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Política criminal con argumentación doctrinal (México)



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Desarrollo
  3. Conclusiones
  4. Bibliografía

INTRODUCCIÓN

La Política Criminal es considerada como el
estudio del conjunto de medidas empleadas por los órganos
de gobierno, para hacer frente a la criminalidad que afecta a un
Estado, con la intención de encontrar soluciones
pertinentes en la disminución de los niveles de
delincuencia, respetando el Estado de Derecho.

Lamentablemente en México, el derecho penal y los
servidores públicos encargados de formarlo, aplicarlo y
ejecutarlo, han sido rebasados por los altos niveles de
criminalidad; posiblemente por falta de actitud y aptitud, por
debilitamiento de las instituciones, falta de vocación, o
por intereses mezquinos de quienes detentan el poder. Lo cierto
es que el garantismo es un discurso vano y letra muerta en la
legislación mexicana, debido a que las "garantías
individuales" resultan una utopía principalmente para las
clases homogéneamente más desvalidas que habitan en
los Estados Unidos Mexicanos. Resulta imprescindible llevar a
cabo un estudio profundo sobre los elementos constitutivos del
delito y delincuente; así como los procedimientos en la
formulación, aplicación y ejecución de las
normas jurídico penales; es por ello, que en el presente
trabajo se analizaran importantes pensadores que han contribuido
en la construcción de conceptos, que guardan una
relación directa con el tema.

DESARROLLO

1. VON Liszt, Franz.

La pena es parte de la historia de la sociedad, forma
parte de la cultura e inteligencia del hombre; es la
reacción de la sociedad frente a las perturbaciones de la
convivencia humana, tanto en lo individual como en lo colectivo.
La pena representa un fin en la esfera jurídica penal, se
estudia la pena como elemento esencial para logra una
armonía social. A través de la idea de fin, la pena
posee objetivo y medida, se desarrolla el supuesto del delito,
como su contenido y su sistema penal. Bajo el concepto de fin lo
coercitivo se convierte en derecho penal.

"Von Liszt ha sido considerado como un idealista
positivista, negó la existencia del delincuente nato,
criticó a los naturalistas radicales como peligrosos
adversarios".[1] El delincuente no nace, sino que
se hace; es por ello, que debe existir una pena que sea
pertinente, para limitar su conducta
antijurídica.

La adecuación a fin, es el camino que marca el
rumbo ha seguir en el estudio de los delitos, la pena debe ser
tomada como protección jurídica de bienes
inexcusablemente que en el caso en concreto se aplique en
contenido y alcance pertinente, a través de la pena se
protege el conjunto de bienes jurídicos.

"… la apertura del derecho penal, no puede ser
mera dogmática, sino una disciplina compuesta, en la que
conviven otros conocimientos heterogéneos, de
carácter jurídico y criminológico".
[2]

La pena es correcta si es justa y necesaria, el poder
del Estado vincula la idea de fin con la justicia punitiva; solo
la pena necesaria es justa; para aplicar una pena primero se
deben medir los resultados causados y seleccionar de forma
pertinente la pena correcta.

Para determinar la magnitud de la pena, se tiene que
utilizar el método sociológico, a través de
una sistemática observación de la población,
para que posea certidumbre y validez. La estadística
criminal sirve para obtener el objetivo, ayuda a comprobar
científicamente su eficacia protectora para bienes
jurídicos y su eficacia en la disminución de la
delincuencia. Se debe observara el delito como fenómeno
social y la pena como medio con función social.

"… la pena no puede ser sencilla y
únicamente retribución. De la reacción
instintiva contra el reo no puede deducirse que la pena sea
retributiva, ya que esa reacción era meramente objetiva,
basada en la causalidad material y no en la culpabilidad. A
juicio de Von Liszt, aún en la más primitivas
épocas se apercibe el fin de tutelar los bienes
jurídicos y, poco a poco, el hombre adquiere la idea, la
conciencia de ese fin" … "la idea dominante era que la pena
había de ser retributiva y que la justicia de la pena
radicaba en su naturaleza ética no justifica ni fundamenta
la pena. Sólo el fin puede justificarla y la pena justa
será la que mejor proteja los bienes jurídicos.
Para von Liszt la pena justa es la pena
necesaria".[3]

La pena se dirige contra la voluntad del delincuente, de
forma coercitiva; edificando efectos inmediatos de la pena al
destruir los bienes jurídicos propios de su voluntad
ilícita; provocando la intimidación,
corrección y neutralización al delincuente;
protegiendo bienes jurídicos mediante la pena.

La pena se dirige contra los delincuentes y no contra la
descripción del delito, el delincuente es el titular de
los bienes jurídicos cuya lesión o
destrucción constituyen la esencia de la pena. Para el
derecho penal es imprescindible tomar en consideración
tres puntos: a) Corrección de los delincuentes, b)
Intimidación de los delincuentes, c) Neutralización
de los delincuentes.

Partes: 1, 2

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