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Eleusis o Mayeusis del juramento y promesa de honor del perito contable



  1. Resumen
  2. Guía de
    discusión
  3. Planteamiento del
    problema
  4. Formulación
    del problema
  5. Objetivos
  6. Formulación
    de la hipótesis
  7. Marco
    teórico
  8. Análisis de
    los resultados de la encuestas
  9. Conclusiones
  10. Bibliografía

RESUMEN

En el tema referente a la RESPONSABILIDAD SOCIAL Y
PROFESIONAL DEL PERITO CONTABLE Y LA CALIDAD EN LA PRESENTACION
DEL INFORME PERICIAL se ha tomado como sub área LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y PROFESIONAL DEL PERITO CONTABLE,
abordándose como tema principal del desarrollo de la
investigación "ELEUSIS O MAYEUSIS DEL JURAMENTO Y
PROMESA DE HONOR DEL PERITO CONTABLE ANTE EL PODER JUDICIAL COMO
GARANTÍA ESTRATÉGICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y
PROFESIONAL
", a fin de determinar dentro de nuestra
profesión la médula de la eleusis o mayeusis, donde
debe radicar nuestros valores y nuestra responsabilidad social,
consideramos que la investigación es una seria
reflexión sobre esta acción de juramentar y/o
prometer por nuestro honor el desarrollo de la labor pericial
contable.

En una concepción teocéntrica del mundo,
que da lugar a una mentalidad sacralizante y a una
civilización sacralizada, es completamente normal que se
le dé la importancia al juramento o a la promesa de honor;
pero hoy por el contrario, en una época secularizada y en
una mentalidad agnóstica como la caracteriza gran parte
del pensamiento contemporáneo es extraño y muchas
veces anormal que se recurra al juramento, pues esto a la fecha
no es señal de veracidad en gran parte de nuestra sociedad
y otra en parte reflejaría una presencia dominante de lo
religioso que en esta época en particular trata de
evitarse. A pesar de esto nosotros a través de esta
investigación quisiéramos llamar la atención
sobre la importancia ética y moral de realizar un
juramento y al acto de hacerlo.

Se trata de manifestar el encuentro de dos ritualismos:
EL DERECHO y LA RELIGIÓN, que no se reduce a mera forma
paradigmática, sino que expresan en una unidad entre
materia (objeto del derecho y del acto de jurar) y forma (ritual
del derecho y del juramento); unidad no extraña a la labor
pericial contable pero sujeta a la metafísica
paradigmática.

GUIA DE
DISCUSION

  • 1. ¿Es el Contador Público
    consciente de la responsabilidad social y profesional que le
    atañe como perito contable judicial?

  • 2. ¿Realizan eleusis o mayeusis los
    Contadores Públicos en su labor como peritos, sobre
    los aspectos fundamentales que rodean al juramento o la
    promesa de honor que realizan en los Juzgados?

  • 3. ¿Es el juramento o promesa de honor
    una demostración del compromiso social y profesional
    de realizar un adecuado informe pericial con calidad e
    idoneidad?

  • 4. ¿Soportan los peritos contables las
    sanciones a una inadecuada labor pericial o es tiempo de
    proponer un nuevo enfoque pericial?

PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA

Los profesionales de la ciencia contable cambiante,
hemos sido formados no solo en las aulas universitaria sino en la
sociedad (hogar, escuela, ambiente familiar y laboral), de tal
manera que nuestra actuación en el lugar, nivel y
circunstancias donde nos encontremos, debe ser transparente,
honesto, responsable y sobre todo reflejando la práctica
de valores morales, y por una determinación ética,
la de desterrar los antivalores.

Pero a pesar de ello, la falta de práctica de los
valores y la toma de conciencia, sumado a esto la
situación económica de muchos colegas, ha
determinado la evidencia clara y concisa de que el germen de la
corrupción parasitaria está ingresando en las filas
de la labor pericial, es notable indicar que existen formas de
combatir a esta enfermedad, es atacando de raíz y no a los
síntomas. La eleusis y mayeusis del peritaje contable nos
permite reflexionar sobre la importancia de nuestro rol como
peritos contables judiciales, y afianzar los valores
éticos y morales que nos permitirán recuperar la
confianza perdida de la sociedad.

