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Despenalización del consumo personal de drogas




Enviado por Pamela Furrer



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Conceptos
  3. Penalización de las drogas
  4. Evolución del "problema droga" en la Argentina
  5. Camino a la despenalización
  6. Una mirada interesante
  7. Conclusión
  8. Bibliografía

Introducción

Una leyenda asegura que el hombre descubrió el café,
al ver unas cabras de Yemen comiendo un fruto que las alteraba profundamente,
ha observado a los elefantes ingerir algunos frutos que fermentados les produce
borrachera y los gatos que comen hierbabuena que los aletarga, y los tordos
consumen los frutos del espino cerval en grandes cantidades para alucinar. Cada
civilización suele incorporar una droga a sus ritos; por ejemplo, los
brasileños emplean el fruto del guaraná. En Gabón, África
los Bwiti utilizan el iboga, mientras en Brasil la Waika hacen sus ritos con
el árbol virola, y los Peruanos, Colombianos y Bolivianos utilizaban
la hoja de coca para suplir y acrecentar su energía y fortaleza, y como
los huicholes, los mazotecos, zapotecas, tzotziles, han utilizado de manera
medicinal y ritual Hongo Sagrado, que en la época de los años
60" pusieron de moda los famosos Beatles y toda la cultura Hippie, que
además fue el primer grupo que utilizo una de las primeras drogas de
laboratorio creadas por el hombre y el L.S.D "ácido". Desde
luego, en la actualidad hay innumerables que podemos conseguir, con solo una
receta en cualquier farmacia de Estados Unidos o Argentina, como es el valium,
rohipnol, anfetaminas (para bajar de peso), algunos sedantes y tranquilizantes,
pero ninguna de estas drogas, así como la cocaína y marihuana
se utilizan hoy como se utilizaban en el pasado para lograr aquellas visiones
que les permitían una mejor comprensión con la realidad del universo,
sino todo lo contrario, hoy vemos como la juventud busca una manera de evadir
con lo que tenga al alcance, o no hemos visto como los jóvenes se drogan
con thiner, activo o cemento, simplemente para no sentir su apremiante necesidad
de todo lo que han carecido, y que la misma sociedad le niega, ¿no se
drogan para olvidarse de su hambre?. El origen, entonces de las drogas, es el
inicio de la civilización, pues las drogas no son para intoxicarse. Todo
es veneno, solo la cantidad que se consuma es la que puede hacer daño.
Vivimos en una cultura de la droga, desde la mañana cuando tomamos cafeína
en el desayuno, hasta la noche, en que podemos relajarnos al volver a la casa,
con un aperitivo alcohólico, o un inductor del sueño como un somnífero,
recetado por el medico, utilizamos diferentes sustancias, que afectan sobre
el Sistema Nervioso Central, para enfrentar estas peripecias de la cotidianeidad.
Como también muchos de nosotros nos activamos a medida que trascurre
el día, aspirando nicotina.

Aun cuando las drogas han estado presentes en todas las culturas y en todas
las épocas, hoy son más las personas que consumen drogas, hay
más cantidad y hay mas facilidades para conseguirlas.

Cuando se realiza una encuesta y se pregunta por los mayores problemas de la
sociedad actual siempre sale nombrado el "problema de drogas". Y cuando
se consulta a la gente el porque de este problema siempre se nombra como un
problemas de pobres y marginales. Y hace mucho tiempo que dejo de ser un problema
de ellos, y esto ocurrió cuando las drogas fueron el mejor negocio para
algunos y la peor desgracia para otros.

El consumo de sustancias es cada vez más permisivo, esto hace creer
a las personas "que no sucede nada si se consume".

La drogadicción y todo lo asociado a ellas es una gran pérdida
de plata para quienes están en contra, sobre todo para los estados quienes
deben combatirlas desde muchos puntos a la vez. En principio mi postura apoyaba
la penalización del consumo personal de drogas, sin embargo mientras
desarrollaba el trabajo de investigación mi opinión fue variando,
con esto no quiero decir que esté a favor o en contra del consumo de
drogas, se que es un problema en si mismo, pero en función de todo mi
desarrollo concluyo que el problema es el negocio que se hace con la droga,
el gobierno penaliza, y deja todo el negocio a la mafia, y la mafia esta en
el gobierno. De esta manera la sociedad se ve afectada económicamente,
culturalmente, políticamente, socialmente, etc….. y esto es un cuento
de nunca acabar.

Para la realización de esta monografía me he basado en una metodología
de investigación bibliográfica. En principio indague sobre aspectos
conceptuales del tema Droga, luego examine entre otras cosas, fallos, situación
actual del tema y opiniones de expertos.

CAPITULO 1:

Conceptos

DEFINICION DE DROGADICCION.

Es una enfermedad que tiene su origen en el cerebro de un gran número
de seres humanos, la enfermedad se caracteriza por su cronicidad o larga duración,
su progresividad y las recaídas.

Es el uso indebido de cualquier tipo de drogas con otros fines y no los iniciales
que se hayan prescrito, cuando existe la prescripción.

Es una dependencia psíquica, cuyo individuo siente una imperiosa necesidad
de tomar droga o, en caso contrario, un desplome emocional cuando no la ingiere
y una dependencia física producida por los terribles síntomas
de abstinencia al no ingerirla.

La drogadicción causa problemas físicos, psicológicos,
sociales y financieros.

Se denomina drogadicción al estado psíquico y a veces físico
causado por la interacción entre un organismo vivo y una droga. Caracterizado
por modificaciones del comportamiento, y por otras reacciones que comprenden
siempre un impulso irreprimible al tomar la droga en forma continua o periódica
con el fin de experimentar sus efectos psíquicos y a veces para evitar
el malestar producido por la privación.

Al hablar de dependencia de una droga nos referimos al uso compulsivo, pero
hay que diferenciar la dependencia física y psíquica. En la primera
se presenta el Síndrome de Abstinencia al dejar de consumir y en la segunda
dicho síndrome no se presenta.

Se debe entender que el adicto seguirá siendo un adicto mientras viva,
es decir, que el individuo se rehabilita para poder vivir sin consumir la droga
y, de allí en adelante, éste será un adicto en remisión,
no estará usando la droga, pero para mantenerse en ese estado de abstinencia
o remisión no podrá bajar la guardia.

QUE SON LAS DROGAS.

Son aquellas sustancias cuyo consumo puede producir dependencia, estimulación
o depresión del sistema nervioso central, o que dan como resultado un
trastorno en la función del juicio, del comportamiento o del ánimo
de la persona, que pueden crear habito a quienes las consumen.

Es toda sustancia capaz de alterar el organismo y su acción psíquica
la ejerce sobre la conducta, la percepción y la conciencia. La dependencia
de la droga es el consumo excesivo, persistente y periódico de toda sustancia
tóxica.

El término drogas visto desde un punto de vista estrictamente científico
es principio activo, materia prima. En ese sentido droga puede compararse formalmente
dentro de la farmacología y dentro de la medicina con un fármaco,
es decir que droga y fármaco pueden utilizarse como sinónimos.
Los fármacos son un producto químico empleado en el tratamiento
o prevención de enfermedades. Los fármacos pueden elaborarse a
partir de plantas, minerales, animales, o mediante síntesis.

Existe una segunda concepción que es de carácter social, según
ésta las drogas son sustancias prohibidas, nocivas para la salud, de
las cuales se abusan y que en alguna forma traen un perjuicio individual y social.

Luego nos queda el problema dónde actúan estas sustancias, ya
que todas estas drogas tienen un elemento básico en el organismo que
es el sistema nervioso central el cual es la estructura más delicada
y el más importante que tiene el ser humano, y si estas sustancias actúan
sobre esas estructuras dañándolas, perjudicándolas, indudablemente
que van constituir un elemento grave y peligroso para la colectividad; para
la salud individual y lógicamente para la salud pública.

QUE ES LA ADICCION A LAS DROGAS

La drogadicción, drogodependencia o también llamada dependencia a sustancias psicoactivas es la IMPERIOSA NECESIDAD que una persona tiene por consumir bebidas con contenido alcohólico u otra clase de drogas (marihuana, cocaína, inhalantes, tranquilizantes, alucinógenos, etc.).

Esta necesidad no desaparece a pesar de que la persona consumidora o usuaria sufra las consecuencias negativas producidas al momento de consumirlas o después de dejar de usarlas. Se trata más de una necesidad Psicológica que Física.

La adicción es: Una enfermedad primaria, progresiva y mortal.

PRIMARIA: Esta palabra significa "primera" o que aparece en primer lugar.

Puede padecerla cualquier persona, tenga o no tenga enfermedad mental alguna,
y debe ser tratada primeramente, esto es: antes que cualquier otro problema
emocional o mental y esto quiere decir sencillamente que la persona tiene que
aceptar que está enfermo y que debe abstenerse de seguir consumiendo
drogas o alcohol, además de pedir ayuda a los expertos en la materia.
Los científicos aseguran que desde temprana edad un niño(a) se
comporta dé tal manera que va preparando el terreno para que se desarrolle
la adicción al alcohol o las drogas algunos años después.
Ellos hablan de los niños que son muy nerviosos, hiperactivos e inestables.
También pueden cambiar su manera de comportarse al ser presionados por
el medio familiar o social o, sencillamente, al llegar a la pubertad pueden
sufrir cambios en su manera de ser que se deban más a las crisis propias
de esta etapa de la vida y, por lo tanto, esta supuesta personalidad "preadictiva"
( riesgo de convertirse en adictos) desaparece para siempre.

PROGRESIVA: Quiere decir simplemente que las cosas van a ir empeorándose
cada vez más mientras la persona no se atienda. Se requiere de ayuda
especializada. No basta con charlas interesantes e intensas en donde se aconseje
o regañe al adicto, invirtiendo tiempo, energías e inteligencia,
si bien puede que salgan convencidos ambos de que algo bueno va a suceder próximamente,
al cabo de pocos días u horas las cosas van a regresar a como estaban
antes o peor.

MORTAL: Esto parece fácil de entenderse: a medida que las personas adictas
consuman más drogas o alcohol, tiene más riesgo de morir por una
sobredosis. Pero este punto no es el único que hace mortal a esta enfermedad.
También se puede morir en un accidente vial por ir manejando intoxicado;
del mismo modo puede perderse la vida en algún pleito a golpes o por
lesiones producidas por arma blanca o arma de fuego, situaciones que se presentan
comúnmente cuando las personas se encuentran intoxicadas, o incluso pueden
morir al no ingerir alimentos o líquidos vitales ya que la mayoría
de las drogas quitan el hambre y en ocasiones hasta la sed; del mismo modo se
puede sucumbir sencillamente porque mientras se abusa de las drogas se pierde
el sentido de la vida y se llega al suicidio y esto es algo que le sucede a
gran cantidad de adictos, finalmente se puede perecer por la sencilla razón
de que a la mayoría de los adictos les resulta muy difícil parar
de consumir el alcohol o drogas y esto va a provocar un deterioro progresivo
de las funciones vitales del organismo hasta que este deje de funcionar.

DROGADICCIÓN SEGÚN LO LEGAL Y LO JUDICIAL.

Aquí el análisis se centra en la sustancia (droga).

Desde el punto de vista legal las drogas pueden clasificarse en legales o ilegales.

Para lo judicial la droga es activa en sí misma. La persona es la víctima
y también el delincuente. Que es una contradicción en este modelo.
La categoría social que toma sería la del vicio. Es una categoría
moral y un delito. En cuanto al medio social, se expresa en la ley con un criterio
normativo. La norma señala la barrera que separa lo ilegal de lo legal,
lo prohibido de lo permitido, lo bueno de lo malo en términos absolutos.

Para la legislación Argentina, existen drogas legales e ilegales, las
legales y aceptadas son el tabaco y el alcohol, además de algunos fármacos.
Las ilegales son aquellas que universalmente son reconocidas como ilegales además
de la marihuana que en algunos países ya es legal.

Aquí en Argentina la Ley 23.737 (en vigencia) considera delito el tráfico y la tenencia de drogas para consumo personal, pero en este último caso ofrece tratamiento como alternativa a la cárcel.

DROGADICCIÓN SEGÚN PSICOLOGOS Y SOCIOLOGOS

Aquí el problema traslada el protagonismo a la persona. No interesa el tipo de droga que se consume.

Este modelo centra su atención en el vínculo que tiene el individuo
con la droga, para determinar si ese vínculo es de dependencia.

La adicción sería un síntoma individual. Considera también
que el adicto es un enfermo, pero con la diferencia que la adicción no
es una enfermedad. La enfermedad está en una situación estructurada
tapada por la droga, generalmente en la familia o grupos de pertenencia.

EFECTOS Y MOTIVOS DEL CONSUMO DE DROGAS

Los conocimientos acerca de la etiología de la fármaco-dependencias
han aumentado mucho en la última década desde múltiples
y diferentes puntos de vista. Como todas las enfermedades crónicas, los
desordenes por abuso de sustancia constituyen una entidad multideterminada,
en la cual podemos distinguir elementos biológicos o hereditarios, psicológicos,
conductuales, ambientales o del medioambiente familiar y socioculturales.

Al analizar los factores individuales, son importantes los factores neurofisiológicos
de la adicción, en un modelo que se centra en la búsqueda de un
estado placentero y en el hecho de que la droga es un camino para inducir ese
estado.

Dentro de los factores psicodinámicos, el abuso es visto como una secuencia
de soluciones parciales y un trato consigo mismo que lleva al ciclo compulsivo.
Cada droga provoca tonos afectivos específicos y produce efectos con
relación a configuraciones yoicas defectuosas que se ven consolidadas
por el abuso. Desde el punto de vista psicogenético si bien muchos de
los problemas pseudos enfrentados por el abuso provienen de etapas tempranas
del desarrollo infantil, es en la adolescencia donde se empiezan a manifestar
abiertamente estas conductas.

Los factores etiopatiogénicos pueden clasificarse en Biológicos,
Psicológicos y Ambientales.

A su vez, estos pueden integrarse en una perspectiva ecosistémica, que
agrega al análisis de la multicausalidad, el de las dinámicas
de sistemas complejos e interdependientes, del que resulta interesante examinar
las funciones que adquiere la droga en distintos niveles de organización.
Estas funciones resultan de la confluencia del efecto de la droga con las vulnerabilidades
preexistentes en un determinado nivel sistémico.

Factores Biológicos: Entre estos pueden nombrarse lo de transmisión
hereditaria. Otra explicación se basa en la presencia de características
temperamentales y de personalidad que llevan al consumo, se distinguen dos tipos
de consumo: uno determinado por el sexo y otro determinado por el medio. El
primero, tiene alta penetrancia genética y menores componentes ambientales.
Comienza generalmente antes de los 25 años, con un patrón de consumo
caracterizado por ingesta elevada persistente conductas agresivas, antisociales
y delincuentes. El otro tipo es de comienzo más tardío, tiene
alto y bajo en la frecuencia de consumo y un patrón de perdida de control
progresiva en la medida que transcurre el día, con mayores sentimientos
de culpa después de la crisis de ingesta.

Factores Psicológicos: La personalidad puede generar predisposición
a la droga. La presión del grupo de iguales podría causar el uso
de drogas como escape o como búsqueda de euforia, cuyas reales consecuencias
son la autodestrucción más el severo dolor psíquico. Parece
que el tipo de droga usada no es diferente, y que diferentes adictos, seleccionan
diferentes drogas dependiendo de su organización específica de
personalidad. La hipótesis de la automedicación explica el rol
de la droga en la solución de problemas crónicos en la persona
en cuatro áreas de su funcionamiento: vida afectiva, autoestima, relaciones
y auto cuidado. El déficit en esta área lleva a explicar su vulnerabilidad
al efecto de drogas específicas. Las drogas ofrecen un alivio farmacológico
rápido frente a emociones extremadamente intensas.

Factores ambientales: Entre los aspectos ambientales, la socialización
temprana influyen en la tendencia a utilizar sustancias químicas. Existe
una correlación entre presencia de fármaco dependencias y un ambiente
familiar inestable, y el desarrollo de consumo mayor de sustancias químicas
en la adolescencia.

Existen también profesiones de alto riesgo; aquellas en que está
en mayor contacto con sustancias químicas, sea por razones de expendio,
trafico o distribución. Así como aquellas en las que hay poca
estructura en los horarios diarios, es decir, escritores, artistas o personas
que recorren distancias o lugares con horarios más o menos libres.

La red social inmediata influye poderosamente en el consumo de sustancias químicas:
los amigos presionan a muchos jóvenes que no hubieran consumido, siendo
que esta práctica es común dentro del grupo, a veces con connotaciones
simbólicas; de iniciación de pertenencia etc.

Los controles legales, sea de accesibilidad de la edad de consumo o del tráfico
y distribución, están claramente ligados, así como las
medidas impositivas y el costo de las sustancias legales. Estas medidas parecen
estar entre las más efectivas para enfrentar el problema a un nivel de
políticas de salud o de gobierno. La inestabilidad social y la falta
de futuro visible, tienen una relación clara con las tasas de consumo
de drogas.

Los medios de comunicación de masas, tienen hoy día un rol central
en la promoción de conductas dañinas o protectoras de la salud.
Medios audiovisuales como la televisión, pueden fomentar el uso de sustancias
químicas en forma directa (promoción) o indirecta (al mostrar
a sus héroes, cantantes o actores famosos consumiendo y sugerir que son
modelos dignos de ser imitados).

Es indudable, finalmente, que la familia tiene un rol central en la génesis
y mantención de estos problemas: la actitud permisiva de los padres,
y el consumo de sustancias químicas de estos, son dos factores que los
estudios muestran una y otra vez que están correlacionados al consumo
de drogas de los adolescentes.

CAPITULO 2:

Penalización de las drogas

LA PROHIBICION DE LA DROGAS

Hemos visto que la antigüedad de las drogas es milenaria, su uso sólo estaba destinado para los médicos, chamanes, brujos y aquellos que eran personajes importantes dentro de la tribu o la comunidad. No todos tenían libre acceso, ya que se consideraba una profanación para las fuerzas espirituales que se liberaban con su ingestión y solo se podía hacer en rituales festivos o con el permiso del hechicero de la tribu.

Sin embargo, es hasta principios del siglo XX donde la política inicia
una serie de gestiones, primero en Estados Unidos y luego por implementación
e imposición económica de ellos mismos en el resto del mundo,
siendo H. Wright (médico, fogoso colaborador del partido prohibicionista)
quien impulsara la prohibición del opio y cocaína que hasta esos
momentos eran sumamente importantes dentro de la farmacéutica popular.

La política de racismo siempre ha operado a favor del poderoso y la
economía que la sustenta, Estados Unidos siempre se ha caracterizado
por manipular a su sociedad que en promedio es muy ignorante e intolerante.

En la actualidad los enemigos son los narcos. En los principios de la prohibición
y regulación farmacéutica, la mayoría de los médicos
recetaban derivados del opio y la cocaína para diferentes enfermedades,
se buscaba el control económico de la incipiente industria farmacéutica
y el eterno control moral de aquellas personas que veían en el disfrute
del otro un peligro para su seguridad. Así fue como en una época
de Estados Unidos fumar tabaco en público era ilegal en 28 estados (por
ser el más destructivo para el alma y lo más subversivo para las
buenas costumbres); esta lucha contra el tabaco fue también por la civilización,
y dio comienzo a la lucha contra las drogas.

La mayoría de los adictos en las primeras décadas del Siglo XX
en Estados Unidos eran "iatrogénicos" es decir, gente que estaba
íntimamente relacionada con la medicina, médicos, enfermeros,
farmacéuticos, y ya que los negros eran considerados no ciudadanos, podemos
mencionar que los argumentos vertidos en contra de ellos eran incorrectos.

Sin embargo, la Ley cuya iniciativa era lograr traer todo el tráfico
y el abuso de drogas a la luz del día (meta del proyecto de Ley), y crear
con ello, una opinión pública contra su empleo, es aprobada el
14 de diciembre de 1914, la misma trataba en principio de "reglamentar
el registro y tributación de substancias que seguirán fabricándose
y usándose, sin otras limitaciones que las previstas por el estamento
médico"..

Era pues una Ley administrativa sin ninguna connotación penal y que
al principio tuvo muchos problemas jurídicos para su aplicación.
Es hasta 1919 que junto con la Ley seca, que trata de bebidas embriagantes (y
que todos conocemos por Elliot Ness y Al Capone) que el vigor político
y moral hacen que la Ley Harrison adquiera preceptos legales de índole
judicial y penal.

Sin embargo, el Doctor L. Kolb director del Health Service Federal cuestiona
aún la vigencia de la Ley Harrison, cuando se le preguntó sobre
el nexo entre los "narcóticos" y el crimen, repuso que los
principales narcóticos eran el éter, el cloroformo y el gas de
los dentistas, y que si bien en Europa habían causado ciertas conductas
desordenadas, en Estados Unidos no tenía noticias de abuso. Intimidado
a que respondiese a la audiencia del Congreso sobre la conexión entre
el uso del opio y el crimen se limitó a contestar: "Hay más
violencia en tres kilos de alcohol que en una tonelada de opio"

A pesar de esto, la moral prohibicionista de los años 20 en Estados
Unidos utiliza cualquier tipo de publicidad negativa para lograr sus fines y
durante el primer trimestre de 1919 aparece un artículo en el New York
Times que pregoniza "cocer en aceite a los médicos culpables de
proveer a adictos", su autor mantiene que el opio, la morfina y la cocaína
son drogas antiamericanas, unas por corresponder a pueblos incivilizados y otras
por simbolizar a los alemanes.. También se acusa de adictos a los bolcheviques
y anarquistas, a los sindicalistas y a todos aquellos que aumentan sus fobias.

Son los años de la Ley seca donde se prohíbe el uso medicinal
del whisky y del coñac y solo se permite el vino para los ritos de la
iglesia católica.

Trece años después, en 1933 la enmienda XXI deroga la ley Volstead,
la que había generado "una abrumadora corrupción, hipocresía,
creación de grandes delincuentes y fundación del crimen organizado",
es decir la ley seca había terminado pero medio millón de personas
permanecían encarceladas, había miles de muertos en tiroteos,
miles de familias destruidas, 250 000 personas enfermas por las adulteraciones
etílicas y nadie se hizo responsable de lo sucedido.

En 1937 entra la ley del impuesto al cáñamo (Producto de la marihuana)
que esta en vigencia hasta ahora.

LA ARGENTINA… un país permeable al narcotráfico.

En la Argentina de hoy se entrecruzan una cantidad inimaginable de discursos políticos, científicos, económicos. Algunos son socialmente aceptados, otros como la legalización del aborto y la despenalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal carecen de privilegio alguno, incluso se presentan a la sociedad civil como temas difíciles de nombrar al menos en voz alta.

Cabe preguntarse por qué con el correr del tiempo estas cuestiones no menores se han ido instalando como problemáticas complejas de abordar no sólo por el poder político sino también por la sociedad. Una sociedad que absorbe modelos económicos, convenios internacionales, acuerdos entre países limítrofes sin exigir o, al menos, cuestionar el por qué de las cosas.

En lo que a las drogas se refiere es necesario tener presente que nuestro país dejó de ser un país de tránsito para transformarse en un mercado consumidor y que además, por razones diplomáticas, adoptó leyes que ni siquiera se ajustan a la situación social, política y económica actual.

A través de un rápido rastreo de algunos antecedentes sobre el tema se observa que la política en materia de drogas es un efecto de la relación mantenida con los Estados Unidos. Según cuenta el periodista Gabriel Pasquini: "la Argentina prohibió una lista de drogas a principios del siglo XX porque Washington impulsaba la prohibición por sus propias razones políticas, económicas y sanitarias. A tal punto que en 1966 el general Juan Carlos Onganía despenalizó su consumo, porque para el liberal Sebastián Soler, su asesor jurídico, se trataba de una cuestión de índole privada. En los años setenta, cuando el gobierno de Richard Nixon lanzó la primera 'guerra contra las drogas', estas anomalías se acabaron. El ministro de Bienestar Social José López Rega firmó en 1974 un convenio con los Estados Unidos e hizo aprobar cuatro meses después la ley 20.771, que penaba el consumo con la cárcel, como parte de un paquete de leyes de seguridad interna. Rigió durante 15 años.

En 1986, cuando la Corte Suprema de Justicia decidió que esa ley era inconstitucional, el gobierno de Raúl Alfonsín aún pensaba que la cuestión de las drogas era básicamente un tema de política exterior.

En 1988 el presidente norteamericano Ronald Reagan decide castigar severamente la tenencia para uso personal, la Argentina firma el llamado Convenio de Viena por el que adopta el modelo represivo norteamericano. Dicho modelo parte del siguiente presupuesto: el delito del narcotráfico carece de denunciante. El consumidor es una especie de aliado con su proveedor, juntos forman un circuito cerrado al que el Estado no accede… a menos que se transforme en comprador o vendedor de drogas. A partir de aquí, se dan una serie de figuras que legalizan la incursión del Estado en la esfera privada. Y continuando con los lineamientos establecidos, en 1989 se dicta la ley 23.737 aprobada por la mayoría radical que concluye penalizando la tenencia de drogas para consumo personal.

Frente a este complejo panorama en el que resultaba evidente la falta de cuestionamientos, ya sea por conveniencia o no, por parte de algunos sectores del poder político; se puede decir que el siglo XX se caracterizó por lo que se podría definir como la "guerra contra las drogas", las mismas representaban "el mal que hay que exterminar".

"Se instala en la agenda del gobierno la posibilidad de revisar la ley 23.737".

Esta cita fue extraída de la reunión que el presidente de la Nación tuvo en Olivos con 60 camaristas, el ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra y el jefe de la SIDE Fernando de Santibañes: "Mientras los Estados Unidos insisten en aconsejar ciertas pautas de acción, el gobierno argentino hace hincapié en la necesidad de agilizar el intercambio de información. La prueba de que la droga logra escaparse del sistema represivo penal es que "el 92 por ciento de las causas por drogas que se tramitan en la Capital Federal se refieren a procedimientos en los que se secuestraron menos de 10 gramos de cocaína" dijo el ministro de Justicia Y Derechos Humanos, Ricardo Gil Lavedra"-diario La Nación

"La reacción de los jueces fue unánime"

La reacción de los jueces fue unánime. Tanto los del interior como los de Capital y el Gran Buenos Aires, coincidieron en que el consumo de drogas debe ser penado de otro modo o debe dejar de ser castigado, colocando al consumidor en el lugar del 'enfermo' y no del delincuente"- diario Clarín

Evolución del "problema droga" en la Argentina

Etapa

Construcción Social del Problema "Droga"

Imagen social del usuario de drogas

Mecanismos de control Social

Década del "60

El fenómeno drogas aún no está construido como "problema social" No forma parte de la agenda pública

"En nuestro país, esto no pasa"

Se lo califica como un problema psiquiátrico-toxicológico, de carácter individual.

1968 – Ley 19.567 (1º de estupefacientes): Considera delito el tráfico de drogas pero no la tenencia para consumo personal. No existen campañas preventivas.

Década del "70

Construcción de los estereotipos: "el consumo de drogas como expresión de oposición a la sociedad" y "el concepto de droga" referido a la marihuana y los alucinógenos.Se asocia "sexo, droga, rock and roll"

El usuario de drogas es considerado "peligroso para la seguridad"

Se lo visualiza como un joven que cuestiona el orden establecido.

Se lo califica como un problema jurídico-penal, de carácter social y político.

1974 – Ley 20.771: Penaliza tanto el tráfico de drogas como la tenencia para consumo personal. Las campañas refuerzan la autoridad de la familia y del estado:"¿Sabe usted donde esta su hijo?"

Década del "80

Construcción del estereotipo: "el usuario de drogas como necesariamente autodestructivo".Consumo de sustancias de producción farmacéutica (ansiolíticos, antitusivos, etc.)Alta visibilidad social del "problema".

 

Imagen del usuario de drogas como enfermo, discriminada de la del traficante/delincuente.

Se califica al uso de drogas como un problema psico-social y se lo distingue del tráfico

1986 – Acordada de la corte suprema: Declara inconstitucional considerar delito la tenencia de drogas para consumo personal.

