Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza de los Derechos Humanos en universalización de la educación superior cubana (página 2)



Partes: 1, 2

DESARROLLO

El modelo de
formación de la educación superior
cubana

La formación de los profesionales de nivel superior es
el proceso que,
de modo conciente y sobre base científicas, se desarrolla
en las instituciones
de educación
superior para garantizar la preparación integral de los
estudiantes universitario, que se concreta en una sólida
formación científico técnica,
humanística y de altos valores
ideológicos, políticos, éticos y
estéticos, con el fin de lograr profesionales
revolucionarios, culto, competentes, independientes y creadores,
para que puedan desempeñarse exitosamente en los diversos
sectores de la economía y de la sociedad en
general. La formación de los profesionales se desarrolla
de forma curricular y extracurricular. El modelo de
formación de la educación superior cubana es de
perfil amplio y se sustenta en la idea rectora de el vinculo del
estudio con el trabajo, que
consiste en asegurar desde el currículo el dominio de los
modos de actuación del profesional, en vinculo directo con
su actividad. El profesional de perfil amplio es aquel que posee
una profunda formación básica que le permita
resolver, con independencia
y creatividad,
los problemas mas
generales y frecuentes que se presentan en su objeto de trabajo.
La vinculación del estudio con el trabajo expresa la
necesidad de formar al estudiante en contacto directo con su
profesión, bien a través de un vinculo laboral estable
durante toda la carrera, o a partir de un modelo de
formación desarrollado desde el trabajo. El proceso de
formación de los profesionales se realiza mediante la
modalidad semipresencial . La modalidad semipresencial se
caracteriza por una carga docente menor que en la modalidad
presencial, por lo que se reduce la presencia de los estudiantes
con sus profesores en las actividades lectivas previstas.

La clase es una
de las formas organizativas del proceso docente educativo, que
tiene como objetivos la
adquisición de conocimientos, el desarrollo de
habilidades y la formación de valores e intereses
cognoscitivos y profesionales en los estudiantes, mediante la
realización de actividades de carácter esencialmente
académico.

Es un referente importante de este trabajo es que el proceso
enseñanzaaprendizaje
desarrollador lleva al docente a planificar actividades en
correspondencia con las metas y expectativas de los estudiantes y
que se resumen como requisitos a tener en cuenta para la planificación de dichas estrategias, los
siguientes:

  • El nivel del proceso que está diseñando.

  • El contenido de las actividades.

  • El trabajo individual y grupal, teniendo en cuenta la
    diversidad, la individualidad y el trabajo del grupo y en el
    grupo.

  • El contexto y las condiciones reales de vida y desarrollo
    para poder "tirar" del desarrollo.

  • El control sistemático y la evaluación desde
    la etapa de diseño.

Este referente sirve de sustento teórico a la
propuesta, en tanto se defiende la posición de que las
formas de organización del proceso de
enseñanza-aprendizaje constituyen el contexto
micro-organizacional integrador con que cuenta la
institución y los profesores para lograr un proceso
desarrollador.

Las clases como elemento esencial del proceso docente
educativo, se clasifican sobre la base de los objetivos que se
deben alcanzar y sus tipos principales son: la conferencia, la
clase practica, el seminario, la
clase encuentro, la practica de laboratorio y
el taller.

La clase encuentro es el tipo de clase que tiene como
objetivos aclarar las dudas correspondientes a los contenidos y
actividades previamente estudiados por los alumnos, debatir y
ejercitar dichos contenidos y evaluar su cumplimiento, así
como explicar los aspectos esenciales del nuevo contenido y
orientar con claridad y precisión el trabajo independiente
que el estudiante debe realizar para alcanzar un adecuado dominio
de los mismos.

En la clase por encuentro, como forma organizativa, la
enseñanza alcanza un mayor nivel de sistematicidad, de
intención y de dirección. Es allí donde la acción
del profesor
(enseñar) se estructura
sobre determinados principios
didácticos, que le posibilitan alcanzar objetivos
específicos previamente establecidos en los programas,
así como contribuir a aquellos más generales que se
plantean en el proceso educativo en su integralidad. Eso se
comprueba a partir de la calidad alcanzada
en el aprendizaje
de los alumnos.

Se considera que, la utilización las TIC es una de
las técnicas
de organización del proceso de
enseñanza-aprendizaje, se concreta en las situaciones de
actuación profesional de los sujetos en la
práctica. El modo de actuación profesional es la
primera y la última expresión del valor real en
la integración de los objetivos, el contenido,
los métodos,
los medios y la
evaluación.

El proceso docente-educativo constituye un solo proceso
integrado, globalizado, es un todo dialéctico, en su
cualidad laboral se manifiesta a través del proceso que se
desarrolla en las unidades docentes y que
tiene sus especificidades, que han llevado incluso a la
modelación de su propia didáctica, pero su fundamento
teórico pedagógico y metodológico
está contenido en la Pedagogía y la didáctica en general que estudian los
procesos
formativos y específicamente los de carácter
docente educativo.

En las actividades prácticas con la utilización
de las TIC, que se puedan orientar a través de la clase
por encuentro, los sujetos involucrados en el proceso (profesores
y alumnos) son los que determinan el comportamiento
de cada componente. Al impartir una clase, un tema o todo un
programa, en
el aula, el docente conoce de antemano el contenido de todos los
componentes del proceso y el estudiante asimila este conocimiento
de forma sistemática, generalmente conoce los
próximos contenidos. Al orientar una actividad practica,
todo parte del conocimiento del o los problemas por enfrentar;
algo similar ocurrirá después con el
estudiante.

¿Que ventajas tienen la realización de
actividades practicas para profesores y alumno?

ALUMNOS: aplicar los conocimientos adquiridos en forma
teórica a casos reales, considerar la realización
de actividades prácticas como parte esencial de su
formación académica, inserción y
relación con las diversas organizaciones
sociales, desarrollar habilidades, actitudes y
valores para aplicarlos en el campo laboral.

PROFESORES: crecimiento profesional, reconocimiento,
especialización, mejoramiento del desempeño docente, acumulación de
experiencia profesional.

En tal sentido una de las actividades que se pueden orientar
en la disciplina de
Derecho
Internacional Publico a los estudiantes de la carrera de
derecho en la sede universitaria, con el empleo de la
TIC, puede estar vinculado a lograr uno de los objetivos de la
primera clase por encuentro, relacionada con investigar a
través del uso de la nuevas
tecnologías, el concepto de
derechos
humanos, sus antecedentes históricos y legales,
incumplimientos de sus principios generales, etc.., todo lo que
completaría el estudio y permitiría alcanzar
conocimientos acerca del tema orientado

A través de la búsqueda en las bibliotecas
digitales, en los sitios web y otros
recursos
informativos como Intranet e
Internet,
permitiría a los alumnos obtener información como la siguiente:

Concepto de Derechos Humanos

Son los derechos fundamentales que el hombre posee
intrínsecamente, reconociendo que estos derechos se
desprenden de la dignidad
inherente de la condición humana.

Axiología
de los
Derechos Humanos en Cuba

La Constitución no esta compuesta solamente de
reglas y principios de mandatos y preseceptos declarativos, sino
que además incluye estándares de comportamiento no
prescrictivos, disposiciones que tratan de fijar la idea de que
se manda o con que intención se manda, lo que brinda una
dimensión de moralidad y
proyecta una solución a la relación Poder-Sociedad-Derecho en una perspectiva
histórica y jusfilosofica. Los valores son ideales
deseados que tienen sus raíces en necesidades del ser
humano, en condicionantes imprescindibles para su
realización, son presupuestos
que una comunidad se
imponen como paradigmas de
su existencia, dándole sentido y coherencia a la mismas,
modelándola y brindando una perspectiva de futuro al
señal metas que jalonan su dé cursar. Por ello a
pesar de que expresan la moralidad vigente en un ámbito
cultural determinado no tienen una proyección
particularista en tanto se retroalimentan de un determinado
legado histórico: ese carácter mutable que suele
comportarse como constantes negociaciones de lo ya negado, no
impide que el hombre, en su presencia universal e
histórica, haya podido ir formalizando, decantando y
asentado valores que han devenido, en un sentido muy global, de
cierta absolutez. La marcha de la historia ha ido conduciendo
a la universalización de sus caminos y al paralelo, ha
permitido la integración de determinados valores que se
han elevado con un sentido de universalidad.

Puede afirmarse que los mismos un presupuestos
metajurídicos que agotan su virtualidad en la estructura
formal- semántica, al tener una fuerte
significación histórico-moral que
condensa un catálogo de objetivos que marcan los umbrales
de la sociedad, convirtiéndose a partir de su positivacion
jerarquizarte en la Constitución en parámetros
hermenéuticos del ordenamiento jurídico y claves
para la interpretación del actuar del sistema
político brindando el horizonte ético de la
sociedad y marcando el indirizzo político del Estado: El
poder y el ordenamiento estatales no valen, no son tales solo por
asumirse y ejercerse el primero conforme a las reglas y los
procedimientos
constitucionalmente prescrito, por emanar simplemente dicho poder
del segundo. Los valores desde la perspectiva jurídica son
normas con
dimensión de totalidad con respecto al ordenamiento
jurídico, constituyendo derecho del derecho, en el sentido
de que conforman supuestos que son la base de una amplia variedad
de conversiones y opciones normativas al combinarse con las
reglas y principios constitucionales, guiando y prefigurando con
ella el conjunto de las relaciones sociales. En este sentido
pueden ordenar y mandar determinadas acciones u
ordenar y mandar la prohibición de otras a fin de que se
cumplan.

La dignidad humana es el supuesto que sustenta a los
demás valores y que sostiene ontologicamente a los
Derechos Humanos en relación con un sistema cultural e
histórico, teniendo su significado un sentido de moralidad
que no se agota con la positivación nomológica. Es
el espacio físico- corporal y síquico-espiritual
que constituye núcleo medular valido para todos los seres
humanos, el que se conserva hasta el momento de la muerte, y que
prevalece por encima de cualquiera circunstancia, tiempo y
lugar, sin que se le pueda sustrael ni menoscabar,
otorgándole valor al ser humano en la individual y
colectivo.

Partimos de la idea de que la raíz de los Derechos esta
en la dignidad humana que se puede explicar racionalmente como la
expresión de las condiciones antropológicas y
culturales del hombre que lo diferencia de los demás
seres, como su libertad de
elección o libertad sicológica, el lenguaje, la
capacidad de razonar y construir conceptos. Partimos de la idea
de que los hombres se reconocen mutuamente su dignidad y la
existencia de sus dos valores de libertad e igualdad. La
dignidad es la clave misma, el suelo
antológico y por tanto el criterio que otorga legitimidad,
sentido y estructura a la totalidad del orden constitucional
material. Los principios que actúan como fundamento en el
que se sustenta los derechos son la igualdad, la libertad y la
dignidad de los hombres en cuanto son exigencias o condiciones
primarias de la existencia humana y de estos el principio de la
dignidad humana tiene una consistencia real y objetiva por cuanto
es reflejo de una evidencia preeminencia antológica del
individua humano. Los derechos representan una
revalorización ética y
Jurídica del ser humano atributos de la dignidad de la
persona en
donde quiera que ella este y por el hecho mismo de serlo. La
consagración de este enfoque quedo plasmada en la
Declaración Universal de justicia y la
paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca de todos los miembros de la familia humana
todos los seres humano nacen libre e iguales en dignidad.

Los Derechos
Humanos: Antecedentes Históricos

Hace mas de 2500 años Espartaco con un
ejercito de aproximadamente 120000 hombres luchaba por el derecho
humano de la libertad. Buda Gotaza lucho por la liberación
de la violencia, la
explotación, la deshonra y la muerte. La Carta Magna de
1215, promulgada por Juan Sin Tierra,
establecía las garantías civiles y constitucionales
para los hombres libres, el respeto a las
personas y la sumisión del poder público a ciertas
normas. Más tarde, en la etapa moderna de nuestra era en
1628, se proclama las Pettition of Rigths, que hablan sobre los
Derechos del Hombre en los Estados Unidos, asi como en 1688 se
establecen los Hill of Rights, en los propios Estados Unidos, que
contienen los Derechos Civiles del Hombre y se llegó, en
1776 a La Declaración de los Derechos de Virginia, que era
nada más y nada menos que una ampliación de la
Carta Magna. Marca un hito
histórico en los Derechos Humanos la Declaración de
los Derechos del Hombre y del Ciudadano, del 26 de Agosto de
1768, es el contexto de la Revolución
Francesa, y representa un paso de avance en la defensa de los
Derechos Civiles y Políticos del Hombre, cuyo contenido se
incorpora a la Constitución Francesa de 1791.
Después del triunfo de la Revolución de Octubre, en
1918, se celebra el Tercer Congreso de los Soviet "La
Declaración del pueblo obrero y trabajador explotado" fue
el tema principal de dicha reunión, que marca sin dudas un
hito y avance de lo que más tarde serian los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales. Otro antecedente
decisivo de los Derechos Humanos fue la Segunda Guerra
Mundial, ya que la comunidad internacional reconoce los horrores
de la guerra más cruenta de la humanidad y decide unirse
para preservar la paz, los derechos de esta a la supervivencia,
instando a los Estados a vivir en paz, con solidaridad y
cooperación, para evitar que se desarrollen conflictos tan
tétricos como el que acababa de terminar.

Derechos Humanos
en el Contexto Universal

A pesar de que la promoción y protección de los
Derechos Humanos constituyo una de los fundamentos
ideológicos de la organización mundial nacida en la
Segunda Guerra Mundial, el primer proyecto de
Estatutos de la nueva organización mundial guardo absoluto
silencio sobre este tema. Fue en la Conferencia de San Francisco,
cuando se incluyeron en la Carta de Naciones Unidas unas
referencias de Derechos Humanos, tanto en el preámbulo
como en el texto
articulado. La Carta contiene dos tipo de normas, unas desde una
perspectiva material, vinculada con los propósitos y
objetivos de la Carta, ejemplo: La Cooperación
Internacional, en el desarrollo y estimulo del respeto a los
derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin
hacer distinción de raza, sexo, idioma o
religión.
La segunda categoría de normas responde al carácter
institucional, define los órganos competentes en el
ámbito de los Derechos Humanos. No obstante sobre tal base
se ha desarrollado una interesante practica de los Derechos
Humanos y de su protección, en este contexto
internacional. Esta evolución de la actividad por la
celebración, bajo los auspicios de la organización,
de dos conferencias mundiales, la primera en Teherán en
1968, y la segunda en Viena, en 1993. Para hablar de la
evolución de los Derechos Humanos en estos últimos
casi 60 años, y a través de la institución
de Naciones Unidas, hay que hablar necesariamente del proceso
codificador por el que estos han atravesado. Este se inicia
pudiéramos decir en 1946 al crearse el ECOSOC, la
Comisión de Derechos Humanos y encomendarle a dicha
Comisión la formulación de proposiciones,
recomendaciones e informes
referentes a declaraciones de los derechos del hombre,
declaraciones y o convenciones sobre las libertades
cívicas, la condición Jurídica y social de
la mujer, la
libertad de información y evolutivo posterior del proceso
de codificación, caracterizado por su
sistematización, ampliación y
especialización progresivo.

La protección de los Derechos Humanos en el Sistema
Interamericano

La protección y promoción de los Derechos
Humanos en la región de América
Latina aparecen inmediatamente después de la Segunda
Guerra Mundial, cuando se va a consolidar la Organización
de Estados Americanos (OEA). Otro
antecedente muy directo lo vemos en la Resolución 9 de la
Conferencia Interamericana sobre Problemas de Guerra y la Paz,
celebrada en Chapultepec en 1945, o el Tratado de Reciprocidad de
1947, que define las garantías de los Derechos Humanos
como fundamentos de la paz en el continente. Sin embargo en la
Conferencia de Bogota, celebrada en 1948, se aprueban
simultáneamente la Declaración Americana de los
Deberes y Derechos del Hombre, la Carta Interamericana de
Garantía Sociales y la Carta de la OEA. Esta proclama los
derechos del hombre y se dota la organización muy pronto
de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. En
1969 se elaboro el documento conocido como el Pacto de San
José, que junto con la Declaración Americana
constituye el principal texto de referencia de los Derechos
Humanos en la región. Este Pacto protege principalmente a
los derechos civiles y políticos del ciudadano, aunque han
sido incluidos algunos derechos en el Protocolo de San
Salvador, pero han quedado excluidos los derechos
económicos, sociales y culturales, excepto la
educación y los derechos sindicales.

La protección de los Derecho Humanos en el Sistema
Europeo

El continente europeo ha sido uno de los actores del proceso
de internacionalización de los Derechos Humanos, por ello
a través del Consejo de Europa se
institucionalizo el primer sistema de protección europeo:
el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos
Humanos y las Libertades Fundamentales, adoptado en Roma en 1950.
Este incluye además los derechos civiles y
políticos, adolece también de la proyección
de los derechos económicos, sociales y culturales. Tal
convenio ha sido completado con 11 protocologos adicionales
adoptados entre 1952 y 1994, pero aunque estos han aumentado la
protección en numero considerable de acciones, todas
excepto el derecho a la educación pertenecen a los
derechos civiles y políticos.

