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Informe sobre la película Evelin. Análisis jurídico (página 2)




Enviado por Miguel Gomez



Partes: 1, 2

La convención sobre los derechos del
niño
, indica lo siguiente:

  • Artículo 18 Los Estados Partes pondrán el
    máximo empeño en garantizar el reconocimiento
    del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes
    en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del
    niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a
    los representantes legales la responsabilidad primordial de
    la crianza y el desarrollo del niño. Su
    preocupación fundamental será el interés
    superior del niño.

Y cuanto a la Ley Orgánica para la
Protección del Niño, Niña y Adolecente,
señala:

  • Artículo 27 Derecho a mantener relaciones
    personales y contacto directo con el padre y la
    madre.

Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a mantener, de forma regular y permanente,
relaciones personales y contacto directo con su padre y madre,
aun cuando exista separación entre éstos, salvo que
ello sea contrario a su interés superior.

  • Artículo 25 Derecho a conocer a su padre y
    madrea y a ser cuidados por ellos

Todos los niños, niñas y adolescentes,
independientemente de cual fuere su afiliación, tienen
derecho a conocer a su padre y madre, así como a ser
cuidados por ellos, salvo cuando sea contrario a su
interés superior.

  • Artículo 26 Derecho a ser criado en una
    familia

"Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse
en el seno de su familia de origen…."

Parágrafo Primero: "Los niños,
niñas y adolescentes sólo podrán ser
separados o separadas de su familia de origen cuando sea
estrictamente necesario para preservar su interés
superior…."…" Estas medidas de protección
tendrán carácter excepcional, de último
recurso y, en la medida en que sea procedente, deben
durar el tiempo más breve posible".

Parágrafo Segundo No procede la separación
de los niños, niñas y adolescentes de su familia de
origen por motivos de pobreza u otros supuestos de
exclusión social, Cuando la medida de abrigo,
colocación en familia sustituta o en entidad de
atención, recaiga sobre varios hermanos o hermanas,
éstos deben mantenerse unidos en un mismo
programa…. salud….

  • Artículo 27 Derecho a mantener relaciones
    personales y contacto directo con el padre y la
    madre.

Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a mantener, de forma regular y permanente,
relaciones personales y contacto directo con su padre y madre,
aun cuando exista separación entre éstos, salvo que
ello sea contrario a su interés superior.

II

Cumplida la sentencia judicial por parte del padre y el
abuelo con la entrega de los niños, se presenta una
diferencia en la escuela de San José de Dublín, una
monja de nombre Hermana Birgit, golpea a Evelyn y esta se lo hace
saber en una carta a su padre el Señor Doyle, quien
responde de forma violenta contra las monjas, y a la vez decide
emprender la titánica lucha de tratar de recuperar por la
vía legal a sus hijos. Su primer recurso seria el Ministro
de educación, este al ser ubicado afirmo que se necesitaba
el consentimiento de su esposa para entregarles a sus
hijos

El señor Doyle le manifiesta al ministro
¿como podre encontrar a alguien que se fue a Australia sin
indicar su dirección? Y la respuesta del ministro de
educación fue: " así es la ley eso hace de su caso
único, pues por lo general son las mujeres las que son
abandonadas por sus maridos y en este caso particular la esposa
fue quien abandono su hogar, esposo e hijos para irse con su
amante", a partir de ese momento el abogado defensor pretende
alegar "incapacidad emocional" presumiendo que al demostrar esta
tesis la esposa de Doyle no estaría apta para criar sus
hijos.

Aun cuando también considera que sería
irrelevante, pues no existe procedimiento parecido en Irlanda
para ese entonces y lo triste es que la ley exige su
consentimiento, sin prejuicio de su comportamiento irresponsable.
Este sería un caso sin precedente histórico, dado
el reclamo legal que emplazaría el Señor Doyle,
pues tendría que estar dispuesto a comenzar una
travesía que sería recuperar a sus hijos. La ley y
la justicia son dos cosas totalmente diferentes, por tanto,
desafiar a la iglesia y al estado seria catalogado como
titánico y además como pelear contra un Goliat, a
lo que respondió el señor Doyle, "que en la
historia David había vencido al gigante."

Sin embargo esa no fue de buenas a primeras su manera de
enfrentar tal adversidad, pues, decidió raptarlos y
llevárselos a Escocia, idea que le hizo cambiar la
"cantinera", eso fue motivado por el desespero de no poder
recuperar a sus hijos, era claro que si el señor Doyle
ganaba este caso se derrumbaría todos los fundamentos del
derecho de familia Irlandés, hecho este que era
considerado interesante pero casi imposible de
suceder.

  • Es importante señalar a manera de comentario
    que de haber existido para la época en que
    sucedió el caso del señor Doyle, La
    Convención Sobre Los Derechos del Niño se
    hubiera presenciado la violación de todos Los
    principios rectores de dicho tratado, es decir:

Principio de igualdad, Principio de Corresponsabilidad,
Principio de Prioridad Absoluta y por último Principio de
Interés Superior.

Adicional a esto lo consagrado en la Ley Orgánica
Para la Protección del niño, niña y
adolecente

  • Artículo 32-A.Derecho al buen trato.
    Todos los niños, niñas y adolescentes tienen
    derecho al buen trato.

Este derecho comprende una crianza y educación no
violenta, basada en el amor, el afecto, la comprensión
mutua, el respeto recíproco y la solidaridad.

  • Artículo 56 Derecho a ser respetados y
    respetadas por los educadores y educadoras

Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y
educadoras, así como a recibir una educación,
basada en el amor, el afecto, la comprensión mutua, la
identidad nacional, el respeto recíproco a ideas y
creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe
cualquier tipo de castigo físico o humillante.

  • Artículo 254(LOPNNA) Trato cruel o
    maltrato.

"Quien someta a un niño, niña o
adolescente bajo su autoridad, Responsabilidad de Crianza o
vigilancia a trato cruel o maltrato, mediante vejación
física o síquica…"El trato cruel o maltrato
puede ser físico o psicológico…"

III

Acompañado de los dos abogados defensores el
señor Doyle se presento a reclamar formalmente ante el
convento de monjas, puesto que estaba bajo el cuidado de este
instituto la niña Evelyn, sin su consentimiento, exigiendo
que le devolvieran a su hija de inmediato porque la medida
adoptada violentaba su derecho de padre y progenitor de sus
propios hijos; En ese acto entrego el recurso " habeas
corpus"
que no es más que la tutela de los derechos
fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a
cualquier acto u omisión de cualquier autoridad,
funcionario o persona, que pueda vulnerar dichos derechos,
dándose así el inicio de la querella que dio origen
a la demanda incoada por el Seños Doyle, presentada en
tiempo, forma y testigos.

En la audiencia del 10 de enero de ese año en
curso, el Juez de Primera Instancia aconsejo mal al demandante al
Señor. Desmond Doyle, lo invito a remitirse a las notas de
ese caso donde el Juez expreso su deseo de que el Señor.
Doyle no tuviera que dejar a sus niños bajo custodia mucho
tiempo. Lamentablemente eso no fue lo que ocurrió en ese
caso, pues la Ley de Menores de 1941 Irlandesa, establece
claramente que a menos que la esposa haya fallecido, lo cual no
sucede en este caso se exige el consentimiento de ambos
padres.

La disposición de la ley de Menores, debe
interpretarse en sentido "literal y gramatical" a juicio de los
Jueces, es decir, "ambos padres", significa entonces una sola
cosa, por lo tanto el fallo salió en contra del
demandante, en alusión al supra citado artículo 10
numeral 1 de su Ley de Menores, y en ausencia de los dos, la
corte de Segunda Instancia ratifico y confirmo la decisión
del ministro de educación, y por tanto
permanecerían bajo la guarda de las instituciones antes
descritas hasta que sus hijos cumplieran 16 años de edad y
dado que no existía otra interpretación de ley de
Menores, toda apelación sería considerada una
pérdida de tiempo judicial, por lo tanto le deniegan toda
apelación y recurso jerárquico posible.

En esta parte de los hechos se suman la
violación de lo establecido en:

  • Artículo 49 (CRBV). El debido proceso se
    aplicará a todas las actuaciones judiciales y
    administrativas; en consecuencia:

…"Toda persona declarada culpable tiene derecho a
recurrir del fallo,

con las excepciones establecidas en esta
Constitución y en la ley".

  • Artículo 26 Derecho a ser criado en una
    familia

"Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse
en el seno de su familia de origen…."

Parágrafo Primero Los niños, niñas
y adolescentes sólo podrán ser separados o
separadas de su familia de origen cuando sea estrictamente
necesario para preservar su interés superior. En estos
casos, la separación sólo procede mediante la
aplicación de una medida de protección aplicada por
la autoridad competente y de conformidad con los requisitos y
procedimientos previstos en la Ley. Estas medidas de
protección tendrán carácter excepcional, de
último recurso y, en la medida en que sea procedente,
deben
durar el tiempo más breve posible.

