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Aproximaciones al estudio del turismo el medio ambiente y la sostenibilidad en el Perú



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    1. Referencias
      bibliográficas

    El Perú por ser un país
    privilegiado en variedad de climas, diversidad biológica,
    étnica, cultural, religiosa y paisajística, ha
    despertado siempre la curiosidad de viajeros, científicos
    y navegantes quienes atraídos por la curiosidad terminan
    dejándonos invalorables testimonios científicos y
    artísticos cuya difusión mundial a su vez atrae a
    otros que continúan aún sorprendiendo con sus
    descubrimientos e investigaciones o
    regalando con semblante de satisfacción el haber
    encontrado en el exotismo misterioso de su cultura y
    naturaleza el
    retorno a las fuentes
    primigenias de la humanidad.Estas razones, hablan por sí
    solas sobre la imperiosa necesidad de promover una conciencia
    valorativa común por parte del Estado que
    promueva la sostenibilidad para goce del presente y esperanza del
    porvenir, más no de una normatividad adornada de
    pergaminos pero ajena a la conciencia de una clase política nacional,
    cuya ignorancia casi generalizada por este tipo de riqueza
    potencial, los ha llevado desde los albores de la
    República a dirigir su mirada a intereses electoreros
    inmediatistas.Durante los primeros 100 años de nuestra
    vida republicana, el Estado
    promovió la difusión de la apropiación
    privada de los recursos
    naturales, cada uno por separado, sin reconocer límite
    a su uso abusivo.

    El Código
    Civil de l852, incluía los recursos
    naturales dentro de la categoría de "cosas
    públicas" que pertenecen a la Nación,
    cuyo uso es de todos[1]. Consideraba que el Estado tenía
    sobre ellos un amplio y comprensivo poder de
    policía y estaba facultado para adjudicar en propiedad
    privada lo que era susceptible de aprensión u
    ocupación.En 1905el Código
    de Aguas, facilitó la privatización de este recurso siguiendo el
    modelo de la
    ley
    española. Intereses particular, muchas veces contrarios.
    al Estado se apoderaron libremente de ciertos recursos, como el
    aire y el agua, los
    que no eran objeto de transacción en el mercado por ser
    considerados "comunes" y ser utilizados como insumos en la
    extracción y transformación de otros, dando lugar a
    que la calidad de tales
    recursos, por su utilización creciente, haya llegado a un
    deterioro alarmante, su falta de valoración
    económica ha promovido su uso depredatorio, que se
    manifiesta en un costo social que
    desborda los mecanismos tradicionales del mercado.

    La constitución de l933 reconoció
    consideraciones básicas acerca del territorio y los
    recursos naturales, al declarar que "las minas, tierras, bosques,
    aguas y, en general, todas las fuentes naturales de riqueza
    pertenecen al Estado, salvo los derechos legalmente
    adquiridos; y que "la ley fijará las condiciones de su
    utilización por el Estado o de su concesión en
    propiedad o en usufructo a los particulares." [2]El Código
    Civil de 1936 incluyo ente los "bienes de
    dominio del
    Estado": las tierras públicas, las minas, las aguas, antes
    de que sean de propiedad particular[3].El desarrollo de
    la Ecología,
    primero como ciencia
    natural de las relaciones de los seres vivos, y su entorno, y
    ahora como estudio de la estructura y
    funciones de
    la naturaleza[4]ha puesto de manifiesto la necesidad de una
    revisión de la vieja concepción tradicional que
    consideraba a los recursos como "res communis extra comercium".
    La ecología ha demostrado que los recursos naturales
    forman parte de un sistema
    dinámico y abierto en que todos inciden sobre todos y por
    tanto cualquier alteración cuantitativa o cualitativa de
    uno de ellos repercute sobre el resto del sistema y lo afecta en
    su totalidad.

    La modernización de las estructuras
    jurídicas realizadas a partir de l964, significaron una
    profunda transformación en el régimen legal de los
    recursos naturales renovables, Ley General de Aguas (D. L. No
    17752)[5], Ley Forestal y de Fauna Silvestre
    (DEROGADA EL AÑO 2000 por la nueva Ley 27308, (D. L. No
    21175)[6] Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de
    las regiones de la Ceja selva (D. L. 22175)[7], sentando
    así las bases de la normatividad medio ambiental
    moderna.La Carta
    Política de 1979 traduce en el aspecto medio ambiental el
    denominado efecto Estocolmo 72. La Carta reconoce
    que "Todos tienen derecho de habitar en ambiente
    saludable. Ecológicamente equilibrado y adecuado para el
    desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la
    naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente.Es
    obligación del Estado prevenir y controlar la contaminación ambiental"[8]La conciencia
    medio ambiental reclamada por la comunidad de
    las naciones puesta por la Constitución política en
    la mesa de preocupaciones sociales del Estado peruano.Así
    a mediados de la década de los ochenta, la cuestión
    ambiental comienza a incorporarse en los aspectos sobre todo
    vinculados al desarrollo agrario de la Amazonía, a los
    espacios urbanos, a la búsqueda de una estrategia para
    la conservación y en buena cuenta al propio proceso de
    regionalización de entonces.[9]La creación del
    cinturón Ecológico de Lima Metropolitana[10]que
    tuvo como primer Presidente al ingeniero Alberto Fujimori. El
    Plan
    Estratégico Nacional para la Conservación[11]y
    el establecimiento de Sub-Comisiones Regionales en cada Gobierno Regional
    para la formulación de Proyectos de
    Estrategia Regionales para la Conservación de los Recursos
    Naturales y el Medio
    Ambiente.Estas consideraciones ambientales dadas por el
    gobierno a fines de los 80 dentro del proceso político
    jurídico de la regionalización, abortaron
    rápidamente al chocar con un escenario polémico
    sobre todo en relación con las posiciones regionales
    acerca del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales.En
    1990 menos de dos meses de su ascensión al gobierno, el
    Ingeniero Alberto Fujimori promulga el Código del Medio
    Ambiente y los Recursos Naturales.[12]

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