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Código Procesal Penal Peruano del 2004



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

  1. Generalidades
  2. Artículo I. Justicia
    Penal
  3. Artículo II. Presunción de
    inocencia
  4. Artículo III. Interdicción de la
    persecución penal múltiple
  5. Artículo IV. Titular de la acción
    penal
  6. Artículo V. Competencia
    judicial
  7. Artículo Vl. Legalidad de las medidas
    limitativas de derechos
  8. Artículo Vll. Vigencia e
    interpretación de la Ley procesal
    penal
  9. Artículo Vlll. Legitimidad de la
    prueba
  10. Artículo IX. Derecho de
    Defensa
  11. Artículo X. Prevalencia de las normas de
    este Título

GENERALIDADES

En el presente se efectúa un estudio comparado,
entre el Código Procesal Penal peruano del 2004,
Código de Procedimiento Penal de Bolivia, Código de
Procedimiento Penal de Colombia, Jurisprudencia española y
Jurisprudencia peruana. Pero sólo respecto del
Título Preliminar del primero de los indicados y
además debemos precisar que se pone énfasis en la
jurisprudencia española, la cual es actual, y en este
sentido, permite determinar la tendencia en el derecho
español, con lo cual fácilmente se puede hacer
comparado, entre éste con el derecho peruano. Por ejemplo
la presunción de inocencia y el derecho de defensa
ameritan un estudio dentro del derecho comparado, a efecto de
conocer mas ampliamente estos importantes temas, pero sólo
hemos centrado nuestros estudios dentro del derecho procesal
penal o derecho de procedimientos penales, la cual constituye una
rama del derecho o disciplina jurídica que en los
últimos años ha alcanzado bastante notoriedad
dentro del derecho peruano, originada a consecuencia del Nuevo
Código Procesal Penal peruano del 2004, el cual ya
está en vigencia en varios departamentos, pero
todavía no está en vigencia en el departamento de
Lima, en el cual existen varios distritos judiciales y
además se concentra la mayor carga procesal comparado con
los demás departamentos del estado peruano. Hemos querido
estudiar también el Código Procesal Penal italiano
de 1989 y la ley de enjuiciamiento criminal española, pero
por motivos de tiempo no hemos podido hacerlo, lo cual constituye
para el autor del presente un trabajo pendiente que esperamos sea
realizado por parte de los lectores e investigadores que tengan
acceso al presente trabajo de investigación. En todo caso
aclaramos que hemos tenido acceso a la ley de enjuiciamiento
criminal española, pero no al Código Procesal Penal
italiano citado, sin embargo, consideramos que siempre el derecho
italiano se ha caracterizado por brindarnos instituciones
jurídicas y económicas al igual que
sociológicas y políticas bastante importantes
dentro del derecho comparado, por ello, consideramos que las
instituciones involucradas a la investigación
deberían organizar concursos de investigación para
los investigadores que publiquen trabajos de investigación
sobre este tema de actualidad en el derecho peruano.

Es necesario tener en cuenta el artículo X
estudiado, el cual regula la prevalencia del Título
Preliminar, por lo tanto, se justifica el presente estudio, en un
medio en el cual muchos abogados se están dedicando al
estudio del código estudiado y por ello, necesitan
información y herramientas útiles para hacer frente
a los retos del derecho y en esta sede del derecho procesal penal
o derecho de procedimientos penales, la cual es bastante
importante en el estudio y aplicación del derecho, sin
embargo, debemos precisar que el derecho y el derecho procesal
penal no se agotan en la ley o códigos, sino que debe
estudiarse otras fuentes del derecho, dentro de las cuales
podemos citar la jurisprudencia y la realidad social, entre otras
tantas, y en este orden de ideas podemos afirmar que la ley
dentro de la cual se ubican los códigos puede ser tenida
en cuenta para condenar, pero para absolver puede observarse
además otras fuentes del derecho y en todo caso todo lo
estudiado es dentro de la familia jurídica romano
germánica y desde otro enfoque podemos afirmar que se
compara parte del derecho sudamericano con parte del derecho
español, los cuales constituyen para nosotros fuente de
inspiración para la aplicación de las herramientas
del derecho comparado, las cuales deben ser conocidas por todos
los abogados y estudiantes de derecho en general, pero claro
está que sus ramas del primero de los indicados
sólo pueden ser dominadas por parte de los especialistas
en cada una de ellas, en tal sentido, podemos afirmar que existe
el derecho procesal penal comparado o derecho de procedimientos
penales comparado, la cual es la rama del derecho comparado que
aplica las instituciones del mismo al derecho procesal penal o
derecho de procedimientos penales, es decir, no se limita al
estudio de la ley procesal penal, ni tampoco se limita al estudio
de las comparaciones procesales penales.

Artículo
I.
Justicia Penal

     1. La justicia penal es
gratuita, salvo el pago de las costas procesales establecidas
conforme a este Código. Se imparte con imparcialidad por
los órganos jurisdiccionales competentes y en un
plazo razonable.

     2. Toda persona tiene derecho
a un juicio previo, oral, público y contradictorio,
desarrollado conforme a las normas de este
Código.

     3. Las partes
intervendrán en el proceso con iguales posibilidades de
ejercer las facultades y derechos previstos en la
Constitución y en este Código. Los jueces
preservarán el principio de igualdad procesal, debiendo
allanar todos los obstáculos que impidan o dificulten su
vigencia.

     4. Las resoluciones son
recurribles, en los casos y en el modo previsto por la Ley. Las
sentencias o autos que ponen fin a la instancia son susceptibles
de recurso de apelación.

     5. El Estado
garantiza la indemnización por los errores
judiciales.

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