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Los Recursos (página 2)



Partes: 1, 2

La
Impugnación

Es única vía abierta para aquel que no
esta conforme con la decisión del juez que se ha declarado
incompetente. No es necesario decir que el juez no habrá
fallado el fondo puesto que se ha declarado
incompetente.

Si nadie ataca la sentencia que declara la
incompetencia, o sea nadie acude la contradit, quedara apoderada
la jurisdicción de envió y su competencia no puede
discutirse ni por las partes, lo cual, en hecho, puede determinar
el apoderamiento de una jurisdicción
incompetente.

Los casos en los cuales la impugnación esta
abierta

  • 1. Cuando el tribunal se declara
    incompetente.

  • 2. Cuando el tribunal se declara competente,
    pero sin decidir el fondo.

  • 3. Cuando el tribunal se declara competente,
    sin decidir el fondo, pero lo ha tenido que tocar para poder
    decidir su competencia.

Conceptualización del Derecho Procesal
Civil

Es una rama del derecho que regula el proceso, a
través del cual los "sujetos de derecho" recurren al
órgano jurisdiccional para hacer valer sus propios
derechos y resolver incertidumbre jurídica.

El derecho procesal civil se entiende como una
sucesión concatenada de comportamientos estancos, a fin de
ordenar y desarrollar el proceso. Para ello, cada etapa tiene una
serie de normas de procedimiento a las que hay que ajustarse para
que el proceso sea válido, esto es, legal y
jurídicamente válido con fuerza de ley.

Evolución

En cuanto origen universal del Derecho Procesal Civil
fue en Roma y también una influencia por la
religión.

La evolución se ve influenciada por España
y por el Derecho Germánico el cual va modificado pero que
existe aun en nuestros días el 12 de abril de 1932 fue
creado el Código Civil, y el 12 de julio de 1932 fue
rechazado, después paso a la Secretaria de
Gobernación y a los abogados de la primera
comisión, entonces se le agrego una forma de comprobar su
derecho, se acorto el proceso, y se hizo más
económico.

Tenemos después el proyecto Solórzano en
el año de 1932 donde surgió la jurisdicción
por parte del Estado, después el respeto y las
características de las partes del juicio para que sea
distinguido de terceros, que haya una mayor equidad y un mayor
principio de economía.

Precedentes

El derecho procesal civil, al igual que el ordenamiento
jurídico en su conjunto, evoluciona normalmente de manera
gradual; en uno pocas veces, con algún retraso en
relación con las transformaciones sociales y los avances
tecnológicos. De ahí que, en nuestra materia, las
tendencias actuales no surgen en general en el pasado reciente,
sino que se manifiestan con el pasado de varios años, y en
ocasiones, de de decenios.

Hace poco los estudios del proceso civil se ocuparon en
lo fundamental de las normas y los principios contenidos en los
códigos procesales civiles, con descuido del
análisis de las normas y los principios que establece la
constitución acerca de esta materia.

Plazo, deber del
secretario

El plazo para interponer el recurso de
impugnación es de quince días a partir del
procedimiento de la sentencia.

Entendemos que si decisión se ha rendido
contradictoriamente, estando presente las partes. El plazo de los
quinces días ni es franco u comienza a correr desde de la
fecha de su pronunciamiento. Pero si el juez se ha reservado el
fallo ocurren dos eventualidades: a) si el fallo es reservado a
fecha fija, el plazo no es franco y tiene su fecha como punto de
partida. b) si el fallo que se reservo sine die será
necesario proceder a su notificación y esta será el
punto de partida del plazo.

El plazo de los quince días rige no importa que
el tribunal se haya declarado incompetente o competente, en los
casos en los cuales es procedente el recurso de
impugnación.

La instancia se suspende hasta la expiración del
plazo los quince días y si el recurso es incoado se
suspende hasta que la corte de apelación lo haya
conocido.

Lo que debe hacer el secretario

El secretario que ha recibido el recurso y la
consignación de los gastos debe:

1ro Notificar a la parte adversa una copia de la
impugnación, por medio de carta certificada, con acuse de
recibo.

2do Transmitir al secretario de la corte el
expediente de la impugnación, y una copia de la
sentencia.

Una copia de sentencia. Para el cumplimiento de lo
primero no hay plazo.

Procedimiento

Proceso civil:

  • Las partes pueden renunciar

  • La decisión esta limitada a los pedimentos de
    las partes

  • Existe lo que se designa como jerarquía de
    pruebas

Demandas Incidentales

Son aquellas formadas después de iniciado el
proceso, ya sea por el demandante contra el demandado, por el
demandado en contra del demandante, por el demandante o demandado
en contra de un tercero, por un tercero en contra del demandante
o demandado o contra ambos a la vez.

Referimiento

Procedimiento en virtud del cual ante la urgencia de
proteger en derecho se obtiene del presidente del tribunal una
decisión de carácter provisional que tienda a
asegurar el derecho amenazado. Es decir, se acude a los
referimiento para prevenir un daño o para cesar una
turbación manifiestamente ilícita.

Competencia de la
Jurisdicción

La competencia es la atribución jurídica
otorgada a ciertos y especiales órganos del Estado de una
cantidad de jurisdicción respecto de determinadas
pretensiones procesales con referencia a los demás
órganos de se clase. Ese órgano especial es llamado
tribunal.

La competencia tiene como supuesto, el principio de
pluralidad de tribunales dentro de un territorio jurisdiccional.
Así, las reglas de competencia tienen por objeto
determinar cuál va a ser el tribunal que va a conocer, con
preferencia o exclusión de los demás, de una
controversia que ha puesto en movimiento la actividad
jurisdiccional. Por ello se ha señalado que, si la
jurisdicción es la facultad de administrar justicia, la
competencia fija los límites dentro de los cuales se
ejerce tal facultad. O, dicho de otro modo, los jueces ejercen su
jurisdicción en la medida de su competencia.

Mientras los elementos de jurisdicción
están fijados, en la ley, prescindiendo del caso concreto,
la competencia se determina en relación a cada juicio (a
cada caso concreto).

La Corte
apoderada de la Impugnación

La corte es apoderada de la impugnación, tiene
que decidir el asunto de la competencia.

Es deber de la corte designar la jurisdicción
competente. Pero la corte puede avocar el fondo bajo ciertas
condiciones.

Se puede presentar una doble
situación:

1º La corte se limita a estudiar sobre la
competencia.

2º La corte se avoca el fondo.

 

 

Autor:

Magnolia de Los Santos

Partes: 1, 2
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