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Principios Generales del Derecho



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Conceptos
  3. Características de los Principios
    Generales de Derecho
  4. Funciones de los Principios
  5. Principios generales del Derecho Penal
    peruano
  6. Código Penal de 1991
    vigente

Introducción

Uno de los temas más interesantes
para la investigación y enseñanza del Derecho en el
Perú esta relacionado con los "Principios Generales del
Derecho" entre los países pertenecientes al sistema y
familia Romanística de un lado y los países
pertenecientes al Common Law de otro lado, dos familias que en la
actualidad, son las más importantes, pues las demás
con la globalización deben a una de las dos su marcada
influencia.

Aquellos que están inmersos en el
Common Law o angloparlantes , el tema no es importante ni
necesario, porque no tienen un sistema legal y doctrina universal
sino jurisprudencial e indudablemente individualista a decir de
clásicos franceses del Derecho de gran autoridad
académica.

PRINCIPIOS GENERALES DEL
DERECHO

Conceptos

Los principios generales del Derecho son los enunciados
normativos más generales que, sin perjuicio de no haber
sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de
procedimientos formales, se entienden forman parte de él,
porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos
particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un
grupo de ellos.

Estos principios son utilizados por los jueces, los
legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en
general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar
normas jurídicas cuya aplicación resulta
dudosa.

Los principios generales del derecho es harto sugestivo
y sobre él se han producido en abundante literatura la
filosofía y la dogmatica jurídica; como que
representa uno de los mas claros y fuertes vínculos de
conexión y enlace entre una y otra disciplina.

Los principios generales de derecho en su mas alto y
comprensivo sentido son materia propia del filosofo del Derecho;
empero hallándose ellos en la raíz misma de las
instituciones jurídicas particulares no pueden ser
extraños al jurista profesional y a éste pertenecen
desde luego y a su competencia están, cuando descienden de
aquellas alturas para encarnar en la vida prestando
espíritu, color y base a los preceptos de una
legislación positiva. En él transito de una o otra
esfera lo que ganan en concreción y acaso en intensidad,
lo pierde en amplitud y extensión; al fin ese transito
representa una mayor un acomodamiento en que la virtud del
principio, antes generalísimo, se infunde en
términos más particulares que a su modo la incitan
y disminuyen, dividiendo principios ya menos generales y
más limitados.

Los principios generales de Derecho son el aval de toda
disquisición jurídica; ellos emparan los
razonamientos jurídicos aunque estos tomen por base un
precepto de ley o de costumbre, sirviéndoles de
altísimo fundamento, cuyo caso son de fuente primaria
difusa de solución jurídica que acompaña a
todos los fallos expresa o tácitamente

DEL VECCHIO, estima que los principios generales del
Derecho por el legislador son los de derecho romano o
común o de derecho civil positivo rechaza la teoría
llamada derecho libre iliberal a su entender, porque concede al
juez un cierto poder legislativo contra la dogma constitucional
de la división de los poderes y vuelve sus ojos aquellos
otros principios altísimos, sumo, que están que
están en la base del derecho romano y común y de
él son presupuestos, que se han trasmitido entre los
prácticos por antiquísima tradición y cuyas
huellas se encuentran en los polvorientos tratados de Derecho
natural. De las dos tendencias, filosóficas e
historicista, que, respectivamente, domina las contestaciones A
la pregunta cómo hayan de entenderse los principios
generales del Derecho, invocados por el legislador italiano, DEL
VECCHIO se sitúa dentro de la filosofía que
describe al Derecho natural esa función supletoria e
integradora de las reglas del Derecho Positivo.

Características de los Principios
Generales de Derecho

Son enunciados normativos que expresan un juicio
deontológico acerca de la conducta a seguir en cierta
situación o sobre otras normas del ordenamiento
jurídico. Cada uno de estos principios generales del
Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los
individuos, el principio o un estándar para el resto de
las normas

Naturaleza y fundamento

Respecto a los principios generales del
Derecho se ha desarrollado una polémica acerca de si ellos
son extraños o externos al Derecho positivo, o si son una
parte de él.

Según la posición de la escuela del
Derecho natural racionalista, hoy ya superada, los principios
generales, serían principios de un Derecho natural
entendido como orden jurídico separado del Derecho
positivo.

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