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Externalidades (Derecho) (página 2)



Partes: 1, 2

Las fallas del mercado no deben
existir, motivo por el cual el Derecho debe crear para tales
supuestos soluciones,
con las cuales se les brinde solución, a las cuales la
doctrina les conoce como correctores, dentro de los cuales
podemos citar el caso de los incentivos y
desincentivos, los cuales constituyen temas importantes en el
estudio del Derecho.

Las fallas del mercado son temas bastante conocidos por parte
de los economistas, pero que también deben ser conocidos
por parte de los abogados, sin embargo, esto no ocurre, lo cual
dejamos constancia a efecto de conocer mejor la realidad social
del Derecho peruano y extranjero, pero claro está que en
el Derecho estadounidense, al cual algunos lo conocen y le
denominan como Derecho americano ocurre algo distinto, por que en
dicho Derecho los abogados si conocen este importante tema
materia de
estudio como lo constituye por cierto las fallas del mercado.

Importancia del
tema

El tema estudiado, como son las externalidades, resulta ser
bastante importante en el estudio del Derecho y de la economía, por lo tanto, recomendamos su
estudio, para lo cual se debe consultar autorizada doctrina,
dentro de la cual se debe tener en cuenta sobre todo libros
extranjeros de economía, dentro de los que debe tenerse en
cuenta sobre todo los de microeconomía, los que deben consultarse no
sólo en sede académica, sino también en
otras sedes para obtener el tan ansiado conocimiento
jurídico.

Este tema es importante por que se puede comprender de mejor
manera el Derecho de la responsabilidad
civil, el cual encuentra en el Derecho peruano desarrollo
recién en los últimos años con fuentes de
información autorizadas.

Un tema que debe estudiarse también es la responsabilidad
civil, para poner fin a estas injusticias, lo cual
traería como consecuencia en algunos casos se debe
interponer demandas de la pretensión indicadas a efecto de
que los perjudicados puedan solucionar sus problemas y de
esta forma se vean corregidas estas fallas del mercado.

A la responsabilidad civil, en el Derecho peruano se le
conoce con el nombre de daños y perjuicios, sin embargo,
para ciertas personas el primero de los mencionados resulta ser
una denominación mas actual, lo que no ocurre en el
segundo caso, por un término mas clásico dentro del
Derecho patrimonial, siendo una de sus ramas o disciplinas
jurídicas el Derecho civil
patrimonial.

Por lo tanto, dejamos constancia que el Derecho de la
responsabilidad civil no es la única área de
conocimiento de las externalidades, sino que tiene otras, lo que
debe merecer un estudio mas acucioso dentro del análisis económico del Derecho.

Los legisladores deben conocer este importante tema
jurídico, como es por cierto las externalidades, a efecto
de aprobar normas mas
apropiadas en el estudio del Derecho, y de esta forma evitar
legislativamente que existan fallas del mercado.

Definición

Ahora estudiaremos la definición de externalidades, el
cual es un tema que necesariamente debe ser estudiado, a efecto
de tomar al toro por las astas y de esta manera se pueda
comprender que todos los abogados deben conocer el mismo, porque
si no se lo estudia es claro y evidente que no se podrán
solucionar en forma adecuada los problemas que se presentan.

La doctrina ha brindado una serie de definiciones, por lo
tanto, podríamos citar algunas de las indicadas, sin
embargo, en el presente deseamos no hacer citas, sino que
contenga totalmente creación de su autor.

Las externalidades pueden ser definidas como la
afectación de determinada conducta a otra
persona, pero
que no se tiene en cuenta en el precio de
intercambio, el cual en algunos casos es de compraventa.

Es decir, cuando existe externalidades, es porque existen
fallas del mercado y en tal supuesto los mercados son
ineficientes, porque se afecta a terceros que nada tienen que ver
con la conducta.

Las externalidades afectan al mercado, por ello, los
legisladores y gobernantes, entre otros, utilizan incentivos para
solucionar estos problemas, que por cierto no sólo existen
en la
República del Perú, sino también en
otros países.

En Perú existen pocas publicaciones sobre este
importante tema jurídico, por ello, casi todos los
abogados no conocen el mismo, y casi todos los que conocen el
referido, consideran que en todos los casos son negativas, es
decir, desconocen que existen externalidades positivas, lo cual
trae como consecuencia que se hace necesario desarrollar
también como tema a parte las clases de externalidades, lo
cual realizamos a continuación y con ello, esperamos que
todos puedan conocer el tema estudiado de la mejor manera, para
el desarrollo del Derecho peruano, el cual tiene dentro de sus
fuentes a la
economía, la cual es bastante importante en los estudios
realizados por parte de los abogados.

Para obtener otras definiciones de externalidades se puede
consultar otras fuentes de información, las cuales serán
bastante útiles en el estudio del Derecho y en especial
dentro del análisis económico del Derecho, el cual
es conocido por algunos como un método de
interpretación y para otros es
método de investigación, pero también puede
ser considerado válidamente como una disciplina
jurídica que puede ser aplicado a todas las disciplinas
jurídicas, es decir, no sólo al Derecho civil, sino
a todas.

Por lo tanto, conviene que en esta sede se deje constancia que
las externalidades no sólo se estudian dentro de las ramas
del Derecho, sino en todo el Derecho privado, público y
mixto, al igual que dentro de las disciplinas jurídicas
que no son ramas del Derecho.

Clases

6.1. GENERALIDADES

Ahora estudiaremos las clases, tipos o variedades de
externalidades, el cual resulta ser un tema muy importante en el
estudio del Derecho, y de esta manera debemos dejar constancia
que no se puede obviar su estudio, y así se podrá
conocer de mejor el tema propuesto, con lo cual nuestro nivel de
conocimientos necesariamente se incrementará.

Las externalidades son de dos tipos, e incluso podemos afirmar
que existen tres tipos, que sería en el caso que se tome
en cuenta a las mixtas, sin embargo, la doctrina ha desarrollado
poco en estos importantes temas del análisis
económico del Derecho, lo cual llama la atención de los estudiosos del Derecho.

Las tipos o clases o variedades mas importantes de
externalidades, son las siguientes: 1) positivas, y 2)
negativas.

Es decir, no son todas, sino sólo son las mas
importantes, ya que también pueden ser tomadas en cuenta
las externalidades mixtas, cuya mención no queremos dejar
en el tintero, las que consisten en que causan un beneficio a un
tercero, pero también les ocasionan problemas, los cuales
son supuestos mas complejos, pero pueden presentarse, las que no
han sido materia de estudio, y en todo caso esperamos que sea del
agrado de todos, para conocer un poco mas de economía, y
sobre todo del análisis económico del Derecho.

6.2. EXTERNALIDADES POSITIVAS

6.2.1. DEFINICION

Ahora estudiaremos las externalidades positivas, las cuales
deben ser tomadas en cuenta en el estudio del Derecho, por lo
tanto, hemos querido dedicarles algunas líneas.

En las externalidades positivas los jueces no son capaces de
poner el Derecho al servicio de
los agentes económicos, por lo tanto, son bastante reacios
a declarar fundadas demandas de indemnización civil en
estos casos, lo cual es bastante comprendido por parte de los
distintos operadores jurídicos.

Las externalidades son positivas cuando la afectación a
un tercero le causa un beneficio. En este caso un o mas terceros
se benefician con determinada conducta.

6.2.2. EJEMPLOS

6.2.2.1. PRIMER EJEMPLO

Cuando un vecino hace pintar su casa es claro y evidente que
ocasiona que las casas de los vecinos aumenten de valor.

6.2.2.2. SEGUNDO EJEMPLO

Cuando un campesino hace
construir un camino a la chacra, el cual beneficia a los otros
predios.

6.2.2.3. TERCER EJEMPLO

Cuando una universidad
obtiene un reconocimiento, sus alumnos se beneficiarán,
porque su centro de estudios tendrá un prestigio mayor al
anterior.

6.2.2.4. CUARTO EJEMPLO

Cuando en una calle o avenida un conductor maneja bien, los
otros conductores será beneficiados, por que se les
hará mas sencillo manejar su vehículo en dicha
calle o avenida.

6.2.2.5. QUINTO EJEMPLO

Cuando se instala un centro comercial los predios cercanos
aumentan de valor, por que se convierte en zona comercial.

6.2.2.6. SEXTO EJEMPLO

Cuando en un centro comercial un puesto tiene bastante
clientela es claro que los puestos vecinos que venden otros
productos se
benefician porque existirán mas potenciales clientes.

6.2.2.7. SEPTIMO EJEMPLO

Cuando en un barrio un vecino se viste muy bien hace quedar
bien a los otros vecinos.

6.2.2.8. OCTAVO EJEMPLO

Cuando en un barrio los vecinos utilizan vehículos en
buen estado los
otros vecinos tendrán como ventaja que sus casas
incrementarán de valor.

6.2.2.9. NOVENO EJEMPLO

Cuando se tramita la habilitación urbana de un terreno
rústico, los terrenos vecinos aumentan de valor.

6.2.2.9. DECIMO EJEMPLO

Cuando se construye un canal de regadío, es claro que
los colindantes tienen mas agua que
antes.

6.3. EXTERNALIDADES NEGATIVAS

6.3.1. DEFINICION

Habiendo desarrollado las externalidades positivas ahora nos
ocupamos de desarrollar las externalidades negativas, sobre cuyo
tema existen pocas fuentes de información, por lo tanto,
se justifica investigar sobre este importante tema
jurídico-económico, entre otras áreas del
conocimiento humano.

En las externalidades negativas es claro y evidente que los
jueces comprenden estos temas, sin embargo, algunos pocos jueces
no comprenden los mencionados.

Las externalidades son negativas cuando la afectación a
un tercero le causa problemas. En este caso uno o mas terceros se
perjudican con determinada actividad.

6.3.2. EJEMPLOS

6.3.2.1. PRIMER EJEMPLO

Cuando un vecino contamina un río es claro que los
vecinos no podrán pescar.

6.3.2.2. SEGUNDO EJEMPLO

Cuando una mina contamina los campesinos no podrá tener
cosechas adecuadas.

6.3.2.3. TERCER EJEMPLO

Cuando se instala una discoteca los vecinos tendrán
mucho ruido, y por
ello, en algunos casos sus inmuebles disminuirán de
valor.

6.3.2.4. CUARTO EJEMPLO

Cuando en una avenida un conductor choca es claro que los
otros conductores en la misma avenida tendrán problemas
para circular.

6.3.2.5. QUINTO EJEMPLO

Cuando un pintor desde el techo hace caer sin querer un tarro
de pintura y le
cae el mismo a un transeúnte.

6.3.2.6. SEXTO EJEMPLO

Cuando un transeúnte lleva un perro bravo, es claro que
los otros transeúntes podrán ser mordidos o pasar
un mal momento, por el temor a que algo les pase, como puede ser
por cierto sufrir una mordedura.

6.3.2.7. SEPTIMO EJEMPLO

Cuando un vecino en una zona residencial cría un animal
salvaje, como puede ser un león, aguila, zorro, tigre,
pantera, rinoceronte, es claro que los vecinos pueden sufrir
ataques.

6.3.2.8. OCTAVO EJEMPLO

Cuando en un centro comercial un puesto hace arreglar sus
andamios es claro que los puestos vecinos del mismo producto se
perjudican porque tienen una fuerte competencia que
deben saber sortear, y si no lo hacen pueden ser retirados del
mercado.

6.3.2.9. NOVENO EJEMPLO

Cuando un vecino se viste con ropa sucia y demasiado gastada
es claro y evidente que los vecinos tienen un problema en que
hace quedar mal al barrio.

6.3.2.10. DECIMO EJEMPLO

Cuando se modifica la ruta de algunos vehículos de uso
público y desde cierta fecha pasan por zonas exclusivas,
es claro que los propietarios de los inmuebles se perjudican por
que los últimos de los indicados bajan de precio en el
mercado, es decir, en este caso nos estamos refiriendo
única y exclusivamente al precio de mercado.

6.3.2.11. DECIMO PRIMER EJEMPLO

Cuando hay invasiones en zonas residenciales es claro que los
predios vecinos bajan de precio de mercado.

6.3.2.12. DECIMO SEGUNDO EJEMPLO

Cuando se utiliza carros chocados es claro que los inmuebles
de los vecinos disminuyen de valor.

6.3.2.13. DECIMO TERCER EJEMPLO

Cuando se desvía el agua para
regar una chacra es claro que algunos vecinos se quedarán
sin agua para poder regar
sus plantas.

 

 

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique

Ex Juez Titular Decano. Ex Registrador Público Titular.
Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos y Doctorando en Derecho en la misma
Universidad. Estudios parciales de Maestría en Derecho de
la Empresa.
Estudios de "Estrategias de
Negociación" en la Universidad del
Pacífico. Autor de publicaciones jurídicas.

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