De esta manera, no solo salvaguardaremos la
utilización de nuestros servicios por parte del Poder
Judicial en esta época cambiante, sino que garantizaremos
a las futuras generaciones de Contadores Públicos que se
formen en el ambiente de la correcta ejecución de los
valores éticos y morales y comprendan la importancia de la
responsabilidad social y profesional que tiene el perito contable
judicial.

FORMULACIÓN DEL
PROBLEMA

¿CÓMO LA ELUSIS O MAYEUSIS DEL JURAMENTO
Y/O PROMESA DE HONOR DEL PERITO CONTABLE QUE REALIZA ANTE EL
PODER JUDICIAL GARANTIZA LA LABOR PERICIAL ESTRATÉGICA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y PROFESIONAL?

OBJETIVOS

  • OBJETIVO GENERAL

  • Comprobar que la eleusis o mayeusis del Juramento
    y/o Promesa de Honor del Perito Contable que Realiza ante el
    Poder Judicial Garantiza la Labor Pericial Estratégica
    de Responsabilidad Social y Profesional.

  • OBJETIVOS ESPECIFICOS:

  • Efectuar un diagnóstico sobre el conocimiento
    de la responsabilidad social y profesional del perito
    contable.

  • Comprobar la importancia de la eleusis o mayeusis
    del juramento y/o promesa de honor del perito contable
    judicial que realiza ante el poder judicial orientada a la
    labor pericial estratégica.

  • Promover la eleusis y mayeusis orientada a los
    Colegios de Contadores Públicos del Perú para
    cumplir su labor de garantizar la labor pericial
    estratégica de responsabilidad social y
    profesional.

FORMULACIÓN DE LA
HIPÓTESIS

LA ELEUSIS O MAYEUSIS DEL JURAMENTO Y/O PROMESA DE HONOR
DEL PERITO CONTABLE QUE REALIZA ANTE EL PODER JUDICIAL GARANTIZA
LA LABOR PERICIAL ESTRATÉGICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y
PROFESIONAL.

Variable Independiente:

ELEUSIS O MAYEUSIS DEL JURAMENTO Y/O PROMESA DE HONOR
DEL PERITO CONTABLE

Variable Dependiente:

GARANTIA DE LA LABOR PERICIAL ESTRATÉGICA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y PROFESIONAL

MARCO
TEORICO

  • RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL PERITO CONTABLE
    JUDICIAL

  •  Se puede definir a la responsabilidad Social
    como una filosofía que tiene como pilares
    fundamentales, los valores éticos y morales y cuya
    principal incidencia se manifiestan en nuestros actos y de
    que manera, estos pueden afectar o dañar a otra
    persona o a un determinado entorno social
    .

  •  La responsabilidad social RELACIONADA AL
    PERITO CONTABLE JUDICIAL es una forma de actuación
    definida por la relación ética y transparente
    del perito ante la obligación asumida de realizar las
    pericias ordenadas por el Juzgado correspondiente del Poder
    Judicial, para lo cual existe el establecimiento de metas
    sobre el eje "de decir la verdad" y por poner el mayor
    esfuerzo en el trabajo desarrollado sustentado en el Informe
    pericial, preservando sus valores morales y éticos.
    Debemos entender asimismo que la responsabilidad social del
    perito contable "es la responsabilidad que tiene para
    promover el bienestar de la sociedad en el trabajo de apoyar
    a la correcta aplicación de justicia".

Por ende para un adecuada aplicación de la
responsabilidad social de la pericia contable, el profesional que
desarrolla la labor de perito contable debe tener las siguientes
características deber ser experimentado, hábil,
práctico en la ciencia contable, así como en la
técnica contable o en la especialización recibida
basada en una captación del entorno del peritaje contable
(eleusis) y luego digerir y diseminar dentro del marco normativo,
legal, ético y moral la aplicación del peritaje
contable para un entorno paradigmático (mayeusis). Por
ende el perito contable debe ser una persona que tenga una
especial capacitación dotada de altos y avanzados
conocimientos contables-periciales y sobretodo combinado con la
práctica pericial.

Debe reconocerse que el perito contable tiene como
objetivo producir un dictamen pericial o realizar una
asesoría al juez, o suministrar al juez "argumentos o
razones para la formación del convencimiento", este es su
finalidad y objetivo primordial en la prestación de sus
servicios profesionales, además la confianza depositada en
él para la realización de la pericia contable, es
la confianza de la sociedad en pleno, naciendo así una
responsabilidad social determinada por el magistrado que
administra justicia en el Poder Judicial, por ello en el proceso
se determina la aceptación al cargo de perito y la
manifestación libre mediante un juramento o promesa de
honor, y esto dependiendo a la libertad de religión
amparada por la Constitución Política del
Perú, ya que no todas las religiones consideran al
juramento como la forma de comprometerse a decir la verdad o a
realizar alguna labor, quedando un vacío
metafísico.

ESQUEMA DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL-
PROFESIONAL

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  • IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA PERICIA CONTABLE
    JUDICIAL

Se trata de un verdadero medio de  prueba, la
integración del conocimiento debe aportarse
independientemente del juez, que para resolver un determinando
asunto, necesita que le soporten conocimientos de tipo
científico – técnico para que las partes la puedan
discutir y una vez cumplido lo anterior pueda el juez observar,
sí efectivamente la parte aportada por los peritos le crea
convicción para hacer la integración y así
realizar una adecuada administración de justicia a los
litigantes.

El dictamen pericial se encuentra entre las pruebas,
pero realmente no es una prueba, sino el reconocimiento de una
prueba  ya existente. Es una realidad existente que la
prueba ofrecida por los litigantes, es verdad y, que se
llega  a reconocer y afirmar más mediante el
perito.

Uno de los grandes errores cometidos por los peritos
contable nuevos en el área, es el de no cumplir con lo
ordenado por los Juzgados, esto muchas veces por una inadecuada
aplicación de los Juzgados al no indicar
específicamente en el mandato la labor de éste, en
todos los casos a los peritos contables judiciales se les debe
advertir sobre la prohibición absoluta de emitir en el
dictamen cualquier  juicio de responsabilidad
penal.

El perito por su ciencia paradigmática, no
solamente tiene los conocimientos, sino además la
preparación para la observación de lo que interese
para la producción del dictamen. Estos no pueden
decretar pruebas ni incorporar pruebas que no aparezcan
decretadas en legal forma dentro del proceso.

La manifestación de la idoneidad la hace el
perito bajo la gravedad de  juramento, por ello, si falta a
la verdad, incurrirá en FALSO TESTIMONIO o PERJURIO
de conformidad  con lo previsto en Código
Penal.

  • MORALIDAD DEL PERITO CONTABLE JUDICIAL

 

En el peritaje no es nunca suficiente verificar todos
los factores de ciencia pericial, como aquellos que permiten al
perito conocer adecuadamente o que lo califican como apto para
realizar un proceso de conocimiento especializado, es
imprescindible examinar los factores atinentes a la veracidad, a
la sinceridad y a la moralidad del perito. En ella también
intervienen factores endógenos (formación, nivel
experiencia, prejuicios, paradigmas, etc.) y los factores
exógenos (entorno cambiante, variables políticas,
económicas, sociales, culturales, etc.) pero el perito
debe sopesar dichos factores buscando un equilibrio de verdad y
prueba, ya que no todo es absoluto; se mantiene
relativo.

A fin de garantizar esa idoneidad moral, los peritos se
deben declarar impedidos y son recusables por las mismas causas
que los funcionarios judiciales.

En nuestro medio, uno de los factores que con más
frecuencia afecta la imparcialidad y la moralidad del testigo, es
la solidaridad gremial, las relaciones labores indirectas o la
expectativa "interés económico" de los peritos para
ser enganchados laboralmente a entidades que por lo general son
las únicas empleadoras de estos profesionales. Pero hay
algo más, el perito sabe que él puede, en el
futuro, encontrarse en el mismo problema por el que está
pasando ahora su colega y, en alguna medida, con criterio de
autodefensa anticipada, resulta perdiendo objetividad e
imparcialidad.

 

  • BASE LEGAL DE LA ACEPTACION DEL CARGO DE
    PERITO

  • Dentro de tercer día de nombrado, el perito
    acepta el cargo mediante escrito hecho bajo juramento o
    promesa de actuar con veracidad. Sino lo hace, se
    tendrá por rehusado el nombramiento y se
    procederá a nombrar otro perito (CPC, Artículo
    269).

ESTE JURAMENTO O PROMESA DE ACTUAR CON VERACIDAD SE
REALIZA EN EL ESCRITO DE ACEPTACION DEL CARGO Y TIENE VALOR DE
DECLARACION JURADA CON LOS EFECTOS JURIDICOS
CORRESPONDIENTES.

  • SANCIONES A LOS PERITOS

  • Los peritos que, sin justificación, retarden
    la presentación de su dictamen o no concurran a la
    audiencia de pruebas, serán subrogados y sancionados
    con multa no menor de tres ni mayor de diez Unidades de
    Referencia Procesal, sin perjuicio de la responsabilidad
    civil y penal a que hubiere lugar.

En este caso, el dictamen pericial será materia
de una audiencia especial (CPC, art. 270).

  • LA IMPORTANCIA QUE TIENE LA PERSONA QUE ACTUA COMO
    PERITO Y LAS DIFERENCIAS FRENTE A UN TESTIGO

a. El testigo no puede más que consignar un hecho
dado a cuya realización ha asistido; el perito, en cambio,
puede inducir lo ocurrido y la significación, siendo como
una especie de Jurado, ya que la opinión que emite debe
sustentarse  o basarse en las adquisiciones de la ciencia,
técnica o por su experiencia en un campo
determinado

 

b.      El testigo declara
sobre hechos pasados o presentes que percibió antes del
proceso en cambio el perito lo hace sobre hechos pasados,
presentes o futuros, percibidos durante el proceso en virtud del
encargo judicial.

  

c.      Los acontecimientos
procesales determinan que una persona sea testigo o no, y que
haya de tener una relación histórica con el asunto
de que se trate, el perito está a disposición del
juez y de que este lo  selecciona a discreción ya que
le interesa  al escoger los peritos es saber si tiene los
conocimientos que se desean.

 

d.      Es improcedente que un
testimonio verse únicamente sobre el conocimiento que el
testigo tiene de principios  abstractos, en cambio el perito
puede cumplir suficientemente su tarea emitiendo conceptos de
está índole sin relacionarlos con el caso que se
les presente.

  • LA MISION SOCIAL DEL PERITO CONTABLE
    JUDICIAL

Se puede resumir en los siguientes aportes:

  • Es una persona investida de autoridad para realizar
    el trabajo pericial.

  • Es el representante de la equidad y la justicia ante
    los litigantes

  • Tiene un papel determinante en la
    administración de justicia

  • Sin su trabajo los magistrados estarían
    desprovistos de ayuda para esclarecer sus dudas sobre temas
    que desconocen.

  • ASPECTO DOCTRINARIO DEL JURAMENTO Y/O PROMESA DE
    HONOR

  • EL DERECHO Y EL JURAMENTO

El acto de jurar y el juramento tiene una especial
importancia en le mundo jurídico. Incluso hay un sector de
la doctrina que al explicar el origen de la noción del
derecho, en latín íus, la derivan de la
forma arcaica iovis, nombre que designa a
Júpiter, el dios que castiga el perjurio, es decir el
juramento falso.

La relación entre el derecho y el juramento es
tal que puede decirse, como la afirma Benveniste, que el verbo de
ius es iuro, jurar.

Si en el derecho se entiende no como una noción
abstracta, sino como una realidad concreta que se dice, que se
expresa mediante una formula ritual en la que se pronuncia la
conformidad respecto de algo, se advierte su afinidad particular
con el juramento en el que algo se pronuncia una formula sagrada
en la que se dice o se promete algo.

Por otra parte el jurante en el acto de jurar repite
palabra o palabras, generalmente tocando un objeto sagrado, la
formula que le es impuesta por alguien que tiene la autoridad.
Como se puede ver el juramento exige presencia de dos
participantes, aquel que pronuncia la formula inicialmente, quien
se adelanta pronunciando el ius, y aquel que juramenta que repite
la formula consagrada.

El juramento no es simplemente aquello que se dice o se
promete, es tambien el procedimiento, el ritual, la solemnidad de
aquello que se dice con mas fuerza ante los demás por que
tiene un origen que va mas allá del derecho, de donde todo
se extrae, en definitiva, de todo derecho: Dios.

El juramento es una formula ritual que adquiere a
connotación de pauta de comportamiento, de un proyecto de
acción de vida, ya que enuncia un modelo de conducta al
que deberá ajustarse o adecuarse quien la pronuncia
solemnemente. Se trata obviamente, no de una mera formula
técnica, sino de una acción prudente que tiene
importantes alcances religiosos, morales y
jurídicos.

El juramento también es una expresión de
deber: el de honrar el santo nombre de Dios, de ahí que el
segundo mandamiento de la Ley de Dios prescriba respetar el
nombre del Señor, es decir prohíbe abusar de su
nombre y utilizarlo a la ligera.

  • EL JURAMENTO: INVOCACIÓN DEL NOMBRE DE
    DIOS

El juramento es la invocación del nombre de Dios
en testimonio de la verdad, bien sea para afirmar que es verdad
alguna cosa en el juramento asertorio o para prometer que se
realizará alguna acción en el juramento promisorio.
El juramento se ordena a confirmar y a certificar la verdad,
confirmar los hechos pasados o presentes o confirmar la fidelidad
de los hechos futuros. Comprometerse mediante el juramento es
siempre consagrarse por adelantado al castigo divino, puesto que
se invoca a Dios que vea o que oiga, que este presente en el acto
en el que el jurante confirma o promete algo.

El juramento presupone, en cierto sentido, una duda o
inseguridad respecto del testimonio humano, bien por falta de
veracidad o por falta de conocimiento de quien dice o promete
algo; por ello se recurre a Dios por que con el juramento se
reconoce la autoridad soberana e infalible de Dios.

Mediante el juramento el hombre declara
públicamente y libremente que se trata de un ser superior,
puesto que es indefectible su verdad e infinito su conocimiento,
y así de alguna manera honra a Dios.

El juramento es lícito por su origen y por su
fin. Por su origen por que proviene de la religión, es un
acto mediante el cual se venera y honra a Dios, se cree que Dios
tiene la verdad infalible. Por su fin por que con él se
dá mas énfasis y seguridad a una afirmación
hecha por el hombre, se persuade a otro y se confirma y justifica
la afirmación o la promesa que se realiza.

Para que el juramento sea lícito se requiere que
este sea veraz, justo y con juicio, no se puede jurar para no
expresar lo verdadero o para no cumplir lo que se promete, quien
jura queda obligado a que se verifique lo jurado y a cumplir para
dejar a salvo la verdad y la justicia lo prometido. Lo que
diferencia a la simple promesa del juramento es el acto mismo de
la invocación a Dios que genera el grave deber religioso,
en el que se compromete, como expresamente lo dice el catecismo
de la Iglesia Católica, el honor, la fidelidad, la
veracidad y la autoridad divina. La promesa de honor y el
juramento tienen en común el deber
jurídico.

  • LA PROMESA DE HONOR

En la juramentación se puede apreciar, que el
perito contable judicial que profesa la religión
católica juramenta frente a un crucifijo y ante la biblia,
objetos que determinan la esencia de su fé y su grado de
religiosidad, es decir como ser humano confiesa su abierta
disposición a obedecer la esencia de las enseñanzas
de Jesucristo manifestada en su muerte y en sus preceptos
(establecidos en la biblia).

En algunas ocasiones el Perito Contable Judicial no
profesa la religión católica, y esto se encuentra
amparado por la Constitución Política del
Perú, donde se ampara el derecho fundamental de la
persona, a no ser discriminado por motivo de su religión
(art. 2 de la CPP), por ende el magistrado hace a un lado los
objetos manifestados anteriormente es de decir el crucifijo y la
biblia, y cambia las palabras utilizadas en el juramento,
manifestando ahora "promete por su honor", entendiéndose
al honor, como uno de los valores primigenios inherentes al ser
humano, que conlleva a la actitud de una adecuada veracidad en
sus actos.

La promesa de honor esta mas relacionada a los miembros
de Iglesias distintas a la iglesia católica, como por
ejemplo: la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los
Últimos Días (mormones), Movimientos Cristianos,
Iglesia Adventista. Iglesia Bautista, entre otras; es dable
reconocer que por la formación cristiana de las personas
que pertenecen a éstas iglesias esta promesa de honor
tiene el mismo valor de compromiso y hasta a veces es mucho
más fuerte a fin de realizar una adecuada labor
pericial.

La promesa de honor esta amparada en las
enseñanzas bíblicas de no utilizar el nombre de
Dios en vano, ya que Jesucristo enseño que "tu sí
sea sí, y que tu no, sea no", además muchas
iglesias consideran que los objetos que representan a Dios y que
son hechas por el hombre no tiene autoridad sobre ellos, y son
solo imágenes como el caso de los crucifijos los cuales
representan la muerte de Jesucristo, teniendo dentro de sus
creencias que ellos tiene un Salvador resucitado.

Ya sea por aspecto de juramentación o de promesa
de honor, el perito contable judicial se compromete a realizar
una adecuada presentación de su labor pericial que radica
en el instrumento jurídico del informe o dictamen
pericial, y que este contiene la esencia de la verdad.

ANALISIS DE LOS
RESULTADOS DE LA ENCUESTAS

ENCUESTAS REALIZADAS A CONTADORES PUBLICOS

Según las encuestas realizadas, tomando como
muestra a 50 contadores públicos de la región
Huancavelica – Junín que representan el 100%, el
resultado es como sigue:

CUADRO Nº 01

ES CONSCIENTE DE LA RESPONSABILIDAD
SOCIAL Y PROFESIONAL DEL PERITO CONTABLE JUDICIAL

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

MUCHO

01

02

MAS O MENOS

10

20

UN POCO

14

28

NADA

25

50

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
28% indica que conoce poco y el 50% indica que no conoce nada de
la responsabilidad social y profesional del perito contable
judicial.

CUADRO Nº 02

RECONOCE LA IMPORTANCIA DE LA ELEUSIS
– MAYEUSIS DEL JURAMENTO Y/O PROMESA DE HONOR DEL PERITO
CONTABLE JUDICIAL COMO MANIFESTACION DE LA PROMESA DE UN BUEN
INFORME PERICIAL

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

SI

0

0

NO

50

100

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
100% indica que no es importante la eleusis – mayeusis del
juramento y/o promesa de honor de los peritos contables
judiciales como manifestación de la promesa de realizar un
buen informe pericial.

CUADRO Nº 03

RECONOCE LAS IMPLICANCIAS RELIGIOSAS Y
JURIDICAS DE UN JURAMENTO O PROMESA DE HONOR O HA REFLEXIONADO AL
RESPECTO

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

SI

0

0

NO

50

100

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
100% indica que no reconoce las implicancias religiosas o
jurídicas de un juramento o promesa de honor, ni ha
reflexionado al respecto.

CUADRO Nº 04

SU PERCEPCION SOBRE LOS MAGISTRADOS, ES
QUE ELLOS QUEDAN CONFORMES Y SATISFECHOS CON EL INFORME PERICIAL,
ES DECIR DEMUESTRAN CONFIANZA EN LA LABOR PERICIAL
CONTABLE

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

SI

20

40

NO

30

60

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
60% indica tener una percepción de que los magistrados no
quedan conformes y satisfechos con el informe pericial,
acrecentándose la desconfianza en los peritos contables
judiciales. Pero lo toman por rutina de trabajo.

CUADRO Nº 05

CUANTAS CAPACITACIONES HA RECIBIDO EN EL
TEMA DE PERITAJE CONTABLE JUDICIAL EN LOS ULTIMOS DOS AÑOS
POR PARTE DEL COLEGIO PROFESIONAL

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

DE 01 A MAS

0

00

NINGUNA VEZ

50

100

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
100% indica que ninguna vez ha recibido capacitaciones en el tema
de peritaje contable judicial en los dos últimos
años por parte del colegio profesional. Teniendo ellos que
autocapacitarse en eventos convocados por otras instituciones
públicas o privadas.

CUADRO Nº 06

CONOCE LAS SANCIONES IMPUESTAS ANTE UNA
MALA ACTUACION COMO PERITO CONTABLE JUDICIAL

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

SI

15

30

NO

35

70

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
70% indica que no conoce las sanciones impuestas ante una mala
actuación como perito contable judicial, ya sea por que
nunca se le ha impuesto o no conoce de colega que se le haya
impuesto.

CUADRO Nº 07

ESTA DE ACUERDO EN QUE SE ADOPTE UN NUEVO
ENFOQUE EN LA LABOR PERICIAL QUE ORIENTE LA LABOR
ESTRATÉGICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y PROFESIONAL DEL
PERITO CONTABLE JUDICIAL

ALTERNATIVAS

TOTAL DE PERSONAS

%

SI

50

100

NO

0

0

TOTAL

50

100

Del total de Contadores Públicos encuestados el
100% indica que esta de acuerdo en que se adopte un nuevo enfoque
en la labor pericial que oriente la labor estratégica de
responsabilidad social y profesional del perito contable
judicial.

CONCLUSIONES:

Basados en la contrastación de la prueba de
hipótesis de chi cuadrado, refleja la aceptación de
la hipótesis planteada y se refuta la hipótesis
nula. Por lo que se tiene las siguientes conclusiones:

  • 1. El Contador Público dentro de su
    labor como perito contable judicial demuestran en su
    mayoría que no son conscientes de la responsabilidad
    social y profesional que les atañe. Sucede por la
    heterogeneidad de factores que inciden en su
    labor.

  • 2. Los Contadores Públicos en su labor
    como peritos no realizan eleusis o mayeusis sobre los
    aspectos fundamentales que rodean al juramento o la promesa
    de honor que realizan en los Juzgados. Además el
    juramento o promesa de honor es una demostración del
    compromiso social y profesional pero sólo con la
    finalidad de cumplir el informe pericial.

  • 3. La mayoría de de los peritos
    contables manifiestan que no conocen las sanciones a una
    inadecuada labor pericial. Por lo que, manifiestan que es
    tiempo de proponer un nuevo enfoque pericial acorde a nuestro
    realidad cambiante.

  • 4. Desde el enfoque espiritualista, uno de los
    valores insertos en el perito contable judicial y que nunca
    se toma en cuenta es la RELIGIOSIDAD, ya que, mediante el
    juramento se invoca a Dios para afirmar la verdad o prometer
    algo y esto se realiza en la labor pericial constantemente y
    desde el enfoque materialista el perito contable judicial
    toma en cuenta la promesa de honor para afirmar la verdad del
    resultado de sus actos de labor pericial.

  • 5. Las exigencias mínimas para
    desarrollar la labor de perito contable judicial son: aptitud
    de servicio, calidad de servicio, compromiso, cuidado y
    esmero profesional, independencia, objetividad e
    imparcialidad, probidad moral, reserva o confidencialidad,
    tecnicismo, vocación por la verdad y la transparencia
    y respeto al juramento o promesa de honor como peritos
    contables judiciales, todos ellos enmarcados a la eleusis y
    mayeusis pericial contable entrelazados a una misma
    misión de buscar una responsabilidad social es decir
    el compromiso frente a la sociedad de ser verídicos y
    honestos, en todos nuestros actos ya sea personales o
    profesionales.

RECOMENDACIÓN:

Los Colegios de Contadores Públicos del
Perú basados en la eleusis y mayeusis del paradigma
metafísico del peritaje contable judicial, deben capacitar
y garantizar que los peritos contables judiciales sean personas
idóneas que cumplan con los requisitos de conocimientos y
destrezas, y de desarrollo humano, conceptual y técnico; a
través del aprendizaje continuo charlas y capacitaciones,
mediante sus comités de peritos contables judiciales, con
las certificaciones correspondientes, y acreditados ante el Poder
Judicial mediante la realización de un examen de
capacidad. Todo ello enmarcado en un nuevo enfoque pericial
superando el enfoque tradicional vigente.

BIBLIOGRAFIA

La Ética Profesional y el Peritaje Contables.
Autor Mag. Jeri Gloria Ramón Ruffner.

Grandes filósofos. Apuntes de maestría en
Contabilidad de la Universidad Nacional de Huancavelica
(2008).

Calidad con Responsabilidad Social, de la red de
Responsabilidad Social organización DERES –
Uruguay.

Cómo Elaborar el Proyecto de Investigación
Científica. Hmnos. Lozano Et Al 2007.

Rol Del Contador / Auditor,  En La
Aplicación De  La Justicia. Autor Danilo Lugo
C.,  Ph.D.

El Juramento y el deber – derecho de honrar el
nombre de Dios. Autora Ilva Myriam Hoyos Castañeda.
Colombia

 

 

Autor:

Cpcc. Luis Alberto Medina
Hernández

Dr. Cpcc. Carlos Lozano
Nuñez

Cpcc. Roger Escobar
Cayetano

Mag. Cpcc. Pedro D. Lozano
Nuñez

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
HUANCAVELICA

AREQUIPA, DICIEMBRE 2009

X CONVENCION NACIONAL DE PERITOS
CONTABLES

"CPCC ANGEL VALDIVIA CHAMAN"

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