Instructivo para la Formulación del Presupuesto de los Municipios Venezolanos
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I.
PRESENTACIÓN
En cumplimiento de las disposiciones legales, la Oficina
Central de Presupuesto como ente rector del sistema
presupuestario nacional, presenta el documento contentivo de las
normas, formularios e instructivos que deben ser aplicados con
carácter de obligatoriedad, por los Municipios. El
referido instructivo permitirá que el presupuesto sea un
instrumento de gobierno y administración, tratando de
reflejar los objetivos y metas a alcanzar en el ejercicio
económico, los funcionarios públicos o funcionarias
públicas responsables para el logro de tales resultados,
así como los recursos humanos, materiales y financieros
indispensables para la consecución de los mismos
.
El contenido formal de este instructivo, posee un
mínimo de exigencias en cuanto al volumen de
información requerida para el proceso de
formulación presupuestaria a efectos de lograr que la
conformación de la Ordenanza de Presupuesto, se
adecúe a los avances de la técnica presupuestaria,
sirviendo a su vez para la toma de decisiones en materia de
planificación a organismos tales como el Ministerio de
Planificación y Desarrollo, la Oficina Central de
Presupuesto, Banco Central de Venezuela, Ministerio de Finanzas,
etc.
El contenido del presente instructivo,
cubre los siguientes aspectos:
A. Contenido
Básico del Instructivo
El cuerpo del instructivo consta de cinco partes,
conformados de la siguiente manera:
Parte I, se dedica a la
presentación del instructivo, explicando en forma general
su contenido.
Parte II, explica cómo debe
estar ordenado el contenido de la Ordenanza de
Presupuesto, en lo referente a las materias
que se señalan a continuación:
Disposiciones Generales Presupuesto de Ingresos
Presupuesto de Gastos
Cabe destacar que en cuanto a la estructuración
del presupuesto de gastos, el mismo ha sido diseñado de
tal forma que permita a las unidades de presupuesto tener una
visión clara y precisa de los siguientes
aspectos:
a) Información global: Representada por el
resumen de las clasificaciones presupuestarias, la apertura
programática, créditos a nivel de partidas y
subpartidas, clasificación de los créditos
destinados a inversión o formación de capital y
resumen del costo de los recursos humanos.
b) Información básica del gasto:
Por sector, programa, subprograma y proyecto, para los cuales el
manual contiene orientaciones e instructivos y la
estructuración de los mismos.
Parte III, se refiere exclusivamente a la
Distribución Institucional del Presupuesto de
Gastos y su composición, es decir:
a) El resumen de los créditos
presupuestarios a nivel de detalle del gasto, incluyendo
créditos correspondientes al Situado destinado a
inversión coordinada (Plan de Inversión con otros
organismos).
b) Presupuesto de gastos a nivel del programa y
actividades, de acuerdo a las exigencias contenidas al
respecto.
Parte IV, se ha utilizado para dar una
explicación de la información complementaria que
debe incorporarse en el documento presupuestario, tal como se
menciona a continuación:
Base de cálculo de los
ingresos
Resumen de los programas de
inversión en coordinación con
Organismos de Sector Público
Determinación del costo del contrato
colectivo
Relación de transferencias
(Organismos del Sector Público y
Privado)
Relación de organismos adscritos a
la Alcaldía
Resumen del Costo de los Recursos Humanos
de los organismos adscritos a la Alcaldía, clasificados
según su tipo
Por último se presentan los
siguientes anexos:
a) Guía para la elaboración de las
Disposiciones Generales.
b) Guía para la
elaboración del Decreto sobre la Distribución
Institucional del Presupuesto.
c) Forma de presentación de
la Ordenanza de Presupuesto.
d) Esquema Sectorial a utilizar en
la Formulación del Presupuesto de los
Municipios.
e) Conceptos y aspectos
teóricos del Presupuesto por Programas
Consideraciones
finales
Se destacan las siguientes:
1. La conveniencia de que los funcionarios con
responsabilidad presupuestaria en los Municipios, analicen
cuidadosamente los instructivos y formularios incluidos, para que
las informaciones sean completas, sinceras y adecuadas a la
política presupuestaria prevista por el Gobierno
Nacional.
2. Con el propósito de garantizar una correcta
formulación del presupuesto, esta Oficina prestará
la asistencia técnica y aclarará cualquier duda que
se presente con motivo de la interpretación de las normas,
formularios e instructivos que se incluyen en el presente
documento.
Es importante destacar que se considera de
carácter obligatorio, necesario e importante para la
OCEPRE que los Municipios utilicen los códigos de las
partidas y sub-partidas de ingresos y egresos establecidos en el
Plan Único de Cuentas vigente, para la elaboración
de las Ordenanzas de Presupuesto y se incorpore al documento
todos los formularios establecidos en el Instructivo Nº 21,
aún cuando no sean aplicables en esas Instituciones, las
cuales deben traer anexo una exposición de motivos sobre
la no aplicación de los mismos.
Asimismo, se hace indispensable la utilización
correcta de los códigos de las partidas y sub-partidas de
ingresos y gastos del Plan
Único de Cuentas vigente, para generar la
información financiera y presupuestaria que permita la
elaboración de las estadísticas regionales,
concretadas en el ¨PROGRAMA DE ESTADÍSTICAS DE
FINANZAS PÚBLICAS¨ (PEFP), y el ¨PROGRAMA DE
ACTUALIZACIÓN DE LAS ESTIMACIONES MACROECONÓMICAS
(PRACEM), que llevan a cabo el Ministerio de Finanzas y el Banco
Central de Venezuela, respectivamente, los formularios
mencionados son los siguientes:
Ingresos fiscales del Gobierno
Municipal.
Detalle de algunos de los ingresos fiscales
del Gobierno Municipal. Gastos fiscales ejecutados por
Gobernaciones y Alcaldías. Ejecución trimestral del
gasto fiscal por Gobernaciones y Alcaldías.
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