El derecho a castigar y las limitaciones a la potestad monopólica de la punición estatal
El derecho a castigar y las limitaciones a la potestad
monopólica de la punición estatal –
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INTRODUCCIÓN
La sociedad en su conjunto a través
de los tiempos, con el objeto de subsistir y poder alcanzar la
satisfacción de sus necesidades, optó por unirse a
otros de su misma especie para, surgiendo allí atisbos de
sociedad; pero nos preguntamos si esa unión es por propio
instintos o tiene un trasfondo diferente.
Algunos autores han sostenido, que la
sociedad existe por mero interés sus requerimientos de
manera inmediata. Pero sea cual fuera el origen o la
intención por la que las personas se unen en sociedad,
corresponde es ésta oportunidad, esbozar algunas ideas
sobre el derecho que le ha sido otorgado a un ente superior,
abstracto, incorpóreo, poderoso, vengativo y muchas veces
denominado "monstruo" para alguno; nos referimos al Estado, a
quien por un invisible e inmaterializado Contrato Social,
se le delega, queramos o no, a suerte de imposición;
ciertas facultades para poder así ,mantener un orden en la
sociedad, dicho orden se reflejaría en el sentimiento
generalizado de justicia y paz social. Pero es en razón, a
que no todos los habitantes de una sociedad, se comportan de
manera correcta; muy por el contrario hacen ostensibles
comportamientos desvalorados y reprochables desde todo punto de
vista, al extremo de afirmar y siguiendo un corte
existencialista, que el hombre es malo por naturaleza y bueno,
por necesidad; ello sin duda, a que si bien nuestra cultura
Religiosa nos ha imbuido desde antaño con máximas
de irrestricta observancia en el ámbito moral, estas
quedan únicamente comos sanción interior para
quienes no las observen. Quedando de otro lado, y en respuesta a
que dichos comportamientos se tornan intolerables, que el Ente
llamado Estado, ha creado, ciertos mecanismos de control que ya
no sólo se infunde un castigo interior, sino que se
exterioriza y alcanza al propio hombre pero en su mundo exterior,
sometiéndolo, a castigos, llamados en la actualidad penas;
en aras de una prevención para posibles nuevas
comisiones.
Ese derecho que tiene el Estado, a imponer
castigos es el denominado Ius Pueniendi, que no
es otra cosa que el desprendimiento de una parte mínima de
nuestra libertad para que éste supremo ente, en uso de su
poder de imperio, aplique medidas correctivas a quien afecten
intencionalmente intereses y bienes de terceros.
Empero, ese derecho que goza el Estado, no
existe libremente y de manera ilimitada; sino que la misma
sociedad con el correr de los años ha exigido la
limitación de esa facultad monopólica,
estableciendo de forma palmaria en sus cuerpos normativos
fundamentales, limitantes o cotos legales para evitar los excesos
al momento de hacer uso del Derecho a castigar. Tales
limitaciones se encuentran contenidas en los Principios rectores
de las normas sustantivas penales, en los Principios de
índole Constitucional y en la legislación
supranacional.
Por lo demás, en ésta
investigación se ha tratado de alcanzar algunas nociones
básicas respecto al derecho de castigar del Estado, los
principios limitantes a dicha facultad y su regulación en
nuestra constelación normativa, empleando un método
descriptivo en sus apartados.
AGRADECIMIENTO
A todos aquellos que con su aporte
investigativo, permiten que la ciencia jurídica vaya
in crescendo día a día.
DEDICATORIA
Para el ser más sublime y tierno
sobre la tierra…
Aquel que con su inocencia, alegría
y amor…hacen de
Mis días los más maravillosos
del mundo…
Mi hijo José Daniel Díaz
Valderrama (mi "Condorcanqui").
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Definir los alcances del Ius
Puniendi, y las limitaciones normativas que tiene dicha
potestad, a la luz de los principios rectores del Derecho
Punitivo y de nuestra Magna Charta de 1993.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Analizar los diversos enfoque s que del
Ius puniendi, se tiene a nivel doctrinario y asimismo,
la posición que adopta nuestra legislación
peruana.
Esbozar un parangón entre las
diversas acepciones del Derecho Penal y merituar la
función que tiene el mismo en el orden social.
CAPITULO I
NOCIONES
GENERALES
I.1ALGUNOS ALCANCES RESPECTO AL CASTIGO
COMO
SANCION ESTATAL, A DECIR DEL IUS
PUNIENDI.
Ius puniendi es una
expresión latina utilizada para referirse a la facultad
sancionadora del Estado. Se traduce literalmente como derecho a
penar o derecho a sancionar [1]
La expresión se utiliza siempre en
referencia al Estado frente a los ciudadanos. Por ello, si bien
puede ocurrir que otros organismos o instituciones, o en otras
situaciones, estén legitimados para castigar o sancionar
(empleador y empleado, o padre e hijo), el ius puniendi
no es aplicable a estas relaciones
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