Monografias.com > Estudio Social
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Importancia del impuesto en Cuba para el desarrollo local



  1. Resumen
  2. El
    Impuesto en Cuba, bases generales
  3. Ley 73
    del sistema tributario
  4. La
    importancia del impuesto como un instrumento
    económico-financiero para Cuba en la perspectiva del
    Desarrollo
  5. Conclusión General
  6. Recomendaciones

Resumen

En este presente trabajo se hace una descripción
del sistema tributario en Cuba, abordando desde sus antecedentes
históricos hasta lo que se rige actualmente. Se lleva a
conocer en cada ciudadano, la esencia y cuan el mismo es
importante para la contribución del desarrollo de los
proyectos locales en beneficio social. Hoy se demuestra lo que
cada uno de nosotros presentamos en el pago de este mismo
tributo.

Además, se plantea también el objetivo que
este puede tener para los estudiosos interesados en el tema y a
los encargados de la toma de decisiones en materia de
política tributaria.

La aprobación en 1999 del Decreto – Ley 192
"De la Administración Financiera del Estado",
estableció el marco jurídico para cada uno de los
sistemas que la integran, logrando el vínculo necesario
con el Sistema Tributario dispuesto por la Ley No. 73/94 "Del
Sistema Tributario". El gobierno cubano ha orientado varias
acciones de control en cuanto al origen, revisión y manejo
de los ingresos; ocupándose por el incremento de los
mismos, así como por el rescate y la consolidación
de una cultura tributaria.

Palabras Claves: Administracion Financiera,
Sistema Tributario, Social Local, Social Economico y Politica
Tributaria.

Summary

In this present work a description of the tributary
system is made in Cuba, approaching from its historical
antecedents until what is governed at the moment. It is taken to
know in each citizen, the essence and how the same one is
important for the contribution of the development of the local
projects in social benefit. Today that is demonstrated that each
one of us presents in the payment of this same
tribute.

She also thinks about the objective of serving from
guide to the specialists interested in the topic and to those in
charge of the taking of decisions as regards tributary
politics.

The approval in 1999 of the Ordinance – Law 192 of the
Financial Administration of the State", it established the
juridical mark for each one of the systems that they integrate
it, achieving the necessary bond with the Tributary System Not
prepared by the Law. 73/94 of the Tributary System". The Cuban
government has guided several control actions as for the origin,
revision and handling of the revenues; being in charge of for the
increment of the same ones, as well as for the rescue and the
consolidation of a tributary culture.

Key words: Financial administration, Economic Local,
Social Tributary, Social System and Tributary
Politics.

El Impuesto en
Cuba, bases generales

Los impuestos son tributos que forman parte de los
recursos que necesita el sector público para realizar sus
funciones en beneficio social, el mismo representa una
transferencia económica establecida por el sector estatal
que debe estar respaldada por una Ley, en caso cuba, es la ley 73
del Ministerio de planes y Finanzas.

En el esquema tributario del sector público de
cada país, los impuestos indirectos han sido objetivo de
profundas reformas fiscales teniendo en cuenta el objetivo de
dotar a los mismos la eficiencia fiscal en su aplicación
siendo una herramienta de ingreso financiero. En la década
de los años 1994 en Cuba se introdujo una reforma general
al sistema tributario, la misma tuvo lugar en una coyuntura
histórica especial, marcada por la profunda crisis que
vivía el país, los cambios introducidos en este
periodo tuvieron carácter económico y plantean la
adecuación de los mecanismos fiscales, que hacen parte de
requerimientos para el nuevo modelo de  desarrollo de la
economía Cubana.

En la isla, el sistema tributario está integrado
por once impuestos, tres tasas y una contribución. Dentro
de los que se encuentran aquellos que gravan las ventas, las
utilidades, determinados productos, los servicios públicos
entre otros.

El desarrollo de la política tributaria en Cuba
en función de los organismos locales, han estado
determinado por  las características que fueron
impuestas por los países representantes de  cada una
de las etapas que ha marcado la evolución de la historia
de Cuba.[1]

Estas etapas estuvieron enmarcadas por:

Etapa colonial.

