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Informe sobre la película Evelin. Análisis jurídico




Enviado por MIGUEL GOMEZ



Partes: 1, 2

  1. Desarrollo de los acontecimientos observados en
    la película
  2. Análisis de los hechos hasta esta parte
    del film, de acuerdo a nuestro ordenamiento
    jurídico
  3. En
    conclusión

TRABAJO TIPO INFORME

Objetivo:

Analizar jurídicamente los hechos ocurridos en la
película Evelyn, con base a lo establecido en la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, la Convención Sobre los Derechos del
Niño, y Ley Orgánica para la Protección del
Niño, Niña y Adolecente,

I

Desarrollo de los
acontecimientos observados en la película

A finales de 1953, un ciudadano de Dublín la
capital irlandesa con la ayuda de diversos individuos conmovidos
por su caso, contrata a tres excelentes abogados y
recurrió hasta el tribunal supremo, generando así
una sentencia histórica que cambiaria y a las vez
daría mayor fortaleza a la constitución de ese
país, Desmond Doyle, un pobre pintor, algo
alcohólico y casi sin trabajo, quien es abandonado junto a
sus hijos Evelyn, Maurice y Dermont por su esposa la cual se
marcha hacia Australia con su amante.

La Sociedad Protectora de la Crueldad a los Niños
(SPCN) se entera de los hechos y decide citar ante los tribunales
al señor Doyle, quien había asumido en su
condición de padre y único sostén del
núcleo familiar la responsabilidad del cuidado y
atención de los niños. Para Desmond Doyle el caso
se agrava puesto que no poseía trabajo ni fuente de
ingresos, se dedicaba a la pintura, reparación de obras y
a presentar espectáculos de música en las tabernas
acompañado de su padre, todo esto con el firme
propósito de conseguir algo más de dinero que le
permitiera sufragar el mantenimiento de sus hijos y cumplir
así con su responsabilidad.

Al conocer del caso el ciudadano juez de distrito, con
base a lo establecido en la sección 10 de los estatutos
del acta de los niños de 1941 de la referida ley de
menores ordena "que hasta que haya una mejora significativa y
sustancial en la situación familiar y financiera de
Desmond Doyle, sus dos hijos, Dermont y Maurice Doyle quedaran
bajo tutela de los Hermanos de Kilkenny y su hija Evelyn Doyle,
será enviada a la escuela de San José de
Dublín" donde será cuidada por monjas de esa
misión."

Análisis de
los hechos hasta esta parte del film, de acuerdo a nuestro
ordenamiento jurídico

La Carta Magna de la República Bolivariana de
Venezuela establece
como una garantía constitucional
el ejercicio del derecho a la defensa, de allí puede
afirmarse, todos los ciudadanos de la República, tienen el
derecho de acceder a los órganos de justicia nacionales, a
los fines de ejercer debidamente el derecho a la defensa
consagrado en la Constitución en el siguiente
artículo:

  • Artículo 49. El debido proceso se
    aplicará a todas las actuaciones judiciales y
    administrativas; en consecuencia:

1. La defensa y la asistencia jurídica son
derechos inviolables en todo estado y grado de la
investigación y del proceso…"

Defensores Públicos asignados en la materia de
Protección de Niños, Niñas y del
Adolescentes (LOPNNA), tienen como función primordial la
de asistir y/o representar –si fuese el caso- al
Niño, Niña y al Adolescente en aquellas solicitudes
que en su favor éstos hagan por sí o por intermedio
de sus representantes. Estas solicitudes deben necesariamente
estar enmarcadas dentro de los procesos judiciales y
administrativos, contemplados en el Sistema de Protección
ampliamente desarrollado y regulado por la Ley Orgánica de
Protección de Niños, Niñas y del
Adolescentes (LOPNNA), teniendo como propósito inmediato
la protección y defensa del principio del Interés
Superior del Niño, Niña y/o
Adolescente. 

  • Artículo 21 Todas las personas son iguales
    ante la ley; en consecuencia:

"No se permitirán discriminaciones fundadas en la
raza, el sexo, el credo, la condición
social……" La ley garantizará las condiciones
jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la
ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a
favor de personas o grupos que puedan ser discriminados,
marginados o vulnerables; protegerá especialmente a
aquellas personas que por alguna de las condiciones antes
especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad
manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra
ellas se cometan.

  • Artículo 75. …."Los niños,
    niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser
    criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia
    de origen.….."

Partes: 1, 2

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