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Amnistía (Caso Alberto Dahik) (página 3)




Enviado por Arturo Clery



Partes: 1, 2, 3

Añade que el caso del economista Dahik constituye
uno de los más claros ejemplos de aquella
judicialización de la política, causante de una
realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos
humanos.

En su petitorio, el Presidente de la República
argumenta que está consciente que la amnistía no
procede por delitos cometidos contra la administración
pública, como es el caso que se le acusa a Alberto Dahik,
pero enfatiza que esa fue la forma mafiosa en que la
partidocracia funcionó, acusando a sus enemigos
políticos de delitos de peculado que no habían
cometido, por lo que sostener que no procede la amnistía
en este caso, por tratarse de una acción pública
por peculado, sería impedir que se investiguen las
verdaderas casusas de la persecución al ex Vicepresidente,
que se originaron en divergencias personales y luchas de espacios
de poder, como el país debe recordar.

Procedimiento

De conformidad con lo previsto en el artículo 96
de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, las
peticiones de amnistía serán dirigidas al
Presidente de la Asamblea Nacional, quien las pondrá en
conocimiento del Consejo de Administración Legislativa a
fin de que verifique el cumplimiento de los requisitos y la
pertinencia de la solicitud, emita el dictamen previo de
admisibilidad y establezca la prioridad para su
tratamiento.

La Secretaria o Secretario del Consejo de
Administración Legislativa, inmediatamente después
de admitido el trámite, remitirá a la
Comisión de Justicia y Estructura del Estado la
petición, con la documentación relacionada con la
misma y la resolución en la que conste la fecha de inicio
del tratamiento de estas causas. La mencionada comisión,
con el voto de la mayoría de sus miembros, emitirá
el informe favorable o desfavorable. En caso de informe
desfavorable, ordenará el archivo de la
solicitud.

El pedido del Jefe de Estado se sustenta en lo
establecido en el numeral 13 del artículo 120 de la
Constitución, que entre las atribuciones de la Asamblea
contempla "conceder amnistía por delitos políticos
e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las
dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán
por delitos cometidos contra la administración
pública ni por genocidio, tortura, desaparición
forzada de personas, secuestro y homicidio por razones
políticas o de conciencia".

Tomado de andes.info.ec

3 sep 2010  

Ejecutivo oficializa pedido de amnistía a favor de
Alberto Dahik

QUITO.- Mediante oficio No. T. 5454-SNJ-10-1317,
dirigido al titular de la Legislatura ecuatoriana, Fernando
Cordero, el presidente Rafael Correa  formalizó su
pedido  para que se trámite la amnistía a
favor de Alberto Dahik Garzozi, ex vicepresidente de la
República.

El presidente Correa formuló este pedido en el
marco de su informe a la nación, el pasado 10 de agosto.
En su solicitud, ej jefe de Estado señala que el 
caso Dahik constituye uno de los más claros ejemplos de
"aquella judicialización de la política, causante
de una realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos
humanos".

En su petitorio, el Ejecutivo  argumenta que
está consciente que la amnistía no procede por
delitos cometidos contra la administración pública,
como es el caso que se le acusa a Alberto Dahik, pero enfatiza
que "esa fue la forma mafiosa en

que la partidocracia funcionó, acusando a sus
enemigos políticos de delitos de peculado que no
habían cometido".

En este sentido afirma que "sostener que no procede la
amnistía  sería impedir que se investiguen las
verdaderas casusas de la persecución al ex vicepresidente,
que se originaron en divergencias personales y luchas de espacios
de poder, como el país debe recordar".

De conformidad con lo previsto en el artículo 96
de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, las
peticiones de amnistía serán dirigidas al
presidente de la Asamblea Nacional, quien las pondrá en
conocimiento del Consejo de Administración Legislativa a
fin de que verifique el cumplimiento de los requisitos y la
pertinencia de la solicitud, emita el dictamen previo de
admisibilidad y establezca la prioridad para su
tratamiento.

La Secretaria o Secretario del Consejo de
Administración Legislativa, inmediatamente después
de admitido el trámite, remitirá a la
Comisión de Justicia y Estructura del Estado la
petición, con la documentación relacionada con la
misma y la resolución en la que conste la fecha de inicio
del tratamiento de estas causas. La mencionada comisión,
con el voto de la mayoría de sus miembros, emitirá
el informe favorable o desfavorable. En caso de informe
desfavorable, ordenará el archivo de la
solicitud.

El pedido del Jefe de Estado se sustenta en lo
establecido en el numeral 13 del artículo 120 de la
Constitución, que entre las atribuciones de la Asamblea
contempla "conceder amnistía por delitos políticos
e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las
dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán
por delitos cometidos contra la administración
pública ni por genocidio, tortura, desaparición
forzada de personas, secuestro y homicidio por razones
políticas o de conciencia

Tomado www.eluniverso.com

3 septiembre, 2010

Rafael Correa oficializa pedido de
amnistía a favor de Alberto Dahik

Monografias.com

QUITO.- El presidente Rafael Correa formalizó
ante la Asamblea Nacional el pedido de amnistía para el ex
vicepresidente de la República, Alberto Dahik, y
será el Consejo Administrativo de la Legislatura (CAL) el
que resolverá el trámite
correspondiente.

En carta dirigida al presidente de la Asamblea Nacional,
Fernando Cordero, la tarde del miércoles, el mandatario
señala que uno de los mayores logros del Gobierno que
preside ha sido cambiar las instituciones políticas y
jurídicas de la República.

Hace referencia al poder que en aquel entonces
tenía, a su juicio, "el otro partido político
más influyente del país, personalizado en
León Febres Cordero, quien se dedicó a perseguir
judicialmente a todo aquel que obstaculizaba su voracidad de
poder".

El caso del ex vicepresidente constitucional, Alberto
Dahik, constituye uno de los más claros ejemplos de
aquella judicialización de la política, causante de
una realidad que ha propiciado el irrespeto a los derechos
humanos, añade.

Correa señala que tiene conocimiento que la
documentación completa referente al pedido de
amnistía fue conocida por la Asamblea Nacional
Constituyente y se encuentra en los archivos de la actual
Asamblea Nacional, junto con sendos informes al
respecto.

Por lo que formalizó pedido que hizo el pasado 10
de agosto ante la Asamblea Nacional, para que se de paso a la
amnistía a favor de Alberto Dahik, "que estoy seguro
contribuirá a la reconciliación de la
República".Este pedido lo fundamentó Correa en lo
dispuesto por el numeral 13 del artículo 120 de la
Constitución.

Dijo estar consciente que la
amnistía no procede por delitos cometidos contra la
administración pública, como es el caso que se le
acusa a Alberto Dahik.Pero esa fue la forma mafiosa en que la
partidocracia funcionó acusando a sus enemigos
políticos de delitos de peculado que no habían
cometido, para que no opere ni siquiera una amnistía
después de quince años.

"Sostener, dijo, que no procede conceder la
amnistía en este caso por tratarse de una acción
pública por peculado, sería impedir que se
investiguen las verdaderas causas de la persecución al ex
vicepresidente, que se originaron en divergencias personales y
luchas de espacios de poder, como el país debe
recordar".

Según el trámite legislativo, el CAL
deberá verificar el cumplimiento de los requisitos y la
pertinencia de la solicitud, emitir el dictamen previo de
admisibilidad y enviarlo a la Comisión de Justicia, que
preside María Paula Romo, quien se ha mostrado opuesta a
este pedido.

Tomado de www.eltiempo.com.ec

03 de septiembre /2010

Monografias.com

Se oficializa el pedido de amnistía
a Alberto Dahik

Ayer, en horas de la tarde, la
secretaría de la Asamblea Nacional recibió el
pedido oficial de amnistía hecho por el presidente de la
República, Rafael Correa, en favor del ex vicepresidente
ecuatoriano, Alberto Dahik.

 

El ex vicepresidente indicó que
desconoce las

Esta solicitud fue enviada al principal de la
legislatura, Fernando Cordero, quien dará a conocer a los
asambleístas y posteriormente poner en conocimiento a la
Comisión de Justicia, que deberá emitir un informe
sobre el tema.

El pedido del Ejecutivo se basa en que Dahik es uno de
los más claros ejemplos de la judicialización de la
política en la época de la partidocracia,
según lo señaló el pasado 11 de agosto
durante el informe del Presidente.

"El caso del economista Alberto Dahik, ex vicepresidente
Constitucional de la República, constituye uno de los
más claros ejemplos de aquella judicialización de
la política, causante de una realidad que ha propiciado el
irrespeto a los Derechos Humanos", señala la
solicitud.

Además en el oficio remitido, Correa asegura que
la amnistía para el ex funcionario "contribuirá a
la reconciliación de la República".

El Jefe de Estado indica que la acusación de
peculado sobre Dahik, es "la forma mafiosa en que la
partidocracia funcionó: acusando a sus enemigos
políticos de delitos de peculado que no habían
cometido, para que no opere ni siquiera una amnistía
después de 15 años". (RET)

Conclusiones

  • DAHIK FUE EXILIADO INJUSTAMENTE PORQ FUE JUZGADO SIN
    UNA AUTORIZACIÓN PREVIA DEL CONGRESO Y FUE SOMETIDO A
    UN JUICIO PENAL, ALGO CONSTITUCIONALMENTE
    INADMISIBLE.

  • DAHIK NO COMETIO NINGUN DELITO DE PECULADO, POR LO
    TANTO COMO ES POSIBLE QUE SE LE HALLA LEVANTADO UN JUICIO DEL
    CUAL YA EXISTEN VARIOS INFORMES LOS CUALES DEMUESTRAN QUE NO
    TIENE NINGUNA CUESTION PENDIENTE EN LA
    CONTRALORIA.

Recomendaciones

  • QUE SE SOMETA NUEVAMENTE A UN ESTUDIO MINUSIOSO EL
    CASO DEL EXMANDATARIO ALBERTO DAHIK PARA DETERMINAR Y
    AUTORIZAR SU REGRESO A NUESTRO PAIS, PROPUESTO ESTO POR EL
    PRESIDENTE RAFAEL CORREA, LO CUAL APOYAMOS
    ROTUNDAMENTE.

  • QUE SE SANCIONEN A AQUELLAS PERSONAS QUE SIN NINGUN
    MOTIVO COMENZARON EL JUICIO CONTRA DAHIK INCLUIDOS LOS JUECES
    DE ESE ENTONCES, YA QUE PASARON POR ALTO VARIAS DISPOSICIONES
    QUE LA CONSTITUCION DE ESE ENTONCES ESTABLECIA.

Bibliografía

 

 

Autor:

Roxana Baquerizo

Diana Mejillón

Ruben Soriano

Nestor Calle

Tutor:

Arturo Clery

2010

Santa Elena

FACULTAD DE CIENCIAS
ADMINISTRATIVAS

CARRERA DE INGENIERIA MARKETING

Partes: 1, 2, 3
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