En esta, muchas fueron las leyes y regulaciones
impuestas por  España que mantuvieron su vigencia
hasta final del siglo XIX y casi la actualidad, las mismas
respondían a un sistema fiscal caracterizado por el
desorden, que no respondía a ningún criterio y solo
constituyó un freno al desarrollo económico cubano,
beneficiando solamente a los comerciantes, al clero
español y a la corona de ese país. La misma
política fiscal se incrementa cuando la economía
cubana, a medida que avanzaba el siglo XIX, comenzaba a depender
de producciones básicas como: la 
ganadería, el tabaco y el azúcar
.

Una de las reformas más importantes de aquella
época fue la del año 1847, en que se entra en una
etapa de reorganización en la política tributaria
Cubana. La misma consistió en el establecimiento de un
impuesto municipal directo, el inicio de un proceso de
regulación  sobre las contribuciones, las tiendas,
los oficios y profesiones con la incorporación  a su
vez de un conjunto de formas impositivas.

Etapa Republicana.

Con el comienzo de la misma, se termina la
intervención norteamericana en Cuba, donde se sentaron las
bases para el inicio de una economía dependiente. El 
sistema fiscal estaba integrado por los mismos impuestos que se
habían heredado de la corona Española y de la
intervención norteamericana directa, dentro de los cuales
los más importantes son los obtenidos de la renta de
aduanas y de la contribución industrial y comercial.

En 1908 se promulga la ley de los impuestos
municipales  que recogía un conjunto de legislaciones
como objetivo principal  establecer una política
tributaria más coherente, en este período donde se
establece por primera vez un capítulo relacionado
con  los procedimientos de cobranza y aplicación de
multas a los defraudadores.

En 1941, se instaura el impuesto sobre la renta que
grava sueldos, salarios, retribuciones, pensiones, honorarios,
dividendos, es decir cualquier ingreso personal de los ciudadanos
cuyo monto supera los 1000 pesos. Con el pretexto de desarrollar
obras públicas o para el pago de distintos
empréstitos  financieros, se  continuaron
proliferando las disposiciones relacionadas con los
impuestos.

 Etapa Revolucionaria.

Con el triunfo de revolución, el estado juega un
papel protagónico en el desarrollo socio-económico
del país, a partir de este momento se comienzan a
desarrollar un conjunto de acciones que tenían como
objetivo fundamental el logro de una distribución
más justa de los ingresos provinciales e por su vez
municipales.

Con este  fin las transformaciones
económicas  tienden a eliminar:

  • La dependencia económica.

  • El latifundio en manos del sector
    Burgués.

  • La nacionalización del gran capital
    extranjero sobre los enclaves fundamentales de la  
    economía.

Para el logro de los objetivos propuestos son adoptadas
una serie de medidas económico– financieras y
administrativas  de las cuales la más importante fue
la primera Ley de  Reforma  Agraria.

De 1967 hasta la década del 80 se produjo una
disminución  del papel y de los instrumentos fiscales
a expresiones mínimas. En esta dirección influyeron
dos puntos importantes:

  • La desaparición de las relaciones monetarias
    mercantiles.

  • El predominio casi absoluto de la propiedad estatal
    unido al mecanismo de transferencia de la masa de las
    empresas en forma de aportes al presupuesto.

Esto explica que en toda la década del 80 en
materia fiscal sean aprobadas solamente determinadas
disposiciones legales  de carácter específico
que regulan el tratamiento  impositivo de algunos sectores
que así lo reclaman.

Entre ellas se pueden mencionar:

  • Establecimiento de elevados impuestos a  las
    utilidades transferidas al exterior.

  • Rebaja de impuestos sobre intereses de
    préstamos recibidos del exterior.

  • Leyes 998 de 1962 y 1213 de 1967 que establecen
    obligaciones  fiscales para el sector
    privado.

La primera de las mencionadas anteriormente 
tenía el objetivo de suprimir todo estímulo a la
inversión privada. La segunda, simplifica el sistema
tributario para eliminar los gravámenes  a las
empresas estatales, a la población y a una gran parte del
sector privado  en consonancia  con la idea de eliminar
la pequeña propiedad mercantil y el predominio del sector
privado.

Ante el fenómeno de coexistencia  de dos
sistemas para la dirección de la economía y dada la
necesidad de establecer un sistema único, se crea uno
nuevo sistema denominado Registro Económico que suprime
las relaciones monetarias mercantiles, los cobros y pagos entre
unidades estatales y la tributación al presupuesto
estatal.

En el año 1975, buscando mayor eficiencia, se
crea un mecanismo de dirección y planificación de
la economía y se establecen las relaciones monetarias
mercantiles. Se designa el ministerio de plan y finanzas el
órgano rector e responsable del manejo y el control de
estas leyes vigentes.

Ley 73 del
sistema tributario

En la década de los años 90 se iniciaron
una serie de transformaciones financieras vinculadas al derecho
económico que culminaron con la reforma general del
Sistema Tributario, cuya máxima expresión fue la
Ley 73.

Aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular 
en la primera sección correspondiente  al tercer
periodo de secciones de la cuarta legislatura, celebrada en el
mes de mayo de 1994.

Dentro de las medidas valoradas se consideró la
implantación de un nuevo Sistema Tributario integral que
tuviera en cuenta  los elementos indispensables de justicia
social, para que de esta forma protegiera a las capas de
más bajos ingresos, estimular el trabajo y la
producción, y contribuir a la disminución  del
exceso de liquidez y por ende la inflación.

Además se recomendó  crear y
fortalecer la cultura tributaria  de la población, de
forma que permitiera comprender el pago de tributos al
Estado  como parte de un deber social, todo lo cual fue
sometido a la consulta  de los parlamentos
obreros.

El 5 de agosto de 1994  fue publicada en la gaceta
oficial  la mencionada ley, que estableció su
implantación de forma gradual y flexible en que el
objetivo  principal era aplicar tributos y principios
generales sobre los cuales se sustentara el sistema
tributario  de la República de Cuba.
[2]

2.1 La Administración Tributaria en
Cuba.

En Cuba, la Administración Financiera del Estado
se define como el conjunto de principios, normas, sistemas y
procedimientos administrativos que hacen posible la
obtención de los recursos financieros públicos y su
aplicación a la consecución de los objetivos del
Estado, procurando la satisfacción de las necesidades
colectivas.[3]

Esta sociedad fue testigo de la realización de
una profunda reforma tributaria que removió los cimientos
fiscales de nuestra economía con la aprobación de
la Ley 73/94, del Sistema Tributario del 4 de agosto de
1994.

Para este sistema tributario era imprescindible lograr
un equilibrio de las cuentas fiscales. Resulta oportuno destacar
que, en el año 1993, el déficit fiscal
representó el 33% del Producto Interno Bruto, cuando en la
práctica internacional se considera sostenible un 3%. En
este sentido lograr la suficiencia de ingresos era uno de los
principales imperativos de esta política, dentro del
principio de disciplina fiscal adoptado.

Este escenario conocido por todos como el periodo
especial, obligó al ordenamiento de las finanzas
públicas, trayendo consigo en abril de 1999, la
aprobación del Decreto-Ley No. 192, de la
Administración Financiera del Estado, cuyo objetivo
principal es imprimir un mayor grado de transparencia,
ordenamiento y de organización a todo el proceso de
planificación, ejecución y control de los recursos
financieros públicos, en función de las metas y
políticas trazadas por el Estado.

La consecución de esta reforma se
correspondió con una estrategia general económico –
social adoptada para enfrentar los embates de la crisis
económica que se desencadenó en aquella
época. [4]

Hoy por hoy, la administración financiera del
estado cubano, está integrada por los siguientes
sistemas:

  • Sistema Tributario.

  • Sistema Presupuestario.

  • Sistema de Crédito Público.

  • Sistema de Tesorería.

  • Sistema de Contabilidad
    Gubernamental.

El Sistema Tributario:

En la década de 90, en el siglo pasado, la
sociedad Cubana fue testigo de la realización de una
profunda reforma tributaria que removió los cimientos
fiscales de nuestra economía con la aprobación del
nuevo Sistema Tributario.

Este, está conformado por los tributos como
categoría de los ingresos públicos, desglosados en:
impuestos, tasas y contribuciones, así como por
las normas generales y los procedimientos administrativos
requeridos.

El Sistema Tributario no está expresamente
regulado por el Decreto-Ley 192, sino en las legislaciones
especiales como: la ley Nº 73 del Sistema Tributario, que es
el régimen general tributario; una medida adoptada como
parte de las estrategias para revertir el profundo desequilibrio
financiero por el que atravesaba la economía
cubana.

La Nueva Política Tributaria:

La nueva política tributaria debía
representar un instrumento activo de regulación y control
de la actividad económica por parte del Estado que
contribuyese, junto a otras medidas, a elevar la
motivación por el trabajo, la productividad, la eficiencia
económica y la disciplina social.

Entre los objetivos esenciales trazados
figuran:

  • Aumentar la recaudación para disminuir el
    déficit presupuestario.

  • Retirar liquidez ciudadana y redistribuir los altos
    ingresos, que se estaban creando en determinados
    segmentos.

Con este objetivo se aplicaron escalas progresivas en la
imposición directa para lo cual se consideró la
naturaleza de las diferentes fuentes y la capacidad contributiva.
Como complemento, los impuestos indirectos debían gravar
en menor grado o eximir de su pago, a los artículos y
servicios de primera necesidad. La estructura tributaria
debía contribuir a la distribución más
racional y utilización eficiente de los ingresos y de la
riqueza social entre las ramas de la economía, los
territorios del país, los grupos poblacionales de diversos
ingresos y entre diferentes sectores de propiedad y con ello
asegurar la realización de los programas de desarrollo
para proteger a los sectores más vulnerables de la
población.

La Nueva Estructura Tributaria:

La reforma de la estructura tributaria significó
una simplificación del mosaico de diferentes formas de
ingresos que se fueron superponiendo y gestando desde 1959 hasta
1993, lo cual permitió una sistematización y
elevación de la congruencia interna y su correspondencia
con el entorno.

En particular, se establecieron siete nuevas figuras
tributarias, se modificaron y actualizaron cinco tributos
vigentes antes de la reforma y otros tres fueron sustituidos por
formas más modernas.

La Ley No 73, Del Sistema Tributario, estableció
la actual estructura tributaria y los principios generales sobre
los que se sustentaría el sistema. Dicha ley
estableció once Impuestos, una contribución y tres
tasas que se detallan en el siguiente gráfico:

Monografias.com

Grafico Nº 01 Estructura del Sistema
Tributario Cubano.

Las Características del Nuevo Ordenamiento
Jurídico:

Las características esenciales del nuevo
ordenamiento jurídico tributario son las
siguientes:

El carácter rector de la Ley No. 73 de 1994 en
materia tributaria sustantiva, pues reúne en un solo
cuerpo legal las obligaciones tributarias materiales.

Es el caso de las leyes No.76 de 1994, Ley de Minas y
No.77 de 1995, de la Inversión Extranjera, la No.75 de la
Defensa, la No. 82 de la Soberanía y Dignidad
Nacional.

Estas leyes precisan las obligaciones específicas
de los sujetos a quienes hacen referencia sin contraponerse a la
Ley No.73/94 Del Sistema Tributario, que las sustenta.

Una de las características que marca
definitivamente la Ley No.73/94 es su complementación
mediante resolución, que se sustenta en el criterio
doctrinario de que: "El desarrollo legislativo vía
reglamentos es necesario en aquellas parcelas necesitadas de una
continua adaptación a la experiencia adquirida y a las
cambiantes circunstancias de la realidad económico-social
o en aquellos aspectos del tributo que requieran una
regulación muy detallada o numerada".

Entre las facultades extraordinarias que se le conceden
a la máxima dirección ministerial se
encuentran:

  • Conceder exenciones y bonificaciones totales o
    parciales, permanentes y temporales, cuando así lo
    aconsejen las circunstancias económicas y
    sociales.

  • Establecer las bases imponibles y tipos impositivos
    en forma progresiva.

  • Establecer las reglas para la valoración y
    definición de las bases imponibles.

  • Establecer las formas y los procedimientos para el
    cálculo, pago y liquidación de los
    impuestos.

La ley prevé la posibilidad de establecer el pago
de los tributos, tanto en moneda nacional como en moneda
libremente convertible, dada la doble circulación
monetaria que existe en el país.

2.2 Impuesto y su actualidad en Cuba.

La aprobación en 1999 del Decreto – Ley 192
"De la Administración Financiera del Estado",
estableció el marco jurídico para cada uno de los
sistemas que la integran, logrando el vínculo necesario
con el Sistema Tributario dispuesto por la Ley No. 73/94 "Del
Sistema Tributario". El gobierno cubano ha orientado varias
acciones de control en cuanto al origen, revisión y manejo
de los ingresos; ocupándose por el incremento de los
mismos, así como por el rescate y la consolidación
de una cultura tributaria.

Una de las fuentes principales de ingresos son los
tributos al presupuesto, dentro de estos, los impuestos,
incluyendo el obligado por la obtención de ingresos
personales. Su imposición posibilita el cierre de brechas
que produzcan el enriquecimiento lícito o ilícito
de la ciudadanía acogida al trabajo por cuenta propia. La
imposición de esta figura tributaria incrementa la
capacidad del Estado para el sostenimiento de los logros
alcanzados en la esfera social, cultural, deportiva, en la
educación, la salud y otras. [5]

En diciembre de 1993, ante la gravedad de la crisis
económica, la Asamblea Nacional del Poder Popular
decidió analizar un conjunto de medidas que
contribuirían a detener o minimizar las adversas
condiciones imperantes, en que se partió de la consulta
con el pueblo para se decidir las normas viables para el
beneficio social. Una de estas medidas incluía la reforma
del Sistema Tributario cubano, bastante decaído y disperso
durante unos 30 años debido al empleo de mecanismos
impositivos diferentes aplicados solo a empresas
estatales.

A partir de allí, Fidel sugirió que el
artículo 18 de la Ley quedara de la siguiente forma: "Se
establece como principio general irrenunciable que todos los
ingresos, incluyendo el salario, en proporciones asociadas a su
cuantía, son susceptibles de impuesto". Dijo que
así quedaría abierto para si un día se
decidiera fijar a los que están ganando más.
Valoró, además, que se debía aclarar muy
bien que una cosa es el impuesto al salario y otra la
contribución social.

Los impuestos forman parte de los recursos que necesita
el sector público o el Estado, para realizar sus funciones
sin lugar a dudas es la más importante forma de tributo
desde el punto de vista recaudatorio.

En Cuba el sistema tributario está integrado por
once impuestos, tres tasas y una contribución. Dentro de
los que se encuentran aquellos que gravan las ventas, las
utilidades, determinados productos, los servicios públicos
entre otros, que podremos destacar los siguientes:

Entre los Impuestos tenemos:

  • 1. Impuestos sobre Utilidades.

  • 2. Impuestos sobre Ingresos
    Personales.

  • 3. Impuesto sobre las Ventas.

  • 4. Impuesto Especial a Productos.

  • 5. Impuesto sobre los Servicios
    Públicos.

  • 6. Impuesto sobre la Propiedad o
    Posesión de Determinados Bienes.

  • 7. Impuesto sobre el Transporte
    Terrestre.

  • 8. Impuesto sobre Transmisión de Bienes
    y Herencias.

  • 9. Impuestos sobre Documentos.

  • 10. Impuesto por la Utilización de la
    Fuerza de Trabajo.

  • 11. Impuesto sobre la Utilización o
    Explotación de los Recursos Naturales y para la
    Protección del Medio Ambiente.

Las tasas:

  • 1. Tasa por Peaje.

  • 2. Tasas por servicio de
    Aeropuertos a Pasajeros.

  • 3. Tasa por la Radicación
    de Anuncios y Propaganda Comercial.

La Contribución:

  • 1. Contribución a la Seguridad
    Social.[6]

Destacando los más Importantes, se ve
que:

El Impuesto sobre los ingresos personales:
Permite establecer una relación contributiva directa de
los individuos al sostenimiento de las actividades del Estado, en
correspondencia a su capacidad de pago, por lo cual contiene
elementos adicionales de justicia social en relación con
otras formas de imposición.

El impuesto sobre Ingresos Personales en Moneda
Nacional:
En este la constituye los ingresos en pesos cubanos
percibidos por los sujetos durante el correspondiente año
fiscal o aquel que se autorice por el Ministro de Finanzas y
Precios. [7]

Impuesto a la renta de personas jurídicas:
Este impuesto se denomina impuesto sobre utilidades, está
regulado por la Ley No. 73 de 4 de agosto de 1994, se encuentra
reglamentado por la Resolución No. 33 de 27 de diciembre
de 1995. Grava las utilidades percibidas por las personas
jurídicas extranjeras en territorio cubano y por las
personas jurídicas cubanas.

Impuesto al valor agregado: En Cuba, se establece
un impuesto sobre algunos bienes destinados al uso y consumo que
sean objeto de compraventa, importados o producidos, total o
parcialmente, gravándose por una sola vez.

Impuestos al consumo, selectivos,
específicos:
Se establece un impuesto sobre el uso y
consumo de las bebidas alcohólicas, cigarros, tabacos,
combustible, vehículos automotores, efectos
electrodomésticos y artículos santuarios, excepto
cuando su fin sea la exportación, gravándose por
una sola vez dentro del territorio
nacional.[8]

Deducciones personales: A los Ingresos en moneda
extranjera o pesos cubanos convertibles se deducirán las
comisiones y gastos de representación pagados a agentes
nacionales o extranjeros, razonables y debidamente justificados;
los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad o
profesión relacionados directamente con el origen de los
ingresos, debidamente justificados y hasta un límite del
10% del total de los ingresos brutos percibidos en moneda
extranjera o pesos cubanos convertibles; y un 20% del total de
ingresos obtenidos en moneda extranjera, por actividades
realizadas en el extranjero, para gastos de manutención
fuera del país. También será deducible el
impuesto sobre ingresos personales o renta pagado por los sujetos
del impuesto, en el país donde los percibieron, siempre
que ello se justifique documentalmente.

(Apartado 6, Resolución 24 de
24/11/95)

A los Ingresos en pesos cubanos se deducirán los
gastos necesarios para el ejercicio de la actividad o
profesión, relacionados directamente con el origen de los
ingresos, en una magnitud del 10% de éstos.

(Apartado 5, Resolución 21 de
27/3/96)

Ej. De Alícuotas:

Tabla Nº 1

Monografias.com

2.3 Métodos para determinar la base imponible
en cuba.

Uno de estos métodos puede ser el método
de estimación directa, apoyada en tres elementos
fundamentales:

  • Declaración Jurada.

  • Comprobaciones.

  • Sanciones.

Estas estimaciones ofrecen  aproximaciones
más precisas  y justas cuando concurren los tres
factores, sino, se realizaran con graves defectos. Es un
método costoso porque permite un  reparto más
justo de los impuestos.

Se pueden aplicar en cuatro formas distintas de
tributación:

  • Igual: Todos los individuos pagan una misma
    cuota de impuesto independientemente del volumen de
    rentas.

  • Proporcional: El tipo impositivo es
    constante, la recaudación  aumenta al aumentar la
    base. En este caso el tipo impositivo marginal es igual al
    tipo impositivo medio.

  • Progresivo: La recaudación 
    aumenta al aumentar la base. Los tipos marginales son
    crecientes.

  • Regresivo: La recaudación 
    disminuye o aumenta menos que proporcionalmente  al
    aumentar la base.

Ejemplo del cálculo de los
Impuestos:

Tabla Nº 02 Método del
cálculo de la base imponible

Monografias.com

Bajo la premisa que el impuesto es un instrumento
utilizable para maximizar el bienestar de la sociedad permitiendo
una adecuada financiación de la política 
pública, existen acuerdos sobre cuáles son las
condiciones que debe reunir un buen sistema tributario, el cual
debe responder a una serie de requisitos esenciales
como:

  • La eficiencia económica: Atendiendo a
    sus efectos impositivos en términos de eficiencia,
    puede distinguirse entre impuestos que distorsionan y que no
    distorsionan. Se clasifica como un sistema globalmente
    eficiente cuando las valoraciones relativas de los
    consumidores respecto a los bienes coinciden con el
    costo  marginal de producir unos en términos de
    otros.

  • b) Justicia fiscal: Existe coincidencia en
    que la carga de los impuestos, debe estar justamente
    repartida, lo que un mismo concepto de justicia es compartido
    generalmente. La equidad se ha interpretado desde una
    perspectiva, la cual admite dos interpretaciones los
    conceptos de equidad vertical donde será preciso
    determinar el grado de progresividad de un sistema
    tributario.

  • c) Sencillez administrativa: La
    administración   del sistema fiscal tiene
    costes importantes en que la recaudación de los
    impuestos requiere el consumo de recursos por parte de las
    autoridades fiscales.

  • d) Flexibilidad: Los impuestos deben ser
    flexibles para  ajustarse  con rapidez a los
    cambios en la actividad económica. Con esta
    característica y con la progresividad, el sistema
    fiscal adquiere propiedades de un sistema seguro, el
    cual  debe adaptarse a las condiciones coyunturales de
    la economía para que actúen como
    estabilizadores
    automáticos.[9]

La importancia
del impuesto como un instrumento económico-financiero para
Cuba en la perspectiva del Desarrollo

El impuesto nasce como un tributo, que el Estado creo de
forma tal que cada contribuirte tiene que pagar por beneficiar de
cada tipo de servicio realizado. Con el triunfo de la
Revolución Cubana en enero de 1959, no desapareció
el cobro de los impuestos por el Estado, sino que cambió
esencialmente su destino, atemperándolo a las nuevas
circunstancias sociales y locales. "Lo que diferencia justamente
a un sistema social local de otro en la aplicación de un
sistema tributario, es la utilización que se hace de los
recursos financieros". Todos los estados utilizan los tributos
para financiar sus necesidades, el impuesto es una figura que
surge vinculada al surgimiento del Estado y de gran
importancia.

Hoy por hoy, se está aumentando esta cultura en
las localidades municipales y reconociendo la importancia del
Impuesto en toda Cuba, para que la población se
interactúe con el mismo, que sepan su esencia y
función social en beneficio de los mismos.

Los impuestos son coactivos, de una
representación de carácter pecuniario que los
contribuyentes deben cancelar. Constituyen la categoría
más representativa del financiamiento del estado, se
pueden clasificar de acuerdo con un grupo de criterios
relevantes; a los efectos de su sistematización y
evolución según su incidencia en el sistema
económico social.

Hay una cuestión muy importante que debemos
señalar, que es el pago de los impuestos, es uno de los
ingresos, del Estado, y es el más importante y si nosotros
no pagamos, o las empresas no los pagan, el estado tendrá
menos cantidad de dinero, con lo que no podrá realizar
actuaciones, de índole social.

Actualmente en cuba se puede considerar que el Estado ha
proporcionado un nuevo reajuste económico y financiero que
da facilidad a la comunidad privada a desarrollar pequeños
negocios, y que a su vez estos son gravados con las leyes que se
aplica a los contrapropistas controlados por la ONAT.

Conclusión
General

  • Se puede decir que el proceso tributario tuvo varias
    etapas en la isla, estas los llevaron a muchos cambios y que
    en la actualidad, Cuba ha implementado varios impuestos y que
    los mismos son factibles para la economía estatal como
    parte del ingreso central.

  • El Impuesto sobre Ingresos Personales mantiene
    aspectos particulares desde su propio origen que necesitan
    ser perfeccionadas, permitiendo así el cumplimiento de
    las obligaciones fiscales dispuestas, cerrando las brechas
    existentes que permiten a los ciudadanos incorporados a las
    actividades de trabajo por cuenta propia, convertirse en
    violadores de la política tributaria.

  • Con el desarrollo de la política tributaria
    lleva la sociedad en general a conocer la verdadera
    importancia del pago del impuesto en las localidades, debido
    a su función posterior.

  • El impuesto es visto como un pilar para la
    economía estatal debido a que participa como parte del
    ingreso que financia inúmeros proyectos en beneficio
    social.

Recomendaciones

  • Es de extrema importancia que todos debemos pagar el
    impuesto, y no debemos es, huir al fisco, porque
    estaríamos perjudicando a nosotros mismos.

 

 

Autor:

Lic. Davidson da Luz Pina
Narciso.

País: São Tomé e
Príncipe.

Nacionalidad: Santomense.

Estudiante: Universidad Central "Marta
Abreu de las Villas"

Formación Académica: Lic.
Contabilidad y Finanzas, Aspirante al grado de MsC.
Administración de Negocios.

CURSO 2010- 2011

"AÑO 53 DE LA REVOLUCIÓN
CUBANA"

[1] eferencias Bibliográficas.
Castillo., Y. (2003). “El Sistema tributario en Cuba y el
impuesto como principal transferencia económica del
ingreso en Cuba”. Disponible en:
http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco1/sistricuba.htm

[2] Iden1, Pág. 3 al 5.

[3] Ruz, F., (1999). “Ley de La
Administracion Financiera”. En Sitio Cuba Del Ministeri
de Planes y Finanzas. Domingo, 10 de Abril de 2011. Disponible
en:
http://biblioteca.idict.villaclara.cu/biblioteca/compendios-informativos/disciplina-fiscal

[4] Iden 3

[5] Iden 3

[6] Piñero, T., (2009)
“Fundamentos Teoricos Del Sistema Tributario, El Impusto
sobre ingreoso Personales. Caso Cuba”. Decreto Ley
Nº 192 de 1999. De La Administracion Financiera Del
Estado. Articulo 4. Pag. 2. Disponible en:
http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/cu/2010/ppan.zip

[7] Iden 6, Pág. 8 al 9.

[8] Base de Datos de Tributacion Del CIAT.
(2004). “Descripcion General de los Impustos Aplicados en
Cuba”. Archivo de 1 de Agosto de 2004. Pag. 2 al 10.

[9] Iden1, Pág. 10 al 12. 7.
Bibliografias Ruz, F., (1999). “Ley de La Administracion
Financiera”. En Sitio Cuba Del Ministeri de Planes y
Finanzas. Domingo, 10 de Abril de 2011. Disponible en:
http://biblioteca.idict.villaclara.cu/biblioteca/compendios-informativos/disciplina-fiscal
Castillo., Y. (2003). “El Sistema tributario en Cuba y el
impuesto como principal transferencia económica del
ingreso en Cuba”. Disponible en:
http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco1/sistricuba.htm
Piñero, T., (2009) “Fundamentos Teoricos Del
Sistema Tributario, El Impusto sobre ingreoso Personales. Caso
Cuba”. Decreto Ley Nº 192 de 1999. De La
Administracion Financiera Del Estado. Articulo 4. Pag. 2.
Disponible en:
http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/cu/2010/ppan.zip Base de
Datos de Tributacion Del CIAT. (2004). “Descripcion
General de los Impustos Aplicados en Cuba”. Archivo de 1
de Agosto de 2004. Pag. 2 al 10. Albi Emilio, Teoría de
la Hacienda Pública , 2da edición
modificada  y   ampliada,  ed. Ariel
Economía , Barcelona, España, junio 1994. Gaceta
Oficial de La República de Cuba. Ley No. 447de la
Reforma Tributaria. / La Habana, 1959. García 
Villarejo Avelino, Manual de Hacienda Pública, 2da
Edición, introducción a la teoría del
presupuesto, Ed. Institutos de estudios fiscales, Madrid 1983.
Ley 73 Del Ministerio de Finanzas y Precios, 4 de Agosto de
1994. Resolución No. 20 del Ministerio de Finanzas y
Precios, 15 de Septiembre de 1992. Resolución No.
5  del Ministerio de Finanzas y Precios, 26 de mayo de
1994.

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter