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Derecho penal



Partes: 1, 2

    1. Definición
      de derecho general
    2. Derecho
      penal
    3. Evolución de las ideas
      penales
    4. Historia del derecho penal en
      México
    5. De las escuelas
      penales
    6. Teoría de la ley
      penal
    7. De los ámbitos de
      validez de la ley penal
    8. Teoría del
      delito
    9. Clasificación de los
      delitos
    10. La conducta y sus
      ausencia
    11. La tipicidad y su
      ausencia
    12. La
      antijuricidad
    13. La
      imputabilidad
    14. De la
      culpabilidad
    15. Condicionalidad
      objetiva
    16. La
      punibilidad

    DEFINICIÓN DE DERECHO
    GENERAL

    Es el conjunto de normas que rigen la conducta externa de los hombres
    en sociedad; las cuales pueden
    imponerse mediante el empleo de la Fuerza Pública del
    Estado.

    El estudio del Derecho Penal se divide
    en:

    DERECHO PENAL

    Es la rama del Derecho Publico Interno relativo
    a los Delitos, Las Penas y las
    Medidas de Seguridad; que tienen como
    objetivo inmediato la
    Creación y la Conservación del Orden Social.

    Se establece que el Derecho Penal es una rama del
    Derecho Público, en virtud
    de que al cometerse el delito, se forma la relación
    entre el Delincuente y el Estado.

    Denominación.- En término Derecho
    Penal, no es el único con el que se denomina a esta disciplina; la cual recibe los
    nombres de Derecho Criminal, Derecho de Defensa Social, etc. Sin
    embargo, estos últimos nombres no son adecuados ya que el
    primero se presta a confusiones; por cuanto algunas legislaciones
    hacen distingos entre crímenes, delitos y faltas. Respecto al segundo,
    se entiende que el derecho ha sido elaborado para la defensa de
    la sociedad.

    El Derecho Penal en Sentido Objetivo.- Es el
    conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado;
    determinan los Delitos, las Penas y las Medidas de Seguridad con
    que aquellos son sancionados.

    Derecho Penal en Sentido Subjetivo.- Es el
    derecho de castigar, consiste en la Facultad del Estado de
    conminar la realización del delito con penas y en su caso,
    imponerlas y ejecutarlas.

    Derecho Penal Sustantivo o Material.- Concreta la
    noción del delito y determina las consecuencias. Cabe
    señalar que lo correspondiente a medidas de seguridad y los
    tratamientos especiales para niños o enfermos, autores
    de actos típicos, se deben considerar como reglas paralelas
    al Derecho Penal.

    Derecho Penal Adjetivo o Derecho Penal Procesal
    Penal
    .- Es la reglamentación cuyo objetivo es el de
    aplicar en forma ordenada y sistemática el Derecho Penal
    Sustantivo; por lo que se considera que el Derecho Procesal Penal, es el
    conjunto de normas relativas a la forma de aplicación de las
    reglas penales a casos particulares.

    Derecho Procesal.- Es el conjunto de reglas que
    norma la actividad estatal que tiene por objeto el eslabonamiento
    del delito con la sanción.

    Relaciones del Derecho Penal con Otras
    Disciplinas:

    El Derecho Penal es parte de un todo jurídico por
    lo que se relaciona con las demás ramas del Derecho, pero
    principalmente con el Derecho Constitucional, que es la
    disciplina que estructura al Estado y sus
    funciones y reconoce las
    garantías de los particulares frente al Estado.

    El Derecho Constitucional sienta
    las bases de todo sistema Político o
    Jurídico, otorgando facultades e imponiendo los alcances en
    la actuación de las autoridades frente a los particulares y
    a su vez, estableciendo garantías y formas de
    persecución y protección que no podrán ser
    transgredidas.

    Ciencia del Derecho Penal.- Se define como el
    conjunto sistemático de principios relativos al delito,
    las penas y las medidas de seguridad.

    Esto es que la ciencia del Derecho Penal
    está constituida por principios, cuyo objeto es el estudio
    de las normas positivas; así como de fijar la naturaleza del delito, las
    bases, la naturaleza y los alcances de la responsabilidad y de la
    peligrosidad, la adecuación y los límites de la respuesta
    respectiva por parte del Estado.

    Ciencia Dogmatica Jurídico Penal.-
    Corresponde a ser el conjunto de normas positivas en que se
    transforman los principios rectores del Ordenamiento Penal
    Positivo.

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