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Análisis de las transacciones que dan origen al débito y crédito fiscal del IGV de los clientes de Vergel Zapata & Asociados (página 3)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

En tales casos puede haber comunicación pero la información está presentada de
manera que el individuo no
la puede utilizar o no la utiliza real y efectivamente. Para ser
verdaderamente efectiva la TI debe estar integrada en las
operaciones de
manera que soporte estrategias
proactivas en lugar de reactivas.

Todo el personal,
especialmente el que cumple importantes funciones
operativas o financieras, debe recibir y entender el mensaje de
la alta dirección, de que las obligaciones
en materia de
control deben
tomare en serio. Asimismo debe conocer su propio papel en el
sistema de
control
interno, así como la forma en que sus actividades
individuales se relacionan con el trabajo de
los demás.

Si no se conoce el sistema de control, los cometidos
específicos y las obligaciones en el sistema, es probable
que surjan problemas. Los
empleados también deben conocer cómo sus
actividades se relacionan con el trabajo de los
demás.

Debe existir una comunicación efectiva a
través de toda la
organización.

El libre flujo de ideas y el intercambio de
información son vitales. La
comunicación en sentido ascendente es con frecuencia
la más difícil, especialmente en las organizaciones
grandes. Sin embargo, es evidente la importancia que
tiene.

Los empleados que trabajan en la primera línea
cumpliendo delicadas funciones operativas e interactúan
directamente con el público y las autoridades, son a
menudo los mejor situados para reconocer y comunicar los
problemas a medida que surgen.

El fomentar un ambiente
adecuado para promover una comunicación abierta y efectiva
está fuera del alcance de los manuales de
políticas y procedimientos.
Depende del ambiente que reina en la organización y del tono que da la alta
dirección.

Los empleados deben saber que sus superiores desean
enterarse de los problemas, y que no se limitarán a apoyar
la idea y después adoptarán medidas contra los
empleados que saquen a luz cosas
negativas. En empresas o
departamentos mal gestionados se busca la correspondiente
información pero no se adoptan medidas y la persona que
proporciona la información puede sufrir las
consecuencias.

Además de la comunicación interna debe
existir una comunicación efectiva con entidades externas
tales como accionistas, autoridades, proveedores y
clientes. Ello
contribuye a que las entidades correspondientes comprendan lo que
ocurre dentro de la organización y se mantengan bien
informadas. Por otra parte, la información comunicada por
entidades externas a menudo contiene datos importantes
sobre el sistema de control interno.

Supervisión o monitoreo:

Los sistemas de
control interno requieren supervisión, es decir, un proceso que
comprueba que se mantiene el adecuado funcionamiento del sistema
a lo largo del tiempo. Esto
se consigue mediante actividades de supervisión
continuada, evaluaciones periódicas o una
combinación de ambas cosas. La supervisión
continuada se da en el transcurso de las operaciones. Incluye
tanto las actividades normales de dirección y
supervisión, como otras actividades llevadas a cabo por el
personal en la realización de sus funciones. El alcance y
la frecuencia de las evaluaciones periódicas
dependerán esencialmente de una evaluación
de los riesgos y de
la eficacia de los
procesos de
supervisión continuada. Las deficiencias detectadas en el
control interno deberán ser notificadas a niveles
superiores, mientras que la alta dirección y el consejo de
administración deberán ser
informados de los aspectos significativos observados.

"Todo el proceso debe ser supervisado,
introduciéndose las modificaciones pertinentes cuando se
estime necesario. De esta forma el sistema puede reaccionar
ágilmente y cambiar de acuerdo a las
circunstancias".

Es preciso supervisar continuamente los controles
internos para asegurarse de que el proceso funciona según
lo previsto. Esto es muy importante porque a medida que cambian
los factores internos y externos, controles que una vez
resultaron idóneos y efectivos pueden dejar de ser
adecuados y de dar a la dirección la razonable seguridad que
ofrecían antes.

El alcance y frecuencia de las actividades de
supervisión dependen de los riesgos a controlar y del
grado de confianza que inspira a la dirección el proceso
de control. La supervisión de los controles internos puede
realizarse mediante actividades continuas incorporadas a los
procesos empresariales y mediante evaluaciones separadas por
parte de la dirección, de la función de
auditoria interna o de personas independientes. Las actividades
de supervisión continua destinadas a comprobar la eficacia
de los controles internos incluyen las actividades
periódicas de dirección y supervisión,
comparaciones, conciliaciones, y otras acciones de
rutina.

Luego del análisis de cada uno de los componentes,
podemos sintetizar que éstos, vinculados entre
sí:

Generan una sinergia y
forman un sistema integrado que responde de una manera dinámica a las circunstancias cambiantes
del entorno.

Son influidos e influyen en los métodos y
estilos de dirección aplicables en las empresas e inciden
directamente en el sistema de gestión, teniendo como premisa que el hombre es
el activo más importante de toda organización y
necesita tener una participación más activa en el
proceso de dirección y sentirse parte integrante del
Sistema de Control Interno que se aplique.

Están entrelazados con las actividades operativas
de la entidad coadyuvando a la eficiencia y
eficacia de las mismas.

Permiten mantener el control sobre todas las
actividades.

Su funcionamiento eficaz proporciona un grado de
seguridad razonable de que una o más de las
categorías de objetivos
establecidas van a cumplirse. Por consiguiente, estos componentes
también son criterios para determinar si el control
interno es eficaz.

Marcan una diferencia con el enfoque tradicional de
control interno dirigido al área financiera.

Coadyuvan al cumplimiento de los objetivos
organizacionales en sentido general.

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Capítulo
II: Análisis de las transacciones que dan origen al debito
y
crédito fiscal del IGV

Cuando en este informe se hace
referencia las transacciones que dan origen al debito fiscal del IGV
(también denominado impuesto bruto),
en realidad me refiero a las tan comunes ventas y/o
prestación de servicios
gravados que realizan los clientes del estudio
contable.

En cambio cuando
se indica transacciones que dan origen al crédito
fiscal del IGV (también llamado IGV a favor), me refiero a
las populares compras y
gastos que
realizan los clientes del estudio.

Estos conceptos de debito fiscal como crédito
fiscal se reúnen para efectos de presentar el programa de
declaración telemática y determinar el impuesto general
a las ventas que debe pagar el contribuyente que es cliente del
estudio.

El personal de contabilidad,
no podemos darnos el lujo de saber como funcionan las
transacciones, si sólo le damos el tratamiento contable y
tributario. En este contexto, debemos de saber que las compras,
ventas y la prestación de servicios tienen su origen en el
aspecto legal, luego tiene que ver también el aspecto
financiero y claro por cierto, el aspecto tributario y
contable.

De esta forma el personal contable, tiene que ser
multidisciplinario, en vista que tiene que hacer las veces de
Abogado, Financista, Tributarista y Contador; es decir todo un
reto.

De no ser así, estaríamos dando lugar a
que esos vacíos sean ocupados por otras especialidades, lo
que redundará en contra de nuestra
profesión.

Análisis
legal de las transacciones de compras y ventas

La esencia de los negocios son
las compras y ventas. No se puede percibir un negocio sin que
haya compras y ventas. Las compras y ventas pueden ser
pequeñas o grandes; sin embargo todas conllevan un aspecto
legal dentro de ellas y el especialista contable, sin ser
abogado, tiene la obligación de conocer todo esto para
recomendar a los clientes del estudio para que estos cumplan las
obligaciones y hagan valer sus derechos en relación
con estas transacciones.

La compraventa, está normado por el Código
Civil. La Compraventa, es un tipo de contrato, no es
sólo una transacción; tiene muchas aristas legales
que debemos conocerlo y comprenderlo, para poder
aplicarlo, sin problemas.

Especificaciones
del contrato de compraventa

Aspectos generales

Concepto: Por la compraventa el vendedor se
obliga a transferir la propiedad de
un bien al comprador y éste a pagar su precio en
dinero.

Gastos de entrega y transporte: Los gastos de
entrega son de cargo del vendedor y los gastos de transporte a
un lugar diferente del de cumplimiento son de cargo del
comprador, salvo pacto distinto.

Condiciones del contrato: Si el precio de una
transferencia se fija parte en dinero y parte en otro bien, se
calificará el contrato de acuerdo con la intención
manifiesta de los contratantes, independientemente de la
denominación que se le dé. Si no consta la
intención de las partes, el contrato es de permuta cuando
el valor del bien
es igual o excede al del dinero; y de compraventa, si es
menor.

El bien materia de la venta

Bienes susceptibles de compra – venta: Pueden
venderse los bienes
existentes o que puedan existir, siempre que sean determinados o
susceptibles de determinación y cuya enajenación no esté prohibida por la
ley.

Perecimiento parcial del bien: Si cuando se hizo
la venta había perecido una parte del bien, el comprador
tiene derecho a retractarse del contrato o a una rebaja por el
menoscabo, en proporción al precio que se fijó por
el todo.

Compra venta de bien futuro: En la venta de un
bien que ambas partes saben que es futuro, el contrato
está sujeto a la condición suspensiva de que llegue
a tener existencia.

Riesgo de cuantía y calidad del bien
futuro
: Si el comprador asume el riesgo de la
cuantía y calidad del bien futuro, el contrato queda
igualmente sujeto a la condición suspensiva de que llegue
a tener existencia. Empero, si el bien llega a existir, el
contrato producirá desde ese momento todos sus efectos,
cualquiera sea su cuantía y calidad, y el comprador debe
pagar íntegramente el precio.

Compra-venta de esperanza incierta: Si el
comprador asume el riesgo de la existencia del bien, el vendedor
tiene derecho a la totalidad del precio aunque no llegue a
existir.

Compromiso de venta de bien ajeno: El contrato
por el cual una de las partes se compromete a obtener que la otra
adquiera la propiedad de un bien que ambas saben que es ajeno, se
rige por los artículos 1470, 1471 y 1472 del Código
Civil.

Conversión del compromiso de venta de bien
ajeno en compra – venta
: En el caso del artículo
1537, si la parte que se ha comprometido adquiere después
la propiedad del bien, queda obligada en virtud de ese mismo
contrato a transferir dicho bien al acreedor, sin que valga pacto
en contrario.

Rescisión del compromiso de venta de bien
ajeno
: La venta de bien ajeno es rescindible a solicitud del
comprador, salvo que hubiese sabido que no pertenecía al
vendedor o cuando éste adquiera el bien, antes de la
citación con la demanda.

Compra-venta de bien parcialmente ajeno: En el
caso del artículo 1539, si el bien es parcialmente ajeno,
el comprador puede optar entre solicitar la rescisión del
contrato o la reducción del precio.

Efectos de la rescisión: En los casos de
rescisión a que se refieren los artículos 1539 y
1540, el vendedor debe restituir al comprador el precio recibido,
y pagar la indemnización de daños y perjuicios
sufridos.

Debe reembolsar igualmente los gastos, intereses y
tributos del
contrato efectivamente pagados por el comprador y todas las
mejoras introducidas por éste.

Adquisición de bienes en locales abiertos al
público
: Los bienes muebles adquiridos en tiendas o
locales abiertos al público no son reivindicables si son
amparados con facturas o pólizas del vendedor. Queda a
salvo el derecho del perjudicado para ejercitar las acciones
civiles o penales que correspondan contra quien los vendió
indebidamente.

El precio:

Nulidad por precio fijado unilateralmente: La
compraventa es nula cuando la determinación del precio se
deja al arbitrio de una de las partes.

Determinación del precio por tercero: Es
válida la compraventa cuando se confía la
determinación del precio a un tercero designado en el
contrato o a designarse posteriormente, siendo de
aplicación las reglas establecidas en los artículos
1407 y 1408 del Código Civil.

Determinación del precio en bolsa o
mercado
: Es también válida la compraventa si se
conviene que el precio sea el que tuviere el bien en bolsa o
mercado, en
determinado lugar y día.

Reajuste automático del precio: Es
lícito que las partes fijen el precio con sujeción
a lo dispuesto en el primer párrafo
del artículo 1235 del Código Civil.

Fijación del precio: En la compraventa de
bienes que el vendedor vende habitualmente, si las partes no han
determinado el precio ni han convenido el modo de determinarlo,
rige el precio normalmente establecido por el
vendedor.

Si se trata de bienes que tienen precio de bolsa o de
mercado, se presume, a falta de indicación expresa sobre
el precio, que rige el de lugar en que debe realizarse la
entrega.

Precio determinado por peso neto: En la
compraventa en que el precio se fija por peso, a falta de
convenio, se entiende que se refiere al peso neto.

Obligaciones del vendedor:

Perfeccionamiento de transferencia: Es
obligación esencial del vendedor perfeccionar la
transferencia de la propiedad del bien.

Estado del bien al momento de la entrega: El bien
debe ser entregado en el estado en
que se encuentre en el momento de celebrarse el contrato,
incluyendo sus accesorios.

Entrega de documentos y
títulos del bien vendido
: El vendedor debe entregar
los documentos y títulos relativos a la propiedad o al uso
del bien vendido, salvo pacto distinto.

Oportunidad de la entrega del bien: El bien debe
ser entregado inmediatamente después de celebrado el
contrato, salvo la demora resultante de su naturaleza o
de pacto distinto.

Lugar de entrega del bien: A falta de
estipulación, el bien debe ser entregado en el lugar en
que se encuentre en el momento de celebrarse el contrato. Si el
bien fuera incierto, la entrega se hará en el domicilio
del vendedor, una vez que se realice su
determinación.

Entrega de frutos del bien: El vendedor responde
ante el comprador por los frutos del bien, en caso de ser
culpable de la demora de su entrega. Si no hay culpa, responde
por los frutos sólo en caso de haberlos
percibido.

Demora en entrega de frutos: Si al tiempo de
celebrarse el contrato el comprador conocía el
obstáculo que demora la entrega, no se aplica el
artículo 1554 ni es responsable el vendedor de la
indemnización por los daños y
perjuicios.

Resolución por falta de entrega: Cuando se
resuelve la compraventa por falta de entrega, el vendedor debe
reembolsar al comprador los tributos y gastos del contrato que
hubiera pagado e indemnizarle los daños y
perjuicios.

Prórroga de plazos por demora en entrega del
bien
: Demorada la entrega del bien por el vendedor en un
contrato cuyo precio debe pagarse a plazos, éstos se
prorrogan por el tiempo de la demora.

Obligaciones del comprador:

Tiempo, forma y lugar del pago del precio: El
comprador está obligado a pagar el precio en el momento,
de la manera y en el lugar pactado. A falta de convenio y salvo
usos diversos, debe ser pagado al contado en el momento y lugar
de la entrega del bien. Si el pago no puede hacerse en el lugar
de la entrega del bien, se hará en el domicilio del
comprador.

Resolución por falta de pago del saldo:
Cuando se ha pagado parte del precio y en el contrato no se
estipuló plazo para la cancelación del saldo, el
vendedor puede ejercitar el derecho contemplado en el
artículo 1429. Resuelto el contrato, el vendedor debe
devolver la parte del precio pagado, deducidos los tributos y
gastos del contrato.

Resolución por falta de garantía por el
saldo
: Se observará lo dispuesto en el artículo
1559 si el contrato se resuelve por no haberse otorgado, en el
plazo convenido, la garantía debida por el saldo del
precio.

Incumplimiento de pago por armadas: Cuando el
precio debe pagarse por armadas en diversos plazos, si el
comprador deja de pagar tres de ellas, sucesivas o no, el
vendedor puede pedir la resolución del contrato o exigir
al deudor el inmediato pago del saldo, dándose por
vencidas las cuotas que estuvieren pendientes.

Improcedencia de la acción
resolutoria
: Las partes pueden convenir que el vendedor
pierde el derecho a optar por la resolución del contrato
si el comprador hubiese pagado determinada parte del precio, en
cuyo caso el vendedor sólo podrá optar por exigir
el pago del saldo." Efectos de la resolución por falta de
pago: La resolución del contrato por incumplimiento del
comprador da lugar a que el vendedor devuelva lo recibido;
teniendo derecho a una compensación equitativa por el uso
del bien y a la indemnización de los daños y
perjuicios, salvo pacto en contrario. Alternativamente, puede
convenirse que el vendedor haga suyas, a título de
indemnización, algunas de las armadas que haya recibido,
aplicándose en este caso las disposiciones pertinentes
sobre las obligaciones con cláusula penal.

Resolución de la compraventa de bienes muebles
no entregados
: En la compraventa de bienes muebles no
entregados al comprador, si éste no paga el precio, en
todo o en parte, ni otorga la garantía a que se hubiere
obligado, el vendedor puede disponer del bien. En tal caso, el
contrato queda resuelto de pleno derecho.

Oportunidad de la obligación de recibir el
bien
: El comprador está obligado a recibir el bien en
el plazo fijado en el contrato, o en el que señalen los
usos. A falta de plazo convenido o de usos diversos, el comprador
debe recibir el bien en el momento de la celebración del
contrato.

Compraventa de bienes muebles inscritos: Los
contratos de
compraventa a plazos de bienes muebles inscritos en el registro
correspondiente se rigen por la ley de la materia.

Transferencia del riesgo:

Transferencia del riesgo: El riesgo de
pérdida de bienes ciertos, no imputables a los
contratantes, pasa al comprador en el momento de su
entrega.

Transferencia del riesgo antes de la entrega: En
el caso del artículo 1567 del Código Civil, el
riesgo de pérdida pasa al comprador antes de la entrega de
los bienes si, encontrándose a su disposición, no
los recibe en el momento señalado en el contrato para la
entrega.

Transferencia del riesgo en la compraventa por peso,
número o medida
: En el caso de compraventa de bienes
por peso, número o medida, se aplicará el
artículo 1568 del Código Civil si,
encontrándose los bienes a su disposición, el
comprador no concurre en el momento señalado en el
contrato o determinado por el vendedor para pesarlos, contarlos o
medirlos, siempre que se encuentren a su
disposición.

Transferencia del riesgo por expedición del
bien a lugar distinto de la entrega
: Si a pedido del
comprador, el vendedor expide el bien a lugar distinto a
aquél en que debía ser entregado, el riesgo de
pérdida pasa al comprador a partir del momento de su
expedición.

Contrato de
compra venta

Señor Notario:

Sírvase usted extender en su Registro de
Escrituras Públicas una de COMPRAVENTA que celebran de una
parte la EMPRESA
NACIONAL DE EDIFICACIONES EN LIQUIDACION – ENACE, a quien en
adelante se le denominará LA VENDEDORA, con RUC Nº
20100153913, con domicilio en la Av. Prolongación Pedro
Miotta N° 421, distrito de San Juan de Miraflores, provincia
de Lima, debidamente representada por doña Dora Ballester
Ugarte, identificada con DNI Nº 10314108 y don Danilo
Munárriz Canales, identificado con DNI N° 25480046, en
su calidad de miembros de la Junta Liquidadora de LA VENDEDORA,
designados por R.S. N° 012-99-PE de fecha 31 de enero de
1999, con poderes inscritos en la Partida Nº 02007118 del
Registro de Personas Jurídicas de Lima; y de la otra parte
doña PATTY DEL ROCIO HUACCHO ALMONACID, identificada con
D.N.I. Nº 09406793 y su cónyuge don MAX WILIAM KRIETE
FARJE, identificado con D.N.I. Nº 10648387, con domicilio en
el Pasaje Teniente Rosario del Solar 944 Zona "D" – San
Juan de Miraflores, a quien en adelante se denominará EL
COMPRADOR, de acuerdo a los siguientes términos y
condiciones:

PRIMERO: SOBRE EL INMUEBLE

LA VENDEDORA es propietaria del Puesto de Mercado,
ubicado en el N° 182 del Mercado Modelo Unidad
B, de la Urbanización San Juan, distrito de San Juan de
Miraflores, provincia y departamento de Lima, cuya área,
linderos y medidas perimétricas corren inscritas en su
independización inscrita en la Partida Nº P03197896
del Registro de Predios. de Propiedad
de……………………

SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Y CONDICIONES

Por el presente contrato, LA VENDEDORA da en venta real
y enajenación perpetua a EL COMPRADOR, el predio descrito
en la cláusula primera.

EL COMPRADOR declara conocer a cabalidad el estado de
conservación y situación técnico-legal del
terreno, motivo por el cual no se aceptarán reclamos por
los indicados conceptos, ni por cualquier otra circunstancia o
aspecto, ni ajustes de valor, en razón de transferirse el
predio en la condición de "cómo está" y
"ad-corpus", conforme a lo establecido en el numeral 6.3 de las
bases de la Subasta de fecha 10 de mayo de 2005, quedando eximida
ENACE de prestar el saneamiento por evicción de
conformidad con el inciso 4 del artículo 1500 del
Código Civil, renunciando expresamente EL COMPRADOR a
exigir, de conformidad con el artículo 1497 del
Código Civil, la devolución por parte de ENACE de
la contraprestación recibida.

Asimismo, las partes declaran que la venta del predio se
realiza "ad corpus" y comprende únicamente éste,
con sus usos, costumbres y todo por cuanto de hecho y por derecho
le corresponde. No obstante ello, las partes hacen renuncia
expresa a cualquier reclamación en relación a las
diferencias que pudieran detectarse respecto a sus extensiones y
cualquier otro asunto, haciéndose mutua y recíproca
donación de cualquier diferencia, de conformidad con el
Art. 1577 del Código Civil.

Queda expresamente establecido que las conexiones de
servicios
públicos que pudieran existir en el predio no son de
materia de esta transferencia ni han sido autorizadas ni
contratadas por LA VENDEDORA; en tal sentido EL COMPRADOR
renuncia a realizar cualquier reclamación por la
existencia de cualquier obligación generada por estos
servicios.

TERCERO: PRECIO

EL COMPRADOR adquiere el Puesto por el precio de
US$1,605.00 (Mil Seiscientos Cinco y 00/100 Dólares
Americanos), monto de la Oferta
Económica por él presentada. Dicho monto
está pagado íntegramente a la suscripción
del presente instrumento, a entera satisfacción de LA
VENDEDORA, sin más constancia que las firmas que aparecen
en este contrato. El precio de venta antes referido fue cancelado
mediante Boleta de Venta N° 001-0145811.

EL COMPRADOR ha pagado parte del precio de venta
mediante depósito en la Cuenta N°
0011-0661-68-0200037272 de ENACE en el Banco Continental
en fecha 06.06.2005 por un monto de US$. 1,005 Dólares
Americanos, de conformidad a lo establecido en la Ley 28194 y su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
047-2004-EF.

Las partes declaran que existe justa y perfecta
equivalencia entre el precio pactado y el inmueble enajenado,
haciéndose, sin embargo, mutua gracia y recíproca
donación de cualquier exceso o diferencia que pudiera
existir y que ahora no perciben, conforme a lo estipulado en la
cláusula precedente.

CUARTO: INTERPRETACION Y DOCUMENTOS
INTEGRANTES

Ambas partes convienen expresamente que de surgir alguna
duda sobre la interpretación de alguna condición,
estipulación o norma contenida en los documentos que
forman parte del presente contrato, se observará
rigurosamente el siguiente orden:

a. El contrato por sí mismo.

b. Oferta de EL COMPRADOR.

c. Las circulares.

d. Las Bases de la Subasta Pública.

QUINTO: GASTOS

Será de cuenta de EL COMPRADOR el pago de los
derechos notariales y registrales que origine esta minuta,
incluyendo un testimonio para LA VENDEDORA, el que deberá
ser entregado a ésta en un plazo no mayor de 30
días naturales de suscrito el contrato.

SEXTO: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES

Las partes señalan sus domicilios en los lugares
indicados en la introducción del presente contrato.
Cualquier comunicación o notificación deberá
ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de
domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal,
deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo
de constancia de recepción, y a la mayor brevedad
posible.

En caso contrario, cualquier comunicación hecha
al anterior domicilio se entenderá válidamente
efectuada y surtirá plenos efectos legales.

SÉPTIMO: JURISDICCION

En caso de presentarse cualquier asunto dudoso o
litigioso derivado de la interpretación, aplicación
o ejecución del presente contrato, las partes renuncian
expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la
jurisdicción de los jueces y tribunales del Cercado de
Lima, señalando para tal efecto las direcciones indicadas
en la parte introductoria del presente instrumento.

Agregue usted, señor Notario, las demás
cláusulas que fueren de ley, haga los insertos
correspondientes, eleve la presente a Escritura
Pública, y sírvase cursar los partes
correspondientes para su inscripción al Registro de
Predios

Suscrito en Lima por Triplicado, en
fecha…

Análisis
financiero de las transacciones de compras y
ventas

Los recursos
financieros, son como la sangre en el
cuerpo humano.
Si la sangre no llega al cerebro no
funciona nada, se muere. En las empresas, si no existen recursos
financieros, no se tiene el personal, los materiales y
en fin los medios para
llevar a cabo las actividades.

Sin recursos financieros las empresas no podrían
contar con los activos
corrientes y no corrientes para poder funcionar. Es decir
simplemente no existirían.

Tener más recursos financieros es sinónimo
de solvencia, liquidez, rentabilidad,
en buena cuenta de competitividad
frente a otras empresas.

Sin recursos financieros las empresas no podrían
concretar las compras que necesitan.

Las ventas dan los recursos financieros que necesita la
empresa.
Más ventas, más recursos financieros. Menos ventas,
menos recursos financieros.

Los recursos financieros requieren estructurarse,
administrarse y utilizarse de la mejor manera para que tengan los
efectos que esperan los propietarios, socios y accionistas de las
empresas.

Las compras y
ventas y las decisiones de inversión

Cuando la empresa compra materias primas para los
productos que
fabrica, aumenta sus inversiones y
por lo tanto va a tener más activos. Cuando la empresa,
luego del proceso productivo obtiene los productos terminados
también constituyen inversiones de la empresa. Luego las
empresa vende estos productos y los mismos se siguen manifestando
dentro de las inversiones como dinero en efectivo, dinero en
cuenta corriente, facturas por cobrar, etc.

Es decir que las compras y ventas están
relacionadas directamente con las compras y ventas que realiza la
empresa.

Las decisiones de inversión de la empresa, implica la toma de
postura de autoridad,
responsabilidad y relaciones entre los
Órganos y las personas que trabajan dentro de la empresa.
Según Collazos (2000)[1], se
entiende por inversión en su más amplia
concepción, el aprovechamiento de recursos escasos en
forma eficiente, con el propósito de obtener rendimientos,
durante un periodo de tiempo razonable.

Todo tipo de inversión, implica de algún
modo, significativos desembolsos de dinero, cualesquiera fueran
sus finalidades, según Flores
(2004)[2].

Como quiera que las inversiones se desenvuelven dentro
de escenarios diversos, muchas veces de riesgo e incertidumbre,
es preciso contar con metodologías y calendarios
apropiados para su mejor viabilización.

Este tipo de decisiones, es probablemente, la más
importante de las decisiones financieras de una empresa, dice
Van Horne (1980)[3].

El presupuesto de
inversiones, que es su resultante final, representa la
decisión de utilizar ciertos recursos para la
realización de ciertos proyectos cuyos
beneficios se concretarán en el futuro (Apaza
1999
)[4].

Como los beneficios futuros no pueden conocerse con
certeza porque toda inversión involucra riesgo y en
consecuencia debe evaluarse en relación con el rendimiento
y el riesgo adicionales que presumiblemente, se acumularán
a los ya existentes, porque éstos son los factores que
afectan la valuación del mercado de la empresa.

Coincidimos con Álvarez
(2003)[5], cuando dice que la decisión de
inversión, determina el monto total de los activos de la
empresa, institución o dependencia, su estructura o
composición, los riesgos y la rentabilidad que va a
originar producto de su
explotación.

Interpretando a Flores
(2004-A)[6], determinamos que para una mejor
gestión, las inversiones se clasifican en corrientes y no
corrientes. Son corrientes, el dinero en
efectivo, dinero en cuenta corriente, depósitos a su
favor, certificados bancarios; cuentas por
cobrar; letras, pagarés y otros efectos por cobrar;
Cuentas por
cobrar diversas; mercaderías; suministros de
funcionamiento, materias primas, materiales auxiliares y
suministros para la producción; bienes en proceso, productos
terminados; bienes en transito. Son No Corrientes: inmuebles,
maquinaria y equipo; inversiones intangibles; bienes
agropecuarios, pesqueros, mineros y otros; bienes culturales;
infraestructura pública; y, cargas diferidas

Las compras y
ventas y las decisiones de financiamiento

La empresa para obtener los activos fijos que
facilitan la producción de los bienes que produce,
necesita el correspondiente financiamiento.

Cuando la empresa adquiere materias primas, insumos o
cualquier bien para su producción necesita del
financiamiento correspondiente, sin el cual no puede llevar a
cabo dichas adquisiciones.

Cuando la empresa vende los bienes producidos, se
refuerza sus fuentes de
financiamiento, en algunos casos no será necesario
recurrir a terceros por financiamiento, porque dispone del mismo,
productos de las ventas de los productos que fabrica.

A mayor cantidad de financiamiento que disponga la
empresa, mayor cantidad de materiales que puede adquirir para la
producción.

De acuerdo con Márquez
(2004)[7], las decisiones de financiamiento
consisten en determinar la mejor combinación de fuentes
financieras, o estructura de financiamiento, que permita
aplicarlo en las inversiones que necesita la dependencia
correspondiente para cumplir sus metas, objetivos y misión
establecidos.

En opinión de Van Horne
(1980)[8], la decisión de financiamiento
debe considerar la composición de los pasivos y patrimonio,
así como la utilización en los activos necesarios
para cumplir lo establecido en las normas
institucionales.

Comparando las opiniones de Márquez
(2004)[9] y Flores
(2004-B)[10], determinamos que las decisiones de
financiamiento comprenden la gestión de los siguientes
rubros: cuentas por pagar, encargos recibidos, obligaciones
tesoro público, ingresos
diferidos, hacienda nacional, hacienda nacional adicional,
reservas y resultados acumulados.

Concordamos con Collazos
(2000)[11], cuando indica que usualmente la
financiación está identificada con la
captación de recursos financieros. Los mismos que son
instrumentos de pago convencionalmente aceptados por las instituciones
de crédito. Entre los recursos financieros figuran el
dinero, los cheques, las
letras bancarias, los pagarés, títulos y
valores, etc. Continúa Collazos, diciendo que aunque
no falta quienes diferencian los conceptos de financiación
con los de financiamiento; en la práctica, ambos conceptos
se utilizan indistintamente en la misma dirección. El
proceso de financiamiento envuelve al menos dos aspectos
básicos: uno, la formación de ahorros, que
representa el aspecto estrictamente económico del
problema; y otro, la captación y canalización de
esos ahorros hacia los fines deseados, lo que representa el
aspecto financiero de aquel.

Dice Márquez (2004)[12], la
gestión eficiente de las finanzas
requiere una institucionalidad eficiente y con capacidad para
gerenciar adecuadamente las diversas actividades que le
corresponden.

En el trabajo a continuación se hará un
completo estudio de distintos aspectos de gran importancia en el
mundo de la Administración Financiera y actividades
comerciales de las organizaciones, como son, los Financiamientos
a Corto Plazo constituidos por los Créditos Comerciales, Créditos
Bancarios, Pagarés, Líneas de Crédito,
Papeles Comerciales, Financiamiento por medio de las Cuentas por
Cobrar y Financiamiento por medio de los Inventarios. Por
otra parte se encuentran los Financiamientos a Largo Plazo
constituidos por las Hipotecas, Acciones, Bonos y
Arrendamientos Financieros.

A cada uno de los puntos ya nombrados serán
estudiados desde el punto de vista de su Significado, Ventajas,
Desventajas, Importancia y Formas de Utilización; Para de
esta manera comprender su participación dentro de las
distintas actividades comerciales que diariamente se
realizan.

Crédito comercial:

Es el uso que se le hace a las cuentas por pagar de la
empresa, del pasivo a corto plazo acumulado, como los impuestos a
pagar, las cuentas por cobrar y del financiamiento de inventario como
fuentes de recursos.

Importancia. El crédito comercial tiene su
importancia en que es un uso inteligente de los pasivos a corto
plazo de la empresa a la obtención de recursos de la
manera menos costosa posible. Por ejemplo las cuentas por pagar
constituyen una forma de crédito comercial. Son los
créditos a corto plazo que los proveedores conceden a la
empresa. Entre estos tipos específicos de cuentas por
pagar figuran la cuenta abierta la cual permite a la empresa
tomar posesión de la mercancía y pagar por ellas en
un plazo corto determinado, las Aceptaciones Comerciales, que son
esencialmente cheques pagaderos al proveedor en el futuro, los
Pagarés que es un reconocimiento formal del crédito
recibido, la Consignación en la cual no se otorga
crédito alguno y la propiedad de las mercancías no
pasa nunca al acreedor a la empresa. Más bien, la
mercancía se remite a la empresa en el entendido de que
ésta la venderá a beneficio del proveedor retirando
únicamente una pequeña comisión por concepto de la
utilidad.

Ventajas. * Es un medio mas equilibrado y menos
costoso de obtener recursos.* Da oportunidad a las empresas de
agilizar sus operaciones comerciales.

Desventajas. * Existe siempre el riesgo de que el
acreedor no cancele la deuda, lo que trae como consecuencia una
posible intervención legal. * Si la negociación se hace acredito se deben
cancelar tasas pasivas.

Formas de Utilización. ¿Cuando y
como surge el Crédito Comercial? Los ejecutivos de
finanzas deben saber bien la respuesta para aprovechar las
ventajas que ofrece el crédito. Tradicionalmente, el
crédito surge en el curso normal de las operaciones
diarias. Por ejemplo, cuando la empresa incurre en los gastos que
implican los pagos que efectuará mas adelante o acumula
sus adeudos con sus proveedores, está obteniendo de ellos
un crédito temporal.

Ahora bien, los proveedores de la empresa deben fijar
las condiciones en que esperan que se les pague cuando otorgan el
crédito. Las condiciones de pago clásicas pueden
ser desde el pago inmediato, o sea al contado, hasta los plazos
más liberales, dependiendo de cual sea la costumbre de la
empresa y de la opinión que el proveedor tenga de
capacidad de pago de la empresa

Una cuenta de Crédito Comercial únicamente
debe aparecer en los registros cuando
éste crédito comercial ha sido comprado y pagado en
efectivo, en acciones del capital, u
otras propiedades del comprador. El crédito comercial no
puede ser comprado independientemente; tiene que comprarse todo o
parte de un negocio para poder adquirir ese valor intangible que
lo acompaña.

Crédito
bancario

Es un tipo de financiamiento a corto plazo que las
empresas obtienen por medio de los bancos con los
cuales establecen relaciones funcionales.

Importancia. El Crédito bancario es una de
las maneras mas utilizadas por parte de las empresas hoy en
día de obtener un financiamiento necesario.

Casi en su totalidad son bancos comerciales que manejan
las cuentas de cheques de la empresa y tienen la mayor capacidad
de préstamo de acuerdo con las leyes y
disposiciones bancarias vigentes en la actualidad y proporcionan
la mayoría de los servicios que la empresa requiera. Como
la empresa acude con frecuencia al banco comercial en busca de
recursos a corto plazo, la elección de uno en particular
merece un examen cuidadoso. La empresa debe estar segura de que
el banco podrá auxiliar a la empresa a satisfacer las
necesidades de efectivo a corto plazo que ésta tenga y en
el momento en que se presente.

Ventajas. * Si el banco es flexible en sus
condiciones, habrá mas probabilidades de negociar un
préstamo que se ajuste a las necesidades de la empresa, lo
cual la sitúa en el mejor ambiente para operar y obtener
utilidades.* Permite a las organizaciones estabilizarse en caso
de apuros con respecto al capital.

Desventajas. * Un banco muy estricto en sus
condiciones, puede limitar indebidamente la facilidad de
operación y actuar en detrimento de las utilidades de la
empresa. * Un Crédito Bancario acarrea tasa pasivas que la
empresa debe cancelar esporádicamente al banco por
concepto de intereses.

Formas de Utilización. Cuando la empresa,
se presente con el funcionario de préstamos del banco,
debe ser capaz de negociar. Debe dar la impresión de que
es competente. Si se va en busca de un préstamo,
habrá que presentarse con el funcionario correspondiente
con los datos siguientes:

a) La finalidad del préstamo.

b) La cantidad que se requiere.

c) Un plan de pagos
definido.

d) Pruebas de la
solvencia de la empresa.

e) Un plan bien trazado de cómo espera la empresa
desenvolverse en el futuro y lograr una situación que le
permita pagar el préstamo.

f) Una lista con avales y garantías colaterales
que la empresa está dispuesta a ofrecer, si las hay y son
necesarias.

El costo de
intereses varía según el método que
se siga para calcularlos. Es preciso que la empresa sepa siempre
cómo el banco calcula el interés
real por el préstamo.

Luego que el banco analice dichos requisitos,
tomará la decisión de otorgar o no el
crédito.

Pagaré:

Es un instrumento negociable el cual es una "promesa"
incondicional por escrito, dirigida de una persona a otra,
firmada por el formulante del pagaré,
comprometiéndose a pagar a su presentación, o en
una fecha fija o tiempo futuro determinable, cierta cantidad de
dinero en unión de sus intereses a una tasa especificada a
la orden y al portador.

Importancia. Los pagarés se derivan de la
venta de mercancía, de préstamos en efectivo, o de
la conversión de una cuenta corriente. La mayor parte de
los pagarés llevan intereses el cual se convierte en un
gasto para el girador y un ingreso para el beneficiario. Los
instrumentos negociables son pagaderos a su vencimiento,
de todos modos, a veces que no es posible cobrar un instrumento a
su vencimiento, o puede surgir algún obstáculo que
requiera acción legal.

Ventajas. Es pagadero en efectivo. Hay alta
seguridad de pago al momento de realizar alguna operación
comercial.

Desventajas. * Puede surgir algún
incumplimiento en el pago que requiera acción
legal.

Formas de Utilización. Los pagarés
se derivan de la venta de mercancía, de préstamos
en efectivo, o de la conversión de una cuenta corriente.
Dicho documento debe contener ciertos elementos de negociabilidad
entre los que destaca que: Debe ser por escrito y estar firmado
por el girador; Debe contener una orden incondicional de pagar
cierta cantidad en efectivo estableciéndose también
la cuota de interés que se carga por la extensión
del crédito por cierto tiempo. El interés para
fines de conveniencia en las operaciones comerciales se calculan,
por lo general, en base a 360 días por año; Debe
ser pagadero a favor de una persona designado puede estar hecho
al portador; Debe ser pagadero a su presentación o en
cierto tiempo fijo y futuro determinable.

Cuando un pagaré no es pagado a su vencimiento y
es protestado, el tenedor del mismo debe preparar un certificado
de protesto y un aviso de protesto que deben ser elaborados por
alguna persona con facultades notariales. El tenedor que protesta
paga al notario público una cuota por la
preparación de los documentos del protesto; el tenedor
puede cobrarle estos gastos al girador, quien está
obligado a reembolsarlos. El notario público aplica el
sello de "Protestado por Falta de Pago" con la fecha del
protesto, y aumenta los intereses acumulados al monto del
pagaré, firmándolo y estampando su propio sello
notarial.

Línea de
crédito

La Línea de Crédito significa dinero
siempre disponible en el banco, durante un período
convenido de antemano.

Importancia.

Es importante ya que el banco esta de acuerdo en prestar
a la empresa hasta una cantidad máxima, y dentro de cierto
período, en el momento que lo solicite. Aunque por lo
general no constituye una obligación legal entre las dos
partes, la línea de crédito es casi siempre
respetada por el banco y evita la negociación de un nuevo
préstamo cada vez que la empresa necesita disponer de
recursos.

Ventajas. * Es un efectivo "disponible" con el
que la empresa cuenta.

Desventajas. * Se debe pagar un porcentaje de
interés cada vez que la línea de crédito es
utilizada. * Este tipo de financiamiento, esta reservado para los
clientes mas solventes del banco, y sin embargo en algunos casos
el mismo puede pedir garantía colateral antes de extender
la línea de crédito. * Se le exige a la empresa que
mantenga la línea de crédito "Limpia", pagando
todas las disposiciones que se hayan hecho.

Formas de Utilización. El banco presta a
la empresa una cantidad máxima de dinero por un
período determinado. Una vez que se efectúa la
negociación, la empresa no tiene más que informar
al banco de su deseo de "disponer" de tal cantidad, firma un
documento que indica que la empresa dispondrá de esa suma,
y el banco transfiere fondos automáticamente a la cuenta
de cheques.

El Costo de la Línea de Crédito por lo
general se establece durante la negociación original,
aunque normalmente fluctúa con la tasa prima. Cada vez que
la empresa dispone de una parte de la línea de
crédito paga el interés convenido.

Al finalizar el plazo negociado originalmente, la
línea deja de existir y las partes tendrán que
negociar otra si así lo desean.

Papeles
comerciales

Es una Fuente de Financiamiento a Corto Plazo que
consiste en los pagarés no garantizados de grandes e
importantes empresas que adquieren los bancos, las
compañías de seguros, los
fondos de pensiones y algunas empresas industriales que desean
invertir acorto plazo sus recursos temporales
excedentes.

Importancia. Las empresas pueden considerar la
utilización del papel comercial como fuente de recursos a
corto plazo no sólo porque es menos costoso que el
crédito bancario sino también porque constituye un
complemento de los prestamos bancarios usuales. El empleo
juicioso del papel comercial puede ser otra fuente de recursos
cuando los bancos no pueden proporcionarlos en

los períodos de dinero apretado cuando las
necesidades exceden los límites de
financiamiento de los bancos. Hay que recordar siempre que el
papel comercial se usa primordialmente para financiar necesidades
de corto plazo, como es el capital de
trabajo, y no para financiar activos de capital a largo
plazo.

Ventajas. * El Papel comercial es una fuente de
financiamiento menos costosa que el Crédito Bancario. *
Sirve para financiar necesidades a corto plazo, por ejemplo el
capital de trabajo.

Desventajas. * Las emisiones de Papel Comercial
no están garantizadas. * Deben ir acompañados de
una línea de crédito o una carta de
crédito en dificultades de pago. * La negociación
acarrea un costo por concepto de una tasa prima.

Formas de Utilización. El papel comercial
se clasifica de acuerdo con los canales a través de los
cuales se vende, con el giro operativo del vendedor o con la
calidad del emisor. Si el papel se vende a través de un
agente, se dice que está colocada con el agente, quien a
subes lo revende a sus clientes a un precio mas alto. Por lo
general retira una comisión de 1/8 % del importe total
por

manejar la operación.

Por último, el papel se puede clasificar como de
primera calidad y de calidad media. El de primera calidad es el
emitido por el más confiable de todos los clientes
confiables, mientras que el de calidad media es el que emiten los
clientes sólo un poco menos confiables. Esto encierra para
la empresa una investigación cuidadosa.

El costo del papel comercial ha estado tradicionalmente
½ % debajo de la tasa prima porque, sea que se venda
directamente o a través del agente, se eliminan la
utilidad y los costos del
banco.

El vencimiento medio del papel comercial es de tres a
seis meses, aunque en algunas ocasiones se ofrecen emisiones de
nueve meses y a un año. No se requiere un saldo
mínimo

En algunos casos, la emisión va acompañada
por una línea de crédito o por una carta de
crédito, preparada por el emisor para asegurar a los
compradores que, en caso de dificultades con el pago,
podrá respaldar el papel mediante un convenio de
préstamo con el banco. Esto se exige algunas veces a las
empresas de calidad menor cuando venden papel, y aumentan
la

Tasa de interés real.

Financiamiento
por medio de la cuentas por cobrar

Es aquel en la cual la empresa consigue financiar dichas
cuentas por cobrar consiguiendo recursos para invertirlos en
ella.

Importancia. Es un método de
financiamiento que resulta menos costoso y disminuye el riesgo de
incumplimiento. Aporta muchos beneficios que radican en los
costos que la empresa ahorra al no manejar sus propias
operaciones de crédito. No hay costos de cobranza, puesto
que existe un agente encargado de cobrar las cuentas; no hay
costo del departamento de crédito, como contabilidad y
sueldos, la empresa puede eludir el riesgo de incumplimiento si
decide vender las cuentas sin responsabilidad, aunque esto por lo
general más costoso, y puede obtener recursos con rapidez
y prácticamente sin ningún retraso
costo.