IV

Tomando en consideración que en tres
oportunidades el Ministro de Educación se rehusó a
reconsiderar el caso del Señor Desmond Doyle,
decisión que fue confirmada por el tribunal de alzada y
negada como fue la posibilidad de apelación en una
instancia superior, la estrategia encaminada por la defensa se
tornaría en abandonar el caso primario y establecer uno
nuevo, basado en otros preceptos y principios jurídicos
totalmente diferentes y ante la corte suprema de
Irlanda

En la cual aducirían que una ley de menor Rango y
Jerarquía violenta Principios Constitucionales Irlandeses
tales como:

  • Artículo 1: La Constitución de Irlanda
    no contendrá disposiciones contrarias a la ley
    divina

  • Artículo 41: Un padre y su hijo tienen un derecho
    fundamental divino de gozar de su mutua
    compañía

  • Artículo 42: Un padre inocente no debe ser
    privado de su derecho de brindar educación a su
    hijo

  • El grupo de abogados que asistía al
    señor Doyle, considero que lo más viable en
    este caso sería demostrar la teoría de Hans
    kelsen, la cual expresa lo siguiente:

"Un orden jurídico es un sistema ya que las
normas que lo integran pueden ser referidas en última
instancia a una norma fundamental, la cual se encuentra en la
cúspide de la pirámide jurídica, es decir
que el sistema en qué consiste el orden jurídico,
no está compuesto de normas yuxtapuesta (una al lado de la
otra) y de igual categoría, si no de normas
jerarquizadas."

  • En nuestro caso el Orden Jurídico Venezolano,
    está representado por un sistema de normas y su norma
    fundamental es La Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela y con relación a este lo
    establece en los artículos 7, 25,131, 139, 334, 335,
    336 N. 7

V

En tal sentido, la defensa baso sus argumentos en la
privación de ese derecho fundamental y divino, esbozado en
su propia Constitución, a la cual aludían en
defensa de los intereses de Desmond Doyle, existiendo
también la posibilidad de comprobar que tanto el Ministro
de Educación y el Tribunal de Alzada, hubiesen violado la
Constitución específicamente lo establecido en el
Articulo 42, ejusdem. Hasta ese momento las leyes irlandesas
establecían a la familia como base fundamental y en la
Corte Suprema la contraparte hizo referencia a la "sagrada
familia", como ejemplo, aludiendo a María, José y
Jesús como la familia perfecta,

En el trascurso del juicio la le echan en cara al
Señor Doyle, que pretendía crear una familia "sui
generis", pues no existía una madre para sus hijos. Quien
se defiende alegando que su único deseo es brindarles amor
a sus hijos, ese amor que su madre les había negado, En la
Corte Suprema, Evelyn fue oída por única y
exclusiva vez, En la sesión programada para dar respuesta
a la controversia se denota que jamás en la historia de
Irlanda había sido declarada Inconstitucional una ley, y
que a pesar de la falta de precedentes los argumentos presentados
fueron convincentes,

De igual manera se comprobó en transcurso de la
audiencia la increíble recuperación familiar y
económica del Señor Doyle, y el evidente vinculo de
amor existente entre padre e hijos, lo cual impresiono no solo a
los Jueces sino a todos los presentes en la Corte Suprema, sin
embargo los jueces para determinar la controversia expresaron que
no deben guiarse por los sentimientos sino por los pensamientos y
la razón y no con el corazón y aunque la ley
irlandesa carecía de precedentes, pudieron decidir en base
a un caso similar en Inglaterra del año 1891 en el juicio
del " Estado vs. Clark",

En el cual quedo establecido que el principio del
derecho inalienable de un padre para sus hijos, fue adoptado por
el derecho consuetudinario, sin embargo el derecho de un padre,
puede, como el derecho consuetudinario, ser derogado por la ley,
a diferencia de Inglaterra, en Irlanda, existe una
Constitución escrita, por lo tanto, un padre tiene el
derecho inalienable y divino de gozar de la
compañía de sus hijos y en base a este articulo el
fallo de la Corte Suprema fue a favor del demandante Desmond
Doyle.

Tras esta victoria sobre el estado Irlandés y la
Iglesia Católica, muchos niños regresaron a sus
familias de origen puesto que fue declarada la Inconstitucional
la Ley de Menores.

  • En relación a esta ultima parte de los
    hechos, es resaltante uno de los pocos derechos ejercido por
    Evelyn

Artículo 80 (LOPNNA) Derecho a opinar y a ser
oído y oída.

Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a:

a) Expresar libremente su opinión en los asuntos
en que tengan interés.

b) Que sus opiniones sean tomadas en cuenta en
función de su desarrollo.

Parágrafo Primero. Se garantiza a todos los
niños, niñas y adolescentes el ejercicio personal y
directo de este derecho, especialmente en todo procedimiento
administrativo o judicial que conduzca a una decisión que
afecte sus derechos, garantías e intereses, sin más
límites que los derivados de su interés
superior.

Parágrafo Segundo. En los procedimientos
administrativos o judiciales, la comparecencia del niño,
niña o adolescente se realizará de la forma
más adecuada a su situación personal y
desarrollo.

Parágrafo Cuarto. La opinión del
niño, niña o adolescente sólo será
vinculante cuando la ley así lo establezca. Nadie puede
constreñir a los niños, niñas y adolescentes
a expresar su opinión…."

En
conclusión

La hechos presentada en la película Evelyn, aun
cuando se ejercen muy pocas normas de nuestro ordenamiento
jurídico, constituyen en su gran mayoría una
violación de por lo menos una docena de principios,
derechos y garantías establecidas en Venezuela, a
continuación haremos mención a las
ejercidas* y las negadas en el film.

  • En lo referente a la constitución de la
    República Bolivariana de Venezuela

  • Articulo 21 "Todas las personas son iguales ante la
    ley….."

  • Articulo 49 "El debido proceso….."

  • Articulo 75 "El Estado protegerá a las
    familias….."

  • Articulo 76 "La maternidad y la paternidad son
    protegidas….."

  • *Artículos 7, 25,131, 139, 334, 335,
    336 N. 7 "representación de la norma
    jurídica"

  • En cuanto a la Convención Sobre los
    Derechos del Niño

  • Artículo 18 "Los Estados Partes
    pondrán el máximo empeño en
    garantizar…."

  • Articulo 09 "…el niño no sea separado de
    sus padres contra la voluntad de éstos…"
  • Artículo 16 "Ningún niño será
    objeto de injerencias arbitrarias o ilegales…."

". El niño tiene derecho a la protección de la
ley contra esas injerencias ataques"

  • Artículo 19 "todas las medidas legislativas,
    administrativas, sociales y educativas

apropiadas para proteger al niño contra toda forma de
perjuicio o

abuso físico o mental,…."

  • Principio de igualdad

  • Principio de Corresponsabilidad,

  • Principio de Prioridad Absoluta y por
    último

  • Principio de Interés Superior

  • Y lo dispuesto en la Ley Orgánica para la
    Protección del Niño, Niña y
    Adolecente

  • Artículo 03 "Principio de igualdad y no
    discriminación"

  • Artículo 04-A. "Principio de
    Corresponsabilidad"

  • Articulo 05 "Obligaciones generales de la familia e
    igualdad de género…"

  • Articulo 08 "Interés Superior del
    Niños, Niñas y Adolecente"

  • Artículo 25 "Derecho a conocer a su padre y
    madrea y a ser cuidados por ellos"

  • Articulo 26 "Derecho a ser criado en una
    familia"

  • Artículo 27 "Derecho a mantener relaciones
    personales y contacto directo con el padre y la
    madre."

  • Artículo 32-A. "Derecho al buen
    trato."

  • Artículo 56 Derecho a ser respetados y
    respetadas por los educadores y educadoras.

  • *Artículo 80 Derecho a opinar y a ser
    oído y oída.

  • Articulo 354 "Improcedencia de la privación
    de la Patria Potestad por razones
    económicas."

En Irlanda para ese entonces, no existía el
procedimiento que estipula nuestro legislador en el
artículo 353 de la LOPNNA, el cual se refiere a la
declaración judicial de privación de la patria
potestad, de haber estado vigente, tales acontecimientos
difícilmente se hubieran presentado, mas sin embargo los
hechos ocurrido a raíz de esta sentencia fueron elementos
suficientes para la modificada la ley de Menores 1941.

Hoy en día Irlanda, es parte de los 192
países que firmaron y ratificaron la Convención
sobre Derechos del Niño en la Organización de
Naciones Unidas, con lo cual está obligado al igual que el
resto de las naciones a cumplir, respetar y promover todos los
preceptos y principios legales en beneficios de sus Niños,
Niñas y Adolescentes.

 

 

Autor:

Miguel Gómez

Universidad Rafael Belloso
Chacín

Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas

Cátedra: Derecho de la Niñez
y la Adolescencia

Prof. Carlos Morales

Monografias.com

Partes: 1, 2
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