- Clasificación
ontológica de la Constitución - Caracteres de la
Constitución - Materia
constitucional y contenidos de la
Constitución - Objeto y funciones
de la Constitución
Una aproximación a la materia
constitucional.
Concepto de
Constitución
Se dice que no puede haber construcción teórica posible sino
tiene fundamentos sólidos, por eso esta tesis no
podía haber empezado ni antes ni después. En tal
sentido, es menester manifestar que el formular un concepto de
Constitución ha sido y es la
problemática constante en la historia y el desarrollo del
constitucionalismo. Puesto que la complejidad del mismo, las
materias que aborda, las funciones,
objetivos,
aspectos que regula y organiza, han generado que la
configuración de un significado aceptado universalmente
sea tarea utópica. Por tanto, es imposible pretender
establecer con exactitud un concepto que abarque todos los
contenidos y aspectos relevantes y estos sean aceptados de manera
general y unívoca por una sociedad.
Empero, lo afirmado no impide que se configuren conceptos que
ayuden a comprender o al menos constituyan un esbozo respecto a
lo que es una Constitución.
El problema de establecer el concepto de Constitución
data de la evolución que ha tenido el mismo a lo largo
de la historia, dado que en cada época se
constituía significaciones con ciertas particularidades,
lo que obligatoriamente conlleva que nuestro estudio sea o
intente ser una aproximación a las definiciones de mayor
relevancia y contenido que se han establecido a lo largo del
constitucionalismo, todas ellas encaminadas al único fin
de responder a las preguntas: ¿Qué es la
Constitución? y ¿En qué consiste la
verdadera esencia de la Constitución?.
Al respecto, Lasalle, cuando emitía su conferencia en la
otrora Prusia, enfáticamente manifestaba:
. Comienzo, pues mi conferencia con esta pregunta:
¿Qué es una Constitución? ¿En
qué consiste la verdadera esencia de una
Constitución?. Por todas partes y a toda hora
mañana, tarde y noche, estamos oyendo hablar de
Constitución y de problemas
constitucionales. En los periódicos, en los
círculos, en las tabernas y restaurantes, es éste
el tema inagotable de todas las conversaciones.
Y sin embargo, formulada en términos precisos esta
pregunta: ¿En qué está la verdadera esencia,
el verdadero concepto de una Constitución?, mucho me temo
que, entre tantos y tantos como hablan de ello, no haya
más que unos pocos, muy pocos, que puedan darnos una
contestación satisfactoria.[1]
Lasalle, entendía la complejidad de la
formulación de este concepto y limitaba el mismo a los
factores reales de poder, es
decir, que la Constitución de un país es: la
suma de los factores reales de poder que rigen es ese
país.[2]
Ahora bien, aparte de lo afirmado, es menester resaltar que
dentro de esta complejidad conceptual, existe una pluralidad de
formulaciones y materias que se desprenden del término
Constitución, que hacen que la misma pueda ser
conceptualizada desde diversos aspectos, como: el
sociológico, el político, el filosófico, el
cultural, el antropológico, económico, el
jurídico, etc. Por este motivo, con bastante acierto Karl
Schmit, expresaba la necesidad de limitar el alcance del
término Constitución, así decía: "La
palabra Constitución reconoce una diversidad de sentidos.
En una acepción general de la palabra, todo, cualquier
hombre y
cualquier objeto, cualquier establecimiento y cualquier
asociación, se encuentra de alguna manera en una
Constitución, todo lo imaginable puede tener una
Constitución. Si se quiere llegar a una inteligencia
hay que limitar dicho término a Constitución del
Estado, es
decir, de la unidad política de un
pueblo".[3]
Dado el objetivo del
presente trabajo,
solamente se abordará el estudio desde la perspectiva
jurídica, aunque a veces será necesario hacer
referencia a ciertos acontecimientos de carácter político.
En tal sentido, Rivera Santiváñez, respecto a la
definición jurídica de la Constitución
sostiene:
. Desde una perspectiva jurídica la Constitución
es la ley suprema del
Estado, cuyas normas regulan el
sistema
constitucional, es decir, el modo y forma en que se organiza y
estructura
el Estado; lo
que supone que proclama los valores
supremos y principios
fundamentales sobre los que se organiza el Estado; consagra los
derechos
fundamentales y garantías constitucionales de las
personas; define y delimita la estructura
social, la económica – financiera, la
jurídica, y la estructura política, definiendo su
forma, su régimen de gobierno,
estableciendo los órganos a través de los cuales se
ejerce el poder político, determinando su estructura,
organización y el ámbito de sus
competencias.[4]
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