Las campañas informan sobre las sustancias, los síntomas y signos del consumo.

Década del "90

Construcción de los estereotipos:"Droga = SIDA = MUERTE""Droga = Cocaína"Ocupa un lugar de importancia en la agenda pública: "pasaje de país de tránsito a país de consumo"

 

Imagen social del usuario de drogas como "culpable de diseminar el SIDA"

Se califica al usuario de drogas como un problema médico-jurídico.

1989 – Ley 23.737 (en vigencia):

Considera delito el tráfico y la tenencia de drogas para consumo personal, pero en este último caso ofrece tratamiento como alternativa a la cárcel.

Las campañas se centran en la peligrosidad de las drogas y en la abstinencia de su consumo.

Fuente: http://www.adef.org.ar/prevencion3.htm

Camino a la despenalización

La actual ley 23.737 penaliza la tenencia de drogas sin tener en cuenta la cantidad de la que se trate. Para los autores del proyecto de reforma, ésta ley transgrede la manda Constitucional del Artículo 19 que garantiza las libertades individuales.

El proyecto de Ley fue presentado por el diputado socialista Eduardo García.

La principal modificación que trae este proyecto se puede resumir en el siguiente artículo: No serán reprimidos con prisión o multa aquellas personas que tuvieran en su poder estupefacientes de cualquier tipo siempre y cuando "la escasa cantidad y demás circunstancias que sugieran, de manera inequívoca, que la tenencia es para uso personal".

¿Qué cambia?

Al artículo 14 de la ley 23.737 que dice "será reprimido con prisión de uno a seis años y multa (…) el que tuviere en su poder estupefacientes", se le agrega la frase: "excepto cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal".

Se eliminan los artículos 17, 18, 21 y 22 que tratan sobre los procesos judiciales por tenencia, y sobre las medidas de rehabilitación por tenencia.

Al eliminarse la pena de prisión por tenencia, se reformulan los conceptos de rehabilitación. "El tratamiento podrá aplicársele preventivamente al procesado cuando prestare su consentimiento para ello o cuando existiere peligro de que se dañe a sí mismo o a los demás", dice el proyecto de ley.

Se modifica el artículo 20 indicando que "el juez, previo dictamen de peritos, deberá distinguir entre el delincuente que hace uso indebido de estupefacientes y el adicto a dichas drogas que ingresa al delito, para que el tratamiento de rehabilitación en ambos casos, sea establecido en función de nivel de patología y del delito cometido, a los efectos de la orientación terapéutica más adecuada".

La criminalización del consumidor no involucrado en delito (que es la enorme mayoría) no ayuda a disminuir el consumo, todo lo contrario, la criminalización hace que, históricamente, crezca el consumo. Además hace más difícil una aproximación social y sanitaria, aproximación correcta para esta actitud de debilidad ante las circunstancias de la vida.

Hay tres grandes grupos de personas: adictos, no adictos y los que viven a expensas de los adictos.

Los adictos son un problema médico, psicológico y sanitario. Exigen tratamiento, no judicialización.

Los no adictos, consumidores ocasionales, son los más numerosos: si se los criminaliza, los estamos perdiendo sanitariamente, empujando a la adicción definitiva. Sobre los que comercializan debe caer todo el peso de la política represiva.

Quienes están a favor de la despenalización insisten que no se legaliza la droga, se despenaliza al consumidor no involucrado en delito. Cuando haya una sospecha, los jueces deberán determinar si entra en esa categoría o no.

Enseña Carlos Santiago Nino que existen por lo menos tres argumentos para intentar justificar la penalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal: el perfeccionista, el paternalista y el de la defensa social.

Estos argumentos se entremezclan cuando se pretende defender la legitimidad de la penalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

Paso ahora a considerar si son suficientes para justificar el castigo ante la regla prescripta en el art. 19 de la Constitución Nacional.

El perfeccionismo pretende legitimar el castigo sobre la premisa de que la auto-degradación moral del individuo autoriza la intervención del Estado por el hecho de que constituye uno de sus objetivos promover comportamientos moralmente valiosos.

Si se observan las leyes penales en general, se puede percibir que las conductas reprimidas importan, también, una infracción moral. No matar, no robar, constituyen también el cumplimiento de postulados morales.

Sin embargo considero que el error está en entender que, el objetivo del Estado de promover comportamientos moralmente valiosos, se identifica con la potestad de su imposición. Cuando se penaliza al homicidio o al robo, el Estado, trata de motivar las conductas en reglas moralmente valiosas, sin embargo, si la sociedad se abstuviese de estos comportamientos, solamente, por el temor a la pena, es decir, aun cuando no se participase del valor moral que se fomenta, a pesar de ello, no cabría la posibilidad de imponer castigo alguno.

Si se acepta esta idea, es porque se toma como válido el postulado liberal por el que se diferencia "… las reglas morales que se refieren a nuestro comportamientos hacia los demás, …. las pautas morales que definen modelos de virtud personal …" – Nino, Carlos S, ¿ Es la tenencia de drogas con fines de consumo personal una de " las acciones privadas de los hombres"?

Cuando se pretende legitimar el castigo de las conductas que puedan ser definidas como moralmente auto-degradantes, lo que queda de lado es esta distinción, tomándose como único criterio de intervención del Estado la imposición de conductas que definen modelos de virtud personal.

No digo nada nuevo al sostener que esta es la premisa que caracteriza a los Estados autoritarios.

Cuando la Constitución Nacional garantiza la existencia de conductas exentas del poder punitivo estatal, está garantizando la existencia de un Estado democrático de Derecho, que reconoce a la persona la libertad de disidir sobre la realización de conductas que – según sus propias perspectivas – puedan o no ser definidas como moralmente valiosas.

Cuando el art. 19 distingue la moral pública de la privada, lo que garantiza es que, " … la legitimidad de la norma penal está supeditada a que pretenda proteger un bien que no se defina por la exclusiva moralidad del individuo, …" -Sancinetti, Marcelo A, Teoría del delito y disvalor de acción.

Si esto no se acepta carece de sentido esta regla constitucional porque como en forma muy aguda interroga Nino, " …si sólo hubiera derecho a hacer lo que es puro y digno la norma del art. 19 sería inoperante (no habría acciones objetables que están "sólo reservadas a Dios"; todas estarían sujetas a la autoridad de los magistrados).- ¿ Es la tenencia de drogas con fines de consumo personal una de " las acciones privadas de los hombres " ?.

El paternalismo, como expresión legislativa, se caracteriza por normas que protegen los intereses de las personas aun en contra de su voluntad.

Al tutelarse los bienes jurídicos, incluso, a costa de la voluntad de su titular, el paternalismo conduce a legitimar el castigo de las conductas auto lesivas.

Pretende así justificar la penalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal por la protección al individuo de los daños físicos y deterioros psíquicos que causa la adicción.

Los fundamentos paternalistas por regla no son compatibles con la filosofía liberal.

John Stuart Mill, desde esta perspectiva, justificaba la intervención estatal sólo en los casos que la conducta afectara intereses de terceros; por lo tanto, los comportamientos auto lesivos, realizados por sujetos que comprendan debidamente la significación de su acto, no autorizaban la imposición de penas.

A las personas adultas lo que se le debe garantizar es la posibilidad de elegir libremente, pero no resulta válido presumir que no es competente para optar por lo que más le conviene.

La definición del perjuicio a un tercero (art. 19 CN), no constituye una instancia que deba ser objetivamente valorada, su constitución, sólo puede ser establecida sobre bases subjetivas.

Esto significa que las conductas que no tengan proyección hacia terceros, sólo pueden ser definidas como lesivas por parte de quien las realiza.

Cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Bazterrica considera que el art. 19 de la Constitución Nacional, excluye de la potestad punitiva del Estado los comportamientos que no tengan proyección ínter subjetiva, lo que está preservado es la primacía de la persona para decidir si un comportamiento dirigido a sí mismo reviste o no el carácter de lesivo.

El art. 19 garantiza que el Estado podrá establecer mecanismos de coacción destinados a disuadir las conductas tendentes a frustrar las expectativas de terceros pero, también garantiza, que los comportamientos auto lesivos quedan excluidos del poder punitivo estatal, como mecanismo tendente a evitar, en ultima instancia, la imposición de modelos de virtud personal.

El argumento vinculado a la defensa social intenta legitimar el castigo de la tenencia de estupefacientes para consumo personal a partir de los efectos nocivos, que este comportamiento, tiene para la sociedad.

Se pretende de este modo convalidar la pena sobre la base de un perjuicio a terceros.

Es esta la idea que básicamente trasuntan los fallos que legitiman la pena por entender que se pone en peligro la salud pública, como bien jurídico tutelado.

Se ha tratado de fortalecer este argumento remarcando que al penalizarse la tenencia de estupefacientes para consumo personal como un delito de peligro abstracto, no resulta necesaria la existencia de un nexo de imputación entre la conducta y el resultado lesivo al objeto de bien jurídico tutelado, basta con la potencialidad dañosa que pueda tener la conducta respecto de la salud pública.

Cuando se tipifica a una conducta como un delito de peligro abstracto la pena tiene en consideración las características peligrosas de la acción.

Pero para que la pena sea legítima, también aquí, el comportamiento debe tener proyección hacia terceros.

Que los estupefacientes tengan entidad para dañar o poner en peligro la salud de las personas, no significa que, quien los consume, ponga en riesgo la salud de las personas en general.

Debe distinguirse por lo tanto la acción peligrosa del peligro que en sí mismo caracteriza a la droga.

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