Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

La idea de la Justicia en José Martí. Proyección jurídica del pensamiento ético martiano




Enviado por Yaneisi Bencomo




    La idea de la Justicia en José Martí:
    proyección jurídica del pensamiento ético
    martiano – Monografias.com

    "Creemos firmemente que no hay
    civilización sin

    cultura ética y sin paradigmas
    morales y culturales.

    O los hombres encuentran nuevos paradigmas,
    o la

    Humanidad estará perdida….es
    precisamente en

    Martí, la Justicia, concepto clave
    en la búsqueda

    de esos paradigmas
    morales.[1]"

    Armando Hart Dávalos.

    Estrechamente ligada al orbe de la moralidad desde sus
    orígenes, puede hoy decirse que la preocupación por
    la Justicia y por su realización en el mundo del Derecho
    es una realidad palpitante; siendo precisamente en las ideas
    ético-jurídicas de José Martí donde
    podemos advertir el peso de esta categoría en la
    concepción del Derecho.

    Para Martí, el centro del Derecho estaba en la
    Justicia, de ahí que lo concibiera a partir de ella,
    estableciendo que el Derecho Positivo o Práctico no era
    más que la aplicación de los principios naturales
    de la justicia. En sus consideraciones se puede apreciar
    cómo elevó siempre el Derecho al rango de la
    Justicia, desechando del ámbito jurídico todo
    aquello que no respondiera al ideal de justicia.

    Ha sido una postura comúnmente aceptada aquella
    que considera a la justicia como el principio rector de la vida
    del Derecho, estando éste determinado y delimitado por el
    valor de lo justo; aludiéndose de esta forma a las dos
    manifestaciones con que se puede caracterizar a la justicia en
    relación al Derecho: como valor, de una parte; y como
    principio orientador o constitutivo de otra. Por ello, analizar
    entonces a la Justicia desde el ideario
    ético-jurídico martiano, constituye un paso
    imprescindible para llegar a comprender la esencia y alcance del
    pensamiento iusfilosófico del Apóstol.

    Históricamente la justicia fue concebida como un
    valor social, sinónimo de virtud totalizadora. Hoy, en una
    acepción más estricta, ha sido considerada el valor
    jurídico por antonomasia que cabe utilizar para valorar un
    sistema jurídico.

    El origen etimológico de la palabra justicia lo
    encontramos en el vocablo latín iustitia. Tratar
    de definirla ha sido uno de los mayores empeños en muchos
    filósofos, existiendo al respecto disímiles
    criterios. En la Grecia clásica de Platón y
    Aristóteles, la justicia es virtud. Nace de cierta
    concepción moral, donde unos mismos principios fundamentan
    la solución de cuestiones éticas junto a las de
    convivencia social. Platón la concibió como "la
    resultante de todas las virtudes, expresión de la unidad
    que debe reinar en el
    espíritu"
    [2].

    Por su parte, la idea aristotélica de justicia,
    desde su contexto ético, se centró en el
    pensamiento filosófico acerca del Derecho.
    Aristóteles elaboró la teoría de la justicia
    en sentido estricto como pauta para el Derecho. Así, no
    sólo la justicia era medida general de virtud, sino
    también medida axiológica para el Estado y su
    Derecho, medida que comprendía todas las virtudes
    particulares de los ciudadanos como integrantes de la comunidad
    jurídica.

    Se tienen también aquellas definiciones aportadas
    a la Historia por exponentes del pensamiento romano, entre las
    que sobresalen la expuesta por Ulpiano y que ha quedado como
    clásica: "constans et perpetua voluntas jus suum
    cuique tribuendi".[3]

    Plutarco, a su vez, refiriéndose también a
    la justicia y al valor que se le otorgaba dentro de la sociedad,
    planteó que: "No existe virtud cuyo honor y
    crédito procure al hombre más celo que la de
    justicia, porque más que ninguna otra le confiere a un
    hombre poder y autoridad entre la gente común, ya que
    ésta honra al valiente y admira al sabio y además
    ama a los hombres justos en quienes tiene plena confianza […]
    el hombre tiene la facultad de ser justo, mientras tenga la
    voluntad de serlo, y por lo tanto la injusticia se concibe como
    lo más deshonorable porque no admite
    excusa".[4]

    Como bien nos indica Armando Harta Dávalos, en
    estudios por él realizado, "[…] ya en los tiempos de
    la decadencia del Imperio romano y el ascenso del cristianismo,
    el ideal de la Justicia en la tierra alcanzó su más
    alta expresión hasta entonces. Sin embargo, en aquella
    época, y durante siglos, se presentó como una
    aspiración que para la inmensa mayoría podía
    ser solo alcanzada en lo que llamamos "más allá",
    es decir, fuera del reino de este mundo. […] Fue entonces en la
    época del Renacimiento, con el ascenso de la
    burguesía en Europa, el desarrollo de las ciudades, del
    arte y del pensamiento científico, y el descubrimiento del
    nuevo Mundo, donde se produjo una expansión de los
    límites de la justicia. La Revolución Francesa
    reivindicó a escala planetaria el ideal de justicia con su
    divisa de Libertad, Igualdad y Fraternidad, y representó
    un fortalecimiento de la aspiración a alcanzar el derecho
    de todos los hombres, sin excepción, a la igualdad, es
    decir, a disfrutar por igual de los beneficios de los bienes
    materiales y espirituales
    ". [5]

    La virtud de la justicia no es el dar o repartir cosas a
    la humanidad, sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa
    por derecho. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la
    conducta y hace acatar debidamente todo los derechos de los
    demás; siendo considerada como valor y fin principal de la
    axiología jurídica.

    El jurista italiano Vittorio Di Cagno, al evaluar la
    obra martiana señaló lo siguiente: "La inmensa
    obra de José Martí aparece como una gran
    montaña atravesada por una infinita serie de senderos en
    ascenso que, representando sus infinitos campos de pensamiento y
    acción, convergen y se unen en un centro de luz
    esplendorosa, como un sol firme en el cielo, que ilumina y
    orienta cada camino recorrido por él: la Justicia."

    [6]

    Es en Martí, a criterio de este autor, donde se
    pueden advertir las cualidades de un auténtico "[…]
    apóstol de la justicia […] pues toma la justicia como
    motivo fundamental de todo su pensamiento y su acción, de
    todos sus escritos, y fue precisamente en lo justo donde
    buscó la razón misma de su estar en el mundo: "Yo
    necesito encontrar en mi alma una explicación […] un
    motivo justo, una disculpa noble de mi
    vida".[7]

    Distingue además Di Cagno que en la vida de
    Martí como jurista se pueden advertir tres fases entre las
    que existe una rigurosa coherencia y donde se evidencia el ideal
    de justicia por él siempre defendido. La primera es la de
    "jurista nato", refiriéndose en ese sentido a la
    marcada inclinación que desde niño tuvo
    Martí por la consagración de la justicia; la
    segunda del "estudiante de Derecho y del aspirante a
    abogado"
    y la tercera del "jurista
    legislador
    ".[8]

    Se ha podido determinar igualmente que la primera
    cualidad de un jurista consiste en una verdadera vocación
    al Derecho, en un natural sentido de la justicia, siendo al
    respecto, innumerables las pruebas que demuestran esta cualidad
    en José Martí, como por ejemplo, cuando con menos
    de nueve años de edad, ya se horrorizaba al presenciar los
    tormentos físicos con que sometía el mayoral a un
    esclavo negro, y recordando ese hecho, poco tiempo después
    escribió: "Quien ha visto azotar a un negro,
    ¿no se considera para siempre su deudor? Yo lo vi cuando
    era niño, y todavía no se me ha apagado en las
    mejillas la vergüenza […] yo lo vi y me juré desde
    entonces su defensa".[9]

    Partiendo del hecho de que José Martí
    estudió Derecho en España, resulta válido
    tener en cuenta algunas consideraciones en torno a la
    concepción de la justicia que allí se
    defendía, y que evidenciaba un contenido espiritualista de
    la misma. En el Derecho Español, la justicia asumió
    un sentido de armonía, de proporción entre las
    partes, de igualdad de todos los hombres ante el
    Derecho.

    Esa tradición jurídica española,
    fundamentada en la idea de la justicia igualitaria y en el
    Derecho Natural, que se centraba en la afirmación
    más rotunda de la dignidad del hombre, pasó
    posteriormente al Nuevo Mundo. No obstante, la realidad que se
    manifestaba en Cuba, después de que el despotismo se hizo
    más agudo e intolerable para los cubanos, era
    completamente opuesta a esas consideraciones de la Justicia que
    fueron forjadas en el pensamiento jurídico
    español.

    Ante esta situación, se levantaron las voces de
    hombres que apelaron a los tradicionales conceptos
    españoles de justicia igualitaria, Derecho Natural,
    dignidad del hombre y ejercicio de la autoridad ajustada a
    Derecho, y que dejaron una gran repercusión en la vida y
    en las concepciones del Apóstol, sobresaliendo en tal
    sentido las figuras de Félix Varela y José de la
    Luz y Caballero.

    Dentro de los pensamientos de Varela que incidieron en
    la formación de Martí se encuentra aquel que
    señalaba: "[…] yo deseo dar a los gobiernos su
    verdadero apoyo, que es amor del pueblo, la justicia de sus leyes
    y la virtud de los gobernantes"[10].
    A
    su vez, José de la Luz y Caballero exclamó una
    expresión que encerraba todo contenido ético:
    "[…] antes quisiera ver yo desplomadas, no digo las
    instituciones de los hombres, sino las estrellas todas del
    firmamento, que ver caer del pecho humano el sentimiento de la
    justicia, ese sol del mundo moral"
    [11],
    dejando así para la Historia esta expresión que de
    forma clara aludía a la Justicia como la virtud que
    iluminaba a las restantes.

    José Martí, en uno de los Boletines
    publicado en la Revista Universal de México el 18 de junio
    de 1875, escribió: "Existe en el hombre la fuerza de
    lo justo, y es éste el primer estado del Derecho. Al
    conceptuarse en el pensamiento, lo justo se desenvuelve en
    fórmulas: he aquí el Derecho Natural."
    [12]

    De esta forma resumía en sus palabras la
    fundamentación ética del Derecho, lo justo,
    estableciendo al mismo tiempo, la primacía de la justicia
    en el Derecho, como nota característica del iusnaturalismo
    español.

    Comentando el nuevo Código Civil de Guatemala,
    señaló el Apóstol: "[…] Y eso
    quiere y es la justicia; la acomodación del Derecho
    Positivo al Natural"
    [13]; idea que nos
    permite realizar una perfecta delimitación de los rasgos
    iusnaturalistas presentes en Martí, revelando
    además su concepción de la existencia de un Derecho
    Superior que servía y era medida para la validez del
    Derecho Positivo o vigente.

    La justicia que Martí pretendía para su
    concepto de hombre, por tanto, solo se lograría cuando el
    Derecho Positivo, o sea, aquel que se materializaba en la norma
    escrita, creada por el hombre y para el hombre; se ajustara al
    Derecho Natural, aquel que había existido por siempre,
    durante el desarrollo de toda la humanidad; por lo que la
    sociedad, a través del Derecho Positivo, tendría
    que reconocer los derechos inalienables e imprescriptibles que el
    hombre poseía por el solo hecho de serlo, y por
    consiguiente, reconocer la igualdad de todos los hombres en la
    sociedad; de ahí que para el Maestro, si todos los hombres
    eran iguales por naturaleza, debían serlo también
    por ley, siendo estas consideraciones las que le permitieron
    desentrañar la esencia de su obra política: "la
    justicia, la igualdad del mérito, el trato respetuoso del
    hombre, la igualdad plena del Derecho: eso es la
    Revolución".
    [14]

    Hizo referencia también Martí a que el
    Derecho no podía nacer de la fuerza, ni confundirse con
    ella, porque precisamente el fundamento de la autoridad y de su
    ejercicio debía ser la justicia misma, expresando entonces
    que: "[…] los sistemas políticos en que domina la
    fuerza crean derechos que carecen totalmente de
    justicia
    ",[15] de ahí que el
    gobernante, en el ejercicio de sus funciones, debía
    obligatoriamente ajustarse al Derecho, pues de lo contrario no
    sería justa su actuación ni tampoco la norma que
    dictara en su gobierno.

    Fue así que, aunque incidentalmente, entrara
    Martí en el problema de la coercibilidad del Derecho.
    Nuestro Apóstol, partiendo de la premisa de que la
    justicia era una fuerza moral que impelía al hombre hacia
    el bien, creía que por sí sola era capaz de
    imponerse: "Un principio justo desde el fondo de una cueva
    puede más que un ejército"
    [16],
    "[…] como cuerpos que ruedan por un plano inclinado,
    así las ideas justas, por sobre todo, obstáculo y
    valla, llegan al logro. Será dado el precipitar o estorbar
    su llegada, impedirla, jamás. Una idea justa que aparece,
    vence […]."
    [17]

    Sin embargo, se dio cuenta que la realidad decía
    otra cosa y que un derecho sin el elemento coactivo era
    ingenuidad, planteando entonces que: "En las sociedades
    nacientes, víctimas de los caudillos brillantes e
    intrépidos, el Derecho tiene, si no quiere morir de
    desuso, que ayudarse de la fuerza. Ayudarse de ella, no hacerla
    un elemento esencial, porque el Derecho en sí mismo es una
    fuerza irrefrenable[18]"[…] el abuso ceja, como
    ruin galancete ante el enojo de una dama pura".

    [19]

    Se ha planteado en este sentido, que quizás
    éste sea un punto del pensamiento martiano donde parece
    reflejarse el influjo que recibió en su juventud de Karl
    Christian Krause, muy en boga en España entre los
    años en que Martí estudió en ese
    país, de modo que estuvo cerca de los krausistas
    españoles y sometido a sus influencias
    directas.

    Al analizar la influencia del pensamiento krausista en
    las concepciones de nuestro Apóstol, Julio
    Fernández Bulté citó algunas consideraciones
    que hiciera en su momento nuestro Canciller de la Dignidad
    Raúl Roa: "Pero, a poco que se ahonde en el krausismo
    de Martí, se advertirá, enseguida que proviene
    más de los krausistas españoles que de Krause. La
    dirección ética que estos le imprimieron a la
    enrevesada metafísica del filósofo germano y,
    particularmente, su énfasis en la virtud, el deber, el
    bien, el honor, la belleza, el decoro, el amor, la libertad, la
    justicia, la armonía, como valores claves de una
    concepción magnificadora de los fines de la vida humana,
    encontraron en el espíritu de Martí […]
    afinidades y resonancias entrañables"

    [20]para posteriormente expresar sus propias
    conclusiones: "ese ideal español de traducción
    del krausismo sí influenció la concepción
    iusfilosófica de Martí de modo profundo y
    perdurable, completando así su noción
    iusnaturalista de la justicia."

    [21]

    Indudablemente, Martí tomó la Justicia
    como fundamento en su constante lucha por lograr un Derecho lleno
    de eticidad. Tenía fe plena en su fuerza como valor en los
    individuos, de modo que lo injusto, dentro de la sociedad que
    él concebía, no tenía lugar, cayendo
    entonces por su propio peso, y así lo expresó:
    "[…] la justicia y el peso de las cosas son remedios que no
    fallan: es un león que devora en las horas de calentura,
    pero se le lleva, sin necesidad de cerrarle los ojos con un hilo
    de cariño. Se cede en lo justo y lo injusto cae
    solo"
    [22], por lo que había que
    comenzar luchando por conquistar la justicia para entonces poder
    construir la sociedad a la que aspiraba: "La nación
    empieza en la justicia […] por tanto solo obedeciendo
    estrictamente en la justicia se honra a la
    Patria"
    [23]

    Apreció en la cultura una fuente del Derecho,
    considerando además que éste debía ser
    concebido y ejecutado por personas cultas, por lo que
    planteó: "[…] cuando lo ejecutan gentes incultas se
    parece al crimen"
    [24], afirmando
    además que "la ignorancia llega a hacer aborrecible la
    justicia".
    [25]

    En sus postulados, se refirió también
    José Martí a la importancia que poseía la
    justicia en la consecución de sus fines independentistas,
    otorgándole incluso valor superior respecto a la unidad, y
    en ese sentido afirmó que: "Estando todos juntos, como
    que somos más, venceremos; pero no venceremos si no
    tenemos de nuestro lado la Justicia, porque un solo hombre con
    ella es más fuerte que una muchedumbre sin
    ella
    ".[26]

    El ser justo fue además la máxima
    exhortación que dirigió a su hijo, y así lo
    dejó expresado en una carta que escribió el 1ro de
    abril de 1895, en la que sus últimas palabras fueron:
    Sé Justo, de ahí el lugar cimero que ocupaba la
    justicia para Martí como valor en la conformación
    de un hombre bueno.

    Es así que la dimensión
    ético-jurídica de la personalidad de nuestro
    Apóstol viene avalada en esencia por la Justicia, estando
    su pensamiento acompañado por un evidente enfoque
    jurídico que legitimó su acción, envuelto en
    una certera idea de lo justo, de lo equitativo. Constituye pues,
    un imperativo, adherirnos al sentimiento de Justicia promulgado
    por el Apóstol, valor y fin principal de la
    axiología jurídica, de ahí que podamos
    encontrar entonces en las concepciones
    ético-jurídicas de José Martí un
    verdadero modelo a seguir frente a los desafíos de
    nuestros tiempos.

     

     

    Autor:

    Yaneisi Bencomo

    [1] Hart Dávalos, Armando:
    “José Martí y la tradición
    jurídica cubana”, en Revista Jurídica,
    Año No.7-2003 enero-junio, edición especial, p.
    21.

    [2] Cit. pos. Enciclopedia Espasa-Calpe
    Universal Ilustrada Europeo-Americana, Segunda Parte, Tomo 28,
    p. 3237.

    [3] Ídem.

    [4] Cit. pos.: Martínez Bello,
    Antonio: Las ideas filosóficas de José
    Martí, Editorial de Ciencias Sociales, 1989, pp.
    53-54.

    [5] Vid. Hart Dávalos, Armando:
    “José Martí y la
    tradición…”, cit., pp. 18-19.

    [6] Vid. Di Cagno: Martí Jurista,
    Centro de Estudios Martianos, La Habana, 2003, p. 48.

    [7] Ídem.

    [8] Ibídem, p. 34.

    [9] Cit. pos: Almendros, Herminio: Nuestro
    Martí, Editorial Pueblo y Educación, La Habana,
    1990, p.18.

    [10] Cit. pos: Pérez Gorrín,
    José Antonio, Eloy G. Merino: Martí y…,
    cit., p. 100.

    [11] Ídem.

    [12] Martí Pérez, José,
    op. cit., t. VI, p. 234.

    [13] Ibídem, t. VII, p. 101.

    [14] Ibídem, t. III, p.105.

    [15] Cit. pos: Pérez Gorrín,
    José Antonio y Eloy G. Merino: Martí y…,
    cit. p. 102.

    [16] Martí Pérez, José,
    op. cit. t. VIII, p. 256.

    [17] Ibídem, t. V, p.108.

    [18] Ibídem, t. VIII, p.193.

    [19] Ibídem, t. V, p.108.

    [20] Cit. pos. Fernández Bulté,
    Julio: “Aproximación al pensamiento
    iusfilosófico de José Martí”, en
    Revista de la Sociedad Cultural José Martí
    “Honda”, No. 21-07, p. 40.

    [21] Ídem.

    [22] Martí Pérez, José,
    op. cit., t. I, p.253.

    [23] Ibídem, t. V, p.334.

    [24] Ibídem, p. 108.

    [25] Ibídem, t. I, p. 95.

    [26] Cit. pos: Valdés, Ramiro:
    Diccionario del Pensamiento Martiano, Editorial Ciencias
    Sociales, La Habana, 2002, p. 667.

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter