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Código alimentario (página 2)



Partes: 1, 2

  • mayor utilidad de las normas del Codex para los
    países miembros por lo que respecta a las necesidades
    de éstos y la oportunidad de las normas; y

  • mayor eficacia en el fortalecimiento de la capacidad
    de desarrollo de sistemas nacionales de control
    alimentario.

La evaluación
confirmó que el Codex alimentarius goza actualmente de una
reputación tan sólida como punto de referencia
internacional que es habitual que autoridades sanitarias,
responsables gubernamentales del control de los
alimentos,
fabricantes, científicos y defensores de los consumidores
se identifique lo que indica el Codex alimentarius, es un logro
notable.

Orígenes
del Codex Alimentarius

El Codex Alimentarius es fruto de un largo proceso
evolutivo en el e que participa una amplia gama de sectores de la
comunidad
mundial.

Responsables de la reglamentación alimentaria,
comerciantes, consumidores y expertos expresaron de modo
creciente su esperanza de que la FAO y la OMS tomaran la
iniciativa de desenmarañar la madeja de las
reglamentaciones alimentarias que obstaculizaban el comercio y en
la mayoría de los casos proporcionaban a los consumidores
una protección insuficiente. En 1953, la Asamblea Mundial
de la Salud,
órgano rector de la
Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró
que la utilización cada vez más amplia de
sustancias químicas en la industria
alimentaria representaba un nuevo problema para la salud
pública, y se propuso que las dos Organizaciones
llevaran a cabo estudios pertinentes. Uno de esos estudios
determinó que el uso de aditivos alimentarios
constituía un factor esencial. Como resultado de ello, la
FAO y la OMS convocaron en 1955 la primera Conferencia Mixta
FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) que,
más de 50 años más tarde, continúa
reuniéndose periódicamente.

La labor del JECFA sigue siendo fundamental para las
deliberaciones de la Comisión del Codex sobre las normas y
directrices para aditivos alimentarios, contaminantes y residuos
de medicamentos veterinarios en alimentos. Ha servido de modelo para
otros muchos órganos de expertos de la FAO y la OMS
así como órganos de asesoramiento científico
análogos a nivel nacional y agrupaciones económicas
regionales de los países.

1960 y 1961 fueron dos años decisivos para la
fundación del Codex Alimentarius. En octubre de 1960, la
primera Conferencia Regional de la FAO para Europa
expresó una opinión muy extendida cuando
reconoció:

"…la conveniencia de un acuerdo internacional
sobre normas alimentarias mínimas y cuestiones conexas
(entre ellas, requisitos de etiquetado, métodos de
análisis, etc.)…como medio
importante para proteger la salud de los consumidores, asegurar
la calidad y reducir
los obstáculos al comercio, especialmente en el mercado de Europa
en rápida integración". "…la coordinación del creciente número de
programas
sobre normas alimentarias emprendidas por numerosas
organizaciones planteaba un problema especial".

Cuatro meses después, la FAO entabló
conversaciones con la OMS, la Comisión Económica
para Europa de las Naciones Unidas
(CEPE), la Organización de Cooperación y
desarrollo
Económicos (OCDE) y el Consejo del CODEX Alimentarios
Europeaeus, presentando propuestas que culminaron en el
establecimiento

Instrumentos
reglamentarios del Codex Alimentarius

En términos sencillos, el Codex Alimentarius es
un conjunto de normas, código
de prácticas, directrices, y otras recomendaciones.
Algunos de estos textos son muy generales y otros muy
específicos. Algunos contienen requisitos detallados sobre
un alimento o grupo de
alimentos; otros tienen por objeto el funcionamiento de sistemas de
reglamentación pública de la inocuidad de los
alimentos y la protección de los consumidores.

Las normas del Codex generalmente tienen por objeto
características de productos y
pueden contemplar todas las características reguladas por
el Estado
propias de un producto, o
una sola característica. Los límites
máximos de residuos (LMR) de plaguicidas o medicamentos
veterinarios en alimentos constituyen ejemplos de normas que
regulan una sola característica. Existen normas generales
del Codex para aditivos alimentarios y contaminantes de los
alimentos y toxinas en los alimentos que contienen disposiciones
tanto generales como específicas para un producto
determinado. Dado que las normas tienen por objeto
características de productos, se pueden aplicar en todos
los lugares donde se comercie con dichos productos.

Los métodos de análisis y muestreo del
Codex, incluidos los de los contaminantes y residuos de
plaguicidas y medicamentos veterinarios en alimentos,
también se consideran normas del Codex.

Los códigos de prácticas del Codex –
incluidos los de higiene– definen
las prácticas de producción, elaboración, manufactura,
transporte y
almacenamiento de
alimentos o grupos de
alimentos determinados que se consideran esenciales para
garantizar la inocuidad y aptitud de los alimentos para el
consumo. Por
lo que respecta a la higiene de los alimentos, el texto
fundamental son los Principios
Generales del Codex de Higiene de los Alimentos, que introduce la
utilización del análisis de peligros y de puntos
críticos de control (HACCP) para el sistema de
gestión
de la inocuidad de los alimentos. Un código de
prácticas para la regulación del uso de
medicamentos veterinarios proporciona orientación general
en este ámbito.

Las directrices del Codex se dividen en dos
categorías:

  • los principios que establecen políticas en
    determinados ámbitos fundamentales;

  • las directrices para la interpretación de
    dichos principios o de las disposiciones de las normas
    generales del Codex.

En el caso de los aditivos alimentarios, los
contaminantes, la higiene de los alimentos y la higiene de la
carne, los principios fundamentales que forman la
regulación de estas cuestiones están incorporados a
las normas y códigos de prácticas
pertinentes.

Existen principios del Codex independientes
sobre:

  • la adición de nutrientes esenciales a los
    alimentos

  • la inspección y certificación de
    importaciones y exportaciones de alimentos

  • el establecimiento y la aplicación de
    criterios microbiológicos para los
    alimentos

  • los análisis de riesgo para alimentos
    obtenidos por medios biotecnológicos
    modernos.

Entre las directrices del Codex de carácter interpretativo cabe destacar las
relativas al etiquetado de alimentos, en particular la
reglamentación de las declaraciones de propiedades que
figuran en la etiqueta. En este grupo se incluyen las directrices
para las declaraciones de propiedades nutricionales y saludables,
las condiciones de producción, comercialización y etiquetado de alimentos
orgánicos así como los alimentos declarados como
halal. Existen varias directrices de los Principios que
interpretan las disposiciones de los Principios del Codex para la
Inspección y Certificación de Importaciones y
Exportaciones de
alimentos, así como directrices sobre la
realización de los alimentos obtenidos a partir de
plantas y
microorganismos cuyo ADN ha sido
modificado.

El Codex y la
ciencia

Desde su comienzo, las actividades del Codex han tenido
fundamento científico. Expertos y especialistas de una
gran variedad de disciplinas científicas han contribuido a
todos los aspectos de las actividades del Codex para asegurar que
sus normas sean capaces de superar el examen científico
más riguroso. Es justo reconocer que la labor que la labor
de la comisión del Codex alimentarius, la de la FAO y la
OMS en su funciones de
apoyo, han constituido un punto de convergencia para todas las
investigaciones científicas relacionadas
con los alimentos, y que la propia Comisión se ha
convertido en un centro internacional de extrema importancia para
el intercambio de información científica sobre los
alimentos.

Gran parte de esta labor se ha realizado a través
de estudios de colaboración entre científicos,
laboratorios, institutos y universidades de los Estados Miembros,
y comités y consultas mixtas FAO/OMS de
expertos.

Las reuniones de expertos de la FAO y la OMS son
independientes de la Comisión (y los órganos
auxiliares de la Comisión), aunque sus aportaciones
contribuyen considerablemente a la credibilidad científica
de la labor de la Comisión.

Desde sus orígenes, el Codex ha seguido el
principio de garantizar la independencia
del asesoramiento científico respecto de la realidad
práctica de la gestión de
riesgos. Los principios son: Excelencia, Independencia,
Transparencia y Universalidad. La credibilidad y aceptabilidad de
las conclusiones y recomendaciones de las consultas dependen en
gran medida de la objetividad, los conocimientos
científicos y la competencia
general de quienes las formulan.

Los expertos seleccionados se distinguen en su
especialidad, gozan del máximo respeto entre sus
colegas de la comunidad científica, son imparciales en sus
dictámenes y su objetividad no admite dudas.

De las reuniones FAO / OMS se han generado una gran
cantidad de datos
científicos sobre los alimentos. Dos de esos grupos, la
Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas
(JMPR) y el Comité Mixto FAO/OMS de expertos en aditivos
alimentarios (JECFA). Las JEMRA, esto es, las consultas mixtas
FAO/OMS de expertos sobre Evaluación de Riesgos
Microbiológicos, comenzaron su labor en 2000, teniendo
como objetivo la
optimización de la utilización de las evaluaciones
de riesgo
microbiológico en los alimentos.

El Codex y los
consumidores

La máxima prioridad de la Comisión del
Codex Alimentarius es proteger la salud de los consumidores y
asegurar prácticas equitativas en el comercio de los
alimentos.

La finalidad de las disposiciones contenidas en el
formato de las normas para productos, incluidas las relativas al
nombre de la norma, su ámbito de aplicación,
descripción, pesos y medidas y etiquetado,
es garantizar que los consumidores no sean inducidos al error e
inspirar confianza en que el producto alimenticio que compran es
el que la etiqueta dice que es. Así también las
disposiciones relativas a los factores esenciales de
composición y calidad, aditivos alimentarios y los
contaminantes, higiene de los alimentos, las toxinas, los
alimentos irradiados son de extrema importancia para proteger la
salud de los consumidores.

Asimismo, se han establecido límites
máximos para residuos de plaguicidas y de medicamentos
veterinarios, niveles máximos para aditivos alimentarios y
de contaminantes de los alimentos con el fin de asegurar que los
consumidores no se vean expuestos a dosis inaceptables de
materiales
peligrosos.

El Codex y el
comercio internacional de alimentos

En opinión de los funcionarios y expertos, si
todos los países armonizaban sus leyes
alimentarias y adoptaran normas convenidas internacionalmente,
las cuestiones comerciales se resolverían de manera
natural. Se preveía que una disminución de los
obstáculos al comercio y una mayor libertad de
movimientos de los productos alimenticios entre los
países, gracias a la armonización
redundarían en beneficios de los agricultores y sus
familias y contribuirían también a reducir el
hambre y la
pobreza.

Los Acuerdos de la Ronda Uruguay
prevén la concertación de acuerdos comerciales
entre grupos de países miembro para liberalizarlos del
comercio. Un acuerdo de ésta índole es el Tratado de Libre
Comercio (TLC) entre
Canadá, Estados Unidos de
América
y México.
Argentina, Brasil, Paraguay y
Uruguay, han firmado el Tratado de Asunción, por el que se
establece el Mercado Común del Sur (MERCOSUR). En la
Región de Asia y el
Pacífico, se han establecido oficialmente arreglos de
cooperación económica bajo la Cooperación
Económica (APEC).

Estas tres agrupaciones regionales han adoptado medidas
que están en consonancia con los principios en que se
inspiran los Acuerdos de la ronda Uruguay y que guardan
relación con las normas del Codex.

El Codex y el
futuro

El interés
por los aspectos de las normas del Codex relacionados con la
calidad se mantiene y la importancia que se les atribuya en el
futuro dependerá en gran medida de las actitudes y
las exigencias de la comunidad.

La aplicación de la biotecnología a la elaboración de
alimentos y a la producción de materias primas
alimenticias está siendo analizada ya por la
Comisión, que examina continuamente nuevos conceptos y
sistemas asociados con la inocuidad de los alimentos y la
protección de los consumidores contra los peligros para la
salud.

Conclusión

Las normas y procesos que
marca este
código deberían de seguirse al pie de la letra y
muy rigurosamente pero desgraciadamente sabemos que esto no es
así, y más en un país como México,
que cualquier persona que viva
aquí puede darse cuenta de cómo son las cosas en
realidad en cuanto a los alimentos, ya que podemos ver que muchos
de los establecimientos no cumplen ni siquiera con la mitad de
las normas requeridas que establece la secretaria de salud y que
se estipula en el código que se deben de cumplir con las
normas de cada país para proporcionar al consumidor un
producto inocuo y de una buena calidad sin importar el tipo de
producto que se trate, por lo que es un deber como estudiantes de
nutrición
contribuir con nuestro granito de arena para solucionar este tipo
de situaciones.

Bibliografía

http://www.wikipedia.com/codexalimentarius

 

 

 

 

 

 

 

Autor:

Irving Efrén Ojeda
Serna

Nombre del maestro: Verónica Janic
Pulido Núñez

Fecha de entrega: 12/010/09

UJED Facultad de medicina

Carrera: Licenciatura en
Nutrición

Partes: 1, 2
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