Propuesta de Administración y Funcionamiento Fondo de Ahorro y Crédito Social del Consejo Comunal
INTRODUCCIÓN
El Fondo de Ahorro y Crédito Social, es uno de
los cuatro (4) fondos internos administrados por el Consejo
Comunal según lo establecido en la ley Orgánica de
los Consejos Comunales sancionada y publica en Gaceta oficial en
fecha 28 de diciembre de 2009. Esta ley señala cuales son
las fuentes u origen de los recursos que serán asignados a
este fondo, así como también establece el uso o
destino de estos recursos.
Los fondos internos administrados por el consejo comunal
son establecidos por primera vez en la Ley Orgánica de los
Consejos Comunales (2009). El establecimiento del Fondo Interno
de Ahorro y Crédito Social del Consejo Comunal crea la
oportunidad y las condiciones para motivar el ahorro incluyente
que le permita a la o al ahorrista comunitario disponer de sus
fondos de manera fácil, en su misma comunidad, y hacerle
frente a las necesidades mediatas urgentes, sin tener que acudir
a los prestamistas depredadores, usureros y especuladores que por
prestar una pequeña cantidad de dinero le cobran el 45% de
interés especulativo hasta que sea cancelado el capital
prestado.
Se reconocen los avances logrados con la
Revolución Bolivariana en nuestro país en lo que a
la materia de ahorro se refiere, sobre todo en la banca
pública al establecer cero montos como mínimo para
la apertura de cuentas de ahorro y corrientes, y eso de minimizar
la documentación requerida, y de fácil
cumplimiento. Sin embargo, falta mejorar mucho en la banca
privada, quienes todavía a la fecha deben revisar la
documentación requerida a la o él cuenta ahorrista
al momento de aperturar la cuenta de ahorro o la cuenta
corriente, así como el monto mínimo exigido para la
apertura de la cuenta.
La importancia de tener acceso a los servicios
financieros fue reconocida por líderes mundiales en el
documento resultante adoptado en la Cumbre Mundial de 2005;
así como la designación del año 2005, como
Año Internacional del Microcrédito, son eventos que
han ayudado a aumentar la conciencia mundial del papel
fundamental que las finanzas más incluyentes pueden jugar
en lograr las Metas de Desarrollo del Milenio.
A pesar de los logros y avances señalados en el
párrafo anterior, la investigadora considera que el
funcionamiento del Fondo de Ahorro y Crédito Social del
consejo comunal incentivará muchísimo el ahorro
comunitario, dado que, el ahorrista no se trasladaría al
banco para realizar el aporte de ahorro, ni siquiera para el
retiro de los mismos, y al momento de recibir los intereses
bancarios sería mucho mayor al que le otorgaría la
entidad bancaria, dado que, los intereses serán generados
por el monto total de los ahorros depositados en la cuenta del
Fondo de Ahorro y Crédito Social del consejo comunal, y no
sobre el monto en bolívares ahorrado por el o la
ahorrista.
Estos intereses serán distribuidos en
proporción a al monto ahorrado por cada ahorrista una vez
deducidos los gastos de administración relacionados con la
administración del fondo de ahorro comunitario. Estos
montos de administración serán aprobados en
planificación presentada por los voceros y voceras de la
Unidad de Administración Financiera Comunitaria a la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del consejo
comunal previa aprobación del Colectivo de
Coordinación Comunitaria del Consejo
Comunal.
La eficiente administración de los recursos
recibidos y destinados al Fondo de Ahorro y Crédito Social
en el Consejo Comunal a parte de dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales
(2009), contribuirá con el ahorro de costos de
gestión de las entidades bancarias de la banca
pública, tales como emisión de libretas de ahorros,
tarjetas de débito, planillas de retiro, etc.
Las iniciativas surgidas con la Revolución
Bolivariana siempre han estado orientadas a motivar el ahorro y
financiamiento comunitario a los fines de generar
inclusión de los más desposeídos al sector
financiero, sector que ha respondido al Modelo Capitalista
facilitándole a los dueños del capital aunque este
se encuentre representado solo en papel. Entre las iniciativas de
inclusión se señalan, la apertura del Banco del
Pueblo Soberano C.A., el Fondo de Microcréditos (FONDEMI),
el Banco de la Mujer, Fondo de Crédito Industrial
(FONCREI), hoy INAPYM; mas tarde se promocionaron los Consejos
Comunales a través de los bancos comunales, receptores y
administradores de los recursos financieros y no financieros,
retornables y no retornables provenientes del Ejecutivo Nacional,
para financiar al pueblo, a las comunidades en el desarrollo de
proyectos socio productivos a bajos intereses de retorno.
Además, se menciona la experiencia exitosa de las cajas
rurales incluyentes en los sectores rurales, financiadas por la
Fundación CIARA que promueven el ahorro y el
financiamiento a bajo interés.
Está investigación documental,
"PRESENTAR UNA PROPUESTA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE AHORRO Y CRÉDITO SOCIAL DEL
CONSEJO COMUNAL", tiene como propósito, la
elaboración de un documento para el debate en las
comunidades que contendrá los lineamientos que
permitirán la administración eficiente de los
ahorros realizados por los ciudadanos, ciudadanas, adolescentes,
niños, niñas, y personas de la tercera edad, de
manera tal, que incentive el ahorro comunitario en nuestras
comunidades bajo un espíritu de confianza en la
administración de los recursos provenientes del ahorro por
la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria del Consejo
Comunal, previa aprobación de la Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas, debidamente justificada por el Colectivo de
Coordinación Comunitaria del consejo comunal.
Para lograr el objetivo de investigación
planteado, la investigadora realizará una
exploración e indagación exhaustiva de las normas
legales existentes que regulen el objeto a ser investigado, y de
las distintas experiencias nacionales e internacionales
relacionadas con el tema que generen basamentos para la
construcción de la propuesta. Así como
también se revisaran todos aquellos trabajos de
investigación enfocados en el ahorro y el incentivo del
mismo. La investigadora reconoce lo novedoso del tema
investigado, dado que, el Fondo de Ahorro y Crédito Social
del Consejo Comunal, fue establecido con la aprobación y
publicación de Ley Orgánica de los Consejos
Comunales del año 2009, se espera contar con la
experiencia de las cajas rurales impulsadas por la
Fundación CIARA, y con lo dispuesto en la Ley de Reforma
Parcial de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y
Asociaciones de Ahorro Similares (2010).
El estudio estuvo estructurado en cuatro
capítulos, contentivos de:
CAPITULO I: referente a EL PROBLEMA, consta del
planteamiento del problema, objetivos de investigación,
general y específicos; justificación e importancia,
alcances y limitaciones. CAPITULO II: relativo al Marco
Teórico, el cual contiene los antecedentes de la
investigación, sus bases teóricas y las bases
legales. CAPITULO III: Marco Metodológico el cual
describe todo lo relativo a la naturaleza de la
investigación, y el procedimiento investigativo aplicado
por la investigadora.
De igual manera, una vez diseñada la parte
metodológica de la investigación y luego de haber
establecido las pautas a seguir para la consecución de los
objetivos planteados al inicio de la investigación se
procedió a elaborar el CAPITULO IV, donde se
evidencian las Conclusiones y Recomendaciones obtenidas de la
confrontación de la información obtenida durante el
proceso investigativo, incluyendo el documento contentivo de la
propuesta para el funcionamiento del Fondo de Ahorro y
Crédito Social del Consejo Comunal.
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