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Seguridad e Higiene (página 3)




Enviado por Josè M. Castorena



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Seguro de accidente de trabajo y enfermedades profesionales – 1961

Seguro de vejez, invalidez y sobrevivientes – 1961

Aspectos jurídicos de la Seguridad Social.

CISS.- Conferencia Interamericana de Seguridad Social. Tiene como propósito ampliar y facilitar la cooperación para el desarrollo de las instituciones de seguridad social en América, bajo los auspicios de la OIT (1940,Lima Perú). El Comité Permanente Interamericano de Seguridad Social (CPISS 1945) cuya sede es México, es el órgano ejecutivo y se reúne cada año.

Comisión Ejecutiva con 1 presidente, 1 vicepresidente y 4 miembros elegidos dura 3 años. Desde 1963, tiene como objetivo capacitar al personal técnico y administrativo de las Instituciones y Administraciones Americanas de Seguridad Social para colaborar al desarrollo, fortalecimiento y a la mejor aplicación de esta, y promoviendo la realización de investigación en el campo de la Seguridad Social.

TEORIAS JURIDICAS SOBRE RIESGOS DE TRABAJO.

Desde un siglo transcurrido desde la 1a. Teoría hasta la más reciente se han ampliado las garantías otorgadas a los trabajadores, frente a las consecuencias de los riesgos de trabajo, que en la prestación de los servicios de los de los trabajadores puedan producirse.

A) Derecho civil.

a) Teoría de la culpa, adoptada en el código Civil de 1870 ; existencia en el contrato de trabajo. El obrero sufría un accidente como consecuencia del trabajo y que se debía a culpa del patrón, por acto u omisión o por negligencia al no ejecutar lo que habría debido hacer.

b) El trabajador, debía no solo probar que había recibido daño, sino que era la consecuencia de un acto del patrón. Los más de los accidentes quedaban sin ser indemnizados.

c) Teoría de la Responsabilidad contractual. El contrato impone al patrón, la obligación de velar por la seguridad de los obreros y por lo tanto, restituirlos sanos y salvos a la salida del trabajo. El patrón no solo tenía que demostrar su inocencia, sino la culpabilidad de la víctima.

d) Teoría de la Responsabilidad Objetiva. El daño causado por un objeto debe ser soportado por su propietario y esto le provoca responsabilidad. La victima debía probar el hecho perjudicial y la relación con lo que lo originó. Adoptada en 1917 y es antecedente de la teoría del riesgo profesional.

B).- Derecho Laboral.

a) Teoría del riesgo Profesional: La lesión funcional que sufra el trabajador puede refutarse con efecto o consecuencia directa del mismo trabajo prestado y es el empresario el que debe hacer frente a los efectos que se produzcan.

b) El riesgo profesional, es el conjunto de causas de peligro permanente , superiores a toda prevención de seguridad, que radican en las condiciones mismas de toda industria y en las necesidades impuestas a su funcionamiento. El trabajador se expone en beneficio de la industria y a esta corresponde la reparación. La indemnización se fija de antemano, siendo compensación tarifada.

c) Teoría del riesgo de autoridad. La autoridad es fuente de responsabilidad, dando relación de dependencia y debe indemnizarse todo hecho ocurrido en relación a la misma, respondiendo por la integridad física del trabajador, ya que este obedece órdenes, emplea materiales y máquinas que se le suministran y han sido elegidas a instaladas por el patrón.

C).- Derecho Social.

a) Teoría del Riesgo de empresa o riesgo generalizado. Adoptada por la Ley Federal de trabajo en 1970. Todas las empresas responden de forma solidaria por los daños que sufran los trabajadores. Establece el principio de Justicia social.

b) Teoría del Riesgo social: Sentó las bases del Seguro Social Obligatorio. Riesgo social colectivo, o sea, las consecuencias del infortunio, deben recaer sobre todo el mundo industrial y aún social y no sobre determinada empresa.

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MARCO JURIDICO DE LA SALUD, SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIO

AMBIENTE DE TRABAJO

CUADRO SINOPTICO

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FUENTES DE CONTAMINACIÓN, MÁS COMUNES.

DESPERDICIOS.

Se tienen considerados como desperdicios, todos aquellos materiales que son desechados como sobrantes de un proceso y que no se consideran que se puedan volver a utilizar en el mismo proceso, en ocasiones se pueden utilizar para otros usos o en ocasiones se tienen que enviar a un confinamiento, en el cual, dependiendo de su naturaleza y del grado de contaminación que estos provoquen , se pueden o deben colocar bajo tierra dependiendo del riesgo que representen para las personas en general.

DESPERDICIOS LÍQUIDOS CONTAMINANTES.

Este tipo de soluciones, se consideran que son aquellas que son sobrantes de algún proceso, generalmente estos materiales son producidos por plantas químicas, que en su proceso eliminan durante éste o bien al final, substancias en estado liquido que ya no se van a utilizar, y que por su naturaleza se deben desechar y enviar a confinamientos especialmente diseñados para estos fines:

Estas substancias, no se deben de verter ni en el suelo ni en los conductos del drenaje, pues por su naturaleza son altamente contaminantes, y en caso de que se viertan al suelo sin ninguna precaución, existe la posibilidad de que contaminen los mantos acuíferos del subsuelo, provocando la contaminación del agua , que posteriormente se usará, ya sea para uso potable o bien para el riego de productos agrícolas.

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http://www.mundo-ecologico.com.ar/contaminacion_rio_suquia.htm

Pueden ser altamente tóxicos, por lo que deben de envasarse en recipientes seguros y que se puedan tapar perfectamente, antes de enviarse a los confinamientos. Actualmente una gran cantidad de factorías sin ningún escrúpulo, envían todos sus desechos líquidos a los causes de los ríos, causando de esa manera el deterioro de la fauna y la flora de la región.

Existen leyes en las cuales se penaliza a las factorías que efectúan estas acciones, pero falta mano dura para ejercerlas.

DESPERDICIOS SÓLIDOS.

Hay una gran variedad de desperdicios sólidos que se generan en la industria. Una de los procesos que generan este tipo de desperdicios, es la Industria Siderúrgica. Al efectuar la fusión en los hornos eléctricos, se generan polvos contaminantes que poseen una gran variedad de elementos tóxicos, estos generalmente se recogen en sistemas recolectores de polvo, pero posteriormente se deben enviar a confinamientos especiales, estos materiales se deben de colocar bajo tierra y perfectamente cerrados, para que de esta manera no contaminen a suelo donde se colocarán.

Las plantas químicas, en muchos casos también generan desperdicios sólidos en forma de lodos, los cuales ya no se utilizan más en el proceso, y también, es obligación de las plantas que los generan, que los envíen a confinamientos especiales para este tipo de materiales.

Uno de los desperdicios sólidos más comunes es la basura, que se genera en todas las casas, y también en gran cantidad en las factorías, en este tipo de desperdicio en ocasiones, se separa el material que pueda tener algún uso posterior y se dice que, este material puede ser reciclado, lo que significa, que se puede utilizar para otro uso. En el caso de la basura que se genera en las ciudades, los materiales que se separan, son por ejemplo el papel, el vidrio, la madera y el fierro.

Todos estos materiales generalmente se reciclan, o sea que se vuelven a utilizar, además esta separación la efectúan personas de escasos recursos que se dedican a recoger todo este material de los tiraderos de basura, que generalmente son a cielo abierto.

DESPERDICIOS INFLAMABLES.

Hay materiales que por su naturaleza son de fácil combustión y que se deben manejar con sumo cuidado, dentro de éstos se encuentran residuos de plantas químicas, residuos de plantas productoras de pólvora, y otros.

Todos estos materiales, deben manejarse también con sumo cuidado para que no se llegue a producir un incendio , ya sea dentro de la fábrica o bien en los confinamientos.

DESPERDICIOS RADIOACTIVOS.

Este material por su naturaleza misma, debe tratarse con un cuidado especial por su peligrosidad, no debe manejarse con personal sin una preparación especial para su movimiento.

Los desperdicios generados en las plantas nucleares productoras de electricidad, deben de contar con personal altamente capacitado para mover este tipo de material. Todas las plantas que generen cualquier tipo de desperdicio nocivo, deben de llevar un registro obligatorio por ley de todos los desperdicios que genere, indicando la cantidad, el tipo de desperdicio y el grado de contaminación que este pueda generar, para que la secretaría correspondiente pueda llevar un registro de todo el material nocivo que pueda dañar la flora y la fauna de un determinado territorio.

Los desperdicios radioactivos, deben de reportarse a todas las dependencias que controlen estos materiales, así como a la Comisión de Energía Nuclear, para de esa manera, poder controlar la cantidad generada en cada planta.

PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Antes que nada es necesario explicar ¿Qué es el fuego? Se dice que el fuego es la oxidación rápida de materiales combustibles acompañados de la liberación de luz y calor, se necesitan tres elementos para que esto ocurra:

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BBC Mundo | NOTICIAS | Imágenes: otro día bajo fuego

1) MATERIAL COMBUSTIBLE.- Puede ser cualquier material ya sea sólido, líquido o gas. La mayoría de los sólidos y líquidos se convierten en vapor o gas antes de entrar en combustión.

2) OXÍGENO.- El aire que respiramos, está compuesto por 21% de oxígeno. El fuego requiere una atmósfera de por lo menos 16% de oxígeno.

3) CALOR.- Es la energía requerida para elevar la temperatura del combustible, hasta el punto en que se despiden suficientes vapores que permita que ocurra la ignición.

MATERIALES.- Combustibles: Aquellos que desprenden vapores arriba de 93° C

Inflamables: Aquellos que desprenden vapores abajo de 93° C

Existe un triangulo que se denomina triángulo del fuego, en el que se indican los materiales necesarios, indicando en este, que faltando uno de ellos no se podrá producir.

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FUENTES DE ENERGÍA CAUSANTES DE INCENDIOS:

ENERGÍA ELÉCTRICA.- Es causa directa o indirecta de incendios, con un sin número de variantes, en forma de chispas, arcos eléctricos, cortos circuitos , etc.

ELECTRICIDAD ESTÁTICA.- Es causa de incendios y explosiones donde se manejan materiales combustibles, inflamables o explosivos.

CONTROL Y COMBATE DE INCENDIOS.- Eliminando cualquiera de los tres elementos para que se efectúe la combustión ( calor, combustible u oxígeno) se logra extinguir el fuego, y se utiliza cualquiera de los siguientes métodos; enfriamiento, sofocación y remoción.

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http://www.soluciones-e.com/catalog/product_info.php?products_id=115&osCsid=70ee946cf84810d5e977a27585c66da0

ENFRIAMIENTO.- Es necesario absorber una pequeña cantidad del calor total de incendio. Este se apagará cuando la superficie del material incendiado se enfríe a un punto, en el cual no deje escapar suficientes vapores para mantener la superficie del combustible en la zona del fuego. El elemento con mayor poder de enfriamiento es el agua. Absorbe más calor que cualquier otro agente extintor y la transforma en vapor y éste reduce el volumen de aire para mantener la combustión.

SOFOCACIÓN.- La extinción por este método se obtiene cubriendo o sofocando el fuego: colocando un manta mojada sobre un pequeño incendio o cubriéndolo de tierra.

El bióxido de carbono (CO2 ), las espumas químicas y los líquidos incombustibles apagan el fuego por este medio.

La extinción por sofocación, no se puede llevar a efecto con incendios causados por sólidos o de productos químicos como el nitrato de celulosa, que genera su propio oxígeno.

REMOCIÓN.- Este método de extinción se logra retirando el material combustible del lugar del fuego.

TIPOS DE FUEGO.

CLASE A.- Son los fuegos que se producen en materiales sólidos y comunes (madera, papel, cartón, telas, etc.). Las técnicas de extinción son: agua, polvo químico seco tipo ABC.

CLASE B.- Es el que se produce en líquidos inflamables (aceites, grasas, pinturas, gasolina, etc.) las técnicas de extinción son : sofocación y remoción. Los agentes extinguidores son: CO2 en lugares confinados, espumas, polvos químicos tipo ABC.

CLASE C.- Se produce en aparatos eléctricos (energizados o vivos) y cables con corriente eléctrica. Las técnicas de extinción son CO2 en lugares confinados, polvo químico tipo BC y ABC. No se debe utilizar agua o espuma porque son conductores de electricidad. Aunque el Halón es altamente utilizado, se busca reemplazarlo con un agente, menos dañino para el medio ambiente.

CLASE D.- Se produce en metales combustibles que generan su propio oxígeno: como el manganeso, circonio, titanio, sodio, potasio, hafnio, zinc. Las técnicas de extinción son: polvo químico tipo D a base de cloruro de sodio con aditivos.

En la mayoría de los casos , estos absorben el calor del material enfriándolo por debajo de su temperatura de ignición.

Los extinguidores químicos de uso múltiple, dejan un residuo que puede dañar los equipos delicados tales como las computadoras, drives u otros equipos electrónicos. Los de dióxido de carbono o de Halón se prefieren en estos casos pues dejan una menor cantidad de residuo.

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Como identificar el extinguidor apropiado:

Todas las categorías están indicadas en la placa de identificación del extinguidor.

Algunas están marcadas con categorías múltiples, como AB, BC, ABC. Esto significa que puede apagar más de una clase de fuego. Los de la clase A y B incluyen una categoría numérica, que indica la magnitud de fuego que una persona puede apagar con seguridad utilizando dicho extinguidor.

Los de clase C. tiene únicamente una letra que indica que el agente extintor no conduce la corriente eléctrica. Los clase C, también deben estar marcados con avisos para la clase A o B. Los de clase D incluyen solo una letra que indica su efectividad con ciertas cantidades de metales específicos.

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http://www.promofoc.com/inicio.htm

Cómo utilizar un extintor:

PASO1.- Tire del pasador de seguridad, esto hace que la palanca de funcionamiento pueda moverse y le permite vaciar el extinguidor.

Algunos extintores tienen mecanismos diferentes para hacer mover la palanca.

PASO 2.- Apunte hacia abajo: apunte la boca o la manguera del extintor hacia la base del fuego.

PASO 3.- Presione la palanca sobre la manija , esto hará que el agente extintor salga, soltar la palanca hará que deje de salir. Algunos extintores tienen un botón en vez de palanca.

PASO 4.- Mueva el extintor de un lado a otro como si estuviera barriendo, acérquese cuidadosamente al fuego y mantenga el extintor apuntando hacia la base del fuego y muévalo de un lado a otro hasta que las llamas se hayan extinguido. Observe el área del fuego, si vuelve a encenderse repita el proceso.

UNIDAD VI.-

Reglamentaciones y organismos realcionados con la con la higiene y seguridad industrial

1.- Por parte de la Dirección de la empresa:

Inciso # 46.- La promoción de la seguridad e higiene del trabajo es una función esencial de una buena administración . La misión de un director o de un alto ejecutivo es administrar, la junta ejecutiva, cuenta con la influencia , el poder y los recursos para tomar iniciativas y dar el ejemplo. Por lo que toca al primero de nuestros requisitos previos, la conciencia de la seguridad, en el resto de la empresa se imitará lo que se haga en la cumbre . Sabemos de diversas firmas en que las actitudes positivas de los directores y altos ejecutivos encuentran su reflejo en el notable grado de conciencia de la seguridad a todos los niveles jerárquicos . Inversamente si los directores y altos ejecutivos no se interesan realmente en la seguridad y la higiene es de suponer que esto traerá consecuencias similares en las actitudes de los administradores de nivel medio e inferior, los supervisores y el personal en general .Si los mayores obstáculos para el mejoramiento de la seguridad e higiene en el trabajo son como sabemos la indiferencia y la apatía, los administradores deben comenzar por prestar atención a sus propias actitudes.

Además el interés de la junta directiva debe traducirse en hechos ; su buenas intenciones no servirán de nada si el personal de dirección situado por debajo de la junta directiva en la escala jerárquica y más directamente en contacto con lo que sucede en los lugares de trabajo sigue preocupándose únicamente por lo problemas de producción.

Inciso # 47 Esto nos trae como consecuencia al segundo y tercero de nuestros requisitos previos. El fomento de la seguridad y la higiene no solo es función de una buena administración, sino que es o debería de ser una función normal de cualquier administración, de la misma manera que la producción o mercadeo son funciones normales de ella. El ejercicio efectivo de esta función como de cualquier otra depende de la aplicación de una técnica. Todavía hay en el mundo demasiadas compañías que parecen considerar a los accidentes como algo que depende de la casualidad, no pueden predecirse y por lo tanto, imposible de administrar. Muy pocas parecen haber intentado evaluar el problema en su conjunto, determinar las causas del accidente y evaluar el costo. Así mismo hay muy pocas que hacen uso de técnicas de diagnóstico y predicción, como los muestreos de seguridad y los análisis de los riesgos; o de inspecciones de seguridad en las cuales cada aspecto de la organización y el funcionamiento del lugar de trabajo es objeto de una investigación de seguridad completa y cuidadosamente planeada; o de procedimientos preventivos sistemáticos, como la expedición de autorizaciones para nuevos equipos o procedimientos, o para entrar en ciertos lugares, o de otras medidas análogas.

Inciso # 48 .- El empleador que quiere prevenir lesiones, reducir las pérdidas y daños y aumentar la eficiencia debe examinar periódicamente el problema de la ocurrencia de accidentes en su conjunto, tanto si causaron lesiones y daños como en el caso contrario y trazar los planes de un sistema global de prevención mas bien que ir corrigiendo un defecto tras otro a medida que los accidentes causantes de lesiones los van poniendo de manifiesto. Dicho de esta manera, sin recurrir a la jerga de moda de muchas publicaciones especializadas , esto puede parecer simple sentido común. Pero es una realidad que en las empresas la acción preventiva normalmente es fragmentaria y tiene lugar solo después de producirse un hecho que demuestra su necesidad.

Por lo anterior, la dirección deberá comenzar por enunciar con precisión las políticas de la empresa, en la materia y luego ha de designar a quienes dentro de la empresa incumbirá ponerlas en práctica. El inciso siguiente también está tomado del informe antes mencionado:

Inciso # 53 .-Se acepta en general que la responsabilidad operativa principal de la seguridad del trabajo debe recaer en una dirección lineal y en la línea hay 2 niveles claves que exigen particular atención. En la cumbre el nivel de la junta directiva, la responsabilidad directa de la supervisión general de los asuntos de seguridad e higiene dentro de la empresa debe de formar parte de las funciones de uno de los directores, de la misma manera que se atribuye a un director la responsabilidad general de la producción, o del mercadeo, o de las exportaciones.

Nuestras investigaciones nos dejaron la impresión de que en esta administración lineal. La responsabilidad indivisa de los asuntos de seguridad e higiene las más de las veces termina en cierto punto de la administración de nivel medio y que por encima de este punto la línea de responsabilidad es poco clara e incierta.

Sin embargo la seguridad e higiene debe ser tratada como cualquiera de las otras grandes funciones de la administración, con una línea precisa de responsabilidad y de mando que remonte hacia cierta persona responsable en el más alto nivel de la dirección.

El otro nivel clave es el de la supervisión sobre el terreno. Es la persona que tiene a su cargo la supervisión directa, la que está en condiciones de saber si las medidas de seguridad dan o no resultado en la práctica, y su influencia puede ser decisiva. Tanto en este país como en el extranjero siempre que nos hemos encontrado con disposiciones de seguridad e higiene de una eficacia sobresaliente, ha resultado evidente que son los supervisores bien formados a quienes se considera responsables de lo que ocurre dentro del sector ya que controlan y desempeñan una cometido fundamental.

No estamos convencidos ni con mucho, de que en la industria en general se aprecia como es debido este cometido fundamentalmente en materia de seguridad, ni tampoco de que se hace lo necesario para preparar a los supervisores para asumirlo.

Las leyes, los reglamentos, las inspecciones, las recomendaciones, el asesoramiento técnico, las exhibiciones, las reuniones sobre seguridad y muchas otras cosas en relación con la seguridad, no tendrán ninguna utilidad si después de todo, nada se hace para amentarla y fomentarla, es necesario que esté involucrada en el proceso la completa organización de la empresa desde los más altos niveles hasta el último obrero o empleado pues es en ella donde se deben prevenir los accidentes.

Actualmente aquí en México, la Legislación Nacional, establece a través de su artículo 123 apartado A en su fracción XV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , que el " patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre Higiene y Seguridad en las instalaciones de su establecimiento y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y vida de los trabajadores y del producto de la concepción , cuando se trate de mujeres embarazadas, las leyes contendrán al efecto , las sanciones procedentes en cada caso" ; así mismo el patrón tendrá que dar cumplimiento con las disposiciones señaladas en el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; en específico lo relativo al artículo 130, que establece la obligatoriedad de encontrar un diagnóstico y un programa de seguridad e higiene en el trabajo en aquellas empresas de más de 100 trabajadores.

2.- Fundamentos legales de las comisiones de Seguridad e Higiene

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ARTICULO 509 " En cada empresa o establecimiento se organizarán las Comisiones de Seguridad e Higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan "

ARTICULO 510 "Las Comisiones a que se refiere el artículo anterior serán desempeñadas gratuitamente dentro de las horas de trabajo"

3.- Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente

Funcionamiento de las comisiones de Seguridad e Higiene

4. OBLIGACIONES DEL PATRÓN:

4.1 " Participar en la integración y vigilar el funcionamiento de la Comisión, nombrando a sus representantes conforme a la presente Norma

4.2 " Proporcionar a los integrantes de la Comisión la capacitación y Adiestramiento en materia de Seguridad e Higiene necesarios para el ejercicio de sus funciones ".

4.3 " Proporcionar a la Comisión la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y las substancias utilizadas en los mismos, las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos ocurridos "

4.4 " Realizar las actividades de capacitación y orientación sobre la Seguridad e Higiene en el trabajo propuestas por la Comisión "

5. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJDORES

5.1 " Designar a los representantes que integrarán la Comisión, a través del sindicato, seleccionándolos mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta del sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva ".

5.2 " Participar como miembros de las Comisiones, cuando sean designados, y apoyar el funcionamiento de la Comisión proporcionándole información sobre condiciones peligrosas que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de accidentes y enfermedades de trabajo "

5.3 " Atender las recomendaciones de Seguridad e Higiene que señale la Comisión, de acuerdo a la normatividad y a las disposiciones técnicas en la materia ".

6. INTEGRACIÓN

6.2 " El patrón deberá formalizar la constitución de la Comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener la información a que se hace referencia en el Apéndice A. esta documentación deberá ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera ".

9. ASUNTOS NO PREVISTOS:

9.1 " En caso de existir situaciones no definidas en la presente Norma, las partes podrán acudir ante la autoridad laboral competente para que resuelva lo precedente y ésta deberá dar la respuesta en un lapso de 15 días hábiles . En caso de que la autoridad laboral no resuelva en dicho plazo, la propuesta que en su caso hayan presentado las partes se entenderá como aprobada"

5.- Legislación Internacional

OIT.- En 1919 con el Tratado de Versalles se creó la OIT con sus tres órganos : Consejo Administrativo, Conferencia Internacional. En 1946 se vincula a la ONU. La conferencia se reúne cada año , asisten unos mil delegados, consejeros y asesores representantes de las Naciones Unidas y Organismos Especializados, así como asociaciones interesadas en las cuestiones de trabajo. Adopta convenios y recomendaciones internacionales, resoluciones tendientes a elaborar las normas de trabajo del mundo entero.

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Sus objetivos son: promover la justicia social y contribuir al establecimiento de una paz universal y duradera y mejorar, a través de la acción internacional, las condiciones de trabajo y los niveles de vida.

Está integrada por trabajadores, patrones y representantes de los gobiernos.

Los convenios son disposiciones internacionales que obligan a los gobiernos y patrones, en beneficio de la clase trabajadora, en nuestro caso el senado aprueba si se ratifica o no un convenio internacional, incorporándolo al derecho vigente del país. Las recomendaciones por su parte, constituyen simples guía, pautas de conducta que orientan la acción de los gobiernos, pero no obligan a estos ni a los patrones.

A través de los convenios se ha enriquecido la legislación y prácticas nacionales y se han homogenizado muchos conceptos, desarrollándose de este modo el derecho laboral internacional, uno de los campos lo constituye la seguridad social.

OEA.- Organización de Estados Americanos. Es el organismo más antiguo, se remonta a la 1a. Conferencia Internacional Americana en Washington en 1890. La carta de Bogotá se adoptó en la IX conferencia de 1948. Por lo que toca a la Seguridad Social, la OEA ha tenido como punto cardinal el de promover las relaciones económicas, sociales y culturales y las estrictamente políticas entre sus miembros.

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http://www.paho.org/default_spa.htm

Algunos órganos son: consejo Interamericano Económico y social ( Asamblea Gral. Reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores, consejeros, Comité Jurídico Interamericano, Comisión Interamericana de Derechos humanos, Secretaría General, y conferencias especializadas.)

OPS.- Organización Panamericana de la Salud. Creada en México en 1902 como Oficina Sanitaria Internacional. En 1923 cambia a Oficina Sanitaria Interamericana sus órganos son; conferencia, consejo directivo, consejo ejecutivo y la oficina sanitaria. En 1949 la OPS y la Organización Mundial de la Salud (OMS) celebran un acuerdo que asigna a dicha oficina el carácter de regional del organismo Mundial.

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http://www.paho.org/default_spa.htm

AISS.- Asociación Internacional de la Seguridad Social. Bruselas 1927. Tiene como objetivo cooperar en el plano internacional a la defensa, promoción y desarrollo de la Seguridad Social Mundial , mediante su perfeccionamiento Técnico y Administrativo. 123 países, el IMSS es miembro desde 1948.

Las permisiones permanentes son:

De prestaciones médicas y seguro de enfermedad – 1951

De la mutualidad – 1951

Asignaciones familiares – 1955

Seguro de desempleo – 1955

De actuarios y estadígrafos – 1957

Prevención de riesgos profesionales

Organización y métodos 1957

Seguro de accidente de trabajo y enfermedades profesionales – 1961

Seguro de vejez, invalidez y sobrevivientes – 1961

Aspectos jurídicos de la Seguridad Social.

CISS.- Conferencia Interamericana de Seguridad Social. Tiene como propósito ampliar y facilitar la cooperación para el desarrollo de las instituciones de seguridad social en América, bajo los auspicios de la OIT (1940,Lima Perú). El Comité Permanente Interamericano de Seguridad Social (CPISS 1945) cuya sede es México, es el órgano ejecutivo y se reúne cada año.

Comisión Ejecutiva con 1 presidente, 1 vicepresidente y 4 miembros elegidos dura 3 años. Desde 1963, tiene como objetivo capacitar al personal técnico y administrativo de las Instituciones y Administraciones Americanas de Seguridad Social para colaborar al desarrollo, fortalecimiento y a la mejor aplicación de esta, y promoviendo la realización de investigación en el campo de la Seguridad Social.

6.- Marco Jurídico

MARCO JURIDICO DE LA SALUD, SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIO

AMBIENTE DE TRABAJO

CUADRO SINOPTICO

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Bibliografía

1.- Seguridad Industrial

César Ramírez Cavaza

Edit. LIMUSA

2.- Seguridad Industrial

Administración y Métodos

Denton

Edit. Mc. Graw Hill

3.- Higiene en el Trabajo

Willian – Handley

4.- Ley Federal del Trabajo

5.- Apuntes de Seguridad e Higiene Industrial.

Arnulfo Alanis.

Depto. De Ing. Ind. ITSLP.

6.- La Administración y Control de los Materiales

en una Empresa Manufacturera.

José Manuel Castorena Machuca

Edit. CECSA.

7.- La Ingeniería Industrial y sus Dimensiones

José Manuel Castorena Machuca

ITSLP, 2006.

 

 

Autor:

Dr. (Don): José Manuel Castorena Machuca

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Depto. De Ingeniería Industrial

Junio del 2011.

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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE SAN LUIS POTOSÍ

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ASIGNATURA:

"SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL"

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SEP Instituto Tecnológico de San Luis Potosí DGIT

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