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Importancia de proteger una marca



  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Desarrollo
  4. Conclusiones
  5. Bibliografía

Resumen

Las Marcas están incluidas dentro de la rama de
la Propiedad Industrial y no son más que palabras,
símbolos, formas tridimensionales distintivas o figuras
que se asocian a un producto o servicio para diferenciarlo y
distinguirlo de los iguales o similares que se ofertan en el
mercado. También reflejan una calidad constante que el
consumidor espera del producto o servicio y constituyen un medio
publicitario.

El registro de la marca en Cuba se realiza ante la
Oficina Cubana de la Propiedad Industrial radicada en la Ciudad
de la Habana o ante los Puestos de Trabajo establecidos en cada
provincia del país. El mismo le otorga al titular el
derecho exclusivo a su uso de modo que nadie más puede
usarla en el comercio sin su autorización en territorio
cubano, y además protege a la empresa y le permite
consolidar su actividad empresarial e imagen ante la clientela y
el mercado.

En este trabajo se expone una breve reseña de lo
que son las marcas, algunos consejos útiles para su
confección, su modo de protección en Cuba, la
legislación que la protege en el país y la
importancia para las empresas cubanas de inscribir sus
marcas.

PALABRAS CLAVES: Marcas, Distinguir productos o
servicios, Protección ante terceros, Derecho
Exclusivo.

Introducción

En Cuba en los últimos tiempos se ha podido
apreciar un auge en el desarrollo de la Propiedad Industrial
dentro del marco de las empresas cubanas, todo ello con el fin de
proteger las invenciones e innovaciones de sus trabajadores.
Dentro de las variantes a proteger se encuentran las marcas que
no son más que palabras, símbolos, formas
tridimensionales distintivas o figuras que se asocian a un
producto o servicio por una empresa para diferenciarlo y
distinguirlo de los iguales o similares que se proyectan en el
mercado tanto nacional como internacionalmente.

Detrás de cada marca hay una empresa con
características, valores, "cualidades" y personalidad que
influye en la percepción que de ella tengan los
consumidores. Todos esos elementos, más los
vínculos de los productos con el medio geográfico
serán nexos invisibles que acerquen o alejen a los
consumidores.

El registro de la marca en Cuba ante la Oficina Cubana
de la Propiedad Industrial le otorga al titular el derecho
exclusivo al uso de la misma de modo que nadie más puede
usarla en el comercio sin su autorización en territorio
cubano. El registro protege a la empresa y le facilita la libre
elección a los consumidores de comprar un producto con
calidad además de que con ello se demuestra una
transparencia mercantil.

El derecho se confiere respecto a determinados productos
o servicios los cuales están establecidos en clases por el
Arreglo de Niza para la Clasificación Internacional de
Productos y Servicios. Las marcas y otros signos distintivos como
los nombres comerciales, los lemas, etc., se regulan en Cuba por
el Decreto-Ley 203, de "Marcas y otros signos
Distintivos", de 24 de diciembre de 1999.

Con este trabajo se pretende concientizar a los
directivos de la empresas cubanas en la importante tarea de la
protección de las marcas de los productos o servicios que
brindan, ilustrarlos en cuanto al procedimiento a efectuar y las
ventajas que trae consigo el registro de una marca.

Desarrollo

La Propiedad Intelectual es la rama del derecho que
protege las creaciones del intelecto humano y se encuentra divida
para una mejor comprensión y funcionamiento en dos ramas:
la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor. Dentro de la
primera rama y entre una de sus modalidades se encuentran las
Marcas, estas deben diferenciar y distinguir, por su origen
empresarial, un producto o servicio de los similares en el
mercado. También reflejan una calidad constante que el
consumidor espera del producto o servicio que pretende
adquirir.

Las Marcas pueden ser Denominativas que
no son más que letras, palabras, cifras y la
combinación de las mismas, Figurativas que
son imágenes, figuras, dibujos, símbolos y
gráficos, el color y sus combinaciones, las
Mixtas que es la combinación de
denominativas y figurativas, las Tridimensionales
siempre que puedan delimitarse del producto, los
Olores y por último los Sonidos y
sus combinaciones
.

Para diseñar una marca se deben tener en cuenta
dos factores fundamentales, en primer lugar, las
características del producto y el análisis de otros
elementos como el segmento del mercado al cual estarán
dirigidos, y en segundo lugar, considerar que los signos que se
diseñen no deben incurrir en ninguna de las prohibiciones
absolutas y relativas que establece la ley. La marca, logotipo o
nombre de una empresa deberá considerar los siguientes
aspectos:

  • Simpleza.- Limpio, fácil de escribir,
    identificativo.

  • Práctico Debe ser apropiado
    para ser utilizado en todo tipo de medios de
    comunicación.

  • Consistente.- Un buen proceso de
    creación de marcas debe ser reflejado en cada una de
    las piezas de comunicación hechas por la entidad,
    así como cada uno de los elementos en el
    diseño.

  • Único.- De nada
    valdría la calidad del producto si se ve muy similar
    al de otra empresa.

  • Memorable.- La coloración es un
    elemento importante, normalmente las personas recuerdan con
    mas facilidad los colores de una marca.

  • Reflejo.- Refleja las metas, valores
    y objetivos de la empresa. Si la entidad representa calidad,
    entonces los colores, estilo y fotografía deben
    reflejar lo mismo.

  • Sustentable.- Contemporáneo,
    pero algo clásico. Que con el paso del tiempo la marca
    no pierda originalidad.

Las marcas son una herramienta indispensable cuando se
trata de proteger una idea o producto en el mercado. Debido a la
creciente internacionalización empresarial, se hizo
necesario registrar dichas ideas. Es por ello que las marcas y
otros signos distintivos como los nombres comerciales, los lemas,
etc., se regulan en Cuba por el Decreto-Ley 203 ,
de "Marcas y otros signos Distintivos", de fecha 24 de diciembre
de 1999. El registro de la marca en Cuba se realiza ante la
Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI) o ante los
Puestos de Trabajo enclavados en cada cabecera provincial del
país, y con él se le otorga al titular el derecho
exclusivo al uso de la misma de modo que nadie más puede
usarla en el comercio cubano sin su
autorización.

El derecho que se confiere es respecto a determinados
productos o servicios o sea, se puede registrar una marca para
servicios de restaurantes y hospedaje por un titular y otra
empresa registrar igual marca para productos
farmacéuticos. Cualquier persona natural o jurídica
que realice una actividad comercial lícita en el
país o pretenda hacerla en un futuro debe registrar las
marcas que posea: ¿Qué pasos debe seguir
?

  • ? Elaborar toda la documentación oficial
    para la solicitud.

  • ? Presentar la solicitud oficial ante la
    Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI) o el Puesto
    de Trabajo de su provincia.

  • ? Pagar las tarifas establecidas.

No obstante, existen requisitos para quienes no tienen
domicilio ni establecimiento comercial en el país. Estos
deberán realizar la solicitud a través de agentes
oficiales de la Propiedad Industrial. Las personas naturales o
físicas como cuentapropistas, artesanos, artistas
independientes u otros que están autorizados, que no
puedan realizar la solicitud por sí mismos, tienen que
hacerlo a través de los agentes oficiales.

Se considera que una marca comercial registrada es de
gran importancia ya que:

• Evita que un tercero pueda registrar la marca que
actualmente su empresa emplea.

• Protege la inversión destinada a
posesionar la marca en el mercado, evitando que terceras personas
puedan beneficiarse de su imagen.

• Evita que los especuladores de marcas puedan
registrar la marca que su empresa emplea.

• Permite que su empresa opere con la tranquilidad
de no verse expuesta a eventuales sanciones por el uso indebido
de una marca registrada.

• Una empresa que protege legalmente su imagen vale
más.

• Una denominación atractiva para el
público puede constituir una importante fuente de ingresos
para quien la registre.

• La protección legal de una marca es
reconocible por el público.

El registro de una marca en Cuba según la
legislación antes mencionada tiene una vigencia de 10
años a partir de la fecha de presentación de la
solicitud ante la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial o los
Puestos de Trabajo enclavados en las provincias cabeceras del
país y podrán renovarse indefinidamente por
períodos sucesivos de 10 años, previa solicitud de
su titular y previo pago de las tarifas establecida al efecto. La
solicitud de renovación deberá presentarse durante
los 6 meses anteriores a la fecha de expiración del
período de vigencia en curso, a falta de ello podrá
presentarse en un plazo adicional de 6 meses a partir de la
referida fecha pero llevará consigo un recargo por la
demora.

En fin, uno de los signos distintivos más
valiosos con que cuenta una organización lo constituyen
las marcas. Estas son de vital importancia para el desarrollo
económico de los países y de las empresas en
cuestión, logrando una asociación entre consumidor
y producto lo que se traduce en fuertes lazos que "atan" a los
clientes que buscan determinadas características, precios
y calidades en los productos y/o servicios que
consumen.

Conclusiones

  • 1. Dentro de la rama de la Propiedad Industrial
    y como una de sus modalidades se encuentran las Marcas que no
    son más que palabras, símbolos, formas
    tridimensionales distintivas o figuras que se asocian a un
    producto o servicio por un empresario para diferenciarlo y
    distinguirlo de los iguales o similares que se ofertan en el
    mercado.

  • 2. Para diseñar una marca se deben tener
    en cuenta dos factores fundamentales: las
    características del producto, y que los signos que se
    diseñen no deben incurrir en ninguna de las
    prohibiciones absolutas y relativas que establece la
    ley.

  • 3. Las marcas y otros signos distintivos como
    los nombres comerciales, los lemas, etc., se regulan en Cuba
    por el Decreto-Ley 203 , de Marcas y otros
    signos Distintivos, de 24 de diciembre de 1999.

  • 4. El registro de la marca en Cuba se realiza
    ante la Oficina Cubana de la Propiedad o los Puestos de
    Trabajo enclavados en cada cabeza de provincia, y con
    él se le otorga al titular el derecho exclusivo al uso
    de la misma de modo que nadie más puede usarla en el
    comercio sin su autorización en territorio
    cubano.

  • 5. Cualquier persona natural o jurídica
    puede registrar una marca y para ello debe elaborar la
    documentación oficial para su solicitud, presentar la
    misma ante la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial o el
    Puesto de Trabajo de su provincia y pagar las tarifas
    establecidas al efecto.

  • 6. El registro de una marca en Cuba tiene una
    vigencia de 10 años a partir de la fecha de
    presentación de la solicitud y podrán renovarse
    indefinidamente por períodos sucesivos de 10
    años.

7. Las Marcas son de gran importancia para el
desarrollo económico de los países y de las
empresas, logrando una unión entre el consumidor y el
producto lo que se traduce en invisibles lazos que "atan" a los
clientes que buscan determinadas características, precios
y calidades en los productos y/o servicios que
consumen.

Bibliografía

  • Gonzalo Caballero, La Marca, 16 de
    enero de 2008, disponible en:
    http://monografias.com/trabajos16/marca/marca/shtm/-54k

  • Guía breve sobre Patentes,
    Marcas y demás registros, 17 de enero de 2008,
    disponible en: http://www.iturnet.es

  • IDICT Villa Clara, Estudio de Marcas,
    17 de enero de 2008, disponible en:
    http://www.idict.villaclara.cu

  • OMPI, La Marca, 16 de enero de 2008,
    disponible en: http://www.wipo.int

 

 

Autor:

Lic. Nerbys Hernández
Dorta

Licenciada en Derecho

Especialista de Propiedad
Industrial

Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Medio Ambiente

(CITMA)

Centro de Información y
Gestión Tecnológica

(CIGET)

Sancti-Spíritus, 2008

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