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Fluidos corporales en la investigación criminal: sangre, semen y salva



Partes: 1, 2

    1. Teoría
      de la transferencia
    2. Fluidos
      corporales
    3. Secretores
      y no secretores
    4. Serología
      forense
    5. Ventajas
      del ADN
    6. Medidas
      preventivas
    7. Muestras
      de fluidos
    8. Sangre
    9. Categorías
    10. Recolección
    11. Semen
    12. Recomendaciones
    13. Saliva
    14. Admisibilidad
      de fluidos corporales
    15. Bibliografía

    Introducción

    Esta publicación tiene como objetivo
    describir los principios
    básicos del recogido de fluidos corporales encontrados en
    la escena y sus aplicaciones prácticas, así
    actualizar el artículo publicado el 3 de diciembre de
    2007.

    Uno de los problemas
    principales que confrontan las sociedades
    modernas es el de la criminalidad. A pesar de los esfuerzos
    realizados por los sistemas de
    justicia
    criminal, el crimen y la delincuencia
    continúan en aumento sin que puedan ser prevenidos y
    muchas veces esclarecidos.

    La mayoría de los sistemas legales se basan en el
    testimonio de los testigos principalmente para lograr
    convicciones en corte. Pero en muchos casos éstos se
    niegan a declarar o se les olvida o confunden detalles relevantes
    a la comisión del delito, lo cual
    resulta en absoluciones en los tribunales. Esto implica que
    muchos ofensores se queden sin castigo y que continúen su
    carrera delictiva.

    Lo anterior ha obligado a los especialistas en las Ciencias
    Forenses a enfatizar la búsqueda de los testigos mudos en
    el lugar de los hechos: la evidencia física que es el
    resultado de la Teoría
    de la Transferencia.

    Teoría de
    la transferencia

    Edmond Locard, considerado el padre de la Medicina
    Forense Moderna, desarrolló la Teoría de la
    Transferencia o Intercambio en el 1928. (Sosa, 2008, Biografía de Edmond
    Locard). La misma continúa citándose en importantes
    textos del Siglo XX y XXI. Uno de ellos, Investigación de delitos de
    Charles Vanderbosh (2001) explica que siempre que se comete un
    delito ocurre un intercambio de evidencias
    entre el sospechoso, la víctima y la escena del crimen, lo
    que permite al investigador recolectar las pruebas
    necesarias para la identificación del sospecho y recrear
    el hecho delictivo.

    Evidencia puede ser cualquier cosa que pueda identificar al
    autor de los hechos y lograr su convicción en los
    tribunales. Dentro de esa amplia gama de pruebas se encuentran
    los fluidos corporales.

    Fluidos
    corporales

    Se definen como ".las secreciones o líquidos
    biológicos, fisiológicos o patológicos que
    se producen en el organismo." (Gobierno de
    Chile, Ministerio de Salud, 2004, Norma 6,
    Precauciones Estándar) Permiten a los expertos del
    laboratorio
    realizar análisis en busca del ADN para
    identificar al sospechoso y reconstruir la escena del crimen. Se
    considera prueba irrefutable que demuestra la veracidad de unos
    hechos. (Lic. Valentín, 2001, Conociendo el ADN) Debido a
    su importancia de tienen que recolectar mediante una serie de
    procedimientos
    sistemáticos.

    Los fluidos corporales contienen ADN. El Acido
    desoxirribonucleico es una huella genética.
    Consiste de serie de moléculas que contienen material
    genético que son el resultado de la herencia. (Paul
    Recer, s.f., "La huella de mayor exclusividad", El Nuevo
    Día). Se utiliza en la Investigación Criminal desde 1980 en
    Inglaterra y en
    los Estados Unidos
    desde 1987. (José Alegría Coto, 2001, Biología molecular:
    Herramienta biotecnológica)

    La mayoría de los estados (Estados Unidos) han aprobado
    leyes para
    crear una base o banco de datos. En
    Puerto Rico la
    reglamentación al respecto está contenida la
    Ley #175 del
    24 de julio de 1998. La misma establece el Banco de ADN
    administrado por el Instituto de Ciencias Forenses.

    Delitos que requieren la muestra:

    • 1. Asesinato en todas sus
      modalidades

    • 2. Homicidio en todas sus
      modalidades

    • 3. Violación

    • 4. Sodomía

    • 5. Actos lascivos o impúdicos

    • 6. Incesto

    • 7. Bestialismo

    • 8. Cualquier delito grave tipificado en
      la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, según
      enmendada. (Violencia Doméstica)

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