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Concepto y naturaleza del patrimonio



Partes: 1, 2

    1. Clasificación
      del patrimonio
    2. Elementos
      del patrimonio
    3. Patrimonio
      separado y Patrimonio autónomo
    4. Teoría
      del Patrimonio personalidad
    5. Conclusión
    6. Bibliografía

    Introducción

    La tarea de investigar el PATRIMONIO, en
    el mundo de las personas naturales o en el mundo de las sociedades y
    entes colectivos, es una tarea difícil de definir el
    patrimonio por la complejidad del objetivo de
    estudio como por la situación personal y
    sentimental del investigador.

    Como su palabra lo dice PATRIMONIO, no es más que
    la universalidad que comprende todos los derechos y obligaciones
    de valor
    económico que tiene un sujeto de derecho y que se origina
    para el mismo con la formación de la
    personalidad jurídica la cual se extingue con la
    muerte.

    Cabe señalar que el PATRIMONIO, pertenece a cada
    persona desde
    el momento de nacer y es por eso que cada persona tiene un
    patrimonio y no puede existir una misma persona con doble
    patrimonio, y para establecer una definición más
    precisa es necesario establecer las teorías
    que tratan acerca del Patrimonio.

    LA PALABRA PATRIMONIO TIENE DISTINTAS ACEPCIONES:
    Se habla de patrimonio sin ulterior calificativo, para indicar el
    conjunto de los derechos y obligaciones de contenido patrimonial
    de los cuales es titular una persona, pero también se
    habla de patrimonio neto y de patrimonio bruto. El patrimonio
    bruto está constituido por el conjunto de los derechos
    patrimoniales de contenido económico que tiene una
    persona, es decir, el activo patrimonial, cuando hablamos de
    patrimonio bruto lo que vemos en realidad es una parte del
    patrimonio en general, o sea aquella parte integrada por los
    derechos de contenido económico. Cuando se habla de
    patrimonio neto, se entiende la diferencia que hay entre el
    activo y el pasivo, entre el valor económico de los
    derechos patrimoniales y el valor económico de las
    obligaciones patrimoniales. El patrimonio neto no es pues un
    conjunto de derechos y obligaciones, sino sencillamente un valor
    que resulta de sustraer al valor de los derechos patrimoniales
    que constituyen ese patrimonio, el valor de las obligaciones de
    contenido económico.

    CONCEPTO Y NATURALEZA DEL
    PATRIMONIO
    : Ha sido en la doctrina el problema de la
    naturaleza jurídica y consiguientemente el del concepto del
    patrimonio. La doctrina se ha dividido entre las siguientes
    posiciones:

    a.- Subjetiva o personalista

    b.- Finalista

    c.- Realista o atomista

    d.- Destino, especial o separado

    PATRIMONIO NACIONAL: Conjunto de bienes de
    titularidad del Estado que
    están afectados al uso y servicio del
    Rey y de los miembros de la familia
    real para el ejercicio de la alta representación que la
    Constitución y las Leyes les
    atribuyen.

    PATRIMONIO: Es el conjunto de los derechos aptos
    para la satisfacción de necesidades económicas, de
    los cuales es titular una persona, es decir, patrimonio es el
    conjunto de los deberes y derechos de contenido patrimonial del
    cual derivan ciertos principios:

    a.- El patrimonio esta constituido por un conjunto de
    deberes y derechos para que exista un patrimonio es necesario que
    la persona se encuentre como titular activo o pasivo (como sujeto
    titular del poder o como
    sujeto titular del deber) de relaciones jurídicas de donde
    deriva para el sujeto el nacimiento del derecho.

    b.- El patrimonio no está constituido por un
    conjunto de bienes. Los bienes son los objetos de los derechos y
    los deberes, pero no del patrimonio. El patrimonio es un conjunto
    de derechos y de obligaciones y si bien es cierto que hay una
    relación entre el patrimonio y los bienes, es una
    relación indirecta, porque los bienes son objeto de los
    derechos y deberes, y estos son los elementos del
    patrimonio.

    c.- Se trata de relaciones jurídicas de donde
    nacen derechos y obligaciones de contenido económico, a
    esto se puede agregar, a los fines de identificar esos derechos y
    esas obligaciones como constituyentes del patrimonio.

    d.- No se puede tampoco confundir, como lo hacen muchos
    autores, la capacidad patrimonial con el patrimonio. Patrimonio
    es algo que existe en un momento determinado y cuyo valor puede
    ser expresado en cifras económicas por estar constituido
    de activos
    (derechos) y pasivo (deberes). El patrimonio pues esta integrado
    tanto de activos como de pasivos, o sea tanto de derechos como de
    obligaciones de carácter pecuniario, no por la posibilidad
    de adquisición de derechos y obligaciones.

    e.- Regresando a la definición que dimos de
    patrimonio, como conjunto de deberes y derechos que tengan
    contenido patrimonial, se quiere destacar que se agrego otro
    elemento y es que esos deberes y derechos deben tener como
    titular una misma persona.

    f.- También por virtud de lo expuesto, el
    patrimonio no es en realidad un objeto de derecho, sino un
    conjunto de derechos y de obligaciones de donde derivan una
    consecuencia que se ha llevado por unos a extremos y es la de que
    como el patrimonio no es objeto de derecho no puede ser
    transmitido en propiedad a
    otras personas.

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