Monografias.com > Estudio Social
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El trabajo social en función de la reinserción de los sancionados



Partes: 1, 2

  1. Objetivo
  2. Introducción
  3. Desarrollo
  4. Conclusiones
  5. Bibliografía

"LA ENSEÑANZA DE LA VIRTUD ES
MÁS NOBLE

QUE EL EXAMEN INÚTIL DE LAS HONDAS
LLAGAS SOCIALES".

JOSÉ MARTÍ
PÉREZ

Objetivo

Demostrar lo importante que resulta en los momentos
actuales el trabajo social con los sancionados dentro y fuera de
los establecimientos penitenciarios.

Introducción

El trabajo social es una disciplina social que opera a
nivel de individuos, grupos y comunidades y actúa en las
relaciones sociales entre las personas y sus entornos sociales,
cuya misión es la de facilitar que las personas
desarrollen sus potencialidades y capacidades y la
prevención de las disfunciones sociales revistiendo, en el
afán de lograr este propósito, un importante papel,
las instituciones, el conjunto de acciones que realiza el Estado
(política social) y los sistemas políticos, con el
objetivo de lograr que las individuos participen en la propio
proceso de transformación.

El trabajo social en su práctica e vincula
directamente a las condiciones de vida de los hombres y mujeres,
sobre todo, cuando estos aparecen como obstáculos para la
integración del individuos la sociedad y para la
satisfacción de las necesidades, y resulta que en
ocasiones esas condiciones de vida, ese medio donde el individuo
se desarrolla, lo conlleva a buscar en la comisión de
hechos delictivos, una fuente de satisfacción de
necesidades que por lo general coinciden con las conocidas
necesidades falsas, implicando esa trasgresión de
la norma penal una respuesta como puede ser, en correspondencia
con la gravedad del hecho, la privación de libertad; sin
embargo, reconocer que las personas encarcelas siguen formando
parte de la sociedad, conservan la mayoría de los derechos
de los ciudadanos libres y adquieren por añadidura
derechos específicos debido a su situación de
presos, son principios esenciales de humanitarismo y de
solidaridad social.

No puede obviarse que la sanción no tiene solo
por finalidad la de reprimir por el delito cometido, sino
también la de reeducar a los sancionados en los principios
de actitud honesta hacia el trabajo, de estricto cumplimiento de
las leyes y de respeto a las normas de la convivencia socialista,
así como prevenir la comisión de nuevos delitos,
tanto por los propios sancionados como por otras personas, pues
la mayoría de los delincuentes conservan un fondo de
moralidad que es posible explotar, son sensibles al rechazo de la
sociedad, sienten desprecio por sí mismos y anhelan el
perdón de sus allegados y de la comunidad por la falta
cometida, persiguiendo nuestro Estado, en primer orden lograr la
reinserción del recluso en la sociedad, donde, a nuestro
juicio es relevante, el trabajo social que en ellos se
realiza.

No constituye una política estatal novedosa la
preocupación por la disminución de la
población penal para lograr su efectiva
atención.

Ya en 1997, con las modificaciones realizadas a la Ley
62 "Código Penal", se introdujeron una mayor cantidad y
amplia gama de Medidas Subsidiarias a la Privación de
Libertad, las que tienen como fin fundamental, el
cumplimiento de la pena impuesta bajo el control social, o sea,
sin que conlleve el internamiento del penado en un Centro
Penitenciario,
la llamada "Orden 3" del Ministro del
Interior, era ejecutada bajo el control de los Jefes de Sectores
de la Policía Nacional Revolucionaria, los Jueces
Ponentes1 , y las Comisiones de Prevención y
Atención Social, en las que ejercen labor trascendental la
Central de Trabajadores de Cuba, los Comités de Defensa de
la Revolución y la Federación de Mujeres
Cubanas.

Esta Orden tuvo resultados positivos, pero a su vez
requería de perfeccionamiento, pues el alto número
de hechos delictivos que se radicaban en aquella etapa no
propiciaba la correcta atención e esta actividad por el
Juez Ponente, siendo insuficiente también la
atención que las organizaciones de masas prestaban a la
misma.

Para el vuelco que demandaba esta actividad fue creada
por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, a
través de la Instrucción 163 del 14 de diciembre
del 2001, la institución del Juez Encargado de la
Ejecución de las Medidas Subsidiarias, los beneficios y
las Medidas de Seguridad predelictiva2 , cuya labor fundamental
consiste en coordinar y controlar en la demarcación
territorial correspondiente, el debido cumplimiento de aquellas,
ello a través del apoyo que las entidades y organizaciones
legalmente responsabilizadas de un modo u otro, y el auxilio de
los asistentes judiciales.

Las entidades y organizaciones que participan son el
MININT, MTSS, CTC, CDR, FMC, ANAP, Presidente y representantes
Ejecutivos de la Comisión de Prevención y
Atención Social, así como las administraciones de
los centros de trabajo a que son destinados los sancionados
ó asegurados.

Partes: 1, 2

Página siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter