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El derecho de los pueblos puros u originarios



Partes: 1, 2

    1. El derecho de los pueblos
      originarios
    2. Significados de los
      términos (indio e indígena)
    3. El derecho de los pueblos
      indios a la autonomía
    4. El convenio político
      y social
    5. Derechos
      colectivos y Derechos individuales
    6. Autonomías
      y sus facultades
    7. Conclusiones
    8. Bibliografía

    El derecho de los
    pueblos originarios

    PRESENTACIÓN.

    El tema del presente trabajo de
    investigación nació a raíz de
    la inquietud del suscrito de conocer más a detalle todo lo
    relacionado con los pueblos indígenas, especialmente en
    cuanto a sus derechos aun no
    reconocidos.

    INTRODUCCIÓN.

    Dentro del presente trabajo se pretende como uno de los
    objetivos
    principales, conocer las opiniones de autores que han escrito en
    relación al tema que se estudia, para posteriormente estar
    en condiciones de emitir una opinión personal. Para su
    mejor comprensión el presente trabajo se desarrollara de
    la forma siguiente: I. Introducción. II. Planteamiento del
    problema. III. Términos (Indio e Indígena). IV.
    Derecho de los pueblos indios a la autonomía. V. El
    convenio político. VI. Derecho
    internacional. VII. Derechos (colectivos e individuales).
    VIII. Autonomías y sus facultades.

    PROBLEMATIZACION.

    Sabemos que vivimos en un país pluricultural y
    que por lo menos existen dos grupos
    indígenas en cada estado pero
    tendremos que responder de qué derechos gozan esos grupos
    y de que forma son respetados esos derechos.

    HIPOTESIS DEL TRABAJO. Es muy probable los derechos de
    estos grupos ya existen plasmados en las leyes
    fundamentales de nuestro país pero quizás
    materialmente no han sido reconocidos, en el sentido de que las
    autoridades gubernamentales no se los respetan.

    Significados de
    los términos (indio e indígena)

    Se empezó a llamar indios a los nativos
    de las islas del Mar Caribe que, ya en los viajes de
    Cristóbal Colón, se suponían cercanas a la
    India, en
    Asia,
    generando un equívoco que perduró en el tiempo y que,
    posteriormente daría lugar a que los territorios
    americanos fueran conocidos inicialmente como las Indias por los
    españoles recién llegados allí. En general,
    los habitantes autóctonos de las tierras al oeste del
    Atlántico fueron en adelante conocidos en español
    como indios, también cede en preferencia frente a
    otros asimismo más eufemísticos y menos ambiguos,
    como por ejemplo "Native Americans" en los Estados Unidos de
    América. Entre numerosos movimientos
    nativos amerindios también ha perdido crédito
    la designación indígena en favor de
    términos de autoafirmación como
    "originario".

    Indígena del latín indigena:
    "oriundo", 'nativo'. Se da genéricamente nombre
    de indígena a todo aquello que es relativo a una
    población oriunda del territorio que
    habita, cuyo establecimiento en el mismo precede al de otros
    pueblos o cuya presencia es lo suficientemente prolongada y
    estable como para tenerla por oriunda. Con el mismo sentido se
    utiliza, con mayor frecuencia, el término equivalente
    nativo, presente en expresiones como "idioma
    nativo
    ". También es recurrente hablar de Pueblos
    originarios
    ".1

    Porque seguimos utilizando estas barreras
    étnicas, raciales, económicas utilizadas desde la
    época de la colonia. Una persona nacida en
    México es
    un Mexicano, no un indígena, no un mestizo, no un blanco,
    azteca o mulato…sino un Mexicano. Además me parece
    acertada la denominación que les da el diccionario
    antes citado al hablar de "pueblos originarios".

    El derecho de los
    pueblos indios a la autonomía

    "La opresión de los pueblos indígenas es
    obra de los no indios. Mientras seamos nosotros quienes decidamos
    por ellos, seguirán siendo objeto de la historia que otros hacen. La
    verdadera liberación del indio es reconocerlo como sujeto,
    en cuyas manos esta su propia suerte".2

    No podemos hablar de un estado mexicano verdaderamente
    democrático si siquiera somos capaces de reconocerles una
    verdadera libertad a los
    pueblos originarios de este territorio. Es tarea de nosotros el
    contribuir al reconocimiento de sus propias facultades. No se
    debe seguir utilizando al poder del
    estado como mecanismo de opresión en contra de estos
    pueblos, como un primer granito de arena con el que pueden
    contribuir los investigadores de esta área es dejar de
    utilizar el termino "indio o indígena" pues ya a quedado
    claro que atiende a una expresión equivoca, además
    racista-discriminatoria.

    El convenio
    político y social

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