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Consideraciones referentes al Derecho Laboral Cubano desde la perspectiva de Ciencia, Tecnología y Sociedad



Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Desarrollo
    3. Conclusiones
    4. Bibliografía

    Resumen

    El presente trabajo es el
    resultado del análisis del Derecho
    Laboral Cubano desde la Perspectiva de Ciencia,
    Tecnología
    y Sociedad,
    partiendo de que El valor de la
     Ciencia y la Tecnología para la educación de los
    ciudadanos es algo que hoy no se discute, asimismo la educación en valores no es
    menos importante para el desarrollo del
    individuo que
    la adquisición de saberes y destrezas. Por tanto Ciencia,
    Tecnología y Valores (saber, hacer y juzgar), son
    elementos básicos de la propia definición de
    educación en nuestros tiempos. Visto los valores en
    tres dimensiones para establecer elementos de juicio, lo
    ético, estético y lo político.

    En tanto el Derecho como regulador de las relaciones
    sociales que surgen en una esfera determinada, en la
    formación de las distintas normas que lo
    integran inciden intereses políticos,
    socioeconómicos, de valores y exigencias sociales
    predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad
    política y
    jurídica dominante que se hace valer a través de
    normas del Derecho.

    Permitiendo el trabajo
    arribar a conclusiones tales como: que al surgir El Derecho
    Laboral en el
    sistema
    capitalista como resultado de la lucha de clases y en
    consecuencia como proceso social
    históricamente contextualizado constituye un fiel ejemplo
    de la misión
    central perseguida por los estudios de CTS, de interpretar a
    la Ciencia y
    la Tecnología como procesos
    sociales, y que existe estrecha vinculación entre el
    Derecho Laboral como disciplina del
    conocimiento
    dentro del Ordenamiento Jurídico y el movimiento de
    CTS, pues entre los fines del Derecho Laboral Cubano está
    el establecimiento de garantías jurídicas para la
    realización de los derechos de los
    trabajadores, la elevación del nivel de vida y cultural y
    el cumplimiento de sus deberes, así como contribuir al
    desarrollo de las relaciones
    laborales socialistas, y de manera específica en las
    instituciones
    jurídicas que lo integran, se aprecia su
    correlación con el bienestar del trabajador, y por ende su
    connotación social .

    Introducción

    En las formaciones socioeconómicas durante el
    desarrollo de las relaciones sociales entre los individuos, estos
    contraen vínculos en el proceso de trabajo, que tienen su
    base en las formas de propiedad
    sobre los medios de
    producción, porque según lo
    señalado por Marx al
    respecto:

    "En la producción los hombres no actúan
    solamente sobre la naturaleza,
    sino que actúan también los unos sobre los otros,
    no pueden producir sin asociarse de un cierto modo, para actuar
    en común y establecer un intercambio de actividades."
    [1]

    En tanto en el proceso del propio trabajo, los hombres
    han establecido ciertas relaciones personales y de
    producción y estas últimas se han ido transformando
    al cambiar las fuerzas productivas.

    El capitalismo se
    basa en la propiedad privada sobre los medios de
    producción, la ley de la
    plusvalía y la explotación del trabajo asalariado
    se producen grandes transformaciones al sustituir la
    coerción física o personal hacia el
    trabajador, por la coerción económica.
    Constituyendo así el trabajo asalariado la base de las
    relaciones laborales entre el capitalista y el
    obrero.[2]

    De esta forma la propia clase obrera
    inicia sus luchas en aras de regular la jornada laboral de 8
    horas y posteriormente se centraron en otras cuestiones relativas
    al descanso semanal; el nivel de los salarios; la
    protección de los menores y mujeres; las condiciones de
    trabajo; entre otras. Todo ello determinó otras
    intervenciones del estudio burgués, mediante disposiciones
    jurídicas, estableciendo regulaciones para cuyo
    cumplimiento también tuvo que luchar la clase
    obrera.

    El Derecho Laboral surge en el sistema capitalista como
    resultado de la lucha de clases, instrumento legal para regular
    las relaciones jurídicas laborales contradictorias entre
    los capitalistas y los obreros, siendo la propia clase obrera la
    gestora de esta rama del Derecho.

    En tanto en el Socialismo al
    materializarse el paso de los medios fundamentales de
    producción a propiedad de los trabajadores se manifiesta
    un cambio en las
    relaciones sociales y jurídicas entre los trabajadores y
    la
    administración. El Derecho Laboral Socialista
    está encaminado a regular las relaciones de carácter laboral que surge entre los
    trabajadores y las administraciones con motivo de la
    participación de dichos trabajadores en la actividad
    laboral como obreros o empleados de los centros de
    trabajo.

    El Derecho Laboral constituye una de las ramas
    autónomas del Derecho Socialista, pues como rama
    independiente tienen un objeto de regulación propio: las
    relaciones laborales que surgen con motivo de la admisión
    al trabajo del individuo en calidad de obrero
    y empleado y los mecanismos de acción
    que le corresponden.

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