Ventajas. * Es menos costoso para la empresa.*
Disminuye el riesgo de incumplimiento. * No hay costo de
cobranza.

Desventajas. * Existe un costo por concepto de
comisión otorgado al agente.

* Existe la posibilidad de una intervención legal
por incumplimiento del contrato.

Formas de Utilización. Consiste en vender
las cuentas por cobrar de la empresa a un factor (agente de
ventas o comprador de cuentas por cobrar) conforme a un convenio
negociado previamente. Por lo regular se dan instrucciones a los
clientes para que paguen sus cuentas directamente al agente o
factor, quien actúa como departamento de crédito de
la empresa. Cuando recibe el pago, el agente retiene una parte
por concepto de honorarios por sus servicios a un porcentaje
estipulado y abonar el resto a la cuenta de la empresa. La
mayoría de las cuentas por cobrar se adquieren con
responsabilidad de la empresa, es decir, que si el agente no
logra cobrar, la empresa tendrá que rembolsar el importe
ya sea mediante el pago en efectivo o reponiendo la

cuenta incobrable por otra más viable.

Financiamiento
por medio de los inventarios

Es aquel en el cual se usa el inventario como
garantía de un préstamo en que se confiere al
acreedor el derecho de tomar posesión garantía en
caso de que la empresa deje de cumplir

Importancia. Es importante ya que le permite a
los directores de la empresa usar el inventario de la empresa
como fuente de recursos, gravando el inventario como colateral es
posible obtener recursos de acuerdo con las formas
específicas de financiamiento usuales, en estos casos,
como son el Depósito en Almacén
Público, el Almacenamiento en
la Fabrica, el Recibo en Custodia, la Garantía Flotante y
la Hipoteca.

Ventajas. * Permite aprovechar una importante
pieza de la empresa como es el Inventario de Mercancía. *
Brinda oportunidad a la organización de hacer más
dinámica sus actividades.

Desventajas. * Le genera un Costo de
Financiamiento al deudor. * El deudor corre riesgo de perder el
Inventario dado en garantía en caso de no poder cancelar
el contrato.

Formas de Utilización. Por lo general al
momento de hacerse la negociación, se exige que los
artículos sean duraderos, identificables y susceptibles de
ser vendidos al precio que prevalezca en el Mercado. El acreedor
debe tener derecho legal sobre los artículos, de manera
que si se hace necesario tomar posesión de ellos el acto
no sea materia de controversia.

El gravamen que se constituye sobre el inventario se
debe formalizar mediante alguna clase de
convenio que pruebe la existencia del colateral. El que se
celebra con el banco específico no sólo la
garantía sino también los derechos del banco y las
obligaciones del beneficiario, entre otras cosas. Los directores
firmarán esta clase de convenios en nombre de su empresa
cuando se den garantías tales como el
inventarío.

Además del convenio de garantía, se
podrán encontrar otros documentos probatorios entre los
cuales se pueden citar el Recibo en Custodia y el Almacenamiento.
Ahora bien, cualquiera que sea el tipo de convenio que se
celebre, para le empresa se generará un Costo de
Financiamiento que comprende algo mas que los intereses por el
préstamo, aunque éste es el gasto principal. A la
empresa le toca absorber los cargos por servicio de
mantenimiento
del Inventario, que pueden incluir almacenamiento,
inspección por parte de los representantes del acreedor y
manejo, todo lo cual forma parte de la obligación de la
empresa de conservar

el inventario de manera que no disminuya su valor como
garantía. Normalmente no debe pagar el costo de un
seguro contra
pérdida por incendio o robo.

Doctrina
financiera

Según Flores (2004)[13],
las decisiones financieras provienen de la gestión
financiera que aplique la empresa. Dentro de esto debe
considerarse la aplicación de técnicas,
métodos y procedimientos, con la finalidad de medir y
mejorar la rentabilidad de los proyectos y programas. En ese
sentido se debe prever los recursos financieros e invertir estos
recursos en forma eficiente para el desarrollo
óptimo de la empresa y la implementación de un buen
sistema de control interno, que permita lograr los objetivos
trazados por la empresa.

La función financiera, según, Van
Horne
(1980)[14], puede dividirse en tres
importantes áreas de decisión, presentes en toda
empresa: decisiones en materia de inversión, de
financiamiento y de pago de utilidades (dividendos). Cada una de
ellas debe estudiarse teniendo en cuenta el objetivo
básico de la empresa.

Sólo una combinación óptima de esos
tres tipos de decisiones permitirá elevar al máximo
el valor que tiene una empresa para su propietario, socios o
accionistas.

Estando esas decisiones interrelacionadas, se debe
estudiar la influencia conjunta que ejercen para determinar dicho
valor de mercado.

Análisis
tributario de las transacciones que dan origen al debito fiscal
del impuesto general a las ventas

El debito fiscal es el impuesto general a las ventas
(17%) e impuesto de promoción municipal (2%) que tiene que
cobrarse a los clientes que adquieren bienes y/o servicios
gravados.

Operaciones gravadas:

El Impuesto General a las Ventas grava las siguientes
operaciones:

a) La venta en el país de bienes
muebles;

b) La prestación o utilización de
servicios en el país;

c) Los contratos de construcción;

d) La primera venta de inmuebles que realicen los
constructores de los mismos.

Asimismo, la posterior venta del inmueble que realicen
las empresas vinculadas con el constructor, cuando el inmueble
haya sido adquirido directamente de éste o de empresas
vinculadas económicamente con el mismo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no
será de aplicación cuando se demuestre que el
precio de la venta realizada es igual o mayor al valor de
mercado. Se entiende por valor de mercado el que normalmente se
obtiene en las operaciones onerosas que el constructor o la
empresa realizan con terceros no vinculados, o el valor de
tasación, el que resulte mayor.

Para efecto de establecer la vinculación
económica es de aplicación lo dispuesto en el
Artículo 54º del presente dispositivo.

También se considera como primera venta la que se
efectúe con posterioridad a la reorganización o
traspaso de empresas.

(Ver Decreto Supremo Nº 88-96-EF, publicado el
12.09.1996, vigente desde el 13.09.1996)

e) La importación de bienes.

(En cuanto a la afectación a servicios prestados
por las asociaciones sin fines de lucro, ver las Directivas
N° 003-95/SUNAT publicada el 14.10.1995, N° 004-95-/SUNAT
publicada el 15.10.1995 y N° 001-98/SUNAT publicada
11.02.1998).

(Respecto a la afectación a los montos recaudados
por la Federaciones Deportivas, ver Directiva N° 006-98/SUNAT
publicada el 23.07.1998).

Definiciones:

Para los efectos de la aplicación del Impuesto se
entiende por:

a) VENTA:

1. Todo acto por el que se transfieren bienes a
título oneroso, independientemente de la
designación que se dé a los contratos o
negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones
pactadas por las partes.

(4) 2. El retiro de bienes que efectúe el
propietario, socio o titular de la empresa o la empresa misma,
incluyendo los que se efectúen como descuento o
bonificación, con excepción de los señalados
por esta Ley y su Reglamento, tales como los
siguientes:

– El retiro de insumos, materias primas y bienes
intermedios utilizados en la elaboración de los bienes que
produce la empresa.

– La entrega de bienes a un tercero para ser utilizados
en la fabricación de otros bienes que la empresa le
hubiere encargado.

– El retiro de bienes por el constructor para ser
incorporados a la construcción de un inmueble.

– El retiro de bienes como consecuencia de la
desaparición, destrucción o pérdida de
bienes, debidamente acreditada conforme lo disponga el
Reglamento.

