Teoría de los Derechos Subjetivos –
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Teoría de los Derechos
Subjetivos
1. Los derechos subjetivos son aquellos, los
cuales son titulares las personas y por ende los
usufructúan para la satisfacción de sus
necesidades; Vgr.
Derechos familiares
Derecho a la vida
Derecho a la adquisición de un
bienDerecho a la defensa
Derecho a tomar decisiones de su propia
voluntadDerecho a pertenecer a un sociedad
Derechos de crédito
2. deseo en este contexto traer a colación
los puntos de vista del derecho subjetivo; Por una parte
encontramos el aspecto interno o activo y por otro lado el
aspecto externo o pasivo, lo cual entran a controvertir en muchos
aspectos formando una tensión; alrededor de ello podemos
definirlos también como el aspecto de goce en cuanto a el
aspecto interno o activo y paralelo a esto el ordenamiento
jurídico y el deber frente a estas responsabilidades, esta
sería la parte externa o pasiva.
3. de acuerdo con el derecho subjetivo,
meticulosamente frente al aspecto interno o pasivo encontramos
varios fundamentos:
El Titular; Puede anotarse como el eje
principal en esta teoría, ya que a este es el actor
principal, al titular se le atribuye el ordenamiento
jurídico, goce y responsabilidades en determinado
momento.Gobierno o Ejercicio; Este como medio de
exteriorización, es decir, el ente soberano que
atribuye el actor su goce y su responsabilidad como
régimen jurídico.Función o Contenido; Puede anotarse
como la finalidad de goce de dicho derecho; como ya lo
expresamos os derechos son para el hombre un medio para la
satisfacción de sus necesidades, paralelo a esto la
función o contenido del derecho subjetivo es el
propósito de determinado derecho.
4. Si se tiene en cuenta que los derechos
subjetivos van ligados o correlacionados con los derechos
fundamentales, paralelamente el Estado entra a cumplir un papel
fundamental en el marco jurídico, es decir si determinada
exigencia la hace el usufructuario por establecido derecho, puede
recurrir al estado como un derecho de accionar.
5. Constitucionalmente hablando, a los
colombianos les imponen una serie de deberes jurídicos
como:
Respetar los derechos ajenos y no
abusar de los propios.Obrar conforme al principio de
solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias
ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de
las personas.Respetar y apoyar a las autoridades
democráticas legítimamente constituidas para
mantener la independencia y la integridad
nacional.Defender y difundir los derechos
humanos como fundamento de la convivencia
pacifica.Participar en la vida política,
cívica y comunitaria del país.Propender al logro y mantenimiento de
la paz.Colaborar con el mantenimiento de la
administración de la justicia.Proteger los recursos culturales y
naturales del país y velar por la conservación
de un ambiente sano.Contribuir al financiamiento de los
gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de
justicia y equidad.
6. Ha destruido metódicamente este
dualismo, poniendo me manifiesto que no se trata de dos sistemas
opuestos, si no de aspectos análogos o parcelas de un
mismo todo, ya que la teoría exponía que se trataba
de dos aspectos incomparables.
7. Esto despliega que no solo entre personas
puede existir relación jurídica pues entre persona
y cosas también existe dicha relaciones pues entre
personas o cosas también existe dicha relación pues
están protegidas por un ordenamiento
jurídico.
8. El estado civil expresa determinada
situación o calidad de las personas; Vgr, el sexo, la
edad, el estado mental…
Existen situaciones jurídicas que representan
también un modo de ser, en cuanto a la posesión de
ciertas calidades como la situación jurídica de
propietario, acreedor…
La protección que el ordenamiento jurídico
otorga que a los derechos subjetivos, igualmente le concede a los
estados civiles y demás situaciones
jurídicas.
10. Los Derechos Humanos son el conjunto de
valores éticos que componen la dignidad humana propia de
todos los hombres desde que nacen, sin distingo de
religión, raza, edad, sexo, condición social,
pensamiento, etc.
11. DERECHOS FUNDAMENTALES.
Derecho a la honra.
La paz es un derecho y un deber de obligatorio
cumplimiento.
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