Esta laguna en un sentido solo lo salva la Carta Social
Europea de 1961, conocido también como Carta de
Turín, la cual protege algunos de los derechos
económicos, sociales y culturales y muchos de estos a su
vez han sido incluidos en el Protocolo Adicional adoptado en Mayo
de 1968: el derecho a la vejes, derechos laborales, sindicales.
Para satisfacer el mecanismo de protección, se ha creado
el nuevo tribunal Europeo de Derechos Humanos con funciones
consultiva y procesales, se desarrolla a través de
denuncias individuales ante violaciones de Derechos Humanos. Este
tribunal atiende las violaciones con tentivas en el Convenio
Europeo de 1950 y sus 11 protocolo. Para la Carta Social Europea
hay un mecanismo de protección mas sencillo, el sistema de
control de
informes gubernamentales, los cuales se presentan por los Estados
cada dos año.

La protección de los Derechos Humanos en
África
.

La Carta de la
Organización para la Unidad Africana asigna un papel
preponderante al derecho a la libre determinación de los
pueblos. El desarrollo progresivo de los Derechos Humanos y su
protección en este continente, dan al traste con la
adopción
del Protocolo de 1998, que crea el Tribunal Africano, como
mecanismo de protección de tales derechos humanos.

La Asamblea General de Naciones Unidas también ha
reservado un espacio ha reservado un espacio para la
protección de las mal llamadas minorías
indígenas, ya que existen lugares, como por ejemplo en
Guatemala
donde la población Maya esta por encima de la blanca
y constituyen un 65%. La que sucede es que esta marginada y
discriminada. Una mención especial dentro de las Naciones
Unidas y en materia de
Derechos Humanos merece el derecho al desarrollo, aprobado por la
Asamblea General en la Declaración adoptada el 4 de
Diciembre de 1986.

Conclusiones

La Universidad es un
escenario donde se adquieren grandes volúmenes de
conocimiento que luego serán llevados a la comunidad para
contribuir a su desarrollo. El uso de las tecnologías se
estará proyectando hacia el futuro y cumpliendo su encargo
social en la medida en que no se abstraiga de las contingencias
histórico sociales en las que se desenvuelve y las
enfrente de manera crítica
y constructiva, cree nuevos conocimientos, diseñe y ponga
en práctica los programas que redunden en la mejora de las
condiciones sociales, y estime siempre que su función es
contribuir a la felicidad del hombre

Recomendaciones

Aplicar el uso de las tecnologías de la Informática y las comunicaciones, en todas las Sedes Universitaria
donde el estudiante aplique los conocimientos, cree nuevos
conocimientos, diseñe y ponga en práctica lo
aprendido en clase en función del desarrollo
económico, político y social de la comunidad

Bibliografía

  • Resolución 210 de fecha 31 de Julio del 2007.

  • UNESCO " La Educación Superior en el Siglo xxi" :
    Visión Acción. Conferencia Mundial sobre la
    Educación Superior.

  • INEM "Metodología para la ordenación de la
    Formación profesional ocupacional" : Madrid
    subdirección general de formación
    ocupacional.

  • Selección de Lectura sobre El Estado y el
    Derecho.

Anexo

Instrumentos en Derechos Humanos Ratificados por Cuba.

Instrumento

Adoptado

Aprobado

Ratificación

Genocidio, Crímenes de Guerra,
Crímenes de lesa Humanidad

Convención para la prevención
y la sanción del delito
de Genocidio

9-12-1948

12-1-1951

4-3-1953

Convención sobre la
imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de
los crímenes de lesa humanidad

26-11-1968

11-11-1970

13-9-1972

Esclavitud, Trafico de Personas, Trabajo
Forzado

 

 

 

Convención sobre la esclavitud

25-9-1926

9-3-1927

6-7-1931

Protocolo para modificar la
Convención sobre la esclavitud firmada en Ginebra el 25 de
Septiembre de 1926

23-10-1953

7-12-1953

28-6-1954

Convención suplementaria sobre la
abolición de la esclavitud, la trata de esclavo y
las instituciones y practicas análogas a la
esclavitud

7-9-1956

30-4-1957

21-8-1963

Convenio para la represión de la
trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena

2-12-1949

25-7-1951

4-9-1952

Convenio OIT No 29 relativo al trabajo
forzoso u obligatorio

28-6-1930

1-6-1932

20-3-1953

Convenio OIT No 105 relativo a la
abolición de trabajo forzoso

25-6-1957

17-1-1957

2-6-1958

Tortura

 

 

 

Convención contra la tortura y otros
tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

10-12-1984

26-6-1987

17-5-1995

Asilo

 

 

 

Convención de los Estados Americanos
sobre asilo

20-2-1928

 

4-5-1931

Convención de los Estados Americanos
sobre asilo político

26-12-1933

 

17-1-1951

Derecho a la Información, Vida
privada

 

 

 

Convención sobre el Derecho
Internacional de rectificación

16-12-1952

24-8-1962

 

Migrantes

 

 

 

Convenio OIT No 97 relativo a los
trabajadores migrantes

1-7-1949

22-1-1952

29-4-1952

Trabajadores

 

 

 

Convenio OIT No 87 sobre la libertad
sindical y la protección del derecho de
sindicación

9-7-1948

4-8-1950

25-4-1952

Convenio OIT No 98 relativo a la
aplicación de los principios del derecho de
sindicación y de negociación colectiva.

1-7-1949

18-7-1951

29-4-1952

Convenio OIT No 122 sobre la política del empleo

9-7-1964

15-7-1966

5-2-1971

Convenio OIT No 135 relativo a la
protección y facilidades que debe otorgarse a las
representantes de los trabajadores en la empresa

23-6-1971

20-6-1973

17-2-1971

Convenio OIT No 141 sobre las
organizaciones de trabajadores rurales y su
fundación en el desarrollo económico y
social

23-6-1975

24-11-1977

14-4-1977

Convenio OIT No 151 sobre la
protección del derecho de sindicación y los
procedimientos para determinar las condiciones de empleo en
la administración publica.

27-6-1978

25-2-1981

29-12-1980

Mujeres

 

 

 

Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

18-12-1979

3-9-1981

17-7-1980

Convención sobre los derechos
políticos de la mejer

20-12-1952

7-7-1954

8-4-1954

Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada

29-1-1957

11-8-1958

5-12-1957

Convención Interamericana sobre el
otorgamiento de los derechos político a la mujer

2-5-1948

 

6-2-1949

Convención Interamericana sobre el
otorgamiento de los derechos civiles a la mujer

2-5-1948

 

4-3-1951

Convención sobre la nacionalidad de la mujer

26-12-1933

 

15-12-1943

Familia, Matrimonio,
Infancia

 

 

 

Convención sobre el consentimiento
para el matrimonio, la edad mínima para contraer
matrimonio y el registro de
los matrimonios

7-11-1962

9-12-1964

20-8-1965

Convención sobre los Derechos del
Niño

20-8-1989

2-9-1990

21-8-1991

Combatientes, Prisioneros y Civiles en
tiempo de Conflicto armado

 

 

 

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte
que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas
armadas en campaña( Convenio 1 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte
que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas
armadas en campaña( Convenio 2 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de
1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.
( Convenio 3 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de
1949 relativo a la protección de personas civiles en
tiempos de guerra. ( Convenio 4 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Protocolo Adicional sobre la
protección de las victimas de conflictos armados
internacionales(Protocolo 1)

8-6-1977

 

25-11-1982

Protocolo Adicional sobre la
protección de las victimas de conflictos armados no
internacionales(Protocolo 2)

8-6-1977

 

23-6-1999

Discriminación

 

 

 

Convención Internacional sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación racial

21-12-1965

4-1-1969

15-2-1972

Convención Internacional sobre la
represión y el castigo del crimen de apartheid

30-11-1973

18-8-1976

13-2-1977

Convención Internacional contra el
apartheid en los deportes

10-12-1985

 

11-12-1990

Convenio OIT No 100 relativo a la igualdad
de remuneración entre la mano de obra masculina y la
mano de obra femenina por un trabajo de igual valor

29-6-1951

23-5-1953

13-1-1954

Unión de Jurista de Cuba

Sancti Spiritus

Monografias.com

 

 

 

 

Autor:

Lic. Jorge Félix Gual Ramos

Lic. Ramón Rodriguez Hidalgo

Sancti Spíritus 8 de Octubre de 2009

Año del 50 Aniversario del Triunfo de la
Revolución

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter