Consideraciones referentes al Derecho Laboral Cubano desde la perspectiva de Ciencia, Tecnología y Sociedad
Resumen
El presente trabajo es el
resultado del análisis del Derecho
Laboral Cubano desde la Perspectiva de Ciencia,
Tecnología
y Sociedad,
partiendo de que El valor de la
Ciencia y la Tecnología para la educación de los
ciudadanos es algo que hoy no se discute, asimismo la educación en valores no es
menos importante para el desarrollo del
individuo que
la adquisición de saberes y destrezas. Por tanto Ciencia,
Tecnología y Valores (saber, hacer y juzgar), son
elementos básicos de la propia definición de
educación en nuestros tiempos. Visto los valores en
tres dimensiones para establecer elementos de juicio, lo
ético, estético y lo político.
En tanto el Derecho como regulador de las relaciones
sociales que surgen en una esfera determinada, en la
formación de las distintas normas que lo
integran inciden intereses políticos,
socioeconómicos, de valores y exigencias sociales
predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad
política y
jurídica dominante que se hace valer a través de
normas del Derecho.
Permitiendo el trabajo
arribar a conclusiones tales como: que al surgir El Derecho
Laboral en el
sistema
capitalista como resultado de la lucha de clases y en
consecuencia como proceso social
históricamente contextualizado constituye un fiel ejemplo
de la misión
central perseguida por los estudios de CTS, de interpretar a
la Ciencia y
la Tecnología como procesos
sociales, y que existe estrecha vinculación entre el
Derecho Laboral como disciplina del
conocimiento
dentro del Ordenamiento Jurídico y el movimiento de
CTS, pues entre los fines del Derecho Laboral Cubano está
el establecimiento de garantías jurídicas para la
realización de los derechos de los
trabajadores, la elevación del nivel de vida y cultural y
el cumplimiento de sus deberes, así como contribuir al
desarrollo de las relaciones
laborales socialistas, y de manera específica en las
instituciones
jurídicas que lo integran, se aprecia su
correlación con el bienestar del trabajador, y por ende su
connotación social .
Introducción
En las formaciones socioeconómicas durante el
desarrollo de las relaciones sociales entre los individuos, estos
contraen vínculos en el proceso de trabajo, que tienen su
base en las formas de propiedad
sobre los medios de
producción, porque según lo
señalado por Marx al
respecto:
"En la producción los hombres no actúan
solamente sobre la naturaleza,
sino que actúan también los unos sobre los otros,
no pueden producir sin asociarse de un cierto modo, para actuar
en común y establecer un intercambio de actividades."
[1]
En tanto en el proceso del propio trabajo, los hombres
han establecido ciertas relaciones personales y de
producción y estas últimas se han ido transformando
al cambiar las fuerzas productivas.
El capitalismo se
basa en la propiedad privada sobre los medios de
producción, la ley de la
plusvalía y la explotación del trabajo asalariado
se producen grandes transformaciones al sustituir la
coerción física o personal hacia el
trabajador, por la coerción económica.
Constituyendo así el trabajo asalariado la base de las
relaciones laborales entre el capitalista y el
obrero.[2]
De esta forma la propia clase obrera
inicia sus luchas en aras de regular la jornada laboral de 8
horas y posteriormente se centraron en otras cuestiones relativas
al descanso semanal; el nivel de los salarios; la
protección de los menores y mujeres; las condiciones de
trabajo; entre otras. Todo ello determinó otras
intervenciones del estudio burgués, mediante disposiciones
jurídicas, estableciendo regulaciones para cuyo
cumplimiento también tuvo que luchar la clase
obrera.
El Derecho Laboral surge en el sistema capitalista como
resultado de la lucha de clases, instrumento legal para regular
las relaciones jurídicas laborales contradictorias entre
los capitalistas y los obreros, siendo la propia clase obrera la
gestora de esta rama del Derecho.
En tanto en el Socialismo al
materializarse el paso de los medios fundamentales de
producción a propiedad de los trabajadores se manifiesta
un cambio en las
relaciones sociales y jurídicas entre los trabajadores y
la
administración. El Derecho Laboral Socialista
está encaminado a regular las relaciones de carácter laboral que surge entre los
trabajadores y las administraciones con motivo de la
participación de dichos trabajadores en la actividad
laboral como obreros o empleados de los centros de
trabajo.
El Derecho Laboral constituye una de las ramas
autónomas del Derecho Socialista, pues como rama
independiente tienen un objeto de regulación propio: las
relaciones laborales que surgen con motivo de la admisión
al trabajo del individuo en calidad de obrero
y empleado y los mecanismos de acción
que le corresponden.
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