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Hacia un desarrollo amplio de esta rama del derecho comparado



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

  1. Definición
  2. Ubicación
  3. Clases de
    Constituciones
  4. Poderes del
    Estado
  5. Derechos
    Humanos
  6. Garantías
    constitucionales
  7. Debido
    proceso
  8. Jurisprudencia
  9. Principios y
    Derechos de la función
    jurisdiccional
  10. Estructura del
    Estado
  11. Estructura del
    Estado
  12. Estructura del
    Estado
  13. Estructura del
    Estado
  14. Estructura del
    Estado
  15. Estructura del
    Estado
  16. Omisión
    legislativa

Definición

Para iniciar al presente trabajo de
investigación, primero debemos definir la disciplina
jurídica materia de estudio, como es por cierto la
indicada, y en este sentido, podemos afirmar que el derecho
constitucional comparado puede ser definido como la rama del
derecho comparado que estudia la aplicación de las
instituciones jurídicas del último de los
mencionados al derecho constitucional. Las instituciones a las
que nos referimos son conocidas ampliamente por todos, dentro de
las cuales podemos citar el caso de la comparación,
microcomparación, macrocomparación,
comparación total, comparación parcial,
comparación interna, comparación externa,
recepción, recepción interna, recepción
externa, recepción total, recepción parcial,
transplante, transplante parcial, transplante total, transplante
interno, transplante externo, transplante internacional,
circulación de derecho, fusión de derecho,
escisión de derecho, reorganización de derecho,
transformación de derecho, migración de derecho,
exportación de derecho, importación de derecho,
entre otras tantas instituciones del derecho constitucional
comparado, las cuales son aplicables a todas las ramas del
derecho comparado y para fijar conocimientos podemos afirmar que
las indicadas merecen un estudio mas amplio dentro de la parte
general o teoría general del derecho comparado, es decir,
este último tiene dos partes que son las siguientes: parte
general y parte especial.

Por lo tanto, esta rama del derecho comparado, resulta
ser bastante amplia, sobre la cual no queremos efectuar un
desarrollo total, sino tan sólo efectuar algunas
pinceladas, o dicho con otras palabras hacer algunos alcances que
puedan motivar u originar estudios posteriores de la estudiada,
como es por cierto el derecho constitucional
comparado.

Ubicación

El derecho constitucional comparado se ubica en el
derecho público comparado, la cual es una de las
principales ramas del derecho comparado, al igual que lo son el
derecho privado comparado y el derecho mixto comparado, lo cual
ha sido precisado en diversas publicaciones no sólo
peruanas, sino también extranjeras.

En todo caso, puede hacerse derecho comparado no
sólo dentro del derecho constitucional, sino entre esta
disciplina jurídica y cualquier otra, por ejemplo con el
derecho procesal comparado, investigación jurídica
comparada, entre otras.

Clases de
Constituciones

Un tema que llama nuestra atención es las clases
de constituciones, sobre lo cual se ha escrito y publicado
doctrina en diferentes libros y tratados, por lo cual, se
justifica investigar sobre este tema, al cual queremos dedicarle
algunas líneas.

Las constituciones en el derecho comparado son de dos
clases que son las siguientes: 1) constituciones escritas, y 2)
constituciones consuetudinarias, estando dentro de las primeras
las constituciones peruanas, las cuales han sido aprobadas por
parte de un legislador, a cuyo sistema constitucional estamos
acostumbrados en la familia jurídica romano
germánica, y dentro de las segundas está la
constitución de Inglaterra, es decir, en este país
existe una constitución consuetudinaria, el cual es un
tipo o clase o variedad de constitución poco conocido en
el derecho constitucional peruano.

En el derecho comparado debemos dejar constancia que
priman las constituciones escritas, y las otras constituciones
son poco utilizadas, lo cual es bastante conocido por parte de
los constitucionalistas especializados en el derecho
constitucional comparado.

Poderes del
Estado

Los poderes constitucionalizados del estado constituye
un tema de vital importancia dentro del estudio del derecho
constitucional. Por lo tanto, al momento de hacer derecho
comparado debe ser tenido en cuenta.

En varios países, se considera por parte de la
doctrina constitucional mayoritaria como poderes del estado al
poder judicial, ejecutivo y legislativo, sin embargo, esto no
ocurre en todos los países, sino que varía en
algunos países, lo cual ha generado una serie de
publicaciones, e incluso algunos destacados abogados peruanos han
viajado hasta Europa a especializarse dentro de estos importantes
temas.

Derechos
Humanos

1. GENERALIDADES

Los derechos humanos es un tema que debe ser materia de
estudio dentro del derecho constitucional comparado, dentro de
los cuales podemos tener en cuenta al derecho a la vida, a la
integridad, al domicilio, entre otros tantos derechos
humanos.

Algunos autores consideran que los derechos humanos
deben estudiarse a parte del derecho constitucional, es decir,
consideran que se trata de temas o materias totalmente
diferentes, y que en consecuencia deben merecer estudios
separados, lo cual permitiría un estudios, conocimiento,
especialización y profundización mayores, lo cual
es considerado por parte nuestra como algo discutible, sin
embargo, resulta importante tener en cuenta que los derechos
humanos es un tema regulado expresamente por parte de la
constitución política peruana de 1993, al igual que
en algunas otras, dentro de las cuales podemos citar el caso de
la constitución política peruana de 1979, y entre
todas puede efectuarse estudios de derecho comparado.

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