mejor este tema, y en este orden de
ideas es claro que podremos ser mejores abogados si antes de
absolver cualquier consulta investiguemos a profundidad el tema
materia de la consulta, con lo cual es claro que el nivel de
estudio y conocimiento se incrementa a niveles mas
elevados.

Si un abogado conoce este tema es claro que puede
desenvolverse mejor como tal, y ocurre lo contrario en el caso
que no conozca el mencionado, lo que debe motivar estudios por
parte de los tratadistas, y en este sentido es claro que debemos
consultar libros de
autoridad y no
cualquier libro, por que
la doctrina abunda, pero no toda es de buena calidad, sino que
alguna o algunas son no precisamente las mas adecuadas, por lo
tanto, es claro que debemos traer a colación lo mencionado
en los libros ingleses en los cuales se precisa que de la
doctrina sólo se toma en cuenta a los libros de autoridad,
los cuales son la doctrina mas connotada y de esta manera es
claro que siempre es importante tener en cuenta el derecho
comparado y extranjero a efecto de poder tener mayores
conocimientos en un medio en el cual es claro que existen
realmente muy pocas fuentes de
información, y cuando nos referimos a tales nos
estamos refiriendo no sólo a los libros, sino
además a artículos y a páginas
web, entre otras tantas.

El derecho es muy complejo lo que debe ser materia de
celosos estudios por parte de los tratadistas y en este sentido
es claro que debemos ser estudiosos no sólo del derecho
peruano, sino también del derecho extranjero a efecto de
tener mayores conocimientos sobre el mutuo y el crédito,
al igual que la relación existente entre ambos.

En el código
civil peruano de 1984, el cual se encuentra vigente es claro
que se define el mutuo, sin embargo, no se define el
crédito, lo cual trae como consecuencia que se induzca a
error a quienes no dominan estos temas y en todo caso algunos
registradores inscriben mutuos hipotecarios en lugar de créditos hipotecarios o de simplemente
hipotecas, lo que debe ser materia de estudio en forma mas amplia
consultando directamente el código
mencionado o citado, lo cual incrementará nuestros
conocimientos del derecho civil y de otras disciplinas
jurídicas.

Si un agente económico celebra un contrato de mutuo
es claro al menos en el derecho peruano no está celebrando
un contrato de crédito, lo que debe ser tenido en cuenta
por parte de los estudiosos del derecho, y en este orden de ideas
el derecho es muy amplio, lo que no permite conocerlo a
cabalidad, por lo tanto, esperamos que sea materia de estudios en
diferentes sedes, las cuales por cierto no será
sólo en el derecho peruano, sino también en el
derecho extranjero.

En este tema como es por cierto el mutuo es claro que se
puede hacer derecho comparado, lo cual puede motivar
publicaciones, a efecto de divulgar el conocimiento, el cual en
algunos supuestos se tratará de conocimiento
científico, y otras de conocimiento no
científico, siendo el primero el conocimiento comprobable,
y el segundo el conocimiento no comprobable, y en todo caso esto
debemos concordarlo con la creación de derecho, supuesto
en el cual para muchos es difícil estar ante conocimiento
comprobable, lo que debe ser materia de estudio por parte de los
estudiosos del derecho y de otras áreas del conocimiento
humano.

ENGAÑOS CON TARJETAS DE
CRÉDITO DEJAN A MILLONES DE ESTADOUNIDENSES SUMERGIDOS EN
DEUDAS

En el mercado
estadounidense ocurren en estos tiempos hechos bastante
peculiares, lo que debe ser materia de estudio, a efecto de
contar con información actualizada y de esta forma es
claro que podamos estudiar no sólo el derecho peruano,
sino también el derecho extranjero, para que de esta
manera podamos hacer derecho comparado, lo cual no se limita a
las comparaciones, sino que va mas allá. En tal sentido la
realidad social estadounidense es inadecuada, lo que debe generar
los estudios a que haya lugar, por ello estudiaremos o dicho de
otra forma daremos un vistazo a dicho derecho.

AMÉRICA MÓVIL FIRMA UN
CRÉDITO DE 1.000 MILLONES DE DÓLARES

Esperamos que esta realidad debe ser recepcionada al
derecho peruano, a efecto de mejorar la economía peruana y
en este sentido exista en el indicado un mayor crecimiento
económico, lo que debe ser materia de estudio por
parte de los estudiosos del derecho peruano y extranjero, al
igual que del derecho comparado.

Es decir, este es un supuesto de un crédito
internacional, el cual no es materia de calificación
registral en el derecho peruano, sino que sólo se califica
las garantías registrables en caso de inscribirse, por
ejemplo el caso de la hipoteca, lo cual es poco conocido por
parte de los diferentes registradores que llegan a inscribir
créditos hipotecarios, lo cual es o constituye un error en
el estudio y aplicación del derecho registral.

Se ha advertido que los abogados de los bancos se
empecinan en que los registradores inscriban los créditos
hipotecarios, incluso presionándolos, lo cual implica una
violación en contra de la autonomía de dichos
funcionarios públicos, en tal sentido hasta ahora
sólo se debe registrar la hipoteca, pero no el
crédito ni tampoco el crédito hipotecario, lo que
debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del
derecho registral.

Todo esto porque los abogados de empresas
pretenden imponer la fuerza sobre la razón o sobre el
conocimiento, lo que debe generar estudios por parte de los
tratadistas del derecho registral, sin embargo, éstos
sólo aplican el método dogmático y no el
método funcionalista, por ello, es claro que este tipo de
problemas no
se advierten, los cuales existen en el derecho peruano, lo cual
nos preocupa.

Ventajas de las
tarjetas de crédito

Es decir, existen abundantes ventajas cuando se utiliza
las tarjetas de crédito, lo cual debe ser materia de
estudio. Si conocemos este tema es claro que podremos tener
acceso acceso a mejores oportunidades contractuales, las cuales
incrementarán nuestras ganancias o utilidades y de esta
forma nuestras empresas aumentarán de
tamaño.

TITULOS DE CREDITO

Algunos precisan que el cheque es
instrumento de pago pero no título de crédito, como
si lo son el pagaré
y la letra de
cambio, lo que debe ser materia de estudio en el caso de
todos los títulos valores, es
decir, estos últimos son el género y
la especie son los títulos de crédito.

Hasta donde sabemos los títulos de crédito
se utilizan en todo el mundo por ello es claro que este resulta
ser un tema importante no sólo en el derecho peruano y
extranjero, sino también en el derecho comparado, por
ejemplo hacer derecho comparado entre los títulos de
crédito en dos familias jurídicas, o dicho tema en
veinte sistemas
jurídicos o en cinco legislaciones de distintos paises, o
en un solo país, pero en distintos tiempos, por ejemplo en
dos siglos diferentes. Lo cual motivará muchas investigaciones y
publicaciones sobre este importante tema jurídico y de
esta forma el conocimiento evolucionará, lo cual debe ser
materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de conocer
mejor este tema.

CREDITO EDUCATIVO

El crédito educativo es muy
importante ya que ha servido para que muchas personas alcancen
estudios que parecían muy lejanos lo que debemos estudiar
a efecto de difundir mas el presente tema y de esta manera los
que desean consultar dicha información, encuentren en el
presente mayores alternativas de estudios.

CRÉDITO FISCAL

Es decir, este tema resulta muy importante dentro del
derecho empresarial y sobre todo en el derecho
tributario, lo que debe originar estudios y publicaciones por
parte de los diferentes estudiosos del derecho y en este sentido
es claro que se necesita conocer sus ventajas, a efecto de
tributar sólo lo necesario o justo y no hacerlo en forma
excesiva, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas
amplia y en este sentido es claro que debemos recurrir a fuentes de
información mas amplias y precisas, ya que en el presente
sobre el crédito fiscal es
claro que se ha publicado muy poco en el derecho peruano y en
general en el mundo existe poca información, lo cual
esperamos que cambie para beneficio de la realidad
peruana.

Programa de
especialización para ejecutivos
gestión de
créditos y cobranzas en ESAN

Esan es un importante centro de estudios en la ciudad de Lima,
siendo actualmente universidad, la
cual compite con las mejores universidades del medio.

Para muchos este programa puede
ser considerado como uno de los que mas prestigio otorga a sus
alumnos, lo cual debe ser tomado en cuenta en forma muy seria, y
de esta forma poder realizar la mejor elección en el
mercado de cursos del medio y en este orden de ideas es evidente
que pueden ser tomados en cuenta de manera muy atractiva para
personas que desean realizar una buena inversión en capacitación en créditos.

Para muchos esan otorga mucho prestigio a sus estudiantes, lo
cual debe ser tomado en cuenta al momento de elegir el centro de
estudios en el cual se realizará o cursará el
evento, porque en Lima, existen pocas universidades que brinden
este curso, lo que debe motivar los correspondientes estudios, no
sólo de post grado, sino también de
especialización, los cuales se basan en poner mayor
atención a la práctica, dejando a un
lado en muchos casos la parte teórica y de esta forma
tener conocimientos actuales de la realidad social y costumbre
las cuales son fuentes del
derecho entre otras, sin embargo, no son las únicas
sino que debe tenerse en cuenta además otras, dentro de
las cuales podemos citar la jurisprudencia
y las ejecutorias, las cuales son escasas en la
calificación de créditos al menos en el derecho
peruano, por lo cual debemos recurrir al derecho extranjero a
efecto de hacer derecho comparado, lo cual incrementará
necesariamente nuestros conocimientos sobre el tema materia de
estudio y en este sentido nos encontraremos mas capacitados para
desenvolvernos en estos temas, los cuales son necesarios para las
empresas, ya que según los distintos autores es claro que
incrementa el volumen de las
ventas, sin
embargo, algunas empresas no otorgan créditos, por ejemplo
el caso de las empresas de transporte de
pasajeros interurbano, lo cual demuestra que sino conocemos la
realidad social es evidente o notorio que no estaremos a la
altura de las circunstancias y en este orden de ideas es claro
que debe ser materia de estudio en forma detallada a efecto de
poder conocer mejor estos temas, que tanto hacen falta al derecho
peruano, es decir, en el derecho peruano es necesario o dicho de
otra forma se hace necesario conocer mejor estos temas, lo cual
motivará publicaciones, pero no sólo en el derecho
peruano, sino también en el derecho extranjero, actuales o
pasados, lo que necesariamente culminará en estudios de
derecho comparado.

Si un abogado sigue este programa es claro que tendrá
mayores elementos de juicio para juzgar a una persona a la cual
se le siga un proceso por
haber obrado mal al momento de gestionar un crédito. Un
supuesto puede ser que otorgó un crédito cuando no
debió hacerlo o viceversa y de esta manera resulta
evidente que este tipo de trabajo es de enorme responsabilidad, la cual por cierto no sólo
es penal, sino que es de otros tipos, por ejemplo es materia de
responsabilidad comercial y empresarial, las cuales han sido poco
trabajadas en el derecho peruano, sin embargo, en forma
tímida es el caso que se vienen realizando investigaciones
recientemente, a efecto de poder conocer mejor este tema, lo cual
debe motivar el desarrollo aún mayor del derecho de la
responsabilidad.

En estos programas se
dicta el siguiente curso: GESTIÓN DE CRÉDITOS Y
COBRANZAS, el cual tiene el siguiente temario:
Identificación y cuantificación de los riesgos,
Política
de créditos, Política de cobranzas, El área
de créditos y cobranzas, Evaluación
del riesgo
crediticio, Análisis
financiero para la decisión de otorgamiento de
créditos, Análisis no financiero, Las
garantías, La administración del crédito, El
proceso de cobranza y la diferenciación de las gestiones,
Las etapas de la cobranza: Preventiva, de gestión, prejudicial y judicial y La
refinanciación del crédito.

Y como profesor a
Arturo García Villacorta, el cual es Profesor contratado
de la Universidad ESAN. MBA, Université du
Québec-Montreal. Magíster en Administración, ESAN. Programa de Alta
Dirección, Universidad de Piura.
Economista, Universidad Mayor de San Marcos. Ha sido director en
empresas del sector bancario, comercial y servicios. Se
ha desempeñado como gerente de
administración y finanzas de
empresas comerciales; gerente de inversiones,
riesgos, administración y finanzas de una entidad
previsional; gerente de finanzas, tesorería y riesgos en
entidades bancarias y financieras; y como alto funcionario de una
entidad supervisora de primer nivel. Actualmente es consultor de
empresas".

Curso de
verificación de créditos

En el mercado extranjero se ofrece el siguiente
curso:

Clase Nº 1: 13 de Mayo

Breve introducción teórica al proceso
verificatorio, monto, causa y privilegio, el período
informativo, plazos procesales, personas físicas y
jurídicas, el pedido verificatorio, el proceso de
impugnaciones, el informe
individual de las acreencias.

 Clase
2: 20 de Mayo

El alcance de las investigaciones de la Sindicatura,
compulsas, revisiones, otras pruebas,
etc.

¿El síndico está obligado a suplir
las deficiencias verificatorias ? La falta de documentación suficiente, la
remisión a juicios existentes, los pedidos de peritaje y
compulsas, el ofrecimiento de pruebas, etc.

Los pedidos de reserva verificatorios. 

 Clase Nº 3: 27 de Mayo

El rechazo del crédito por dudoso.

Los intereses pactados, las cláusulas desmedidas,
facultad de los jueces para morigerar los intereses, las tasas
aplicadas, el interés en
sede laboral, las
tasas fiscales y previsionales, etc. 

 Clase Nº 4: 3 de Junio 

Los honorarios estimados de profesionales en juicios no
concluídos, los regulados en sede comercial, civil,
laboral, etc. Los privilegios de los honorarios en juicios
laborales.  El fuero de atracción.

 Clase Nº 5: 10 de Junio

El préstamo dinerario, mutuos, cheques,
pagarés, la tenencia de fondos, su comprobación, el
concilium fraudis, la aplicación actual de los plenarios
Difry y Translineas. 

 Clase Nº 6: 17 de Junio

Verificación por deuda impositiva y previsional,
la determinación de oficio, el expediente administrativo,
la documentación de respaldo a la determinación de
deuda, las explicaciones que debe suministrar el acreedor, las
boletas de deudas, su validez como instrumento público,
los impuestos que
gravan a bienes
específicos.

 Clase Nº 7: 24 de Junio

Los créditos laborales, los distintos conceptos
que incluye un crédito de este tipo, privilegios de los
ítems, determinación del privilegio de los
intereses, forma de cálculo.
El preaviso en los casos de quiebra. El
pronto pago laboral.  Los informes
laborales exigidos por la normativa concursal.

 Clase Nº 8: 1 de Julio

El crédito hipotecario y prendario, el
cálculo de la deuda, las acreencias por expensas, el
privilegio, el interés hipotecario.

La verificación del crédito en los
incidentes de verificación tardía y de
revisión.

Los honorarios en los incidentes

Análisis de las cuestiones planteadas durante el
curso. 

 Requisitos: Poseer conocimientos de la ley No.
24.522

 Coordinadores del curso:

Dra. Gabriela Fernanda Boquin

Dr. Juan Carlos Celano

 Secretario general:

Dr. Domingo O. Rodriguez

Docentes:

Abogados y magistrados y funcionarios:

Dr. Rafael D. Barreiro

Dr. Alberto D. Aleman

Dr. Jorge S. Sícoli

Dra. Gabriela Boquin

Dr. Sebastián Sanchez Cannavó

Dr. Humberto Luis Faricelli

Dr. Claudio Ariel Zimerman

Dr. Guillermo  Carreira González

Contadores Públicos:

Dr. José Escandell

Dr. Domingo Aiello

Dr. Domingo Rodríguez

Dr. Juan Carlos Celano

Dr. Mario O. Bruzzo

Dra. Juana Bilenca

Dr. Carlos Díaz

Dr. Osvaldo Kullahian

Dr. Ricardo Sabor

Diplomado en
créditos y cobranzas en la Universidad Ricardo
Palma

La universidad Ricardo Palma organiza el siguiente
diplomado:

  • Titulación:

Diploma en Créditos y
Cobranzas

  • Contenido:

MODULO I.- ANALISIS FINANCIERO PARA
EVALUACION DE CREDITOS

Curso 1: Informe Financiero para
Evaluación Curso 2: Centrales de Riesgo Curso 3:
Elaboración de Políticas
de Créditos Curso 4: Evaluación de Créditos
(Comercial) y Créditos Pyme MODULO II. –
HERRAMIENTAS
FINANCIERAS

Curso 1: Operaciones de
Créditos Curso 2: Cálculo Financiero en la
Gestión de Créditos Curso 3: Contabilidad
Financiera Curso 4: Legislación "Ley Títulos
Valores" TALLER DE HERRAMIENTAS FINANCIERAS MODULO III.- ANALISIS
DE RIESGO CREDITICIO

Curso 1: Factores de Evaluación de
Créditos Curso 2: Análisis Cuantitativo de
Créditos Curso 3: Análisis de las Modalidades de
Crédito Curso 4: Evaluación de Empresas (Clientes) MODULO
IV.- TECNICAS PARA UNA COBRANZA EFICAZ

Curso 1: Las Cobranzas Curso 2:
Cobranzas Judiciales y Sistema Concursal
Curso 3: El cobrador y el moroso Curso 4: Rol del Departamento de
Créditos y Cobranzas en la Empresa.

Este programa es organizado por una universidad por
ello, es claro que otorga prestigio y en este sentido lo
recomendamos a efecto de poder incrementar nuestros conocimiento
sobre este importante tema como es por cierto el crédito,
en un medio en el cual existe poca información escrita
sobre este tema, lo que constituye una oportunidad para los
abogados jóvenes que buscan una especialidad para
permanecer en el mercado, lo cual trae como consecuencia la
inserción en el mercado laboral.

CURSO ADMINISTRACION DE CARTERAS PARA LA RECUPERACION
DE CREDITOS

Este curso consta de los siguientes
módulos:

Módulo I: ASPECTOS GENERALES EN
LA GESTIÓN DE RECUPERACIÓN DE CRÉDITOS (5
horas)

  • El Crédito:- Definición.-
    Visión.- Historia del crédito.- El circuito del
    crédito.- Tipos de crédito.- Funciones del
    crédito.

  • El Proceso Crediticio:-
    Definición de riesgo.- Gestión del
    crédito.- Análisis de los clientes.-
    Límites de riesgo.- El modelo Credit Scoring.- Alarmas
    adicionales.

  • La investigación en
    créditos.- Centrales de riesgo.- Proceso de
    otorgamiento del crédito.- Proceso de
    recuperación del crédito.

  • Control de Créditos:-
    Comité de créditos.- El departamento de
    créditos.- El credit manager.

  • Otros temas:- Perfil del moroso.-
    Hábitos de pago.- Morosos intencionales.- Morosos de
    buena fe.- Morosos por incompetencia.- Señales de
    alarma.- Tipos de deudor.- Falsos mitos de la morosidad.- Las
    excusas.

  • Transferencia y administración
    de carteras.

Módulo II: IDENTIFICACIÓN
DE FRAUDES EN DOCUMENTOS Y
TÍTULOS VALORES (5 horas)

  • Identificación de documentos
    fraudulentos.

  • Elementos interiores y exteriores de
    las firmas.

  • Detección de firmas
    falsificadas.

  • Procedimientos de detección de
    fraude en documentos crediticios y títulos
    valores.

  • Casos prácticos de
    detección de firmas falsas en documentos.
     

Módulo III: ASPECTOS JUDICIALES
EN LA ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS (10 horas)

  • Proceso Judicial:- Demanda.- El
    petitorio.- Requisitos y anexos de la demanda.-
    Admisión de la demanda.- Inadmisibilidad e
    improcendencia de la demanda. – Emplazamiento. –
    Contestación de la demanda: requisitos. – Posibilidad
    del demandado. – Reconvención: requisitos y
    trámite. – Excepciones y defensas previas. – Audiencia
    de saneamiento procesal. – Decisión y recurso de las
    excepciones. – Efectos de las excepciones. – Audiencia
    conciliatoria o de fijación de puntos controvertidos y
    saneamiento probatorio. – Sentencia. – Recursos
    impugnatorios.

  • Proceso Cautelar:- Requisitos de la
    medida cautelar.- Acciones cautelares. – Elementos de la
    medida cautelar.- Características de la medida
    cautelar.- Solicitud y requisitos de la medida cautelar.-
    Variación de la medida cautelar.- Medida cautelar
    anticipada.- Caducidad de la medida cautelar.

  • Procedimiento Cautelar:-
    Autonomía del proceso. – Medida fuera del proceso. –
    Trámite de la medida cautelar.- Concurrencia de
    medidas cautelares.- Ejecución de la medida cautelar.
    – Medidas cautelares específicas. – Medidas cautelares
    para futura ejecución forzada (embargo y secuestro).-
    Secuestro judicial. – Embargo en forma de depósito. –
    Embargo en forma de inscripción. – Embargo en forma de
    retención. – Embargo en forma de intervención.
    – Secuestro conservativo. – Anotación de la demanda. –
    Medidas cautelares de fondo. – Medida innovativa. – Medida de
    no innovar. – Medida cautelar genérica.

  • Proceso de Ejecución:-
    Limitación de las medidas cautelares.

  • Proceso Ejecutivo: – Presupuesto del
    proceso ejecutivo. – Título ejecutivo.

  • La Letra de Cambio:-
    Características. – Cómo debe ser girada. –
    Endoso. – Protesto. – Plazo para formalizarse el
    protesto.

  • El Pagaré.  

  • El Cheque.

  • Copia certificada de la prueba
    anticipada que contiene un documento privado
    reconocido.

  • Copia certificada de la prueba
    anticipada que contiene una absolución de posiciones
    expresa o ficta.

  • Documento privado que contenga
    transacción extrajudicial.

  • Instrumento impago de renta de
    arrendamiento siempre que el arrendatario se encuentre en el
    bien.

  • Otros títulos con mérito
    ejecutivo.

  • Acciones Ejecutivas.

  • Obligación de dar Suma de
    Dinero.

  • Proceso de Ejecución de
    Garantías: – Prenda.- Anticresis.-
    Hipoteca.

  • Transferencia de carteras por fusión:
    aspectos jurídicos".

En cuanto a este curso es necesario actualizar la parte
referida a la prenda, lo que dejamos constancia para un mejor
conocimiento de este tema, lo que debe motivar la
variación de este tema por la garantía mobiliaria,
al menos en el derecho peruano.

Curso de
educación continúa gestión de
créditos y cobranzas en la Universidad de
Lima

Este curso es muy importante para estudiar este tema, y
en todo caso lo sugerimos para ser estudiado en estos tiempos, en
los cuales las ventas no sólo son al contado, sino que
también son al crédito, en tal sentido debemos
felicitar esta iniciativa de la universidad de Lima, lo que
generará el crecimiento económico de la
economía peruana.

Si un abogado no estudia estos temas es claro que
quedará al margen del desarrollo del derecho peruano, y de
esta forma también quedará al margen del
ámbito laboral, por ello, es evidente que si ocurre lo
contrario estaremos al día con las últimas
tendencias del derecho mundial, lo cual consiste en que las
empresas en muchos casos otorguen créditos, como es el
caso de venta de casas, vehículos, mercadería,
maquinaria, entre otros tantos bienes, el cual es un tema de
vital importancia en el derecho.

Los temas que se desarrollan en este curso son los que a
continuación se enumeran: Política de
créditos y cobranzas, Organización del área de
créditos y cobranzas, Perfil de los integrantes del
área de créditos y cobranzas, Tipo y modalidades de
crédito, Evaluación del riesgo crediticio,
Análisis financiero para el otorgamiento de
créditos, Las garantías, El proceso de cobranza,
Las señales
de alerta temprana, Métodos de
cobranza, y Herramientas de cobranza.

El cual es dictado por Paul Lira Briceño. De este
curso destaca el segundo tema en el cual se precisa que si otorga
créditos debe existir área de créditos y
cobranzas, la cual debe estar o encontrarse organizada de acuerdo
a determinados criterios, por ejemplo por administradores de
empresas para calificar los créditos y por abogados para
las cobranzas.

Otro tema importante del mismo es el perfil de los
integrantes de esta área el cual puede ser que hayan
cursado varios cursos en esta materia, y que tengan experiencia
comprobada en estos temas, al igual que publicaciones sobre este
importante tema, lo cual debe ser materia de estudio por parte de
los funcionarios que seleccionan a los futuros trabajadores de
esta área de trabajo de la empresa.

En cuando a los tipos de créditos podemos hablar
de crédito de consumo,
vehicular, hipotecario, entre otros tantos, es decir, este tema
se encuentra mas desarrollado en las entidades del sistema
financiero y poco en empresas de otro tipo, lo cual debe
motivar estudios por parte de los tratadistas y en este orden de
ideas es claro que no sólo existe un tipo o clase de
crédito, lo cual debe ser materia de estudio en forma mas
amplia consultando páginas web de bancos,
los cuales por cierto no sólo nacionales sino
también del extranjero o dicho de otra forma extranjeros o
con domicilio principal en el extranjero. También pueden
existir bancos que sean empresas transnacionales y también
pueden existir créditos internacionales, por ejemplo
cuando el acreedor se encuentra en un país y el deudor en
otro, la garantía en otro y el garante en otro
país, el cual es un tema importante dentro de los
créditos.

Otro tipo de créditos son los créditos
sindicados en los cuales varios bancos o entidades del sistema
financiero otorgan un crédito en partes iguales o en
partes diferentes, los cuales han alcanzado escaso desarrollo en
el derecho peruano, por ello, debemos recurrir al derecho
extranjero y hacer derecho comparado.

En cuanto al crédito vehicular es cuando el mismo
es para adquirir un vehículo.

El crédito hipotecario es cuando es garantizado
con hipoteca.

Y existen otros créditos que son garantizados con
títulos valores, dentro de los cuales podemos citar el
caso de la letra de cambio y el
pagaré, sin embargo pocos autores consideran a los
mencionados como garantías, por lo cual es claro que antes
de estudiar algunos temas debemos seleccionar bastante nuestra
bibliografía o
fuentes de información a efecto de no ser inducidos a
error con algunas que no enfocan con claridad el tema materia de
estudio, lo cual viene causando una serie de problemas al derecho
peruano, en el cual mucha gente considera como único el
método dogmático y deja de lado el método
funcionalista, por ello, muchos autores se abstienen de crear
derecho y esto genera que en estos tiempos pocos autores creen
derecho, e incluso en algunos casos que son los mas frecuentes
nisiquiera saben que es el derecho o que lo conforma, lo que debe
solucionarse por existir una enseñanza del derecho en el estado peruano,
la cual debe ser sustituida por parte de la pedagogía jurídica y en este orden
de ideas es claro que debemos repetir que algunos títulos
valores constituyen garantías, pero otros no lo son por
ejemplo el caso de las acciones, o
los bonos, sin
embargo, el cumplimiento de sus obligaciones
pueden estar garantizadas por otras garantías, las cuales
son mas conocidas como es el caso de la hipoteca o la carta fianza,
sin embargo, son temas interdisciplinarios que en forma muy
escasa son dictados en pre grado, por ello, deben ser dictados en
post grado, a efecto de poder tener los estudiantes mas elementos
de juicio sobre estos importantes temas jurídicos y en
este orden de ideas es evidente que existen muchos temas
importantes en el derecho, que no se encuentran trabajados, como
es el caso de los títulos valores como garantías, a
cuyo tema hemos dedicado algunas líneas en un trabajo
anterior, lo que debe ser materia de estudio por parte de los
estudiosos del derecho.

Es decir, existen dos tipos de investigaciones como son
por cierto la
investigación dogmática y aplicada, siendo la
primera una recopilación de información de otros
autores, mientras que la segunda se basa en encuestas,
entrevistas y
estadísticas.

En tal sentido, debemos precisar que esto dicen los
académicos pero nada impide que existan investigaciones
mixtas.

La evaluación del riesgo crediticio resulta ser
un tema importante dentro del crédito porque si el riesgo
es muy alto no se debe otorgar el primero, pero si el riesgo es
ínfimo, si se debe otorgar el crédito.

Lo cual resulta ser un tema aparentemente sencillo, sin
embargo, en algunas temporadas estos temas son complejos de
aplicarlos, por que si se es muy exigente no se otorgan
créditos ni se colocan productos en
el mercado, ya que en el derecho peruano no se aplica el seguro de
crédito, lo cual es una traba al crédito en el
mencionado y de esta forma es claro que debe ser materia de
estudio por parte de los distintos profesionales.

En cuanto al seguro de crédito le hemos dedicado
un artículo, el cual ha sido publicado en diferentes
sedes, siendo muy útil para comprender el tema, lo que
debe ser materia de estudio para comprender temas o instituciones
que deben recepcionarse en el derecho peruano.

Si no se realiza una adecuada evaluación de los
créditos es claro que la empresa puede salir del mercado
por ineficiente, lo cual es generado por que el personal de la
empresa no es el adecuado ni tampoco el idóneo, lo que
debe generar estudios en la doctrina, no sólo en el
derecho civil, sino también en otras disciplinas
jurídicas dentro de las cuales podemos citar el derecho
empresarial y el derecho corporativo.

CURSO ANALISTA DE CREDITO PARA EL SECTOR
FINANCIERO

Este curso tiene el siguiente contenido:

  • Importancia de un buen análisis de
    crédito

  • Definición de riesgo

  • Activos productivos Vs. Improductivos

  • Cuando se concede un crédito

  • Estudio de crédito

  • Diligencia investigativa y documentos

  • Reclasificación de los estados
    financieros

  • Construcción e interpretación de
    indicadores críticos

  • Análisis vertical y horizontal

  • Proyecciones – Capacidad de pago futura

  • Flujo de Caja

  • Elaboración del análisis

  • Aspectos legales

  • Ejercicio

  • Tendencias – Basilea II

  • Participación de las áreas de la
    empresa en el proceso

  • Áreas de crédito, comerciales y
    jurídicas

  • Sistemas internos de aprobación y
    atribuciones

  • Fundamentos de Riesgos de mercado
    operacionales

El Docente propuesto es Andrés Restrepo Mesa, que
es Administrador de
Negocios de la Universidad EAFIT y MSc en Finanzas de la City
University de Londres. Actualmente se desempeña como
Gerente de Planeación
de Corfinsura S.A.  Adicionalmente, ha ocupado en la misma
institución los cargos de Gerente de Proyectos de
Banca de
Inversión, Gerente de Cuenta, Jefe de Auditoria de
Análisis de Crédito y Analista de Crédito.
Laboró durante un año en Colfondos S.A., en donde
se desempeñó como Director Comercial de la Regional
Medellín. En la actualidad se desempeña como
profesor del Centro de Educación Continua de
EAFIT y ha estado vinculado por más de ocho años al
departamento de prácticas profesionales de la misma
universidad en calidad de profesor.

Certificación en créditos y
cobranzas en el Instituto de Formación Bancaria (Lima
– Perú)

Este instituto organiza la certificación
mencionada, la cual es muy útil para los abogados, entre
otros tantos profesionales, al igual que para los profesionales,
lo cual es muy importante en el desarrollo de las distintas
personas, por ello, felicitamos esta iniciativa de organizar este
importante evento.

Es decir, este evento resulta importante dentro del
derecho peruano, lo cual debe ser tomado en cuenta a efecto de
organizar otros eventos similares
en el derecho extranjero, ya que muchas empresas deben trabajar
al crédito, o dicho de otra forma muchas empresas deben
vender al crédito.

En tal caso para poder conocer el tema del
crédito y las cobranzas es evidente que se debe tener en
cuenta este evento, el cual es muy importante dentro del derecho
peruano y si una persona desea especializarse en este tema
resulta evidente que recomendamos su estudio.

Hemos advertido que pocos abogados han seguido o cursado
o aprobado este evento, lo cual demuestra que constituye un tema
de vital importancia dentro del derecho civil y empresarial al
igual que dentro del derecho corporativo, lo que debe ser materia
de estudio por parte de los tratadistas.

Este programa tiene si siguiente plan de
estudios:

CERTIFICACIÓN EN
CRÉDITOS Y COBRANZAS- 207 horas académicas

MODULO I

1. Conceptos básicos de
créditos.

2. Títulos valores.

3. Contabilidad
general y costos.

4. Negociación de productos.

Examen.

Total 60 horas.

MODULO II

5. Contabilidad financiera.

6. Aplicaciones financieras en Excel.

7. Garantías.

8. Leyes de protección
al consumidor.

Examen

Total 63 horas.

MODULO III

9. Créditos personales.

10. Créditos comerciales.

11. Créditos Mypes.

12. Central de riesgos.

Examen

Total 45 horas.

MODULO IV

13. Administración de cartera de
deudores.

14. La cobranza extrajudicial.

15. Indicadores de
cobranza.

16. Taller de negociación de
cobranzas

Examen.

Total 39 horas

En este evento un tema que destaca es la
negociación por que el crédito se puede negociar,
por ejemplo se puede determinar el monto de la inicial o su
porcentaje respecto del total del monto comprado o adquirido, sin
embargo, algunas empresas para reducir los costos de
transacción y dentro de éstos los costos de
negociación ya no negocian, por ello es claro que si se
negocian existen posiciones e intereses y de esta forma es
evidente que lleva las de ganar el negociador mas preparado en
este tema, el cual ha llegado al estado peruano hace poco, por lo
cual recomendamos su estudio. Es decir, se puede negociar el
número de cuotas por ejemplo e incluso en algunos casos el
monto de las cuotas y las garantías.

Otro tema que se desarrolla son las garantías,
por lo cual es claro que deben ser materia de estudio el
anticresis, hipoteca, garantía mobiliaria (antes prenda),
carta fianza,
títulos valores, y en este orden de ideas es claro que la
hipoteca no constituye la única garantía, sino que
existen otras, como lo hemos demostrado en este párrafo
y en todo caso hemos publicado algunos libros sobre este
importante tema, por lo cual nos relevamos de mayores
comentarios, por lo tanto, si alguna persona desea consultar este
tema es claro que nos remitimos al indicado, en el cual se
desarrollan los tipos de garantías, dentro de las cuales
podemos citar las garantías sobre bienes corporales y las
garantías sobre bienes incorporales, siendo las primeras
las que recaen sobre bienes que tienen corporeidad, mientras que
las segundas son las que recaen sobre bienes que no tienen
corporeidad, por ejemplo los derechos de
autor, nombres comerciales, patentes, marcas, entre
otros tantos.

Las garantías no sólo se relacionan con el
crédito, sino que tienen relación también
con otros temas, por ejemplo en el caso de la contracautela
regulada en el código
procesal civil peruano de 1993. Lo cual es materia o debe ser
materia de estudio en otros ámbitos, como es el caso del
derecho procesal civil y de esta forma es claro que es un tema
que hace poco ha adquirido importancia, de tal forma que no se
refiere sólo a los derechos
reales de garantía o derechos reales secundarios
y en este sentido resulta evidente que si no conocemos este tema
es claro, podemos incurrir en error y considerar que todo
crédito se debe otorgar sin garantía, lo cual debe
ser materia de mayores comentarios en diversas sedes.

En tal sentido, el tema de su palabra basta es
sólo teoría
en el tema del crédito y en este sentido es claro que si
otorgamos un crédito debemos solicitar garantía,
pero en algunos casos esta no existe, por ejemplo en muchos en la
venta en empresas muy pequeñas, lo que debe ser desterrado
del derecho civil y del derecho empresarial, lo que debe ser
materia de estudio en diferentes sedes.

Si una persona no conoce el tema de las garantías
es claro que es preferible que no trabaje en la
calificación de clientes en la sección o
área de créditos, lo cual debe ser materia de
estudio por parte de todas las personas que conocen este
tema

De lo contrario si una persona conoce este tema de las
garantías resulta evidente que podrá tener
conocimiento de cuales garantías puede exigir de acuerdo a
cada caso, ya que las garantías no se limitan al estudio
de la hipoteca, sino que van mas allá.

En este programa se desarrolla algunas clases o tipos de
créditos, lo cual sirve para tener conocimiento que no
existe sólo un tipo del indicado, en tal sentido se
estudia los créditos personales, comerciales y
créditos mypes, en tal sentido que dan sin ser estudiados
los créditos hipotecarios y vehiculares. Por lo cual,
podemos convenir que no existe sólo un tipo de
crédito, sino que existen varios, los cuales deben ser
materia de estudio a efecto de conocer y dominar mas o mejor este
tema y en este sentido es claro que debemos tener en cuenta que
este es un tema crucial para poder comprender el crédito,
el cual es estudiado en casi todos los eventos realizados sobre
este importante tema, como es por cierto el indicado.

Partes: 1, 2, 3
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