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Las leyes agrarias en el gobierno de Fujimori



Partes: 1, 2, 3

  1. Presentación
  2. Consecuencias sociales
  3. Legislación pendiente

Presentación

El presente trabajo es realizado para cumplir con los
fines y objetivos del Curso de Derecho Agrario y Medio Ambiente,
en el cual se hace un análisis a grandes rasgos de la
Legislación agraria en el gobierno de Alberto Fujimori
Fujimori, ex presidente de la República, década
pasada, en cuyo devenir se hicieron muchas modificaciones en
materia agraria, decisiones y gestiones que involucraron a la
población peruana y muy especialmente al sector
campesino.

En este trabajo expongo los aspectos más
importantes de la legislación que fueron promovidos y
replanteados en la década pasada, marcada por el cambio de
política económica, hacia una economía
política de total apertura y Neoliberalismo.

En la primera parte exponemos rasgos importantes, como
la derogación de la Ley de reforma agraria, y la Nueva
Constitución política del año de 1993,
pasando los años posteriores donde se modifica la Ley de
Aguas, Ley forestal, Ley de Promoción e Inversión
Agraria.

En la segunda parte hacemos un análisis acerca de
las repercusiones sociales que tuvo la aplicación y/o
modificación de la legislación agraria y su
incidencia en la población, haciendo una evaluación
de los resultados.

Finalmente alcanzamos conclusiones y recomendaciones
para dar a conocer una opinión critica y científica
en el análisis de este tema.

I

La
legislación agraria en el gobierno de
Fujimori

Un buen análisis del Derecho Agrario en nuestro
país nos obliga a hacer un balance de lo que se ha hecho
en materia de legislación agraria en el país. Una
rápida mirada a las normas legales muestra en principio
que el agro ha recibido atención por parte de los
responsables de su elaboración y de la definición
de políticas. Una revisión más cuidadosa,
sin embargo, detecta aspectos aún pendientes de
definición y no pocas contradicciones.

Si la década de los años 70 estuvo marcada
por el proceso de la reforma agraria, la década que acaba
lo está por el proceso de desregulación de mercados
y más precisamente de liberalización de la
propiedad de las tierras y de las actividades agrarias en
general.

Una de las normas más importantes del
período fue la Ley de Promoción de las Inversiones
en el Sector Agrario, Decreto Legislativo N° 653, que
derogó la Ley de Reforma Agraria (D.L. 17716). Esta ley,
promulgada en 1991, significó un importante vuelco en
materia de legislación agraria, iniciando la
desregulación de una serie de aspectos vinculados a la
actividad agraria, como son la tenencia de tierras,
aprovechamiento de tierras eriazas, comercialización,
créditos, uso del agua, organización administrativa
y de los usuarios del agua, tierras de selva y ceja de selva,
agroindustria, entre otros.

Luego del autogolpe de abril de 1992 se producen
importantes cambios. Empezando por la aprobación de una
nueva Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, mediante
Decreto Ley N° 26000. Después vendrá la
elaboración de una nueva Constitución
Política, la cual es sometida a aprobación mediante
referendum.

Partiendo de un nuevo modelo de organización del
Estado, limitado a promover la actividad de los agentes
económicos y dentro del marco de una economía de
mercado, en la Constitución de 1993 las normas relativas a
la propiedad y la actividad agraria son no sólo reducidas
sino adelgazadas en su contenido. De esta forma se refiere la
Constitución en un solo artículo a la propiedad
agraria, eliminando el requisito de la conducción directa
para garantizarla, y en otro artículo se refiere a las
comunidades campesinas y nativas. Respecto de estas
organizaciones, el único artículo constitucional
dedicado a ellas ratifica su existencia legal y reconocimiento de
su personalidad jurídica y amplía el campo de su
autonomía a la disposición de sus tierras.
Así, el régimen constitucional de protección
de tierras comunales, vigente desde 1920, queda reducido a la
imprescriptibilidad, limitada a su vez por el abandono de
tierras. Las comunidades tienen ahora la facultad de disponer de
sus tierras de acuerdo a la voluntad de sus asambleas.

En 1995 los cambios normativos se consolidan con la
aprobación de la Ley de Promoción de la
Inversión en las Actividades Económicas en las
Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y
Nativas, Ley N° 26505, más conocida como Ley de
Tierras. Ratificando lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N° 653 y retomando la breve Constitución de 1993, la
Ley de Tierras elimina la mayor parte de las limitaciones a la
propiedad de las tierras (algunas incluso puestas por el Dec.
Leg. 653), derivando en lo fundamental la regulación de
las tierras al Código Civil.

Partes: 1, 2, 3

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