– El retiro de bienes para ser consumidos por la propia
empresa, siempre que sea necesario para la realización de
las operaciones gravadas.

– Bienes no consumibles, utilizados por la propia
empresa, siempre que sea necesario para la realización de
las operaciones gravadas y que dichos bienes no sean retirados a
favor de terceros.

– El retiro de bienes para ser entregados a los
trabajadores como condición de trabajo, siempre que sean
indispensables para que el trabajador pueda prestar sus
servicios, o cuando dicha entrega se disponga mediante
Ley.

– El retiro de bienes producto de la transferencia por
subrogación a las empresas de seguros de los bienes
siniestrados que hayan sido recuperados.

(4) Numeral sustituido por el Artículo 4° de
la Ley N° 27039, publicada el 31.12.1998.

b) BIENES MUEBLES:

Los corporales que pueden llevarse de un lugar a otro,
los derechos referentes a los mismos, los signos
distintivos, invenciones, derechos de
autor, derechos de llave y similares, las naves y aeronaves,
así como los documentos y títulos cuya
transferencia implique la de cualquiera de los mencionados
bienes.

c) SERVICIOS:

1. Toda prestación que una persona realiza para
otra y por la cual percibe una retribución o ingreso que
se considere renta de tercera categoría para los efectos
del Impuesto a la Renta, aún cuando no esté afecto
a este último impuesto; incluidos el arrendamiento
de bienes muebles e inmuebles y el arrendamiento
financiero.

Entiéndase que el servicio es prestado en el
país cuando el sujeto que lo presta se encuentra
domiciliado en él para efecto del Impuesto a la Renta, sea
cual fuere el lugar de celebración del contrato o del pago
de la retribución.

(Ver Quinta Disposición Final del Decreto Supremo
N° 017-2003-EF publicada el 13.02.2003).

(Ver Directiva N° 004-99/SUNAT publicada el
04.05.1999 respecto a los servicios gratuitos).

El servicio es utilizado en el país cuando siendo
prestado por un sujeto no domiciliado, es consumido o empleado en
el territorio nacional, independientemente del lugar en que se
pague o se perciba la contraprestación y del lugar donde
se celebre el contrato.

2. La entrega a título gratuito que no implique
transferencia de propiedad, de bienes que conforman el activo
fijo de una empresa vinculada a otra económicamente, salvo
en los casos señalados en el Reglamento.

Para efecto de establecer la vinculación
económica, será de aplicación lo establecido
en el Artículo 54º del presente
dispositivo.

En el caso del servicio de transporte internacional de
pasajeros, el Impuesto General a las Ventas se aplica sobre la
venta de pasajes que se expidan en el país o de aquellos
documentos que aumenten o disminuyan el valor de venta de los
pasajes siempre que el servicio se inicie o termine en el
país, así como el de los que se adquieran en el
extranjero para ser utilizados desde el país.

(5) c) SERVICIOS:

1. Toda prestación que una persona realiza para
otra y por la cual percibe una retribución o ingreso que
se considere renta de tercera categoría para los efectos
del Impuesto a la Renta, aún cuando no esté afecto
a este último impuesto; incluidos el arrendamiento de
bienes muebles e inmuebles y el arrendamiento
financiero.

Entiéndase que el servicio es prestado en el
país cuando el sujeto que lo presta se encuentra
domiciliado en él para efecto del Impuesto a la Renta, sea
cual fuere el lugar de celebración del contrato o del pago
de la retribución.

2. La entrega a título gratuito que no implique
transferencia de propiedad, de bienes que conforman el activo
fijo de una empresa vinculada a otra económicamente, salvo
en los casos señalados en el Reglamento.

Para efecto de establecer la vinculación
económica, será de aplicación lo establecido
en el Artículo 54º del presente
dispositivo.

En el caso del servicio de transporte internacional de
pasajeros, el Impuesto General a las Ventas se aplica sobre la
venta de pasajes u órdenes de canje que se expidan en el
país, así como el de los que se adquieran en el
extranjero para ser utilizados desde el país.

d) CONSTRUCCION:

Las actividades clasificadas como construcción en
la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU)
de las Naciones
Unidas.

e) CONSTRUCTOR:

Cualquier persona que se dedique en forma habitual a la
venta de inmuebles construidos totalmente por ella o que hayan
sido construidos total o parcialmente por un tercero para
ella.

Para este efecto se entenderá que el inmueble ha
sido construido parcialmente por un tercero cuando este
último construya alguna parte del inmueble y/o asuma
cualquiera de los componentes del valor agregado de la
construcción.

Nacimiento de la obligación
tributaria
:

La obligación tributaria se origina:

a) En la venta de bienes, en la fecha en que se emita el
comprobante de pago de acuerdo a lo que establezca el reglamento
o en la fecha en que se entregue el bien, lo que ocurra
primero.

Tratándose de naves y aeronaves, en la fecha en
que se suscribe el correspondiente contrato.

Tratándose de la venta de signos distintivos,
invenciones, derechos de autor, derechos de llave y similares, en
la fecha o fechas de pago señaladas en el contrato y por
los montos establecidos; en la fecha en que se perciba el
ingreso, por el monto que se perciba, sea total o parcial; o
cuando se emite el comprobante de pago de acuerdo a lo que
establezca el Reglamento, lo que ocurra primero.

b) En el retiro de bienes, en la fecha del retiro o en
la fecha en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo
que establezca el Reglamento, lo que ocurra primero.

c) En la prestación de servicios, en la fecha en
que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que
establezca el Reglamento, o en la fecha en que se percibe la
retribución, lo que ocurra primero.

En los casos de suministro de energía
eléctrica, agua potable,
y servicios finales telefónicos, télex y
telegráficos, en la fecha de percepción
del ingreso o en la fecha de vencimiento del plazo para el pago
del servicio, lo que ocurra primero.

(Incisos a), b) y c) modificados por el artículo
4° del Decreto Legislativo N° 950, publicado el 3.2.2004,
vigente desde el 1.3.2004).

b) En el retiro de bienes, en la fecha del retiro o en
la fecha en que se emite el comprobante de pago, lo que ocurra
primero.

c) En la prestación de servicios, en la fecha en
que se emite el comprobante de pago o en la fecha en que se
percibe la retribución, lo que ocurra primero.

En los casos de suministro de energía
eléctrica, agua potable,
y servicios finales telefónicos, télex y
telegráficos, en la fecha de percepción del ingreso
o en la fecha de vencimiento del plazo para el pago del servicio,
lo que ocurra primero.

d) En la utilización en el país de
servicios prestados por no domiciliados, en la fecha en que se
anote el comprobante de pago en el Registro de Compras o en la
fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra
primero.

e) En los contratos de construcción, en la fecha
en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que
establezca el Reglamento o en la fecha de percepción del
ingreso, sea total o parcial o por valorizaciones
periódicas, lo que ocurra primero.

f) En la primera venta de inmuebles, en la fecha de
percepción del ingreso, por el monto que se perciba, sea
parcial o total.

g) En la importación de bienes, en la fecha en
que se solicita su despacho a consumo.

Determinacion del impuesto bruto

El Impuesto Bruto correspondiente a cada
operación gravada es el monto resultante de aplicar la
tasa del Impuesto sobre la base imponible.

El Impuesto Bruto correspondiente al contribuyente por
cada período tributario, es la suma de los Impuestos
Brutos determinados conforme al párrafo precedente por las
operaciones gravadas de ese período.

BASE IMPONIBLE:

La base imponible está constituida
por:

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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