Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El contrato de Seguro




Enviado por Soledad Loza Irusta



Partes: 1, 2

    1. Riesgo
    2. Seguro
      de daños
    3. Seguro
      de personas
    4. Otras
      clases se seguro
    5. Bibliografía

    Riesgo

    • Concepto

    Es un evento posible, incierto y futuro, capaz de
    ocasionar un daño
    del cual surja una necesidad patrimonial. El acontecimiento debe
    ser posible, porque de otro modo no existiría inseguridad.
    Lo imposible no origina riesgo. Debe ser
    incierto, porque si necesariamente va a ocurrir, nadie
    asumiría la obligación de repararlo.

    Sin riesgo no puede haber seguro, porque al
    faltar la posibilidad de que se produzca el evento dañoso,
    ni podrá existir daño ni cabrá pensar en
    indemnización alguna.

    El riesgo presenta ciertas características que
    son las siguientes:

    • Es incierto y aleatorio

    • Posible

    • Concreto

    • Licito

    • Fortuito

    • De contenido económico

    • Riesgo cubierto

    Constituye uno de los factores principales dentro de la
    actividad aseguradora. Es el objeto del seguro como medida de
    prevención de un acontecimiento incierto, que de
    producirse obliga al asegurador a pagar la indemnización
    convenida. En el seguro de riesgo es siempre incierto. Aun
    la muerte de
    una persona, que
    fatalmente ha de ocurrir más tarde o más temprano,
    es un acontecimiento incierto susceptible de asegurarse, porque
    no se sabe cuando ha de suceder.

    Tratándose de un acontecimiento incierto es
    indudable que no puede depender de la voluntad de asegurado dado
    que entonces no habría posibilidad de seguro. Los riesgos sobre
    las cosas también presentan una cierta regularidad que los
    hace materia de
    aseguramiento. La práctica aseguradora ha consagrado
    normas para
    medir dichos riesgos y calcular las normas que debe percibir el
    asegurador.

    El riesgo determina la prima a cobrar, y en
    consecuencia, para los riesgos agravados con relación a
    los riegos normales, la prima será más elevada. En
    la póliza de seguro el riesgo asumido por el asegurador
    debe definirse con mucha claridad, pues se trata de un elemento
    de capital
    importancia en este contrato.

    Además, es necesario que la cosa objeto del
    seguro se encuentre debidamente caracterizado a fin de que el
    asegurador conozca hasta donde se extiende el riesgo que
    corre.

    • Extensión del riesgo

    Es nulo el contrato de seguro si cuando se formaliza no
    existe riesgo o ya ha ocurrido el siniestro (arts. 4 y 25). La
    materialización del riesgo ha de ser independiente de la
    voluntad humana (fenómenos naturales o
    atmosféricos) o de la del asegurado (robo, hurto). Si
    media voluntad del Asegurado el siniestro se debió
    producir por negligencia o culpa, nunca por dolo, ya que su
    concurrencia en el asegurado excluye la cobertura (art.
    19).

    • Riesgos no asegurables

    El dolo del asegurado y sus actos puramente potestativos
    no son riesgos asegurables; toda convención en contrario
    es nula. Tampoco es valida la estipulación que tenga por
    objeto indemnizar sanciones de carácter penal.

    • Extinción del riesgo

    El tomador debe describir con precisión el riesgo
    contemplado, con relación a la cosa o persona sobre la
    cual recae el interés
    asegurable.

    Se llama reticencia a las declaraciones falsas o
    silenciamiento de circunstancias conocidas, que a juicio de
    peritos hubieran impedido el contrato, o modificado sus
    condiciones. La reticencia da derecho al asegurador a anular el
    contrato.

    Denunciar la agravación del riesgo: El tomador
    debe denunciar todos los hechos, propios o ajenos, que puedan
    agravar el riesgo contemplado, aumentando la posibilidad de
    siniestro.

    • Póliza

    El contrato de seguros implica
    cierta aleatoriedad, es decir, el hecho asegurado debe ser
    posible pero incierto durante un periodo de tiempo, y no
    dependerá de la acción
    del asegurado o del asegurador. Por lo general, los riesgos
    asegurados deben ser susceptibles de cuantificación y su
    realización debe estar sujeta a las leyes estadísticas, de forma que se pueda
    calcular la prima a pagar. Además de que el hecho
    asegurado sea aleatorio, el asegurado debe tener interés
    en que no se produzca, es decir, sufrirá una
    pérdida material si el hecho ocurre. Si el asegurado no
    tuviera un interés personal en no
    sufrir el riesgo, la póliza se quedaría sin
    contenido y el contrato sería especulativo. Este tipo de
    situación ocurriría, por ejemplo, si una persona
    asegurara contra incendios la
    casa de un tercero.

    • Contenido

    La empresa
    aseguradora estará obligada a entregar al contratante del
    seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones
    de las partes. La póliza deberá
    contener:

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter