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Controversia de delimitación marítima entre Chile y el Perú




Enviado por juan velayarce rojas



Partes: 1, 2

  1. Sobre la
    soberanía
  2. Todo sobre la
    línea de la concordia
  3. Noticias…

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La controversia de delimitación
marítima entre Chile y el Perú (formalmente el Caso
concerniente a la delimitación marítima entre la
República del Perú y la República de Chile)
es un diferendo planteado por la República del Perú
a la República de Chile sobre la soberanía de una
zona marítima de aproximadamente 37.900 km² en el
océano Pacífico, a partir de la tesis peruana que
la delimitación del límite marítimo entre
ambos países estaría aún sin determinar;1
por su parte, la tesis chilena sostiene que no hay temas
limítrofes pendientes con el Perú, ya que existen
tratados internacionales vigentes sobre la materia.

El diferendo se refiere al área marítima
comprendida entre el paralelo que cruza el punto donde termina la
frontera terrestre entre Chile y el Perú (según
Chile el "Hito n.º 1" y según el Perú el
"Punto Concordia" en la línea de la Concordia), y la
línea bisectriz a las perpendiculares a las costas
chilenas y peruanas, formada por la superposición de las
líneas de base de ambos países que forma un
trapecio de 67.139,4 km², de los cuales unos
38.000 km² son considerados como soberanos por Chile y
respecto de los cuales el Perú pide una división
equitativa (ver gráfico); en forma secundaria se incluye
el estatus de un triángulo marino a la izquierda del
trapecio antes mencionado de 28,471.86 km² (ver
gráfico), que Chile considera alta mar y el Perú
como parte de su dominio marítimo por la proyección
de sus líneas de base. Se suma a lo anterior, el tema
relativo al punto de fin de la frontera terrestre e inicio de los
límites marítimos entre ambos países, de
acuerdo al Tratado de Lima de 1929, que según el
Perú se encuentra en la costa, en la orilla del mar
("Punto Concordia"), y que Chile considera que se encuentra 182,3
metros tierra adentro ("Hito n.º 1").

Los antecedentes de esta controversia se remontan a mediados
de los años 1980.2 En 1985, el entonces ministro de
Relaciones Exteriores del Perú Allan Wagner habría
sido el primero en abordar este asunto, de manera formal, con el
ministro de Relaciones Exteriores de Chile de la época,
Jaime del Valle;3 al año siguiente, el embajador peruano
Juan Miguel Bákula Patiño sostuvo una entrevista
con el Canciller chileno Jaime del Valle sobre esta materia, de
la cual surgió una nota diplomática, fechada el 23
de mayo de 1986.3 4 Mediante la nota antes señalada,
entregada por la embajada peruana en Santiago de Chile, el
Perú manifestó a Chile su posición en torno
a la necesidad de suscribir un tratado de límites
marítimo, bajo la premisa que era preciso alcanzar una
delimitación formal y definitiva de los espacios marinos,
que complementan la vecindad geográfica entre el
Perú y Chile; la respuesta chilena fue de estudiar el
caso.5 6

Chile ratificó la Convención sobre el Derecho
del Mar en 1997 y, de conformidad a su texto, en septiembre del
2000, depositó ante las Naciones Unidas sus cartas
náuticas donde indicaba el paralelo 18º21"00" como
frontera marítima entre los dos países; ante ello
el Perú formalizó su posición sobre el tema,
mediante una nota enviada a las Naciones Unidas el 7 de enero de
2001, en la cual no reconoce la línea del paralelo como
límite marítimo entre los dos países.

La discusión pública sobre este tema se
reactivó en 2005, cuando el Congreso del Perú
comenzó a tramitar un proyecto de ley sobre
determinación de las líneas de base de dominio
marítimo –que son sucesiones de puntos que
determinan donde termina el borde costero y, en consecuencia,
empieza el mar territorial propiamente tal–,
estableciendo la anchura del dominio marítimo del
Perú hasta la distancia de 200 millas marinas, utilizando
una línea bisectriz en la zona sur, limítrofe con
Chile; dicha ley fue aprobada y promulgada el 3 de noviembre de
2005.7

El 16 de enero de 2008 el gobierno del Perú
presentó en la Corte Internacional de Justicia el "Caso
concerniente a la delimitación marítima entre la
República del Perú y la República de
Chile"

Sobre la
soberanía

La soberanía, según la
clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576
Los seis libros de la República, es el «poder
absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es
quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin
recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a
leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural.

Thomas Hobbes suprimió esta dependencia y
constituyó al soberano en única forma de poder. De
este modo, en su tratado más famoso, Leviatán,
publicado en 1651, justifica filosóficamente la existencia
del autoritarismo estatal.

Partes: 1, 2

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