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Los niños, adolescentes y sujetos de pobreza crítica como objeto de represión




Enviado por cruz navas



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Los
    niños, adolescentes y sujetos de pobreza
    crítica como objeto de represión y
    desprotección
  3. La
    administración de la justicia como fuente de
    criminalización
  4. Conclusión
  5. Bibliografía

Introducción

La Patria Potestad, tiene sus orígenes en tiempos de
los romanos, de donde por supuesto, proviene todo o casi todo
nuestro ordenamiento jurídico occidental. Eran los tiempos
en los cuales el pater familias podía disponer de todo
cuanto poseía como bienes, incluyendo los esclavos, y en
cierta forma, de la vida o muerte de los hijos (jus vitae
necisque).

Este derecho sobre los hijos, ejercido por el pater familias,
con el tiempo se fue reformando, hasta llegar a convertirse en
más que un derecho del padre sobre los hijos, en una
sistema de protección supraestatal, ya que es el Estado
quien vigila la protección de los derechos y deberes que
tienen los padres para con sus hijos, de allí lo
más novísimo en protección de Derechos del
Niño y del Adolescente como lo es la LOPNA (Ley
Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolescente), en cuanto al tema de la Patria Potestad y su
vinculación directa con el Derecho de Familia, por ser
ésta la célula de la sociedad y donde el
niño nace, crece y se desarrolla, no queremos ahondar
mucho, por no discutir entre quienes piensan que el Derecho de
Familia, más que de Derecho Privado, ha pasado a ser parte
substancial del Derecho Público, por ser el Estado el
principal protagonista de este tipo de Derecho o en todo caso, un
tercer tipo de Derecho que reúne particularidades del
Privado y Público simultáneamente.

Los niños,
adolescentes y sujetos de pobreza crítica como objeto de
represión y desprotección

La Convención sobre los Derechos del Niño
constituye en relación al proceso institucional y
político de América Latina un dato de singular
importancia tanto para los titulares de los derechos, es decir
los niños, niñas y adolescentes, como para los
titulares de obligaciones – los Estados partes de la
Convención – sin desconocer la amplia y
heterogénea composición de actores sociales e
institucionales que conforman los de responsabilidades entre
quienes la familia, las iglesias y la sociedad civil organizada
conforman un plexo de trascendental incidencia.

Cuando la Convención ingresaba en el plano
jurídico de los países de América Latina
muchos de los pueblos concluían con regimenes
dictatoriales caracterizados por la sistemática
violación de los Derechos Humanos o de conflictos armados
con sus efectos y secuelas sobre las jóvenes generaciones.
La Convención sobre los Derechos del Niño fue
recibida como un componente de la renovada esperanza en las
bondades de la vida democrática y en ella la justicia, la
libertad y el respeto a los Derechos Humanos.

Ratificar la Convención implica una
reafirmación de los compromisos de los Estados de ampliar
y redefinir las políticas públicas al niño,
adolescente y familia a efectos de garantizar el ejercicio pleno
de loas Derechos Humanos.

Contradictoriamente este periodo histórico
resulta coincidente con el auge de concepciones neoliberales que
debilitaran ala capacidad de los Estados para dar respuestas
adecuadas a amplios sectores infantiles víctimas de
pobreza extrema, exclusión social, violencia o
discriminación. En muchas ocasiones el pago de intereses
de la deuda externa sustrajo los necesarios recursos de
inversión para la niñez.

El ingreso al tercer milenio no puede celebrarse sin
considerar que el compromiso de los Estados y su propia
condición democrática necesita examinarse bajo la
óptica de este nuevo contrato social que representa la
Convención y desde la cual es posible identificar
tendencias que deban potenciarse como también tendencias
inquietantes que necesitan ser visibilizadas en su mayor
integridad y profundidad.

Se puede afirmar que la aprobación y
divulgación de la CDN ha ido generando avances en la
conciencia social en relación a que niños,
niñas y adolescentes son sujetos sociales,
políticos y de derechos. Este reconocimiento permite
construir progresivamente la visión de que a su
titularidad de derechos corresponde la titularidad de
obligaciones de los Estados para su realización,
así como la responsabilidad en este proceso de diferentes
actores tales como la familia, las organizaciones sociales, las
instituciones religiosas y la cooperación
internacional.

De sentimientos de piedad, de malentendida caridad y
compasión, se va pasando – en muchos casos por
exigencia y esfuerzo de los propios niños, niñas y
adolescentes – a reconocerlos imprescindibles para
profundizar la democracia y ejercitar una ciudadanía sin
exclusiones. Crece una consideración de la infancia como
fenómeno social y no como una sumatoria de casos a ser
atendidos.

Este avance en la conciencia colectiva se concreta en
las diferentes iniciativas impulsadas desde la sociedad civil
para promover la participación protagónica de
niños, niñas y adolescentes en los cambios y
progresos de su comunidad. El gran reto que se encara es el
respeto, la valoración y aprovechamiento de las
diversidades culturales, geográficas y sociales que
caracterizan a nuestros pueblos en la Región.

Partes: 1, 2

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